Congreso Internacional SARE 2004 - Emakunde
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argo son casos con historias y trayectorias diferentes de empleo maternal así como políticas diferentes para las madres solteras. En ambos casos los procesos de la economía global y el gobierno monetario supranacional han acabado socavando las políticas proactivas por aumentar la participación masculina en el cuidado. 1. Cambiar los contornos de los derechos y de las obligaciones en los estados del bienestar en la década de los años noventa Los años noventa fueron un decenio crucial para la transformación de los estados del bienestar y un período en el que se volvieron a definir y plantear los derechos y las obligaciones de la ciudadanía con relación al empleo y al cuidado. En primer lugar y de forma preponderante tenemos los desafíos discursivos y políticos planteados a la norma del sostén económico masculino único (Hobson 2000). El modelo del sostén económico masculino se basaba en un conjunto de supuestos acerca de las contribuciones masculinas y femeninas al nivel del hogar: los hombres tenían la responsabilidad primordial de ganar y las mujeres de cuidar a la juventud y a la tercera edad. Las mujeres y la infancia formaban parte de los programas de seguros sociales como dependientes del sostén económico masculino. La elaboración de ese modelo de bienestar dependía de manera crucial tanto del pleno empleo masculino como de la existencia de familias biparentales estables (Lewis 2002.) En la mayoría de los países de Europa occidental los gobiernos empezaron a suponer en los años noventa que todos los adultos formarían parte del mercado laboral. Goodin (Goodin 2001) ha subrayado la importancia de que haya surgido una nueva constelación de variables relacionadas con el trabajo y el bienestar (Pág. 39.) En casi todos los estados del bienestar occidentales vemos incentivos y presiones para que las mujeres entren en el mercado del trabajo remunerado. Además de la creciente ola de voces normativas que declaran la muerte del salario sostén masculino, existen presiones económicas tanto dentro como fuera de los estados del bienestar que debilitan las políticas, tales como los subsidios fiscales a los matrimonios y las ventajas que permiten a las mujeres permanecer en el hogar como cuidadoras a jornada completa (Knijn y Kremer 1997); (Taylor-Gooby 1996). 92
La reestructuración global y el recorte de los estados del bienestar también han contribuido al debilitamiento del sueldo sostén masculino. Las presiones económicas globales han reducido las protecciones de los empleados y empleadas en el mercado laboral y han demostrado cuáles son los riesgos económicos de depender de una única fuente de ingresos en la familia (Huber 2003). Mientras el movimiento que se aleja de un modelo de familia con un único sostén económico ha sido gradual y sigue sin haberse completado en muchos países, los años noventa fueron un punto de inflexión con unos drásticos aumentos en la participación laboral femenina en sociedades con un gran enfoque de sostén masculino (2002) que incluyeron a Alemania, Holanda, el Reino Unido e Irlanda. Es importante observar que la equiparación de género en la participación en el mercado laboral sólo ha sido alcanzada en algunos de los países nórdicos y que, incluso allí, la familia con doble fuente de ingresos representa un modelo de 1 3/4 : la mayoría de las mujeres durante los primeros años de su edad fértil dedican entre veinte y treinta horas a trabajo remunerado pero siguen realizando la mayor parte del no remunerado en el hogar (Hobson 2003). La Unión Europea ha sido un actor clave en la aceleración de la caída de la familia con el único sostén económico masculino, tanto a la hora de crear códigos y directrices para la igualdad de género como para imponer marcos económicos neoliberales. La legislación de la UE sigue evolucionando alrededor de temas relacionados con el mercado pero desempeña un doble papel ambiguo como gobernante para el mercado y como gobernante del mercado. Los años noventa fueron una década crucial en la expansión de la gobernancia de la UE y en la regulación del mercado, en lo que se ha dado en llamar el cambio social en el establecimiento de políticas de la UE (Carson 2004). Hay dos directivas sobre la igualdad de género que se pueden considerar directa e indirectamente como intentos por conciliar las responsabilidades laborales y familiares, la Directiva de Bajas Parentales es una política familiar directa para hacer que el empleo resulte más compatible con tener descendencia. Junto a ese objetivo también se transmitió un discurso político que apoyaba la implicación masculina en la vida familiar, y de ahí el marco de la directiva, neutral en cuestión de género (Hobson 2002). En el caso del trabajo a jornada reducida, las razones que la defendían se basaban en el mercado laboral (para aumentar la flexibilidad) y se dirigían a proteger los derechos de los trabajadores y trabajadoras en los puestos de jornada reducida, la mayoría de las cuales eran mujeres en todos los países de la UE. La cláusula de la directiva que permite a las mujeres reducir sus horarios sin perder su puesto de trabajo y la posibilidad de volver a un trabajo a jornada completa son medidas para permitir a las mujeres que lo deseen reducir su horario durante los primeros años de maternidad. Sin embargo, cuando se analizan los derechos dentro del contexto del padre o madre trabajadora / ciudadano o ciudadana, es importante tener presente que, aunque el derecho a la reducción de jornada está ahora protegido por la legislación de la UE, no se exige a los estados miembros presionar a los empresarios o empresarias ni a los sindicatos para que permitan la creación de puestos de jornada reducida. De esa manera, en los países con pocos trabajos de horario reducido como España, Italia, Grecia e Irlanda, encontramos algunos de los niveles más bajos de empleo maternal. Además, las protecciones y derechos del trabajo en jornada reducida 93
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La reestructuración global y el recorte de los estados del bienestar también han contribuido al debilitamiento<br />
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riesgos económicos de depender de una única fuente de ingresos en la familia (Huber 2003).<br />
Mientras el movimiento que se aleja de un modelo de familia con un único sostén económico ha<br />
sido gradual y sigue sin haberse completado en muchos países, los años noventa fueron un punto<br />
de inflexión con unos drásticos aumentos en la participación laboral femenina en sociedades con<br />
un gran enfoque de sostén masculino (2002) que incluyeron a Alemania, Holanda, el Reino Unido<br />
e Irlanda. Es importante observar que la equiparación de género en la participación en el mercado<br />
laboral sólo ha sido alcanzada en algunos de los países nórdicos y que, incluso allí, la familia<br />
con doble fuente de ingresos representa un modelo de 1 3/4 : la mayoría de las mujeres durante los<br />
primeros años de su edad fértil dedican entre veinte y treinta horas a trabajo remunerado pero siguen<br />
realizando la mayor parte del no remunerado en el hogar (Hobson 2003).<br />
La Unión Europea ha sido un actor clave en la aceleración de la caída de la familia con el único<br />
sostén económico masculino, tanto a la hora de crear códigos y directrices para la igualdad de género<br />
como para imponer marcos económicos neoliberales. La legislación de la UE sigue evolucionando<br />
alrededor de temas relacionados con el mercado pero desempeña un doble papel ambiguo<br />
como gobernante para el mercado y como gobernante del mercado.<br />
Los años noventa fueron una década crucial en la expansión de la gobernancia de la UE y en la<br />
regulación del mercado, en lo que se ha dado en llamar el cambio social en el establecimiento de<br />
políticas de la UE (Carson <strong>2004</strong>). Hay dos directivas sobre la igualdad de género que se pueden<br />
considerar directa e indirectamente como intentos por conciliar las responsabilidades laborales y<br />
familiares, la Directiva de Bajas Parentales es una política familiar directa para hacer que el empleo<br />
resulte más compatible con tener descendencia. Junto a ese objetivo también se transmitió un<br />
discurso político que apoyaba la implicación masculina en la vida familiar, y de ahí el marco de<br />
la directiva, neutral en cuestión de género (Hobson 2002).<br />
En el caso del trabajo a jornada reducida, las razones que la defendían se basaban en el mercado<br />
laboral (para aumentar la flexibilidad) y se dirigían a proteger los derechos de los trabajadores<br />
y trabajadoras en los puestos de jornada reducida, la mayoría de las cuales eran mujeres en<br />
todos los países de la UE. La cláusula de la directiva que permite a las mujeres reducir sus horarios<br />
sin perder su puesto de trabajo y la posibilidad de volver a un trabajo a jornada completa son medidas<br />
para permitir a las mujeres que lo deseen reducir su horario durante los primeros años de<br />
maternidad. Sin embargo, cuando se analizan los derechos dentro del contexto del padre o madre<br />
trabajadora / ciudadano o ciudadana, es importante tener presente que, aunque el derecho<br />
a la reducción de jornada está ahora protegido por la legislación de la UE, no se exige a los estados<br />
miembros presionar a los empresarios o empresarias ni a los sindicatos para que permitan<br />
la creación de puestos de jornada reducida. De esa manera, en los países con pocos trabajos de<br />
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bajos de empleo maternal. Además, las protecciones y derechos del trabajo en jornada reducida<br />
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