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Congreso Internacional SARE 2004 - Emakunde

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3. La aportación a la<br />

riqueza social y la<br />

participación en los<br />

derechos económicos<br />

El breve recorrido que hemos realizado por las diferentes aportaciones de las mujeres a la riqueza<br />

social nos lleva a una reflexión inevitable: parte importante de las aportaciones de las mujeres<br />

continúa siendo invisible o no reconocida socialmente, lo cual no es sino consecuencia del mantenimiento<br />

de un sistema patriarcal que se resiste a la crítica feminista de su concepción dual de la<br />

sociedad y mantiene el reconocimiento de lo llamado público sobre lo privado/doméstico.<br />

La ambigüedad intrínseca a la dicotomía público/privado asume características específicas en el<br />

ámbito de la economía. Se habla de sector público o de sector privado para hacer referencia respectivamente<br />

a las instituciones públicas (de propiedad pública) o a las empresas de propiedad<br />

privada. Pero también lo público puede referirse a lo extra-hogar, que incluye tanto el sector público<br />

como el ámbito mercantil; en cuyo caso, lo privado hace referencia a la actividad realizada<br />

en el interior de los hogares. En la primera situación, la distinción en referencia a la propiedad,<br />

delimita fronteras más claras. Sin embargo, la segunda, que tiene más que ver con las relaciones<br />

sociales, es muchísimo más ambigua.<br />

Cuando los límites de lo público y lo privado se establecen en relación a la propiedad en el espacio<br />

extra doméstico, la división se resuelve en el interior del mundo masculino, en el espacio de los<br />

hombres. En cambio, cuando lo público es lo extrahogar y lo privado hace referencia a los hogares<br />

(a lo doméstico), la separación se establece entre mujeres y hombres, entre el trabajo no remunerado<br />

y el remunerado. Y, siguiendo la tradición patriarcal legitimada en economía por el<br />

pensamiento clásico y neoclásico como vimos anteriormente, el trabajo no remunerado realizado<br />

mayoritariamente por las mujeres será invisible como categoría económica.<br />

En consecuencia, en una sociedad patriarcal capitalista los derechos económicos no son derechos<br />

de ciudadanía, sino que serán entendidos sólo en relación a las actividades realizadas en el ámbito<br />

público mercantil. El resto de las actividades ni genera derechos ni se conciben como derechos<br />

a percibir.<br />

Las actividades no remuneradas no generan derechos en un doble sentido. En primer lugar, todos<br />

los derechos sociales económicos se otorgan vía mercado laboral, básicamente las transferencias<br />

monetarias: pensiones, jubilaciones, transferencias por desempleo, etc. Todas ellas exigen haber<br />

participado previamente en el mercado laboral y bajo determinadas condiciones. El trabajo no remunerado<br />

no permite tener acceso a este tipo de derechos. Y, en segundo lugar, en la forma de<br />

participar en la actividad misma. Tanto el hecho mismo de ser mujer como el ser responsable del<br />

trabajo de cuidados (condiciones estrechamente vinculadas) tiene como resultado que la participación<br />

en el trabajo de mercado es —comparativamente al sector masculino de la población—<br />

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