Congreso Internacional SARE 2004 - Emakunde
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3. La aportación a la<br />
riqueza social y la<br />
participación en los<br />
derechos económicos<br />
El breve recorrido que hemos realizado por las diferentes aportaciones de las mujeres a la riqueza<br />
social nos lleva a una reflexión inevitable: parte importante de las aportaciones de las mujeres<br />
continúa siendo invisible o no reconocida socialmente, lo cual no es sino consecuencia del mantenimiento<br />
de un sistema patriarcal que se resiste a la crítica feminista de su concepción dual de la<br />
sociedad y mantiene el reconocimiento de lo llamado público sobre lo privado/doméstico.<br />
La ambigüedad intrínseca a la dicotomía público/privado asume características específicas en el<br />
ámbito de la economía. Se habla de sector público o de sector privado para hacer referencia respectivamente<br />
a las instituciones públicas (de propiedad pública) o a las empresas de propiedad<br />
privada. Pero también lo público puede referirse a lo extra-hogar, que incluye tanto el sector público<br />
como el ámbito mercantil; en cuyo caso, lo privado hace referencia a la actividad realizada<br />
en el interior de los hogares. En la primera situación, la distinción en referencia a la propiedad,<br />
delimita fronteras más claras. Sin embargo, la segunda, que tiene más que ver con las relaciones<br />
sociales, es muchísimo más ambigua.<br />
Cuando los límites de lo público y lo privado se establecen en relación a la propiedad en el espacio<br />
extra doméstico, la división se resuelve en el interior del mundo masculino, en el espacio de los<br />
hombres. En cambio, cuando lo público es lo extrahogar y lo privado hace referencia a los hogares<br />
(a lo doméstico), la separación se establece entre mujeres y hombres, entre el trabajo no remunerado<br />
y el remunerado. Y, siguiendo la tradición patriarcal legitimada en economía por el<br />
pensamiento clásico y neoclásico como vimos anteriormente, el trabajo no remunerado realizado<br />
mayoritariamente por las mujeres será invisible como categoría económica.<br />
En consecuencia, en una sociedad patriarcal capitalista los derechos económicos no son derechos<br />
de ciudadanía, sino que serán entendidos sólo en relación a las actividades realizadas en el ámbito<br />
público mercantil. El resto de las actividades ni genera derechos ni se conciben como derechos<br />
a percibir.<br />
Las actividades no remuneradas no generan derechos en un doble sentido. En primer lugar, todos<br />
los derechos sociales económicos se otorgan vía mercado laboral, básicamente las transferencias<br />
monetarias: pensiones, jubilaciones, transferencias por desempleo, etc. Todas ellas exigen haber<br />
participado previamente en el mercado laboral y bajo determinadas condiciones. El trabajo no remunerado<br />
no permite tener acceso a este tipo de derechos. Y, en segundo lugar, en la forma de<br />
participar en la actividad misma. Tanto el hecho mismo de ser mujer como el ser responsable del<br />
trabajo de cuidados (condiciones estrechamente vinculadas) tiene como resultado que la participación<br />
en el trabajo de mercado es —comparativamente al sector masculino de la población—<br />
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