Congreso Internacional SARE 2004 - Emakunde
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ARAGÓN<br />
La PPL tendente a la modificación de la Ley 2/1987, de 16 de febrero, Electoral de la Comunidad<br />
Autónoma de Aragón (42) (LECA), fue presentada por la Agrupación Parlamentaria de Izquierda<br />
Unida que formaba parte del Grupo Parlamentario Mixto.<br />
Esta propuesta venía precedida de la presentación y aprobación de una Proposición no de ley por<br />
las Cortes de Aragón, suscrita por el mismo Grupo Parlamentario, que pretendía, en primer lugar,<br />
que el Gobierno de Aragón instase al Gobierno del Estado la reforma de la LOREG con el objeto<br />
de lograr la presencia equilibrada de mujeres y hombres en las listas electorales y, en su segunda<br />
parte, solicitaba la incorporación a la legislación electoral aragonesa de medidas que favorezcan<br />
el acceso en condiciones de igualdad de mujeres y hombres a los mandatos electorales y funciones<br />
electivas (43).<br />
Transcurrido más de un año sin que el Gobierno de la Comunidad aragonesa diese cumplimiento<br />
a lo dispuesto en la PNL aprobada por la Cámara, la Agrupación de Izquierda Unida presentó<br />
otra PNL con la finalidad de que se reformase el artículo 19.1 de la Ley Electoral autonómica para<br />
que las listas tuvieran una presencia equilibrada de hombres y mujeres, integrada de forma alternativa<br />
(44).<br />
La proposición pretendía la modificación del artículo 19.1 de la LECA: “Cada candidatura se presentará<br />
mediante lista de candidatos” a lo que se añadiría el mismo texto propuesto y aprobado<br />
en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.<br />
COMUNIDAD VALENCIANA<br />
En las Cortes Valencianas se presentó una PPL sobre la reforma de la Ley Electoral Valenciana<br />
(45), por el G.P. Socialista el 27 de enero de 2003, cuya pretensión era: 1º.- Incorporar un nuevo<br />
punto al artículo 26 para que las candidaturas electorales alternasen mujeres y hombres de tal manera<br />
que ninguno de los dos sexos superase el 60% o estuviera representado por debajo del 40%;<br />
y 2º.- Modificar un apartado del artículo 27 para que en la ley se hablase de candidatos y candidatas<br />
y se tuviese en cuenta la adición reflejada en el artículo 26.<br />
(42) Proposición no de ley núm. 112/01, sobre el acceso en condiciones de igualdad de mujeres y hombres a los man-<br />
datos electorales y funciones electivas, presentada por el GP Mixto IUA, publicada en el BOCA núm. 125, de<br />
26.04.2001.<br />
(43) Esta iniciativa fue aprobada por el Pleno el 18.10.2001 por tres grupos parlamentarios (Izquierda Unida,<br />
Socialista y PAR), el GP Chunta Aragonesista se abstuvo y el GP Popular voto en contra. El texto aprobado se publicó en<br />
el BOCA núm. 170, de 25.10.2001.<br />
(44) BOCA núm. 246, pág. 10449.<br />
(45) BOCV núm. 200, pág. 29.083.<br />
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