Congreso Internacional SARE 2004 - Emakunde
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disponer de sus capacidades y tiempo para la dedicación “a los intereses generales”, al bien común.<br />
Naturalmente, al igual que las características naturales o adquiridas de cada sexo han servido<br />
para revestir de decisión lógica, razonable, la asignación de roles de dominador y dominada, la<br />
negativa al reconocimiento de la igualdad y con ella de todos los derechos se ha revestido de argumentos<br />
de lógica jurídica. De esta forma se califica de inconstitucional cualquier atisbo de acción<br />
positiva sobradamente justificada tanto en el propio texto constitucional, como en opinión de<br />
sus intérpretes (jurisprudencia del Tribunal Constitucional) o en las circunstancias de desigualdad<br />
que las mujeres viven cada día. Por la misma causa otras mentes tan capacitadas como aquellas,<br />
entre las que Vogel Polski encabezaría una larga lista, han cuestionado esta construcción jurídica<br />
basada en un principio de igualdad que no ha logrado su propósito: una sociedad igualitaria. Si<br />
más de dos siglos de declaraciones de derechos y textos constitucionales en los que se proclamaba<br />
la igualdad para todos los hombres y se prohibía la discriminación, entre otras causas por razón<br />
de sexo, no han evitado que las diferencias sigan deparando desigualdades, parece congruente<br />
deducir que las bases encierran algún fallo (3).<br />
No obstante, las mujeres no han contemplado impertérritas este estado de cosas sino que han actuado<br />
frente a esta organización social haciéndose más visible su proceder —en el ámbito político—<br />
desde la Revolución Francesa, y más tarde militando en los partidos políticos aún antes de<br />
que les fuera reconocida su ciudadanía, antes de que se les reconociera el derecho a votar.<br />
Esta presencia en los foros partidistas ha sido de trascendental importancia para que se crearan,<br />
por ejemplo, instituciones para la defensa de los derechos de las mujeres, como los Institutos de la<br />
Mujer, Direcciones Generales o Concejalías, se aprobaran los Planes de Igualdad o se empezase<br />
a hablar de cuotas y democracia paritaria. Los triunfos son mayores si consideramos que las demandas<br />
de las mujeres no provocan la misma alarma social que las promovidas por hombres u organizaciones<br />
masculinas, tanto por la propia condición de las mujeres, educadas en la sumisión y<br />
antiliderazgo, como por el rol social que se les ha atribuido. Es como si las mujeres perteneciesen<br />
al conjunto social sólo cuando se trata de atender las decisiones que se toman en nombre de “todos”<br />
y que conciernen más a unos que a otras, pero fueran consideradas sólo una parte, no proporcional<br />
a su número real, cuando se trata de atender lo que se califican como necesidades específicas<br />
y, por tanto, parciales y, por tanto supeditadas a los asuntos clasificados como de interés<br />
general (4). Por otro lado, el poder de las mujeres —por lo general— es un poder vicario, situa-<br />
(3) Para no recurrir al tema más visible para la sociedad en general (presencia de mujeres en puestos de representa-<br />
ción) citaremos la tesis doctoral abordada por una doctoranda valenciana en la que se demuestra la desigualdad en el<br />
profesorado de las universidades de la Comunidad Valenciana: sólo hay un 11,5% de Catedráticas, un 30,7% de titu-<br />
lares, ninguna Rectora, el 15,2% (sólo 7) de Vicerrectoras y sólo el 14% de los departamentos universitarios está dirigi-<br />
do por profesoras.<br />
(4) ¿Quién no ha escuchado al reclamar cualquier cosa para las mujeres “ahora no es el momento… estamos en una<br />
situación delicada… nos está costando mucho lograr el acuerdo…”?<br />
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