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Congreso Internacional SARE 2004 - Emakunde

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despierta la actividad política en clara disonancia con el número de hombres dispuestos a asumirla.<br />

En nuestra opinión la confusión que se produce entre militancia partidista y falta de criterio, en<br />

definitiva de libertad de pensamiento y de actuación, casa mal con la organización de un sistema<br />

social que deja la administración de los recursos en manos de sus políticos y políticas y que confunde<br />

la no militancia con la ausencia de opción ideológica, cuestión a la par que dudosa en la<br />

práctica y contradictoria por cuanto el propio texto constitucional, en su artículo 6, se refiere a los<br />

partidos políticos como instrumentos fundamentales para la participación política, que expresan el<br />

pluralismo político y concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular. Sin militancia<br />

en los partidos políticos estos no existirían. ¿Cómo es posible castigar ésta, penalizarla o<br />

prohibirla para poder desempeñar determinadas funciones u ostentar cargos políticos?<br />

En segundo término, el Gobierno democrático es, entre las formas de gobierno, la más conforme<br />

con la idea de que la ciudadanía es la que realmente posee la titularidad del poder político. Así<br />

lo expresó Lincoln al definir la democracia como “Gobierno del pueblo, por el pueblo y para el<br />

pueblo”, en clara referencia a la célebre definición del despotismo ilustrado “Todo para el pueblo<br />

pero sin el pueblo”. Si en Grecia se aplicó durante un tiempo para definir el gobierno en el que<br />

participaban directamente todos los ciudadanos (sólo los hombres. Ni las mujeres, ni los niños y<br />

niñas, ni las personas esclavas tenían tal condición) en la época moderna, de democracia representativa,<br />

las elecciones consagran el mantenimiento de dicha titularidad.<br />

Pese a los siglos transcurridos cuando la democracia se articula en torno a la soberanía popular y<br />

se impone el sufragio universal sobre el censitario, la palabra “universal” se utiliza para expresar<br />

que todos los hombres han conquistado el derecho a participar en los asuntos públicos mediante<br />

el voto, haciendo abstracción en el universal de las mujeres. Éstas se incorporaron escalonadamente<br />

al derecho de sufragio por causas que en nada se parecen a las que llevaron a sus padres,<br />

hermanos, maridos, hijos, a obtener el derecho al voto. Es significativa la exclusión porque la participación<br />

política, como derecho a participar en los asuntos públicos, tiene su expresión mínima y<br />

máxima a la vez en el derecho al voto. De esta forma la democracia empezó diferenciando a las<br />

mujeres.<br />

Finalmente, la igualdad, es una de las palabras importantes al hablar de derechos desde las primeras<br />

declaraciones y, más aún, al hablar de seres humanos. En sí mismo no debería presentar<br />

problemas de comprensión y así sucede en el mundo inanimado en donde el desconocimiento, por<br />

parte de los seres humanos o su consideración de irrelevancia en los procesos de dominación han<br />

difuminado la diferencia entre igualdad e identidad. Entre las personas ha sido la ley la encargada<br />

de establecer los límites de la igualdad separando y diferenciando, primero, tratando de<br />

igualar, después.<br />

La igualdad, en nuestra Constitución, es un valor y un principio (art. 1.1), y al ser uno de los “valores<br />

superiores” del ordenamiento jurídico español se sitúa no sólo en el campo de la igualdad<br />

formal sino también en el de la igualdad sustancial. Esta igualdad forma parte de numerosos preceptos<br />

constitucionales recalcando la generalidad de un derecho y se proclama positivamente en<br />

el art. 14 con el predicado “los españoles son iguales ante la ley”, y negativamente, en el mismo<br />

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