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Congreso Internacional SARE 2004 - Emakunde

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1. La dimensión<br />

histórica del concepto<br />

de ciudadanía<br />

El concepto de ciudadanía ha sido objeto en las últimas décadas de numerosos análisis que en su<br />

mayoría, partiendo de las propuestas de T.H. Marshall, definen la evolución y alcance de los derechos<br />

fundamentales en los diferentes colectivos y clases sociales. En este marco teórico, creo que<br />

deben recordarse algunas de las más importantes críticas que desde las ciencias sociales se han<br />

llevado a cabo sobre el concepto de ciudadanía y algunas de las aportaciones más lúcidas con<br />

las que cuenta la teoría feminista en este campo.<br />

En efecto, como muy bien ha señalado Paul Close (Close 1995) los recientes análisis sobre ciudadanía<br />

han sido objeto de numerosas críticas por parte de la teoría feminista, en el sentido de que<br />

el concepto de ciudadanía es definido desde la óptica masculina, y no contempla la realidad específica<br />

de las mujeres como sujetos de diferentes derechos que los hombres. En este sentido, el<br />

concepto de ciudadanía que se vincula con derechos, con acceso a, con pertenencia a una comunidad<br />

o pertenencia a una nación o Estado, exige un análisis desde la perspectiva de género<br />

que refleje el desigual acceso, por parte de hombres y mujeres a una serie de derechos fundamentales.<br />

Claire Wallace (Wallace, 1993) afirma que las mujeres no son ciudadanas en el mismo sentido<br />

que los hombres, ya que estos obtienen beneficios y servicios en nombre de la familia, de forma<br />

que en muchos casos las mujeres acceden a los derechos de ciudadanía a través de sus consortes.<br />

En este mismo sentido, O´Connor (O´Connor 1996) nos recuerda cómo la crítica feminista sobre<br />

la ciudadanía destaca la necesidad de redefinir los análisis convencionales en el sentido de abordar<br />

la crítica del actual Estado de Bienestar desde una perspectiva de género, ya que éstas no participan<br />

plenamente de los mismos derechos de ciudadanía que los hombres, de forma que continúan<br />

siendo definidos a partir de la desigual distribución de recursos, distribución vinculada al poder,<br />

control e independencia, en suma, lo que Claus Offe (Offe 1984) ha definido como sujetos receptores<br />

de la política.<br />

Más interesante aún para el tema que nos ocupa es la crítica de Alisa del Re (Del Re 1994) que<br />

partiendo del clásico análisis del T. H.Marshall (Marshall, Bottomore, 1992) nos recuerda que a<br />

las mujeres se les ha privado de una serie de derechos consagrados como universales y fundamentales.<br />

En relación con la ciudadanía civil, que se consolida a partir del siglo XVIII, en lo que se refiere a<br />

las mujeres, por el mero hecho de su pertenencia al género femenino obtienen mucho más tarde,<br />

en la mayoría de los países europeos a partir del siglo XX, los derechos civiles, manteniéndose en<br />

la mayoría de los casos bajo la dependencia del padre o del marido.<br />

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