24.04.2013 Views

LLIBRE SETMANA SANTA 2011.pdf - Semana Santa Saguntina

LLIBRE SETMANA SANTA 2011.pdf - Semana Santa Saguntina

LLIBRE SETMANA SANTA 2011.pdf - Semana Santa Saguntina

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Társilo Caruana Puig. Clavario año 1975<br />

MAJORALIA ANY 2011<br />

Para cumplir lo que hasta aquí lleva ordenado, nombra pios ejecutores á<br />

Emilio Llopis y Besols, y á su sobrino Vicente Soriano y Ríos, labradores<br />

de este vecindario, confiriendoles las facultades en derecho necesarias<br />

para el mejor desempeño de dicho cometido.<br />

Manda que si al tiempo de su muerte aparece contra sí alguna deuda y<br />

se justifica legalmente, aunque solo sea por simple recibo firmado de su<br />

puño, se satisfaga religiosamente, cobrandose en la propia forma cualquier<br />

credito que pueda resultar á su favor.<br />

Declara no haber contraido mas matrimonio que el actual, del cual no<br />

tiene sucesion, y que careciendo igualmente de ascendientes, se encuentra<br />

sin herederos forzosos de ninguna clase.<br />

En uso de la facultad que la ley le concede, prohibe en absoluto la intervención<br />

judicial en su testamentaria para en el caso de interesar en ella<br />

algun menor, ausente ó incapacitado.<br />

Lega la cantidad de dos mil pesetas para la constucción de una modesta<br />

Hermita en el Calvario de esta Villa, y la de mil quinientas para la restauracion<br />

y adorno de la Capilla de Nuestra Señora de la Salud de esta<br />

Parroquia de <strong>Santa</strong> María, quedando ambas obras á disposicion y bajo<br />

la direccion del Señor Cura de la misma, ó quien haga sus veces, al cual<br />

faculta ampliamente para vender bienes de su herencia publica ó privadamente<br />

en lo que basten á cubrir dichos gastos, pero encargandole su<br />

mas pronta ejecucion y cumplimiento, sin que por nadie pueda exigirsele<br />

cuenta alguna de dicha comisión que fia en un todo á su conciencia.<br />

Y despues de cumplido y pagado cuanto anteriormente deja ordenado, del<br />

remanente de los demás bienes, derechos, y acciones, que al tiempo de<br />

morir se reconozcan de su pertenencia ó en lo sucesivo corresponderle<br />

puedan por cualquier causa, titulo, ó razon, instituye heredera universal<br />

usufructuaria á su esposa Rosa Tordera y Guarch; y ocurrido el fallecimiento<br />

de esta, pasarán de libre disposición y por iguales partes á José<br />

Aleixandre y Flors, hijo de su difunto hermano consanguineo José Aleixandre<br />

y Chuliá, si viviere, y á los hijos que en aquel entonces existieren<br />

de primos hermanos suyos, que son los unicos parientes que le quedan,<br />

entendiendose esta succesion por cabezas y no por estirpes.<br />

Y concluye manifestando que este es el primer testamento que otorga, y el<br />

que por tal desea se tenga y en un todo cumpla como su ultima deliberada<br />

voluntad.<br />

Así lo otorga el ya nombrado compareciente Francisco Aleixandre y<br />

Rios, de cuyo conocimiento, domicilio, y aptitud legal para testar doy fe,<br />

y firmará con los tres testigos asistentes con migo al acto de su otorgamiento,<br />

que lo son Don Mariano Layrón Carbonell, Presbitero Beneficiado<br />

309

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!