23.04.2013 Views

Untitled - Biblioteca Digital

Untitled - Biblioteca Digital

Untitled - Biblioteca Digital

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

RÉGIMEN DE LAS PERSONAS EN EL MATRIMONIO 45<br />

una salvedad para el caso de que el abuso de poderes hubiera<br />

podido ser apreciado por el tercero.<br />

Si colocamos a la mujer frente al marido en una situación<br />

de reciprocidad en los derechos y deberes, no hemos<br />

podido sin embargo, dejar de reconocer que la cohesión de<br />

la familia, impone la necesidad de otorgar al segundo la<br />

primacía en ciertos derechos. El artículo inicial declara que<br />

es facultad de aquél, fijar el domicilio conyugal, y el que<br />

nos ocupa establece un límite a la capacidad civil de la mujer<br />

casada, en lo que hace al desempeño de profesiones o industrias.<br />

En esta materia hemos preferido seguir la tradición,<br />

que por otra. parte, concuerda con lo que disponen casi<br />

todos los códigos, inclusive el de México. que en su art.<br />

169 permite a la mujer desempeñar empleos, ejercer profesiones,<br />

industria, oficio o comercio, cuando no exista incompatibilidad<br />

con la tarea de dirigir :r cuidar los trabajos domésticos.<br />

Sólo el soviético no establece reatos para la elección<br />

de ocupaciones por parte de los cónyuges.<br />

La circunstancia de que en el libro de familia, hayamos<br />

resuelto tratar también el régimen económico del matrimonio,<br />

ha permitido que nuestro arto 365, pueda haber reunido<br />

en un solo texto, separados en incisos, todos los casos<br />

en que se requiere la conformidad de ambos cónyuges para<br />

que la mujer casada pueda realizar ciertos actos. De los seis,<br />

tres corresponden al acuerdo requerido para el desempeño<br />

de trabajos fuera de la casa común o constitución de sociedades.<br />

Los restantes, a ciertos actos de disposición de bienes<br />

que exigen esa conformidad.<br />

El citado artículo declara que será necesario el acuerdo<br />

para que la mujer pueda válidamente ejercer profesión, comercio<br />

o industria por cuenta propia o efectuar trabajos fuera<br />

de la casa común. Hemos seguido con algunas variantes<br />

el sistema de Bibiloni, que funda la nota respectiva, entendiendo<br />

que él se impone por las necesidades de la familia,<br />

:" nos hemos apartado así voluntariamente, de la disposición<br />

del art. 3 9 , ine . 2\ letra a, de la ley 11.357, volviendo<br />

al régimen del art. 56 de la Ley de )iatrimonio y 13 y<br />

18 del Código de Comercio, que modificamos en lo que hace<br />

a las condiciones y efectos de la conformidad y el acto revocatorio<br />

de la misma. Así, luego de suponer que el acuerdo<br />

puede ser expreso o tácito y fijar su alcance, no se somete

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!