23.04.2013 Views

Untitled - Biblioteca Digital

Untitled - Biblioteca Digital

Untitled - Biblioteca Digital

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

casos de exclusión.<br />

Viuda sin hiJos.<br />

710 LIBRO V, SECCIÓN 11. TÍTULO 111<br />

CAPITULO III<br />

Sucesién de los cényuges<br />

1998. El derecho hereditario del cónyuge supérstite<br />

será:<br />

1 9 El mismo que corresponda a cada uno de los hijos<br />

legítimos que concurran con él.<br />

2 9 El tercio o la mitad respectivamente, si quedaren padre<br />

y madre del causante o uno sólo de ellos.<br />

3 9 La mitad, si fallecidos los dos suegros, concurrieren<br />

otro "ti. otros ascendientes.<br />

4? La totalidad, si no existieren descendientes, ni ascendientes<br />

legítimos, salvo los derechos que este Código<br />

reconoce a los padres e hijos ilegítimos.<br />

1999. La sucesión entre esposos no tendrá efecto:<br />

1 9 Cuando el matrimonio se hubiera celebrado in exircmis,<br />

y el cónyuge muriese de la misma enfermedad,<br />

dentro de los treinta días siguientes. Este precepto<br />

no regirá en caso de probarse que el casamiento tuvo<br />

por fin regularizar una convivencia anterior.<br />

2 9 Si estuvieren separados por sentencia judicial, respecto<br />

del que hubiere dado causa para ello.<br />

3? Siempre que, separados de hecho sin voluntad de unirse,<br />

o provisionalmente por mandato del juez, mediare<br />

la circunstancia del inciso anterior.<br />

2000. El cónyuge que concurra con ascendientes o descendientes<br />

legítimos, no tendrá parte a título de herencia, en<br />

los bienes que correspondieren al causante como gananciales<br />

de su matrimonio.<br />

2001. La viuda que permaneciere en ese estado y no tuviere<br />

hijos, o que si los tuvo, no sobrevivieren en el momento

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!