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PLURALIDAD DE HEREDEROS 699 cia de las formas prescriptas, valdrá como provisional en cuanto al uso de los bienes. 1960. Los gastos de la liquidación y los efectuados en beneficio común se imputarán a la masa; los producidos por la partición en igual supuesto, sobre los bienes adjudicados, en la medida de su valor. No se juzgarán comunes, los trabajos o desembolsos innecesarios o referentes a pedidos desestimados, y serán por cuenta de las partes que los causaren. CAPITULO In De la colación 191U. Antes de partirse los bienes, el cónyuge y los descendientes ,v los ascendientes que concurran a la sucesión, deberán colacionar el valor de todas las liberalidades recibidas en vida dei causante, que se determinan en este capítulo. 1962. Sólo pueden demandar la colación: 1 9 Un coheredero a otro. 2 9 Los acreedores personales del coheredero que pueda exigir la colación. 3 9 Los acreedores del causante, en el único supuesto de que el heredero a 'Quien la colación fuere debida, aceptare la herencia pura y simplemente, y no mediare separación de patrimonios. 4 9 Los legatarios, en el único caso del inciso anterior. 1963. Están obligados a colacionar: l' Las personas comprendidas en el arto 1951. 2 9 Los instituídos por testamento, cuando éste no modifique el orden de la sucesión legítima. 3' El heredero, que no siendo presuntivo en el momento de la liberalidad, resultare forzoso al abrirse la sucesión. 4 9 Los nietos, que por representación sucedan al abuelo juntamente con tíos y primos. La colación se extenderá a todo lo que el padre debió aportar en el caso de haber vivido, aunque ellos no le hubieren heredado. Noción y oportunidad. Quienes pueden clamarla. Quienes est'n obllgados a colacionar.

PLURALIDAD DE HEREDEROS 699<br />

cia de las formas prescriptas, valdrá como provisional en<br />

cuanto al uso de los bienes.<br />

1960. Los gastos de la liquidación y los efectuados en<br />

beneficio común se imputarán a la masa; los producidos por<br />

la partición en igual supuesto, sobre los bienes adjudicados,<br />

en la medida de su valor.<br />

No se juzgarán comunes, los trabajos o desembolsos innecesarios<br />

o referentes a pedidos desestimados, y serán por<br />

cuenta de las partes que los causaren.<br />

CAPITULO In<br />

De la colación<br />

191U. Antes de partirse los bienes, el cónyuge y los descendientes<br />

,v los ascendientes que concurran a la sucesión, deberán<br />

colacionar el valor de todas las liberalidades recibidas<br />

en vida dei causante, que se determinan en este capítulo.<br />

1962. Sólo pueden demandar la colación:<br />

1 9 Un coheredero a otro.<br />

2 9 Los acreedores personales del coheredero que pueda<br />

exigir la colación.<br />

3 9 Los acreedores del causante, en el único supuesto de<br />

que el heredero a 'Quien la colación fuere debida, aceptare<br />

la herencia pura y simplemente, y no mediare<br />

separación de patrimonios.<br />

4 9 Los legatarios, en el único caso del inciso anterior.<br />

1963. Están obligados a colacionar:<br />

l' Las personas comprendidas en el arto 1951.<br />

2 9 Los instituídos por testamento, cuando éste no modifique<br />

el orden de la sucesión legítima.<br />

3' El heredero, que no siendo presuntivo en el momento<br />

de la liberalidad, resultare forzoso al abrirse la sucesión.<br />

4 9 Los nietos, que por representación sucedan al abuelo<br />

juntamente con tíos y primos. La colación se extenderá<br />

a todo lo que el padre debió aportar en el caso<br />

de haber vivido, aunque ellos no le hubieren heredado.<br />

Noción y oportunidad.<br />

Quienes pueden<br />

clamarla.<br />

Quienes est'n obllgados<br />

a colacionar.

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