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PLURALIDAD DE HEREDEROS 691<br />

1919. Cuando se hiciere lugar a la petición de herencia, Re,las apUcablell.<br />

se aplicarán las reglas siguientes:<br />

19 Si el poseedor hubiere transmitido por contrato a<br />

2<br />

un tercero, la totalidad o una parte alícuota de la<br />

herencia, éste quedará equiparado al primer poseedor,<br />

en cuanto a sus relaciones con el demandante.<br />

9 Deberán restituirse al heredero los bienes de la masa,<br />

y todos aquellos que el causante hubiere poseído,<br />

aunque solo hubiere gozado de un derecho de retención<br />

respecto de ellos. De no ser posible, se aplicarán<br />

las reglas del enriquecimiento sin causa.<br />

39 Lo dispuesto en la reivindicación, respecto de las<br />

obligaciones del poseedor de buena o mala fe, impensas,<br />

mejoras, restitución de frutos, responsabilidad<br />

4<br />

por las pérdidas, será aplicable en cuanto no se hallare<br />

modificado en el presente capítulo.<br />

9 Cuando se hubieren satisfecho deudas o legados, que<br />

no obligaban al heredero, podrá éste repetir lo que<br />

SE: entregó, y no siendo ello posible, se aplicarán las<br />

disposiciones del enriquecimiento sin causa .<br />

. 1920. Será considerado poseedor de mala fe, aquel que Poseedor de mala fe.<br />

SUpO O debió conocer la existencia de herederos preferentes,<br />

o la de legatarios, y a quienes no hubiere hecho citar<br />

para que ejerzan sus derechos.<br />

1921. Compete al heredero una acción posesoria para Acción posesoria.<br />

ser mantenido o reintegrado en la posesión de la herencia,<br />

o de los bienes que dependen de ella.<br />

Se aplicará, en tal caso, lo dispuesto en el capítulo anterior.<br />

El juez podrá dictar sumariamente las medidas necesarias<br />

para hacer efectiva la posesión del heredero.<br />

TITULO III<br />

De la pluralidad de herederos<br />

CAPITULO I<br />

Del estado de indivisión<br />

1922. Cuando dos o más personas fueren simultáneamente<br />

llamadas a la herencia, la masa pertenecerá en común<br />

a todas ellas, hasta que se verifique la partición.

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