23.04.2013 Views

Untitled - Biblioteca Digital

Untitled - Biblioteca Digital

Untitled - Biblioteca Digital

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

DEL USUFRUCTO 627<br />

En casa de rentas vitalicias o temporarias, pensiones 11<br />

otros derechos semejantes, la prestación que pueda exigirse<br />

corresponderá al usufructuario.<br />

1656. Si el usufructo fuere de títulos al portador, o<br />

l'ndosables en blanco, la posesión del papel y de sus renova­<br />

«iones corresponderá en común al usufructuario y al propietario.<br />

La posesión de los cupones de interés o dividendo, pern-nccerá<br />

al primero.<br />

Para constituir el usufructo no será necesaria la entrega<br />

del título: bastará que se posea en común, A solicitud de<br />

«ualquiera de las partes, deberá depositarse el documento en<br />

(,1 Banco de la Nación, a la orden conjunta de aquéllas.<br />

1657. En caso de reembolso del título, se procederá co­<br />

11I0 lo determina la segunda parte del arto 1654. 'Si con tal<br />

motivo hubiere prima, o si en los cupones estuviere incluida<br />

la amortización del capital, la prima y la amortización formarán<br />

parte de éste.<br />

1658. Si el ejercicio de un usufructo hubiere sido confiado<br />

a un administrador, la entrega sólo producirá efecto en<br />

cuanto al obligado, después de notificársele del auto en que<br />

SI' le nombrare, o cuando tuviere conocimiento de su existencia.<br />

IJo mismo ocurrirá respecto de la cesación del administrador.<br />

CAPITULO III<br />

Del usufructo sobre un patrimonio<br />

1659. ...:1 usufructo constituído sobre un patrimonio, o<br />

parte alícuota del mismo, se reglará por las disposiciones<br />

del presente capítulo, y subsidiariamente, en cuanto sean compatibles<br />

con ellas, por las contenidas en los dos anteriores.<br />

Al usufructuario de parte alícuota, se aplicará en proporción<br />

a su cuota, cuanto se establece respecto del que lo sea<br />

de todo el patrimonio. '<br />

1660. Al titular de un usufructo universal le corres­<br />

)londerÍl todo cuanto pueda provenir de las cosas dadas en<br />

usufructo, aunque no fueren frutos.<br />

1661. El usufructo de todos los bienes, establecido a título<br />

g-ratuito, no obstará a que los acreedores ya existentes,<br />

Rentas. pensIones. ele.<br />

Usufructo por<br />

nlstraclón.<br />

Régimen aplicable<br />

Derecho de los acreedores<br />

del constlt uyente.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!