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Interrupción natural<br />

de la usucapión.<br />

Id. por demanda contra<br />

el poseedor ínmediato.<br />

Id. por o contra el<br />

copropietario.<br />

Remisión al derecho<br />

administrativo.<br />

Restricciones al dueño<br />

o poseedordelnmuebies.<br />

602 LIBRO IV, SECCIÓN 111, TÍTULO IV<br />

1556. La usucapión se interrumpe cuando el poseedor<br />

es privado del goce de la cosa durante un año, aunque la<br />

nueva posesión sea ilegítima, injusta o violenta.<br />

El efecto expresado no se producirá, a pesar de que la<br />

segunda ocupación se prolongue por mayor tiempo, cuando<br />

ella hubiere sido a su vez, interrumpida por demanda o por<br />

reconocimiento.<br />

1557. La demanda contra el poseedor inmediato, en los<br />

casos de los arts. 1833 y 1834, interrumpe la prescripción.<br />

1558. La interrupción efectuada por. uno de los copropietarios,<br />

o de los diversos titulares de un derecho real, no<br />

aprovecha a los demás, salvo si hubiere resultado privación<br />

de la posesión, y recíprocamente, la causada contra cualquie.<br />

ra de ellos no es oponible a los otros.<br />

TITULO IV<br />

De las restricciones y límites del dominio<br />

1559. Las restricciones que se impusieren al dominio<br />

privado, sólo en el interés público, serán regidas por el derecho<br />

administrativo.<br />

1560. No podrá el dueño o poseedor de un inmueble:<br />

P Excavar ni abrir fosos,que puedan producir la rnina<br />

de los edificios de la heredad vecina, perjudicar<br />

las plantaciones existentes en ella, u ocasionar desmoronamientos.<br />

2 9 Causar ruidos o molestias, aunque provengan de establecimientos<br />

industriales, cuando por su intensidad<br />

o duración, fueren intolerables, excediendo la<br />

medida de las incomodidades ordinarias de la vecino<br />

dad.<br />

3 9 Efectuar cerca de una pared divisoria exclusiva o común,<br />

obras que causen humedad, tener establos, depósitos<br />

de salo de materias corrosivas, motores, máquinas,<br />

fábricas o empresas peligrosas para la seguridad<br />

y solidez de los edificios, o el sosiego' y salud de los<br />

vecinos, a no ser que se observaren las distancias pres-

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