23.04.2013 Views

Untitled - Biblioteca Digital

Untitled - Biblioteca Digital

Untitled - Biblioteca Digital

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

DE LA EVICCIÓN 563<br />

Le asistirá igual derecho, si versando el contrato sobre<br />

varios objetos comprados conjuntamente, se demostrare que<br />

no se habría adquirido el uno sin el otro.<br />

1371. En caso de evicción parcial, si el contrato no se<br />

rescindiera, el resarcimiento se determinará por el valor que<br />

al tiempo de aquélla, tuvo la parte de que se privó al comprador.<br />

Pero si no cubriere a la que correspondería proporcionalmente<br />

al precio total de la operación, se fijará con referencia<br />

a éste.<br />

1372. En las transacciones, la evicción tendrá los mis­<br />

1Il0S efectos que entre comprador y vendedor, respecto de los<br />

derechos no comprendidos en la cuestión transigida; pero no<br />

sobre los litigiosos o dudosos que una de las partes reconociere<br />

en favor de la otra.<br />

CAPITULO III<br />

De la evicción entre permutantes<br />

1373. Si la evicción fuere total, (,1 permutante vencido<br />

podrá optar entre dejar sin efecto el contrato, con las indemnizaciones<br />

que correspondan, o exigir el valor del bien al<br />

tiempo de la eviceión, con los daños .r perjuicios.<br />

Cuando eligiere lo primero, el permutante restituirá el<br />

objeto. tal cual se hallare, como poseedor de buena Ie.<br />

1374. Si el bien fué enajenado o gravado a título oneroso<br />

por el permutante, el otro no podrá reclamar contra los<br />

terceros adquirentes; pero si lo hubiere sido a título gratuito,<br />

tendrá derecho a exigirles el valor del objeto, o la restitución<br />

del mismo.<br />

CAPITULO IV<br />

De la evicción entre socios<br />

1375. En caso de evieción de un bien aportado por cualquiera<br />

de los socios, la responsabilidad de éste se reglará según<br />

las disposiciones siguientes:<br />

1 9 Disuelta la sociedad, responderá por los daños y perjuicios<br />

qne de ello resultaren.<br />

Contrato que<br />

rescInde.<br />

E\'lcción total: opción.<br />

Disposición a titulo<br />

oneroso o gratuito.<br />

E\'lcción del bien aportado.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!