23.04.2013 Views

Untitled - Biblioteca Digital

Untitled - Biblioteca Digital

Untitled - Biblioteca Digital

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

DF. LA SOCIEDAD 545<br />

1274. Las ganancias del socio industrial, en defecto de<br />

convención, se fijarán del modo siguiente:<br />

P Cuando sólo hubiere socios de esa calidad, las partes<br />

de todos ellos serán las mismas, tanto en las utilidades<br />

como en las pérdidas.<br />

29 Si la sociedad contó además, con uno o varios capitalistas<br />

con aportes iguales, el industrial tendrá en<br />

los beneficios una parte idéntica.<br />

39 Siempre que las prestaciones fueren desiguales, tendrá<br />

la cuota correspondiente al término medio de los<br />

capitales aportados por los demás.<br />

4? En caso de haber introducido también capital, la división<br />

se hará proporcionalmente a la totalidad del<br />

mismo, agregando una cifra equivalente al promedio<br />

de los aportes de todos los socios. Se aplicará esta<br />

regla para la distribución de las pérdidas.<br />

59 Si todos los socios, además de su industria hubieren<br />

realizado aportes de dar, la división se hará en euotas<br />

iguales.<br />

1275. Cuando la prestación de los socios hubiere sido<br />

dl' cosas destinadas a ser vendidas por cuenta de la sociedad,<br />

s(' tendrá como capital aportado el precio de la venta. Si<br />

('sta no pudo realizarse, se estará a su valor en el momento<br />

de la entrega.<br />

Si el objeto fup estimado en el contrato social, se juzg-al'á<br />

como aporte pI valor establecido.<br />

1276. Los socios comanditarios y los industriales simples<br />

no estarán obligados, para cubrir las pérdidas, a restituir<br />

las utilidades lvg itimamente distribuidas antes de la disolución.<br />

1277. En la división de la sociedad se observará. I'U<br />

todo lo que fuere aplicable, lo dispuesto en el libro V del pre­<br />

Sl'lIte Código, sobre la división de las herencias, no habiendo<br />

"11 I'st" título disposiciones en contrario.<br />

Aporte de cosas para<br />

ser vendidas.<br />

Comanditarios e industriales<br />

simples.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!