23.04.2013 Views

Untitled - Biblioteca Digital

Untitled - Biblioteca Digital

Untitled - Biblioteca Digital

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Ejecucl6n por otro.<br />

Ejecucl6n forzada.<br />

Impo!lbllldad sin eulpsdeldeudor.<br />

Incumplimiento de<br />

obllgacl6n de no<br />

hacer.<br />

Ejecucl6n forzada en<br />

obligaciones de no<br />

hacer.<br />

Extlncl6n de obligaciones<br />

de no hacer.<br />

404 LIBRO 111, 'SECCiÓN 11, TÍTULO ,1<br />

será lícito destruir lo que fuere mal ejecutado, salvo que la<br />

prestación pudiera completarse a costa del deudor.<br />

628. El hecho podrá ser ejecutado por otro que el den.<br />

1101', a menos que éste hubiere sido elegido por su arte, in.<br />

dustria o cualidades personales.<br />

629. Si el deudor no quisiere o no pudiere efectuar el<br />

hecho, el acreedor podrá exigirle la ejecución forzada, a no<br />

ser que fuere necesaria la violencia contra la persona del<br />

obligado. En este último caso, la prestación 'quedará convertida<br />

en el pago de daños y perjuicios.<br />

Si el hecho pudiere ser ejecutado por otro, se observa.<br />

rá lo dispuesto por el arto 5í9.<br />

630. Cuando el hecho resultare imposible sin culpa del<br />

deudor, la obligación se extinguirá para ambas partes. d,'biendo<br />

aquél restituir al acreedor lo que por razón de ella<br />

hubiere recibido.<br />

631. La obligación de no hacer se tendrá por no cumplída,<br />

cuando la ejecución del hecho fuere imputable al deudor.<br />

El acreedor podrá exigir, en tal caso, se destruya lo efectuarlo<br />

o se le autorice para destruirlo a costa del deudor. Cuando<br />

ésto no fuere posible, el acreedor tendrá derecho a h::<br />

daños y perjuicios irrogados por ('1 incumplimiento.<br />

632. :Si la obligación consistiere en tolerar actos de terminados<br />

del acreedor o el uso de cosas del deudor, podrá<br />

exigirse la ejecución forzada, aun cuando fuere necesaria<br />

la. violencia contra la persona obligada.<br />

Se procederá dc igual manera cuando la prestación t')viere<br />

por objeto no comerciar en cierta zona o durante cicrto<br />

tiempo en cuanto a determinadas cosas, u otras abstvnciones<br />

análogas.<br />

633. Cuando la prestación fuere de no hacer y la omisión<br />

del hecho resultare imposible sin culpa del deudor. o<br />

bien cuando éste hubiere sido compelido a ejecutarlos, la<br />

obligación se extingue como en el caso del arto 630.<br />

CAPITULO V<br />

De las obligaciones alternativas<br />

Concepto. Eleccl6n. 634. Siempre que se adeudaren varias prestaciones,

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!