23.04.2013 Views

Untitled - Biblioteca Digital

Untitled - Biblioteca Digital

Untitled - Biblioteca Digital

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

DE LA FILIACiÓN LEGÍTIMA 357<br />

446. El ejercicio de la acción de desconocimiento de<br />

paternidad, se ajustará a las siguientes reglas:<br />

P En vida del marido, sólo a él compete la acción de<br />

desconocimiento del hijo nacido o concebido durante<br />

('1 matrimonio. Si aquél fuere insano, podrá deducirla<br />

el curador autorizado por el juez: pero si no la<br />

intentare el representante, o el incapaz no lo tuviere,<br />

podrá deducirla éste, recuperada la razón, dentro<br />

del término fijado en el inciso siguiente.<br />

:?9 Deberá deducirse dentro de noventa días contados<br />

desde que tuvo conocimiento del parto, e intentarse<br />

a la vez contra la madre y el hijo. Si éste falleciere.<br />

el desconocimiento tramitará ante el juez de la sucesión,<br />

notificándose a los que serían sus herederos<br />

en caso de legitimidad o ilegitimidad, y también a<br />

cualquiera '1lH' justificase un interés jurídico en ambos<br />

supuestos.<br />

3 Q Fallecido el marido, sus herederos presuntos que debieren<br />

concurrir con el hijo o ser excluidos por éL<br />

así como los ascendientes del primero, aunque' no le<br />

sucedan, podrán continuar la acción de desconocimiento<br />

iniciada.<br />

41' Si el marido reconoció su paternidad expresa o tácitamente,<br />

o dejó transcurrir el término sin haberla<br />

impugnado, la acción no podrá ser deducida, a menos<br />

de haber procedido por error o fraude. En este<br />

último caso. la acción por desconocimiento deberá<br />

entablarse, tanto por ('1 marido, como por sus ascendientes<br />

o herederos, dentro de los noventas días desde<br />

que el e1'1'0r o el fraude fueron conocidos.<br />

447. Tendrán asimismo, ol derecho de entablar la acción<br />

:1 que se refiere (" inc. :11' del arto 446, las personas allí enumeradas:<br />

11' Cuando fuere desconocido el lugar en que reside ei<br />

esposo o incierta su existencia.<br />

21' Si el marido estuvo pr-ivado de discernimiento. durante<br />

el térm iuo en que hahría podido desconocer \a paternidad,<br />

o hubiera muerto antt-s dl' vencer 1'1 plazo.<br />

Reglas para el ejercícto<br />

de la accIón.<br />

Ejercicio por otras<br />

personas.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!