23.04.2013 Views

Untitled - Biblioteca Digital

Untitled - Biblioteca Digital

Untitled - Biblioteca Digital

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

DE LAS PERSONAS JURíDICAS 257<br />

Cuando 'se presentaren herederos preferentes o de igual<br />

!!I'ado, recibirán los bienes o se les hará participar en la trans­<br />

'JI\isiím de los mismos, según su título.<br />

Sin perjuicio de lo dispuesto en los arts. 4:34. ine. 3'1.<br />

letra e) y 435, se aplicará a las rentas percibidas, lo que<br />

-stablece el art. 1919, inc. 3 9 •<br />

71. Transcurridos diez años desde la desaparición o de<br />

la última noticia, o bien setenta a contar del nacimiento del<br />

ausente. caducará la garantía exigida en el arto 69 :v<br />

l¡uf'dará sin efecto la prenotación, pudiendo disponerse libremente<br />

de los bienes.<br />

72. Si (,1 ausente se presentare COII posterioridad a los<br />

plazos del artículo anterior, sólo podrá reclamar los bienes<br />

que existieren, tal como se hallaren j los adquiridos con el<br />

valor de los que falten, y las rentas e intereses no consumidos,<br />

Si en iguales circunstancias aparecieren herederos preferentes<br />

o con el mismo derecho que los poseedores. podrán<br />

iniciar petición de herencia.<br />

En ambos casos regirá lo dispuesto en el título tI(' la<br />

reivindicación.<br />

73, Siempre que debieren concurrir a una sucesión, personas<br />

de existencia incierta, la parte de ellas acrecerá a la de<br />

quienes tuvieren derecho a la herencia. Estos deberán formar<br />

inventario judicial de cuanto reciban, sin perjuicio de las acciones<br />

que puedan ejercer los interesados o sus causahabientes.<br />

TITULO V<br />

De las personas jurídicas<br />

CAPITUIJO 1<br />

Disposiciones generales<br />

74. Son personas jurídicas:<br />

1 9 El Estado.<br />

2 9 Las provincias.<br />

3" Los municipios.<br />

4 9 La ljrlesia.<br />

Disposición<br />

los bienes.<br />

Reaparición después de<br />

haberse dispuesto de<br />

los bienes.<br />

Sucesión con herederos<br />

de existencia Incierta.<br />

Enumeraclon.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!