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210 LIBRO V, SECCiÓN 1, TÍTULO 111<br />

Los preceptos sobre partición testamentaria, han sido<br />

también reunidos para mayor sencillez y claridad. El arto<br />

3524, que se mantiene en cuanto a las donaciones, es objeto<br />

de una reforma, para decidir con más lógica y justicia, quc<br />

si el lote atribuído a un heredero contuviere excedente, se<br />

imputará a su respectivo haber, y cuando él no alcanzare,<br />

a la cuota disponible.<br />

De acuerdo en parte con Bibiloni, autorizamos a los<br />

I'SPOSOS para div i.Iir de común acuerdo y por donación. los<br />

bienes propios y gananciales entre sus descendientes. No así<br />

por testamento, acto que reviste caracteres especiales que<br />

impiden sea otorgado conjuntamente.<br />

Los cónyuges podrán reservarse el usufructo de los bienes,<br />

o afectarlos a una renta vitalicia a favor de cualquiera<br />

de ellos o del sobreviviente. así como revocar la donación<br />

por las causales que la ley autoriza, ello en cuanto a la parte<br />

que a cada uno corresponde.<br />

Tamhién se autoriza al supérstite para dividir los bie­<br />

II('S del fallecido, sea cual fuere la naturaleza de ellos, y<br />

eomprenderlos en el reparto por donación que hiciere de su<br />

patrimonio personal.<br />

Termina esto Capítulo con dos reglas. relativas la primera<br />

a los casos en que la partición quedará sin efecto (arts.<br />

3528 y 3529) Y la segunda, a la rescisión de la misma (art.<br />

3:>36), derecho que también puede ejercer E'I supérstite cuando<br />

resulte perjudicado.<br />

CAPITVfJO V<br />

Del efecto de la partición<br />

1Ja reforma pr-incipal que se ha introducido en este punto,<br />

consiste en suprimir la ficción inútil y dañosa de la retroactividad:<br />

la partición, según lo propone Bibiloni y lo<br />

establece el Proyecto, confiere la propiedad exclusiva de los<br />

bienes comprendidos en cada lote, desde (JUC fuera inscripta<br />

en el Registro,<br />

El mismo efecto se reconoce a todo acto oneroso qur<br />

pusiere fin a la indivisión y adjudicare bienes en propiedad<br />

exclusiva a 1111 heredero.

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