23.04.2013 Views

Untitled - Biblioteca Digital

Untitled - Biblioteca Digital

Untitled - Biblioteca Digital

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

184 LIBRO IV, SECCIÓN 11, TÍTULO XI<br />

han sufrido variantes de colocación y de forma. Acerca del<br />

3202, hemos dispuesto en el caso de que se hubieran otorgado<br />

letras o pagarés por el importe de la deuda, y éstos se<br />

hallaren registrados, que al pedir la cancelación de la hipoteca,<br />

el deudor deberá entregar al registrador las letras o<br />

pagarés, para que aquél los archive, haciendo constar en<br />

ellos que representan el importe íntegro de la deuda hipotecaria.<br />

Como es fácil advertirlo, este nuevo requisito constituye<br />

una precaución, ya que con el archivo de los papeles queda<br />

justificada la extinción de la deuda. También se prevé que<br />

las letras o pagarés sólo representen parte de aquélla. El<br />

texto decide entonces, que la hipoteca no se cancelará, pero<br />

determina que el registrador que los reciba deberá anotar<br />

el valor de ellos en la. inscripción inicial, imponiéndole el<br />

deber de archivarlos.<br />

TITULO XI<br />

De los Censos<br />

La Comisión ha aceptado la reforma del Anteproyecto,<br />

introduciendo un título bajo este epígrafe.<br />

El primer artículo indica que tales censos se aplicarán<br />

a inmuebles que continúan en poder del deudor, y que ellos<br />

sólo podrán consistir en el pago periódico de cierta suma de<br />

dinero, ya por término fijo, ya por la vida del titular, pero<br />

dentro de un plazo que no podrá exceder de cuarenta años.<br />

El precepto termina indicando que los censos deberán inseribirse<br />

como las hipotecas, y que les serán aplicables las demás<br />

reglas relativas a ellas, en cuanto no estuvieren modificadas<br />

en este título.<br />

Acerca de la inscripción, se exige que conste la cantidad<br />

del gra vamen, preser-ibiéndose que las partes deberán<br />

establecerla. Para el caso de que en un censo constituído por<br />

testamento, se hubiera omitido dicha suma, se resuelve que<br />

se inscribirá la que resulte de la capitalización de la renta<br />

en el año, calculada al tipo de interés que cobra a sus deudores<br />

el Banco Hipotecario Nacional.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!