You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
La pesca recreativa no podrá practicarse: 1<br />
l. A menos de 250 metros de las artes de pesca fijas o<br />
flotantes, dedicadas a la pesca comercial.<br />
II. A menos de 250 metros de la orilla de las playas fre-<br />
cuentadas por bafiistas.<br />
11<strong>1.</strong> En las zonas adyacentes a las fuentes de abastecimiento<br />
de agua en los centros acuícolas.<br />
IV. En las zonas de refugio, reservadas o declaradas como<br />
parque natural o santuario.<br />
V. En los demás sitios que seaalen las leyes y el departa-<br />
mento de pesca.<br />
Queda prohibida la captura de las especies: abulón, langosta<br />
de mar, ostión, camarón, totoaba, cabrilla. almeja pismo y tortu-<br />
ga marina. Así como la de mamíferos marinos.<br />
El reglamento en vigor establece como limite de captura<br />
diaria:<br />
AGUAS MARINAS Y ESTEROS<br />
. Un ejemplar de las especies de marlin, pez vela, sábalo<br />
y pez espada.<br />
. Dos ejemplares de las especies pez gallo, dorado, ro-<br />
balo, mero y lenguado.<br />
. El número total de ejemplares capturados no excederá<br />
de cinco por permisionario.<br />
. A las especies no contempladas en las anteriores res-<br />
tricciones se les concederá un limite máximo de captura<br />
de cinco ejemplares por día.<br />
- E N AGUAS CONTINENTALES:<br />
Podrán capturarse o retenerse en posesión hasta un límite<br />
de cinco ejemplares por día, con talla mínima de 20 cm. de lon-<br />
gitud, de una especie o la combinación, de trucha, bagre, pez<br />
bobo, carpa, mojarra y robaleta.<br />
La talla minima para el huro o lobina será de 25 cm. El pes-<br />
cado blanco de Pátzcuaro o Chapala es exclusivo de la pesca<br />
comercial.