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página 48 Prevenir no es curar. La prisión preventiva en Argentina En casos como los relatados, resulta evidente que la detención sin acompañamiento institucional agrava la situación de vulnerabilidad preexistente. Ciertas experiencias, tales como la del área de Problemáticas Sociales de la Defensoría General de la Nación (ver entrevista en este mismo volumen) muestran un camino que podría transitarse más tempranamente y al margen de la estrategia puntual de la defensa. Por ejemplo: estableciendo, en el inicio de proceso, una instancia de entrevista (no judicial, no policial) a un protocolo local (municipal) de derivación o seguimiento institucional, esta a evitar los “daños colaterales” de la punición. En este caso, prevenir sí sería curar. CELS – MPD- PPN (Centro de Estudios Legales y Sociales, Ministerio Público de la Defensa, Procuración Penitenciaria de la Nación) (2011): Mujeres en prisión. Los alcances del castigo. Buenos Aires : Siglo XXI Editores. Defensoría General de la Nación (2010): Discriminación de género en las decisiones judiciales. Justicia penal y violencia de género. Buenos Aires : Defensoría General de la Nación. Ministerio Público de la Defensa (2010). Discriminación y género. Las formas de la violencia. Actas del Encuentro internacional sobre violencia de género. Taller: Acceso a la justicia y defensa pública. Procurador Penitenciario. Informe Anual 1993-1994. Mimeo. Gentileza de Eugenio Freixas. Dirección Nacional de Política Criminal (2008). Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución de la Pena (SNEEP), Informe Anual – República Argentina 2008. Disponible en http://www.jus.gov.ar/areas-tematicas/estadisticas-en- materia-de-criminalidad.aspx Sitios web consultados www.cels.org.ar – Centro de Estudios Legales y Sociales www.ppn.gov.ar – Procuración Penitenciaria de la Nación www.comisionporlamemoria.org.ar / comité – Comisión por la Memoria de la Provincia de Buenos Aires; Comité contra la Tortura. Detenidos y familiares: el doble castigo del sistema penal
Prevenir no es curar. La prisión preventiva en Argentina El uso de la prisión preventiva Prácticas y percepciones de operadores judiciales en el ámbito federal y de la Provincia de Buenos Aires 1 I. Introducción Según el Informe Anual 2008 del Sistema Nacional de Estadísticas sobre Eje- cución de la Pena (SNEEP) 2 , de las 60.611 personas privadas de libertad en la Argentina a diciembre de 2008, 59% estaban en prisión preventiva. El mismo informe estima que los establecimientos dependientes del Servicio Penitencia- rio Federal y del Servicio Penitenciario de la Provincia de Buenos Aires alojan 60% del total de las personas privadas de libertad y 73% de las personas dete- Tomando estos datos como punto de partida, este trabajo explora provisoria- mente algunas de las posibles razones detrás de los altos porcentajes de per- sonas en prisión preventiva, eligiendo como lugar de observación el momento cuando se decide su procedencia tanto en el ámbito federal como de la Provin- cia de Buenos Aires. El capítulo comienza con una síntesis de las principales normas aplicables en esa instancia, con miras a delinear el marco desde el cual los operadores judi- ciales piensan y fundamentan su decisión de encierro o libertad de las perso- nas imputadas. Luego se explora la aplicación concreta del encierro a partir del estudio de un conjunto de expedientes del ámbito federal y de la Provincia de - dores al momento de decidir la prisión preventiva. Habiendo analizado lo que las normas dicen y de qué manera son interpretadas por los operadores, se 1. Este capítulo fue escrito por Mercedes López Flamengo. disponible a inicios de este proyecto. Elaborado por la Dirección Nacional de Política Criminal (Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación), compila datos de personas detenidas en establecimientos penitenciarios, pero no en comisarías. ADC - www.adc.org.ar página 49
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En casos como los relatados, r<strong>es</strong>ulta evidente que la detención sin<br />
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Social<strong>es</strong> de la Defensoría General de la Nación (ver entrevista en <strong>es</strong>te mismo<br />
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al margen de la <strong>es</strong>trategia puntual de la defensa. Por ejemplo: <strong>es</strong>tableciendo,<br />
en el inicio de proc<strong>es</strong>o, una instancia de entrevista (<strong>no</strong> judicial, <strong>no</strong> policial)<br />
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a un protocolo local (municipal) de derivación o seguimiento institucional, <strong>es</strong>ta<br />
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CELS – MPD- PPN (Centro de Estudios Legal<strong>es</strong> y Social<strong>es</strong>, Ministerio Público de la<br />
Defensa, Procuración Penitenciaria de la Nación) (2011): Mujer<strong>es</strong> en prisión.<br />
Los alcanc<strong>es</strong> del castigo. Bue<strong>no</strong>s Air<strong>es</strong> : Siglo XXI Editor<strong>es</strong>.<br />
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judicial<strong>es</strong>. Justicia penal y violencia de género. Bue<strong>no</strong>s Air<strong>es</strong> : Defensoría<br />
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Ministerio Público de la Defensa (2010). Discriminación y género. Las formas de la<br />
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Acc<strong>es</strong>o a la justicia y defensa pública.<br />
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2008. Disponible en http://www.jus.gov.ar/areas-tematicas/<strong>es</strong>tadisticas-en-<br />
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