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Prevenir no es curar

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<strong>Prevenir</strong> <strong>no</strong> <strong>es</strong> <strong>curar</strong>. La prisión preventiva en Argentina<br />

R<strong>es</strong>eña metodológica 1<br />

Esta sección r<strong>es</strong>ume brevemente los objetivos de inv<strong>es</strong>tigación del proyecto, y<br />

<br />

para lograrlos.<br />

El proyecto La prisión preventiva en Argentina. Una mirada sobre sus usos y sus<br />

consecuencias se pensó en térmi<strong>no</strong>s de complementariedad con el trabajo de<br />

inv<strong>es</strong>tigación, incidencia y denuncia sobre situación carcelaria que venían rea-<br />

lizando un conjunto de organizacion<strong>es</strong> y organismos 2 d<strong>es</strong>de mediados de la<br />

década de 1990. En <strong>es</strong>e sentido, los principal<strong>es</strong> ej<strong>es</strong> de trabajo del proyecto <strong>no</strong><br />

enfocaron tanto las condicion<strong>es</strong> de detención, si<strong>no</strong> más bien un conjunto de<br />

<br />

<strong>es</strong>crutados. Principalmente, <strong>no</strong>s inter<strong>es</strong>aba explorar:<br />

a) los criterios que efectivamente ponen en práctica los operador<strong>es</strong> ju-<br />

dicial<strong>es</strong> y de los ministerios públicos al momento de aplicación de la<br />

prisión preventiva, y<br />

b) los efectos / consecuencias de la prisión preventiva en la vida de las<br />

personas afectadas, y <strong>es</strong>pecialmente en sus familias.<br />

Se decidió trabajar con casos de personas que hubieran <strong>es</strong>tado detenidas y pro-<br />

c<strong>es</strong>adas por <strong>es</strong>tafa, delitos contra la propiedad (<strong>es</strong>pecialmente robo, hurto e<br />

intento de robo o de hurto), o en causas vinculadas a <strong>es</strong>tupefacient<strong>es</strong> (en parti-<br />

cular almacenamiento y/o comercialización en pequeña <strong>es</strong>cala). Se excluyeron<br />

del universo a indagar los delitos contra las personas -tal<strong>es</strong> como homicidio,<br />

violación y secu<strong>es</strong>tro-. Pu<strong>es</strong>to que el proyecto también apuntaba a promover<br />

la discusión en tor<strong>no</strong> a la procedencia de la prisión preventiva, consideramos<br />

más sencillo plantear el debate en relación a casos sin daño corporal. En <strong>es</strong>tos<br />

últimos, las características (violentas) del delito imputado tienden a dominar<br />

la discusión social, corriendo el foco de la dimensión proc<strong>es</strong>al hacia el padeci-<br />

miento de la víctima que clama castigo.<br />

Por otra parte, el último informe del Sistema Nacional de Información Crimi-<br />

nal disponible al inicio del proyecto (SNIC 2007 – elaborado por la Dirección<br />

de Política Criminal del Ministerio de Justicia y Derechos Huma<strong>no</strong>s) señalaba<br />

que los delitos contra la propiedad repr<strong>es</strong>entaban el 58% de los delitos denun-<br />

1. Este capítulo fue elaborado por María Inés Pacecca.<br />

2. Tal<strong>es</strong> como la Comité contra la tortura (de la Comisión por la memoria de la Provincia de<br />

Bue<strong>no</strong>s Air<strong>es</strong>), la Procuración Penitenciaria de la Nación, la Defensoría General de la Nación, el<br />

Centro de Estudios Legal<strong>es</strong> y Social<strong>es</strong> (CELS), y el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias<br />

Penal<strong>es</strong> y Social<strong>es</strong> (INECIP), entre otros.<br />

ADC - www.adc.org.ar<br />

página 145

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