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EMBARCACAO miolo espanhol - BrasilGlobalNet

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embarcaciones marítimas podemos citar el proyecto de ley nº 548 de 2009<br />

de autoría del Senado Federal que pretende alterar la Ley 6.815/80<br />

(Estatuto del Extranjero) incluyendo el artículo 13-A a esta Ley. Este artículo<br />

tratará de la situación del tripulante embarcado en embarcación de turismo<br />

extranjera que venga al Brasil en viaje de largo recorrido.<br />

Para efectos de este artículo, ante el proyecto de ley del Senado,<br />

considerase viaje de largo recorrido, el oriundo de puerto extranjero, con<br />

estada en aguas jurisdiccionales brasileñas por hasta treinta días<br />

continuos, dentro de un período de noventa días, durante el cual la<br />

embarcación no proceda al embarque de turistas en territorio nacional.<br />

De cierta forma, el presente proyecto de Ley, si es aprobado, facilitará los<br />

viajes de largo recorrido con inicio y término en territorio extranjero. Desde<br />

nuestro punto de vista, el referido proyecto podría tener un alcance más<br />

significativo, si autorizara el embarque de turistas (pasajeros) en territorio<br />

nacional con desembarque en territorio extranjero al final del recorrido del<br />

crucero, pues esta situación no quitaría el carácter de viaje de largo<br />

recorrido, una vez que no ocurriría el embarque y, en consecuencia, el<br />

desembarque en territorio nacional, condición inherente a los cruceros<br />

marítimos en cabotaje en Brasil.<br />

De todas formas, no vamos aquí disminuir el crédito del legislativo en<br />

propiciar el pasaje por Brasil de embarcaciones de turismo extranjera en<br />

viaje de largo recorrido, pues es, sin duda, un avance considerable en la<br />

desburocratización del sector, convirtiéndose en un atractivo para las<br />

grandes compañías de cruceros marítimos para colocar Brasil en sus<br />

itinerarios de largo recorrido. Muchas veces, los cruceros de largo recorrido<br />

vuelven de Punta Del Este, en Uruguay, sin seguir para Brasil, debido a la<br />

necesidad de visas temporales Ítem V para los tripulantes que no posean<br />

identidad de marinero (Seaman’s Book), pues estos últimos, de acuerdo<br />

con la Resolución Normativa nº 71/2006, están exentos de visas.<br />

Con este atractivo, en lugar de tener Punta Del Este como regreso del<br />

crucero de largo recorrido, Brasil podrá ser ruta de itinerarios en viaje<br />

completo por América del Sur siguiendo para puntos del Caribe, América<br />

Central y América del Norte, propiciando paquetes más atractivos a los<br />

clientes de estas compañías.<br />

Sigue en la íntegra el proyecto de Ley en trámite en el Senado Federal.<br />

PROYECTOS DE LEY DEL SENADO Nº 548, DE 2009<br />

Altera la Ley nº 6.815, de 19 de Agosto de 1980, que define la situación<br />

jurídica del extranjero en Brasil y crea el Consejo Nacional de Inmigración,<br />

para eliminar la necesidad de visa temporal para los empleados extranjeros<br />

de navío de turismo extranjero, en aguas brasileñas, en viaje de largo

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