EMBARCACAO miolo espanhol - BrasilGlobalNet
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embarcaciones marítimas podemos citar el proyecto de ley nº 548 de 2009<br />
de autoría del Senado Federal que pretende alterar la Ley 6.815/80<br />
(Estatuto del Extranjero) incluyendo el artículo 13-A a esta Ley. Este artículo<br />
tratará de la situación del tripulante embarcado en embarcación de turismo<br />
extranjera que venga al Brasil en viaje de largo recorrido.<br />
Para efectos de este artículo, ante el proyecto de ley del Senado,<br />
considerase viaje de largo recorrido, el oriundo de puerto extranjero, con<br />
estada en aguas jurisdiccionales brasileñas por hasta treinta días<br />
continuos, dentro de un período de noventa días, durante el cual la<br />
embarcación no proceda al embarque de turistas en territorio nacional.<br />
De cierta forma, el presente proyecto de Ley, si es aprobado, facilitará los<br />
viajes de largo recorrido con inicio y término en territorio extranjero. Desde<br />
nuestro punto de vista, el referido proyecto podría tener un alcance más<br />
significativo, si autorizara el embarque de turistas (pasajeros) en territorio<br />
nacional con desembarque en territorio extranjero al final del recorrido del<br />
crucero, pues esta situación no quitaría el carácter de viaje de largo<br />
recorrido, una vez que no ocurriría el embarque y, en consecuencia, el<br />
desembarque en territorio nacional, condición inherente a los cruceros<br />
marítimos en cabotaje en Brasil.<br />
De todas formas, no vamos aquí disminuir el crédito del legislativo en<br />
propiciar el pasaje por Brasil de embarcaciones de turismo extranjera en<br />
viaje de largo recorrido, pues es, sin duda, un avance considerable en la<br />
desburocratización del sector, convirtiéndose en un atractivo para las<br />
grandes compañías de cruceros marítimos para colocar Brasil en sus<br />
itinerarios de largo recorrido. Muchas veces, los cruceros de largo recorrido<br />
vuelven de Punta Del Este, en Uruguay, sin seguir para Brasil, debido a la<br />
necesidad de visas temporales Ítem V para los tripulantes que no posean<br />
identidad de marinero (Seaman’s Book), pues estos últimos, de acuerdo<br />
con la Resolución Normativa nº 71/2006, están exentos de visas.<br />
Con este atractivo, en lugar de tener Punta Del Este como regreso del<br />
crucero de largo recorrido, Brasil podrá ser ruta de itinerarios en viaje<br />
completo por América del Sur siguiendo para puntos del Caribe, América<br />
Central y América del Norte, propiciando paquetes más atractivos a los<br />
clientes de estas compañías.<br />
Sigue en la íntegra el proyecto de Ley en trámite en el Senado Federal.<br />
PROYECTOS DE LEY DEL SENADO Nº 548, DE 2009<br />
Altera la Ley nº 6.815, de 19 de Agosto de 1980, que define la situación<br />
jurídica del extranjero en Brasil y crea el Consejo Nacional de Inmigración,<br />
para eliminar la necesidad de visa temporal para los empleados extranjeros<br />
de navío de turismo extranjero, en aguas brasileñas, en viaje de largo