Mayo - Revista Critica
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Ítica<br />
La cárcel del siglo XXI<br />
Desmontando mitos y recreando alternativas<br />
Alternativas al<br />
sistema<br />
penitenciario<br />
<strong>Mayo</strong>-Junio 2011 § AÑO LX § Nº 973 § P.V.P. 7 €<br />
Mujeres en<br />
prisiones<br />
españolas<br />
La prisión<br />
preventiva<br />
Torturas y<br />
malos tratos
Los progresivos endurecimientos del código<br />
penal español han llevado al país a una situación<br />
insostenible que queda evidenciada<br />
cuando se compara con Europa. España es uno<br />
de los países del entorno de la Unión Europea<br />
con menos tasas de delincuencia (el 45,8 por cada<br />
1.000 habitantes), sin embargo, es uno de los<br />
Estados miembros con más gente en prisión.<br />
Los efectos negativos de la estancia en prisión<br />
están más que contrastados. Sin ir más lejos,<br />
la Ley que regula las instituciones penitenciarias<br />
reconoce en su preámbulo que las prisiones<br />
son un mal necesario1. Pocas leyes se conocen<br />
con un arranque tan rotundo. Y, a pesar de<br />
ello, la población penitenciaria española no deja<br />
de crecer y las cifras sorprenden por su envergadura:<br />
desde el año 2000 el número de reclusos<br />
en España ha aumentado un 65,1%. Según los<br />
datos del Ministerio de Interior en las cárceles<br />
españolas hay 76.756 reclusos2. De ellos, más<br />
del 20% están en prisión preventiva (16.251<br />
personas) y el 35% son extranjeros. Casi el 92%<br />
son hombres, frente al 8% de mujeres, de las<br />
cuales un 85% son madres2. En la actualidad, las comunidades autónomas<br />
donde más ha aumentado el número de reclusos<br />
en el último año, son: la Comunidad Valenciana<br />
(un 20% más), el País Vasco (13%<br />
más) y Madrid (un 12%). Por otro lado, las comunidades<br />
donde el número de presos ha disminuido<br />
de forma más acusada son: Cantabria (un<br />
7,5% menos), Castilla-La Mancha y Extremadura<br />
(alrededor del 6% menos en ambas).<br />
El sindicato de prisiones, ACAIP, ha alertado<br />
recientemente de que la masificación en<br />
nuestras cárceles supera el 200% en 19 centros<br />
penitenciarios, que un 25% de los internos precisan<br />
de asistencia por patologías mentales y que<br />
la tasa de reincidencia delictiva es del 55 por<br />
ciento. La seguridad carcelaria también se resiente<br />
por este motivo. Las peleas entre bandas<br />
rivales han aumentado. En la cárcel de Topas<br />
(Salamanca) se registra una reyerta con objetos<br />
punzantes cada diez días. ACAIP denuncia que<br />
en ese mismo centro los presos tienen que comer<br />
de pie porque el comedor no es lo suficientemente<br />
grande…<br />
Manuela Aguilera<br />
editorial<br />
Demasiadas personas en prisión<br />
1. Ley Penitenciaria de 1979.<br />
2. Cifras dadas por el sindicato de prisiones ACAIP<br />
La prisión es perniciosa, pero ¿por qué no deja<br />
de aumentar su uso? Nuestro código penal tiene<br />
otros instrumentos que normalmente son ninguneados<br />
La reinserción social, que propone una<br />
reparación en la medida de lo posible del ciudadano<br />
que ha cometido un delito, considera el castigo<br />
como última solución, solamente contemplable<br />
cuando la reeducación ha agotado sus recursos y<br />
ha fracasado. ¿Por qué, entonces, seguir cultivando<br />
políticas que generan leyes dirigidas al castigo<br />
y no a la recuperación de las personas? Algunos<br />
expertos hablan de una legislación que está orientada<br />
por un cierto populismo a partir de la magnificación<br />
que hacen de algunas noticias los medios<br />
de comunicación, provocando con ello desconfianza<br />
en el funcionamiento de la justicia. No son infrecuentes<br />
expresiones como “Que se incluya la<br />
palabra cadena perpetua en el Código Penal”, “hace<br />
falta un referéndum”, “si hay que cambiar la<br />
Constitución, que se cambie”… Sin embargo, la<br />
benevolencia de nuestras leyes no es tal. El Código<br />
Penal de 1995, sus sucesivas reformas y su<br />
aplicación han supuesto que los internos cumplan<br />
prácticamente toda su pena dentro de la cárcel y<br />
que haya, de hecho, en nuestro país, una cadena<br />
máxima casi perpetua de 30 ó 40 años… Si podemos<br />
intuir qué supone estar 30 años en un espacio<br />
cerrado, entre la celda y el patio, donde hasta<br />
los detalles más insignificantes de la vida privada<br />
se encuentran vigilados, podemos también deducir<br />
que la cadena perpetua convertiría a un ser humano<br />
en un discapacitado perpetuo para la sociabilidad.<br />
La manipulación mediática sólo puede calmarse<br />
mediante la información, que permite un<br />
cabal conocimiento de la realidad. Los expertos<br />
del sistema penal y penitenciario han sido expulsados<br />
del debate público, sus opiniones no cuentan<br />
cuando se trata de reformar las instituciones.<br />
A informar va destinado este número de Crítica.<br />
Hagamos, por tanto, un esfuerzo por salir de la<br />
superficialidad de la ignorancia, y neguémonos a<br />
olvidar por un lado las necesidades reales de las<br />
víctimas y por otro la dignidad de los presos, a<br />
quienes, si bien están privados de libertad por el<br />
delito cometido, no se les puede privar de su dignidad<br />
de personas.<br />
Manuela Aguilera<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
©3
©RÍTICA<br />
Nº 973 <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
Periodicidad bimestral<br />
Edita<br />
Fundación Castroverde<br />
Directora<br />
Manuela Aguilera<br />
aguilera@revista-critica.com<br />
Maquetación<br />
Virginia Fernández Aguinaco<br />
virginia@revista-critica.com<br />
Gloria Bustos<br />
gloria@revista-critica.com<br />
Colaboran en este número<br />
Ana Abril Ámez, Norberto Alcover,<br />
Margarita Aguilera Reija, Manuela<br />
Carmena, María Cobos, Jorge del Cura,<br />
Joaquín Díaz Bautista, Manuel Gallego<br />
Díaz, Cecilia García, Esther González,<br />
José, Nuria Larrad, Javier López, Margarita<br />
Martínez Escamilla, María Elena Muñoz<br />
González, Ángel Luis Ortiz González,<br />
Esther Pascual Rodríguez, María Jesús<br />
Ramos, Anabel Sáiz Ripoll, Nieves San<br />
Martín, Ignacio Sánchez, Mª Pilar Sánchez<br />
Álvarez, Luis Sandalio, José Luis Segovia<br />
Bernabé, María Simón, Jesús Valverde,<br />
Francisco Vicent Galdón.<br />
Consejo editorial<br />
Mercedes Blanchard, Joaquín Campos , Inés<br />
Gómez, Carmen Llopis, Isabel Romero ,<br />
Mercedes Ruiz-Giménez, Luis Sánchez<br />
Rubio, Cartlos Esteban.<br />
Publicidad<br />
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Suscripciones<br />
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CRÍTICA<br />
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Depósito legal: M.- 1538-1958<br />
ISSN: 1131-6497<br />
Esta <strong>Revista</strong> ha recibido una ayuda de la Dirección General<br />
del Libro, Archivos y Bibliotecas para su difusión en<br />
bibliotecas, centros culturales y universidades de España,<br />
para la totalidad de los números editados en el año 2010.<br />
.<br />
03<br />
06<br />
08<br />
14<br />
20<br />
25<br />
29<br />
34<br />
39<br />
44<br />
49<br />
54<br />
59<br />
65<br />
66<br />
72<br />
editorial<br />
Demasiadas personas en prisión<br />
MaNueLa aguiLera<br />
de mes a mes<br />
Nieves saN MartíN<br />
actualidad<br />
Los niños que la sociedad ha intentado borrar de la<br />
memoria<br />
aNa aBriL áMez, María coBos<br />
monográfico<br />
anáLisis<br />
La cárcel del siglo XXI.<br />
Desmontando mitos y recreando alternativas<br />
José Luis segovia BerNaBé<br />
Algunas consecuencias de la cárcel<br />
Jesús vaLverde<br />
Alternativas al sistema penitenciario<br />
MaNueL gaLLego díaz<br />
Justicia restaurativa como nuevo paradigma de Justicia<br />
penal y penitenciaria<br />
esther PascuaL rodríguez<br />
La prisión preventiva<br />
igNacio sáNchez<br />
La tarea del juez de vigilancia penitenciaria<br />
áNgeL Luis ortiz goNzáLez<br />
Mujeres en prisiones españolas<br />
Margarita aguiLera reiJa<br />
opinión<br />
La cárcel del siglo XXI<br />
Reinserción social y alternativas a la prisión<br />
Mª PiLar sáNchez áLvarez<br />
¿Qué son los CIÉ?<br />
Margarita MartíNez escaMiLLa<br />
Tortura y malos tratos en prisión<br />
Jorge deL cura<br />
direcciones ÚtiLes<br />
esther goNzáLez<br />
coordenadas<br />
Nuestra pastoral penitenciaria:<br />
Preocupaciones y ocupaciones.<br />
Luis saNdaLio<br />
entrevista<br />
Con Manuela Carmena<br />
virgiNia FerNáNdez aguiNaco
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80<br />
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100<br />
en primera persona<br />
Tras barrotes y cerrojos se encuentran personas<br />
Nuria Larrad<br />
Soy psicóloga en un centro penitenciario<br />
María eLeNa Muñoz goNzáLez<br />
Testimonio de un preso.<br />
José<br />
decáLogo<br />
JoaquíN suérez Bautista<br />
para saBer más<br />
cultura<br />
LITERATuRA<br />
Nunca es pronto para empezar a leer.<br />
Pautas de lectura para los bebés de 0 a 3 años<br />
aNaBeL sáiz riPoLL<br />
LIBROS<br />
Sombras quemadas. Kamila Shamsie<br />
María siMÓN<br />
El gobierno de las emociones. Victoria Camps<br />
M. a.<br />
Forjadores de la tolerancia. Mª José Villaverde Rico y<br />
John Christian Lauser (edit)<br />
virgiNia FerNáNdez aguiNaco<br />
TEATRO<br />
Jamming<br />
Javier LÓPez<br />
Dos mujeres<br />
María Jesús raMos<br />
CINE<br />
Pequeñas mentiras sin importancia<br />
Medianoche en París<br />
ceciLia garcía<br />
FE y CuLTuRA. Titanio reluciente<br />
De dioses, hombres y dragones<br />
NorBerto aLcover<br />
TV<br />
Series de España y Méjico. Pequeñas y grandes diferencias<br />
virgiNia FerNáNdez<br />
ARTE<br />
El Museo Carmen Thysen de Málaga,<br />
una grata visión del siglo XIX.<br />
FraNcisco viceNt gaLdÓN<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
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©6<br />
Nieves San Martín<br />
demesames<br />
¡INDIGNADOS,<br />
POR FIN!<br />
l domingo 22 de mayo estuve en la Puerta del Sol. No vi<br />
la Acampada en todo su esplendor porque era de día.<br />
Un joven me ofreció agua. Funcionaban el puesto de refrescos<br />
y alimentación, el de recogida de firmas, documentación,<br />
etc. Jóvenes organizados pacíficamente –con servicios voluntarios<br />
de “respeto” (en lugar de orden), de información, traslado<br />
de material, recogida de donativos en especie (no se<br />
acepta dinero), guardería con payasos y juguetes, etc.–, compartiendo<br />
situaciones y experiencias, de todas las clases<br />
sociales, todas las proveniencias, y todas las nacionalidades.<br />
Es un milagro. ¡Indignados por fin! Yo pensaba que teníamos<br />
una juventud con sangre de horchata. La mejor preparada<br />
de toda nuestra historia y la más apática. La más<br />
explotada y la más silenciosa. Eso parecía. Ahora, sin violencias,<br />
con inteligencia, algo nuevo se está gestando y sería<br />
magnífico que se plasmara en algo concreto que exija reformas<br />
urgentes en todos los órdenes. ¡Basta ya! ¿Quiénes<br />
hacen la revolución? ¡Los jóvenes!<br />
Asistimos a un saqueo intelectual, moral y económico<br />
del ciudadano medio que está pagando los platos rotos de<br />
una clase política, si no corrupta en general, sí desconectada<br />
de los sufrimientos para llegar a fin de mes de millones<br />
de ciudadanos. Una clase empresarial egoísta y que busca el<br />
beneficio por encima de todo, ajustando sus plantillas al<br />
El nuevo presidente<br />
electo en Haití<br />
Mi-chel Martelly se<br />
entrevistó con la secretaria<br />
de Estado<br />
e s t a d o u n i d e n s e<br />
Hillary Clinton en<br />
Washington, justo<br />
antes del anuncio de<br />
la victoria de la es-<br />
Michel Martelly e Hillary Clinton<br />
trella del pop y la<br />
ampliamente contestada elección del 20 de marzo pasado.<br />
Al recibir al ex-cantante, que obtuvo el 67% de los votos,<br />
en una elección en la que participó menos del 25% del<br />
electorado, Clinton reafirmó la sólida relación bilateral entre<br />
los dos países.<br />
Mientras subrayaba la cifra de 750.000 desplazados internos,<br />
las ciudades en ruinas y las infraestructuras destrui<br />
mínimo y con el mínimo sueldo. Y unos financieros, a nivel<br />
mundial, que nos han metido en este embrollo, y no sólo se<br />
han ido de rositas, sino que siguen cobrando cantidades obscenas<br />
por su apuesta de exprimir al ciudadano con unos<br />
beneficios llenos de indignidad, porque son la sangre del<br />
pobre.<br />
Desde mayo del 68, bienvenida la revolución pacífica de<br />
mayo del 11.©<br />
HAITI: MARTELLY Y CLINTON FIRMAN UN ACUERDO<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
das y la próxima estación de huracanes como algunos de<br />
los más oprimentes problemas que afronta el nuevo gobierno,<br />
Clinton expresó gran confianza en la capacidad de<br />
Martelly para reconstruir el país.<br />
A pesar de las protestas de muchas organizaciones de<br />
derechos humanos, que cuestionan la legitimidad del mandato<br />
del nuevo presidente, y la actuacioón del Consejo<br />
Electoral Provisional de Haití –que arbitrariamente prohibió<br />
el partido muy popular Fanmi Lavalas (FL) lo que hizo<br />
que centenares de miles de trabajadores haitianos boicotearan<br />
los comicios– Clinton aceptó alegremente los resultados,<br />
aludiendo a que el lema de campaña de Martelly “Tet<br />
Kale”, le aseguraba que Estados Unidos le respaldaría “en<br />
todo el camino”.<br />
Roger Annis, periodista del semanal Haiti Liberté, escribió<br />
que el coste de la campaña de Martelly, seis millones<br />
de dólares, fue ampliamente financiado por los que el nuevo<br />
presidente llama “amigos de Estados Unidos”.©
PARTICIPACIÓN<br />
ÉTICA EN LA RED<br />
L<br />
a Federación de Asociaciones<br />
de Periodistas de España<br />
(FAPE) hizo un llamamiento a los<br />
medios de comunicación a que<br />
fomenten la participación en la<br />
Red bajo criterios éticos y deontológicos,<br />
sobre todo en cuanto al<br />
respeto a la imagen y el honor de<br />
las personas.<br />
“El futuro son los contenidos,<br />
pero esos contenidos necesitan<br />
periodistas que cumplan escrupulosamente<br />
los principios éticos y<br />
deontológicos de su profesión y<br />
que alejen de ella, con su comportamiento,<br />
a los que caen en el amarillismo,<br />
el servilismo o el escándalo<br />
interesado”, afirma.<br />
La FAPE defiende la participación<br />
del lector, que considera muy<br />
saludable para la democratización<br />
de la información. Sin embargo,<br />
constata que, bajo el paraguas de<br />
esa interacción, los medios de comunicación<br />
digitales amparan opiniones<br />
anónimas que a veces dañan<br />
la imagen o el honor de terceros,<br />
quedando totalmente impunes.<br />
Mientras que los medios de<br />
comunicación tradicionales eran<br />
escrupulosos, antes de publicar<br />
Cartas al director, solicitando los<br />
datos de quienes las escriben, ahora<br />
mantienen<br />
un comportamientopermisivo<br />
en cuanto a<br />
la difusión de<br />
comentarios, a<br />
veces automáticos,<br />
sin pararse<br />
a recoger los datos<br />
del comunicante<br />
y, sobre<br />
todo sin comprobarlos.<br />
Por último,<br />
la FAPE exhorta<br />
a la aprobación<br />
de una ley de<br />
acceso a la informaciónpública,<br />
a la altura de una ciudadanía<br />
del siglo XXI, que también tenga<br />
su reflejo en Internet.<br />
La FAPE representa a más de<br />
veinte mil periodistas en<br />
España.©<br />
Nieves San Martín<br />
demesames<br />
RADIOS COMUNITARIAS DEL CARIBE<br />
CONTRA DESASTRES “NO NATURALES”<br />
n mi opinión, no existe tal cosa<br />
“Ecomo un desastre natural. Los<br />
pobres se ven obligados a vivir en condiciones<br />
que los hacen vulnerables. La verdadera<br />
pregunta es: ¿Por qué tenemos esta<br />
idea de que la pobreza es natural?”, dijo la<br />
locutora voluntaria Sylvia Richardson.<br />
Nacida en El Salvador y radicada en<br />
Canadá, Richardson habló en la primera<br />
Conferencia Caribeña de Radios Comunitarias,<br />
celebrada en la capital de Haití,<br />
escenario de lo que la ONU definió como<br />
“el peor desastre en décadas”.<br />
Primera Conferencia Caribeña<br />
de Radios Comunitarias<br />
El tema oficial del encuentro de tres días fue “Comunicaciones, vulnerabilidad,<br />
administración de desastres y cambio climático”, pero Richardson señaló que<br />
el alto número de muertes en las últimas catástrofes de Haití, el terremoto que<br />
mató a unas 230.000 personas y el brote de cólera que se llevó al menos 5.000<br />
vidas no fueron naturales.<br />
“La pobreza no es natural y permanente. No es algo que simplemente suceda<br />
para ciertas personas en ciertos lugares. Nos volvemos pobres por la explotación,<br />
por el robo. Por el robo de nuestros recursos, el robo de nuestro trabajo<br />
y el robo de nuestra dignidad cuando se nos dice que nuestras vidas sólo valen<br />
lo que el mercado pueda pagar”, dijo Richardson. “Cuando somos autores de<br />
nuestras propias historias, cuando nos organizamos y movilizamos, se producen<br />
cambios”, concluyó.©<br />
BOLIVIA, LA DEFORESTACIÓN<br />
DEVORA UN RICO ECOSISTEMA<br />
La ocupación de tierras para la agricultura en los últimos 40 años en<br />
Bolivia ha producido severos daños ecológicos y escasa productividad, al<br />
no considerar las limitaciones del suelo y el empleo intensivo de maquinaria,<br />
según declaró el biólogo especializado en medio ambiente Marco Ribera a la<br />
agencia IPS.<br />
“A esta agresividad con los ecosistemas, se suma la irregularidad de<br />
muchos procesos de obtención de estas tierras, en periodos oscuros al amparo<br />
de las dictaduras o de las prebendas políticas”, precisó Ribera, de la Liga<br />
de Defensa del Medio Ambiente.<br />
Bolivia tiene un territorio de casi 1,1 millones de kilómetros cuadrados,<br />
de los que el 25% es altiplano y zona andina, 15% son valles, y el resto llanuras<br />
y bosques.<br />
Desde la segunda mitad de los años 80, la economía boliviana fue impulsada<br />
por una intensa actividad agrícola en las llanuras, donde los cultivos de<br />
soja se transformaron en la estrella del crecimiento. Su exportación generó<br />
ingresos por 554 millones de dólares en 2010, siendo el tercer producto más©7<br />
importante, tras el gas y los minerales.<br />
“Existe en el país un creciente número de eco-regiones, ecosistemas y<br />
comunidades naturales en estado crítico, debido al avance de la frontera<br />
agropecuaria, la quema de maleza extendida, la contaminación a gran escala<br />
y los megaproyectos (hidroeléctricos y carreteras)”, según Ribero.<br />
Este experto advirtió del riesgo que se cierne sobre regiones invadidas<br />
por productores de coca que desplazan otros cultivos como las frutas.©<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011
©8<br />
actualidad<br />
Los niños que la sociedad ha intentado<br />
borrar de la memoria<br />
Existen, son los niños y<br />
niñas en situación de<br />
calle, y los derechos<br />
humanos son sus<br />
derechos<br />
Ana Abril Ámez<br />
María Cobos<br />
actualidad<br />
Fundación InteRed<br />
No les gusta que les llamen “niños de<br />
la calle”, aunque pasan en ella las<br />
24 horas del día. Desde muy pequeños<br />
estos niños viven, o mejor dicho, sobreviven,<br />
en escombreras, estaciones o bajo los<br />
puentes de las autopistas de las grandes ciudades<br />
de los países empobrecidos. Estos niños<br />
y niñas no tienen más de quince años y<br />
viven en ruptura total con su familia; no<br />
quieren o no pueden regresar a casa, así que<br />
se resignan a vivir en la calle. No es cierto<br />
que no tengan familia, sino que ya no cuenta<br />
con ella.<br />
A veces, se tiende a confundir el término<br />
“niños de la calle” por “niños en la calle”,<br />
pero estos últimos mantienen todavía una<br />
estrecha o mínima relación con su familia,<br />
cosa que no ocurre con los primeros. Los<br />
“niños en la calle” mantienen algún vínculo<br />
familiar y sobreviven hurtando, vendiendo<br />
periódicos, pidiendo limosna o lustrando zapatos,<br />
y así poder completar los ingresos escasos<br />
de su familia.<br />
Por lo general, estos niños se albergan<br />
en el centro de ciudades como Manila, Santo<br />
Domingo, Bogotá o Kinshasa, cerca de los<br />
grandes almacenes y mercados, donde, en<br />
ocasiones, tienen la posibilidad de alimentarse.<br />
En Asia, al menos 25 millones viven<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
Intervención con infancia que<br />
vive en la calle. Taller de<br />
Alfarería. Santo Domingo<br />
(República Dominicana)<br />
en la calle, en Latinoamérica 40 millones y<br />
en toda Europa aproximadamente otros 25<br />
millones de niños, niñas y jóvenes viven en<br />
las calles. En todo el mundo, 200 millones<br />
de niños, viven o trabajan en las calles, lo<br />
cual es más que toda la población de Francia<br />
y Gran Bretaña juntas. En Argentina la<br />
gran mayoría de los niños en la calle son varones<br />
(80%) y su distribución por edad es:<br />
el 15% son menores de ocho años de edad,<br />
el 50% tienen entre 8 a 14 años y el 35%<br />
entre 15 y 18.<br />
Las causas<br />
Son numerosas las causas, pero la más<br />
frecuente es la disolución del núcleo familiar.<br />
Normalmente el cabeza de familia es<br />
muy móvil, recorre muchos kilómetros para<br />
encontrar trabajo. El comienzo de una nueva<br />
vida en ese ámbito, lleva al adulto nómada<br />
a rehacer su vida con otra persona. El ni
ño o la niña al ser rechazado, y sentirse herido,<br />
huye.<br />
La segunda causa es la miseria: Una familia<br />
excesivamente numerosa, un desastre<br />
natural, que determina la disolución de esa<br />
familia. Llega un día en el que los padres no<br />
pueden mantener a la familia y abandonan a<br />
los hijos para poder sobrevivir a decenas de<br />
kilómetros de allí.<br />
Las orígenes de la desfragmentación infantil<br />
pueden ser varios: familiares (familias<br />
desmembradas, negación de reconocimiento<br />
del niño por parte del padre, abandono, orfandad,<br />
maltrato del menor); sociales (drogadicción<br />
de los padres, rechazo familiar por<br />
delinquir, niño esclavizado); económicas (el<br />
hambre, niño trabajador, menor voluntariamente<br />
abandonado por sus padres que ya no<br />
pueden mantenerle); políticas (niño de la<br />
guerra, huída de matanzas interétnicas, inmovilización<br />
por el cierre de fronteras). En<br />
ocasiones, no sólo se reducen a estas causas,<br />
sino que el menor abandona el hogar familiar<br />
para reunirse con sus amistades, ya<br />
que se siente más acogido y más feliz que<br />
en su casa. Otras veces, es la necesidad de<br />
independencia.<br />
Se puede llegar a pensar que la problemática<br />
de los niños de la calle es el alimento<br />
necesario para poder sobrevivir, pero esto<br />
queda lejos de lo que realmente puede acarrear<br />
estar en la calle. La mitad muere en<br />
cuatro años (malnutrición, escorbuto, infecciones,<br />
beriberi, toxicomanía, entre otras).<br />
En el Congo, el 54% de los niños y niñas vive<br />
en situación de pobreza, y el 26% de estos<br />
niños/as menores de cinco años sufre<br />
desnutrición crónica.<br />
En Argentina, la inseguridad y el estancamiento<br />
económico han agudizado los problemas<br />
de tipo social, creando situaciones<br />
de extrema pobreza que no llegan a garantizar<br />
con absoluta fiabilidad algunos de los<br />
En todo el mundo, 200 millones<br />
de niños, viven o trabajan en las<br />
calles, lo cual es más que toda la<br />
población de Francia y Gran<br />
Bretaña juntas.<br />
actualidad<br />
derechos básicos de los menores: el derecho<br />
a la vida, a la educación, a una vivienda digna<br />
y a la salud. La consecuencia más directa<br />
de estas carencias se traducen en diferentes<br />
formas de violencia, transformando a los<br />
niños y niñas en meras mercancías, como en<br />
el caso de la compraventa de los jóvenes,<br />
restitución infantil, negligencia, explotación<br />
laboral, mendicidad organizada, pornografía<br />
y otras situaciones que violan los derechos<br />
mínimos del ser humano.<br />
El día a día de un niño en situación calle<br />
se basa en intentar ganar dinero de diferentes<br />
maneras, las consideradas lícitas: llevar<br />
los paquetes y las compras de las señoras<br />
que van al mercado, vender bolsas de<br />
plástico a los vendedores del mercado, lavar<br />
Si ha empezado a vivir en la calle<br />
a los ocho años, sólo tiene una<br />
posibilidad sobre dos de llegar a<br />
los doce años.<br />
coches, vigilar coches estacionados, distribuir<br />
periódicos, empujar carros, vender caramelos,<br />
buscar entre la basura carbón y restos<br />
metálicos, y sobre todo, mendigará. Los<br />
peor parados trabajarán como micro traficantes,<br />
carteristas, y desgraciadamente algunos<br />
y algunas caerán en la prostitución.<br />
El mercado es el lugar preferido de estos<br />
niños para reunirse, además de ser el lugar<br />
idóneo para robar. Un estudio realizado en<br />
Madagascar ha demostrado que las ganancias<br />
medias diarias del menor en los mercados no<br />
llega a más de 20 céntimos de euro. El peligro<br />
de la calle, sobre todo de noche, es el factor<br />
determinante para la finalización de la vida<br />
del menor. Si éste ha empezado a vivir en<br />
la calle a los ocho años, sólo tiene una posibilidad<br />
sobre dos de llegar a los 12 años. En<br />
el Congo, la tasa de mortalidad de menores<br />
de cinco años es del orden del 13%.<br />
La falta de un Estado que no toma cartas<br />
en el asunto y no asume el papel tutelar que<br />
le corresponde, provoca directa o indirectamente<br />
la desnutrición, el abandono, el desamparo<br />
y el hambruna del menor. Muchos de<br />
estos jóvenes que se encuentran en situación<br />
de riesgo, se ven perjudicados por las llamadas<br />
“políticas institucionales”. Estos niños/as<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
©9
©10<br />
actualidad<br />
institucionalizados en establecimientos “proteccionales”,<br />
en ocasiones, son víctimas de<br />
maltrato, de nefastas condiciones de habitabilidad<br />
y de falta de alimentación.<br />
La soledad es la manta que cubre a todos<br />
estos niños de noche, que son abrigados<br />
cada día por una calle que los expone rutinariamente<br />
a un riesgo que hace peligrar sus<br />
vidas. Expuestos a los contingencias de la<br />
calle y su violencia, intentan hacerse un<br />
hueco entre la gente para conseguir alimento<br />
o unos cuantos céntimos.<br />
El desamparo, abandono y la falta de<br />
afecto son una de las consecuencias que<br />
acarrea ser un niño de la calle, pero existen<br />
otros problemas físicos y mentales que los<br />
afecta directamente. Los infecciones (parasitosis)<br />
y traumatismos son las enfermedades<br />
más comunes entre estos niños. Además,<br />
la actividad sexual son a edades tempranas,<br />
lo que provoca numerosos embarazos<br />
no deseados. Algunos forman bandas<br />
que presentan una organización y estructura<br />
jerárquica, aunque en algunos casos se establecen<br />
grupos menos estables y con roles<br />
menos definidos, y consecuentemente más<br />
adaptables a los problemas de la calle. Muchos<br />
son correos para menudas dosis de dro-<br />
Reinserción de jóvenes que viven en la calle.<br />
Taller de reparación de calzado.<br />
Kinshasa (República Democrática del Congo)<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
gas, que son costeadas por un sándwich y la<br />
cuota de pegamento.<br />
La mayoría de estos jóvenes consumen<br />
drogas de forma habitual que perjudica sus<br />
cerebros causando daños irreparables e incluso<br />
la muerte repentina. Según UNICEF,<br />
hay 40 millones de niños en América Latina,<br />
y más de la mitad de ellos inhalan pegamento<br />
de base solvente. La Organización Mundial<br />
de la Salud (OMS) asevera que uno de<br />
los problemas más acuciantes de salud a los<br />
que se enfrentan estos niños es el abuso excesivo<br />
de las drogas.<br />
Los problemas de fondo son: analfabetismo,<br />
la falta de formación profesional, de<br />
perspectivas en el porvenir, la exclusión social<br />
y una profunda ausencia de cariño. Un<br />
ejemplo es la República Democrática del<br />
Congo. Pese a que el 95% de los niños y las<br />
niñas congoleños asiste a clase, una tercera<br />
parte del alumnado no finaliza la escuela<br />
primaria. Otro caso es el de Argentina. Si se<br />
comparan las cifras invertidas per cápita en<br />
enseñanza básica desde el año 1980, éstas<br />
se han visto en descenso; los índices de repitencia<br />
promedio en familias pobres, es<br />
cuatro veces mayor que los registrados en<br />
los pudientes.
Más de uno se estará preguntando cuál<br />
es el destino frecuente de un niño de la calle.<br />
Prostitución, esclavitud, prisión, violencia<br />
y muerte son los paraderos más corrientes.<br />
En muchos casos han nacido de sociedades<br />
muy castigadas por la irracionalidad<br />
de la guerra: El Salvador, Angola, Guatemala,<br />
Liberia, y por tanto se han ido formando<br />
en un ambiente violento que en la mayoría<br />
de los casos pretenden imitar.<br />
Cuando se habla de la guerra, el término<br />
se reduce a muertes y destrucción, pero son<br />
los niños los que sufren las consecuencias<br />
más directas de un conflicto armado. Más<br />
de un 45% de las muertes producidas por<br />
los conflictos bélicos desde 1990 eran niños<br />
y niñas. Cientos de miles de menores de<br />
edad son o han sido partícipes en este tipo<br />
de enfrentamientos. Muchos de ellos se ven<br />
obligados a desplazarse o a convertirse en<br />
refugiados. Sufren por motivos de violencia<br />
sexual, explotación, o son víctimas de las<br />
minas antipersonas o de restos de explosivos<br />
de la guerra.<br />
Por motivos de injusticia infantil la Conferencia<br />
de París pretende finalizar con este<br />
tipo de atrocidades. En 2006 más de<br />
250.000 niños y niñas fueron reclutados por<br />
grupos armados; en algunos casos, las niñas<br />
representaban el 40% del total de los menores<br />
alistados. El reclutamiento ilegal de menores<br />
es una violación de los derechos del<br />
niño. En muchos países del mundo, los niños<br />
y niñas son incorporados en las filas ilegítimamente<br />
para colaborar en conflictos bélicos,<br />
como soldados, mensajeros, espías,<br />
porteadores, cocineros o para proporcionar<br />
servicios sexuales. Aproximadamente son un<br />
millón de menores (especialmente niñas)<br />
que se incorporan cada año en el mercado<br />
de la prostitución infantil, para sobrevivir y<br />
ayudar económicamente a sus familias.<br />
La Convención de Naciones Unidas sobre<br />
Derechos del Niño, aprobada por casi todos<br />
los países recoge en su artículo 39 que “Los<br />
estados partes adoptarán todas las medidas<br />
apropiadas para promover la recuperación física,<br />
psicológica, y la reintegración social de<br />
todo niño víctima de cualquier forma de<br />
abandono, explotación o abuso; tortura u otra<br />
forma de tratos o penas crueles, inhumanos<br />
o degradantes; o conflictos armados. Esa recuperación<br />
y reintegración se llevarán a cabo<br />
actualidad<br />
en un ambiente que fomente la salud, el respeto<br />
de sí mismo y la dignidad del niño”. No<br />
obstante, se siguen utilizando niñas y niños<br />
soldados en Colombia, Ruanda, Uganda, Afganistán,<br />
Filipinas y Sri Lanka.<br />
Otra realidad es la del niño acusado de<br />
brujería. En el Congo y Angola, se culpa a<br />
Las causas de la infancia en<br />
situación de calle son la<br />
disolución del núcleo familiar<br />
y la miseria.<br />
los jóvenes de las injusticias y desgracias<br />
que se acontecen, derivando en acusaciones<br />
falsas de brujería. Enfermedad o penurias<br />
familiares son las premisas que arrastran al<br />
familiar al abandono del niño/a y a la tortura<br />
infantil. En Kinshasa hay unos 30.000 niños<br />
en la calle, abandonados por sus familiares<br />
y acusados de brujería. El gran número<br />
de guerras que han transcurrido en los<br />
dos países ha dejado una secuela enorme en<br />
las familias, las cuales se han visto obligados<br />
a abandonar a los niños por carencias<br />
económicas y de mantenimiento. La sociedad<br />
congoleña y angoleña creen férreamente<br />
en la existencia de la brujería; pero tan<br />
sólo es un respaldo para poder justificar la<br />
salida de sus hijos a la calle.<br />
Concienciarse del problema es la<br />
solución<br />
Según la Declaración de los Derechos del<br />
Niño proclamada por la ONU en 1959, establece<br />
que “El niño física o mentalmente impedido<br />
debe recibir el tratamiento, la educación<br />
y el cuidado especial que requiera en<br />
su caso particular”. Esto no se corresponde<br />
con el caso de los niños de la calle, que están<br />
relegados al olvido en una sociedad que<br />
no se hace cargo de este problema. Es necesario<br />
transmitir a la sociedad la igualdad de<br />
oportunidades que se debe forjar entre los<br />
individuos. Esto debe derivar en la creación<br />
de un sistema mínimamente social (vivienda,<br />
educación, trabajo, vida cultural y social),<br />
que facilite el desarrollo social y económico<br />
del menor (Resolución 37/52 de<br />
la Asamblea General de las Naciones Unidas,<br />
3 de diciembre de 1.982).<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
11©
©12<br />
actualidad<br />
Son cientos de jóvenes los que mueren<br />
en la calle. Concienciarse del problema es la<br />
solución y hablar de conciencia social implica<br />
responsabilidad social. En este caso es<br />
necesario imponer el cumplimiento de las<br />
leyes internacionales que penaliza al Estado<br />
que condena al ostracismo a aquel joven que<br />
está desprovisto de todo tipo de asistencia.<br />
La Convención sobre los Derechos del Niño,<br />
aprobada en Nueva York por la Asamblea<br />
General de las Naciones Unidas el 20 de<br />
Noviembre de 1989, regula (a veces sin éxito)<br />
los derechos de todos los menores de los<br />
países miembros que ratificaron la normativa.<br />
Según la Convención los estados miembros<br />
deben asegurar que ningún niño (menor<br />
de 18 años) “sea privado de su derecho al<br />
disfrute de esos servicios sanitarios” y el derecho<br />
del niño a la educación, para así poder<br />
ejercer con éxito su derecho. Nadie puede<br />
maltratar, abusar, explotar a un niño; algo<br />
que no corresponde con los niños de la<br />
calle que están en su derecho de vivir una<br />
vida plena y adecuada a su edad. Es necesario<br />
que se cumplan los artículos de la Convención<br />
aprobada, ya que alguno de los países<br />
firmantes no están cumpliendo con lo<br />
escrito.<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
Proyecto socioeducativo con niños,<br />
niñas y adolescentes en Chinautla<br />
(Guatemala)<br />
Los niños no sólo necesitan alimento,<br />
educación y salud, sino amor y afecto. Sentirse<br />
queridos. Los niños que abandonan sus casas<br />
tienen carencia de cariño. Es una búsqueda<br />
constante de amor. Sus caras parecen haber<br />
vivido muchos años y sus cicatrices son<br />
estigmas delatadoras de una vida terrible. ©<br />
InteRed, ONG de Desarrollo que trabaja en educación<br />
y formación profesional de niños, niñas y jóvenes en situación<br />
de calle ha publicado un libro que cuenta tres<br />
experiencias de proyectos con infancia en situación de<br />
riesgo social en 3 países diferentes:<br />
l Reinserción de niños que viven en la calle desde una<br />
propuesta socioeducativa integral con enfoque de<br />
derechos. Kinshasa (República Democrática del Congo)<br />
l Proceso, metodología y hallazgos evaluativos desde<br />
la intervención con infancia que vive la calle. Santo<br />
Domingo (Republica Dominicana)<br />
l Proyecto socioeducativo con niños, niñas y adolescentes<br />
en situación de riesgo. Chinautla (Guatemala)<br />
La publicación se puede descargar gratuitamente en el<br />
apartado de publicaciones de www.intered.org.
Análisis<br />
Opinión<br />
Coordenadas<br />
Entrevista con<br />
En primera persona<br />
monógráficos CRÍTICA<br />
La cárcel del siglo XXI<br />
Colaboran<br />
José Luis Segovia Bernabé. Profesor de Ética Social y Política en la Universidad<br />
Pontificia de Salamanca (ISP-Madrid) y coordinador del área jurídica del<br />
departamento de pastoral penitenciaria de la Conferencia Episcopal Española.<br />
Jesús Valverde. Facultad de Psicología de la Universidad Complutense. Escuela de<br />
inclusión social ENLACE.<br />
Manuel Gallego Díaz. Profesor Ordinario de Derecho Penal.<br />
Universidad Pontificia Comillas.<br />
Esther Pascual Rodríguez. Abogada. Mediadora de la Asociación de mediación para<br />
la pacificación de conflictos de Madrid.<br />
Ignacio Sánchez. Abogado. Hogan Lovells International.<br />
Ángel Luis Ortiz González. Magistrado. Juzgado de Vigilancia Penitenciaria nº 1<br />
Madrid.<br />
Margarita Aguilera Reija. Abogada de ACOPE,<br />
Asociación de Colaboradores con las Mujeres Presas.<br />
Mª Pilar Sánchez Álvarez. Mediadora y abogada.<br />
Margarita Martínez Escamilla. Catedrática de Derecho Penal.<br />
Universidad Complutense de Madrid. Grupo inmigración y sistema penal<br />
Jorge del Cura. Coordinador de la Plataforma para la implantación del mecanismo<br />
contra la tortura en España.<br />
Luis Sandalio. Asociación Camino de Fe y Esperanza.<br />
Manuela Carmena. Magistrada, cofundadora de “Jueces para la Democracia”.<br />
Nuria Larrad. Trabajadora Social en Instituciones Penitenciarias.<br />
María Elena Muñoz González. Psicóloga.<br />
José. Preso.<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
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14©<br />
análisis<br />
La cárcel del<br />
siglo XXI<br />
Desmontando mitos<br />
y recreando alternativas<br />
José Luis Segovia Bernabé<br />
análisis<br />
Con un título similar al que<br />
encabeza estas líneas, un<br />
grupo de profesores<br />
comprometidos con la<br />
realidad penitenciaria<br />
publicábamos el estudio<br />
“Andar 1 km en línea recta.<br />
La cárcel del siglo XXI que<br />
vive el preso” 1 . El título nos<br />
lo dio un preso cuando,<br />
preguntado acerca de qué<br />
sueño le gustaría realizar<br />
una vez excarcelado,<br />
contestó que simplemente<br />
“andar 1 Km en recta”. Nos<br />
serviremos también del<br />
trabajo colectivo Otro<br />
derecho penal es posible<br />
que pretende la<br />
transformación y<br />
humanización del sistema<br />
penal. 2<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
Es verdad que en los últimos años han<br />
mejorado las condiciones residenciales<br />
y que se han hecho esfuerzos<br />
por hacer menos opacos los centros penitenciarios<br />
mediante la entrada de ONGs. Lo<br />
mismo se diga acerca de ciertos acentos tratamentales<br />
(módulos de respeto, disminución de<br />
primeros grados, aumento de terceros) y del empeño<br />
personal de la actual Secretaria General<br />
de Instituciones Penitenciarias, Mercedes Gallizo.<br />
Sin embargo, la realidad del sistema penal<br />
y penitenciario dista mucho de la percepción<br />
que tiene buena parte de la ciudadanía y<br />
desde luego se encuentra muy lejos de lo deseable.<br />
La cárcel, pero no sólo la cárcel…<br />
Una mirada elemental sobre los habitantes<br />
de los presidios nos muestra cómo la prisión sigue<br />
siendo un desagüe por el que se cuela lo que<br />
la sociedad no integra. A pesar de cierta “democratización”<br />
de la población reclusa –merced<br />
a delitos interclasistas como los de violencia<br />
de género y contra la seguridad en el tráfico–,<br />
la inmensa mayoría de los presos y presas<br />
provienen del mundo de la vulnerabilidad<br />
personal y de la precariedad social. Ello obliga<br />
a no descontextualizar la cárcel. Es el resultado<br />
final de filtros selectivos penales (en ella<br />
acaban quienes han sido previamente condenados,<br />
imputados, detenidos e investigados) y
sociales (buena parte de sus involuntarios inquilinos<br />
tenía buena parte de sus derechos sociales<br />
y económicos vulnerados antes de que<br />
interviniese la maquinaria de la justicia penal).<br />
La cárcel no es culpable de los males sociales:<br />
se limita a gestionarlos y a cronificarlos.<br />
La radiografía de la persona presa española<br />
nos mostraría a un varón (90%), relativamente<br />
joven (36,81 años de edad media), sin trabajo<br />
fijo o con trabajo de muy escasa cualificación,<br />
hijo a su vez de trabajador poco cualificado,<br />
con bajo nivel educativo y procedente de<br />
familia numerosa (más de un 80%). Algo que<br />
revela la reproducción social de los itinerarios<br />
de exclusión social es que casi una tercera parte<br />
tiene o ha tenido familiares en prisión. Esto<br />
supone que un número reducido de familias,<br />
vinculadas a espacios territoriales degradados,<br />
acumula buena parte de la clientela del sistema<br />
penitenciario.<br />
Con esta breve aproximación se puede percibir<br />
la neta correlación apuntada entre exclusión<br />
social y control penal. En concreto, es<br />
muy preocupante el incremento de la población<br />
penitenciaria con enfermedades mentales (ca-<br />
análisis<br />
En España no existe un<br />
problema especialmente grave<br />
de inseguridad. Nuestra tasa de<br />
criminalidad es menor que la<br />
media de los países europeos.<br />
Sin embargo, paradójicamente,<br />
España tien uno de los<br />
porcentajes de presos más altos<br />
de Europa, habiéndose llegado<br />
a cuadruplicar su población<br />
penitenciaria en el periodo<br />
1980-2009<br />
si 10.000 internos tienen antecedentes). Es un<br />
hecho social muy grave que el abordaje de la enfermedad<br />
mental haya pasado del ámbito de las<br />
políticas sanitarias al ámbito de las políticas de<br />
seguridad ciudadana. Asimismo existe una significativa<br />
presencia de discapacitados físicos y<br />
psíquicos (también cerca de 1.000 internos tienen<br />
acreditada esta última situación)<br />
y, en proporción creciente, la<br />
de ancianos –incluso de más de 70<br />
años de edad–, algunos de ellos dependientes.<br />
En definitiva, la prisión<br />
está realizando “funciones de suplencia”<br />
de los servicios públicos.<br />
Este problema tenderá a agudizarse<br />
con los efectos de la actual crisis<br />
económica si se sigue reduciendo<br />
la protección social.<br />
Un rigor<br />
desproporcionado<br />
e innecesario<br />
El Derecho penal es necesario<br />
sin duda. Pero se está abusando de<br />
él. No es ajena a esta política criminal<br />
la presión social y mediática.<br />
A pesar de que los delitos gravísimos<br />
son escasos (casi conocemos<br />
a las víctimas por el nombre<br />
y apellidos), se multiplica la apertura<br />
de telediarios con sucesos y<br />
tertulias que reproducen hasta la<br />
saciedad hechos luctuosos acon-<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
©15
©16<br />
análisis<br />
tecidos hace varios años. Ello provoca en la población<br />
una sensación de indefensión y alarma<br />
social que no responde a la realidad. La mayor<br />
parte de los delitos tienen mucha menor entidad,<br />
aunque sus autores están igualmente entre<br />
rejas. Así, prácticamente 2/3 de los presos<br />
varones lo están por delitos contra el patrimonio<br />
y contra la salud pública. En el caso de<br />
las mujeres, se eleva a un 81%, lo que da pie<br />
a reflexiones interesantes desde la perspectiva<br />
de género. Las subidas más importantes tienen<br />
que ver con los delitos de más reciente tipificación<br />
o cuyo endurecimiento se ha abordado<br />
en los últimos años: la violencia de género y la<br />
seguridad vial.<br />
En efecto, en España no existe un problema<br />
especialmente grave de inseguridad. Nuestra<br />
tasa de criminalidad es menor que la media<br />
de los países europeos. La tasa del 2009 ha<br />
sido la más baja de la década y en el año 2008<br />
la tasa de delitos por cada 1000 habitantes fue<br />
en España de 46,7. La media europea está en<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
el 70,4. En Gran Bretaña 101,6 y en Alemania<br />
76,3 (por encima de la media). En realidad, en<br />
términos globales, la delincuencia en España<br />
presenta una línea globalmente descendente<br />
desde hace 20 años.<br />
Sin embargo, paradójicamente, España<br />
tiene uno de los porcentajes de presos más altos<br />
de Europa, habiéndose llegado a cuadruplicar<br />
su población penitenciaria en el período<br />
1980-2009. En todo caso, en menos de tres<br />
décadas se ha multiplicado por cuatro (404%)<br />
la población encarcelada, mientras el conjunto<br />
del país ha pasado de tener 37,4 millones de<br />
habitantes a contar con casi 46 millones de habitantes.<br />
En definitiva, la población penitenciaria va<br />
aumentando exponencialmente sin responder<br />
a un incremento de los delitos. Ello se explica<br />
en primer lugar, porque se recurre cada vez más<br />
a la cárcel. En segundo lugar, porque la pena<br />
de prisión ha ido alcanzando una duración mayor.<br />
Y, además, en tercer lugar, porque con el
La prisión sigue siendo un desagüe<br />
por el que se cuela lo que la<br />
sociedad no integra. A pesar de<br />
cierta “democratización” de la<br />
población reclusa –merced a delitos<br />
interclasistas como los de violencia<br />
de género y contra la seguridad en<br />
el tráfico–, la inmensa mayoría de<br />
los presos y presas provienen del<br />
mundo de la vulnerabilidad personal<br />
y de la precariedad social.<br />
Código Penal vigente de 1995, las penas, en<br />
más de un 80% de los casos, se cumplen en su<br />
integridad, “a pulso” como dicen los penados.<br />
Esta tendencia no tiene por qué ser un hecho<br />
inevitable. Portugal, en los últimos diez<br />
años ha logrado revertir el proceso de incremento<br />
exponencial en la década de los 90 hasta<br />
volver a tener los mismos niveles de encarcelamiento<br />
de 1992. Aún más espectacular es<br />
el caso de Holanda, que cierra 8 centros penitenciarios<br />
por innecesarios, merced a la amplia<br />
implantación generosa de alternativas a la<br />
prisión.<br />
Con menos fracasos<br />
de los que se supone<br />
Según la Ley Penitenciaria, el permiso tiene<br />
como finalidad esencial la preparación para<br />
la vida en libertad. También son útiles para<br />
la atenuación de los efectos desestructuradores<br />
de la cárcel, el mantenimiento de los vínculos<br />
familiares, la búsqueda de trabajo, el inicio<br />
de nuevas relaciones personales o el contacto<br />
con asociaciones de reinserción social. Por<br />
tanto, el permiso es un reconocimiento expreso<br />
de que la persona presa sigue formando parte<br />
de la sociedad.<br />
En cuanto al índice de no reingreso en relación<br />
al número de permisos ordinarios y extraordinarios<br />
concedidos, era de un 3,65% a<br />
finales de los setenta y en la actualidad es tan<br />
sólo de un 0,54% (5,4 por mil), casi siete veces<br />
menos. Algo parecido ocurre con los permisos<br />
de fin de semana que en el mismo pe-<br />
análisis<br />
ríodo han pasado de una tasa de no retorno de<br />
un 4,3 por mil, hasta bajar a un 0,186 por mil<br />
(0,0186%). Por cierto, suele cumplirse una máxima:<br />
los centros penitenciarios que individualizan<br />
más el tratamiento, que tienen mejor<br />
definidos los perfiles de los internos y que otorgan<br />
más permisos son los que presentan tasas<br />
más bajas de no reingreso. Una vez más, el índice<br />
de fracasos en España es netamente inferior<br />
al de otros países de nuestro entorno.<br />
Agunas graves patologías<br />
En los últimos años, determinados grupos<br />
de presión vienen pidiendo la implantación de<br />
la cadena perpetua. Olvidan que en las cárceles<br />
españolas viven 345 personas (sin contar con<br />
las condenadas por delitos de terrorismo) que<br />
cumplen condenas superiores a los 30 años.<br />
Uno de los condenados, sin delitos de sangre<br />
lo es a casi 106 años ¡a cumplir en su integridad!<br />
por más que existan ciertos límites legales<br />
teóricos.<br />
Las leyes de otros países que mantienen la<br />
prisión perpetua no permiten estas situaciones.<br />
En Inglaterra-Gales el tiempo medio de cumplimiento<br />
de la cadena perpetua es de 15 años.<br />
Francia establece una revisión a los 18 ó 22<br />
años (casos de reincidencia) que no impide la<br />
semilibertad previa. El tiempo medio de cumplimiento<br />
es de 23 años. El número de reclusos<br />
con más de 30 años de pena de prisión asciende<br />
en Francia a 20; en España a 345, sin<br />
contar los delitos de terrorismo.<br />
Por otra parte, no es aceptable el vigente<br />
modelo de primer grado (aislamiento en celda<br />
por tiempo indefinido), puesto que niega la dignidad<br />
de la persona. El Reglamento Penitenciario,<br />
recientemente reformado, legaliza prácticas<br />
como el cambio sistemático de celda, los<br />
continuos registros y cacheos, los controles cada<br />
hora las 24 horas del día, las 21 horas de<br />
incomunicación en celda, etc. Es una incongruencia<br />
que, por causas disciplinarias y como<br />
sanción, el límite sea de 42 días y por supuestas<br />
razones “tratamentales” no haya límite alguno.<br />
De este modo, la legislación permite que<br />
una persona permanezca en este régimen de aislamiento<br />
durante toda la condena que puede<br />
alcanzar los 40 años y más. Como señala el<br />
Obispo responsable de la Pastoral Penitenciaria,<br />
“las condiciones son tan duras y suponen<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
©17
©18<br />
análisis<br />
una negación tal de la sociabilidad humana que<br />
el aislamiento debería quedar como última medida,<br />
por el tiempo mínimo imprescindible,<br />
afectado por una finalidad concreta mensurable<br />
y sometido a un máximo temporal infranqueable”.<br />
…Y las víctimas de los delitos<br />
desatendidas<br />
El proceso penal convencional no sólo no<br />
ofrece cauces para la expresión y satisfacción<br />
de las necesidades de la víctima sino que frecuentemente<br />
supone una experiencia dolorosa<br />
para ellas. La víctima es un “perdedor por<br />
partida doble”: frente al infractor y frente al<br />
Estado. La obsesión del sistema penal por el<br />
castigo del culpable ha dejado en el olvido el<br />
protagonismo que debe tener la víctima. En la<br />
actualidad es poco más que una “mera prueba<br />
de cargo”, un instrumento, para lograr el<br />
castigo del culpable. Las más de las veces, además<br />
de robadas, pierden dinero en múltiples<br />
idas y venidas a los juzgados, sin recibir ni información<br />
ni auxilio de nadie y a veces compelidas<br />
a asistir a las diligencias bajo amenaza<br />
de que caso de incomparecencia “serán conducidas<br />
por la fuerza pública”; ellas, ¡las víctimas<br />
del delito!<br />
No es de extrañar que un sistema que ha<br />
sustituido el diálogo por el interrogatorio y las<br />
necesidades de las partes por el ritualismo y la<br />
burocracia, satisfaga en nada a las víctimas y<br />
que éstas clamen por una justicia que no llega<br />
y piensen que la única salida ha de venir de<br />
más penas, más castigo y más violencia institucional.<br />
La justicia restaurativa: una apuesta<br />
humanizante 3<br />
Sin embargo, frente a este modelo que sólo<br />
produce insatisfacción generalizada, en los<br />
últimos años se han empezado interesantes experiencias<br />
de Justicia Restaurativa. Es la llamada<br />
justicia de las “3 erres”: responsabilización<br />
del infractor, reparación del daño causado<br />
a la víctima y restauración de las relaciones<br />
sociales quebradas por el delito. Ya va<br />
siendo bastante conocida su principal herramienta:<br />
la mediación penal. El culpable reconoce<br />
los hechos, pide perdón a la víctima, se<br />
le facilita un proceso rehabilitador si lo preci-<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
sa (p.e. un tratamiento de su drogodependencia)<br />
y repara el daño causado en la forma pactada<br />
con quien sufrió el delito. La víctima es<br />
acogida, escuchada, acompañada y finalmente<br />
reparada y aliviada en su dolor. Las mayores<br />
virtualidades del modelo se producen<br />
cuando la víctima encuentra contestación de<br />
boca de su agresor a algo a lo que el sistema<br />
penal convencional jamás respondería: “¿Por<br />
qué me hiciste esto?” Hemos sido testigos de<br />
infinidad de procesos sanantes para las víctimas<br />
y para los infractores. En este momento,<br />
se están desarrollando proyectos piloto en casi<br />
todas las comunidades autónomas y a no tardar<br />
mucho contaremos con la su necesaria regulación.<br />
Se trata, en suma, de ayudar a vivir<br />
incluso los delitos más graves como una “terrible<br />
odisea, pero una odisea ya superada”<br />
(Rojas Marcos). Y ello no mediante la impunidad,<br />
sino a través de la responsabilización,<br />
la empatía y el ponerse en el lugar del otro. La<br />
incidencia sobre la disminución espectacular de<br />
la reincidencia es otro buen argumento para<br />
profundizar en este modelo reconciliatorio tan<br />
prometedor, que minimizará el actual abuso de<br />
la cárcel. ©<br />
Notas<br />
1. M. GALLEGO, P. CABRERA, J. RÍOS y J.L. SEGOVIA, Andar<br />
1 km en línea recta. La cárcel del siglo XXI que vive<br />
el preso, Universidad Pontificia Comillas, Madrid,<br />
2010.<br />
2. www.otroderechopenal.com<br />
3. En 2009, cerca de 1.400 personas encarceladas<br />
tenían más de 60 años de edad.<br />
4. Para ahondar en este tema, ver Julián RÍOS; Esther PAS-<br />
CUAL; Alfonso BIBIANO y José Luis SEGOVIA, Mediación<br />
penal y penitenciaria. Experiencias de diálogo en<br />
el sistema penal para la reducción de la violencia y el sufrimiento<br />
humano, Colex, Madrid, 20102; también se sacará<br />
provecho de Margarita MARTÍNEZ ESCAMILLA<br />
(dir.), Justicia restaurativa, mediación penal y penitenciaria:<br />
un renovado impulso, Ed. Reus e Instituto Complutense<br />
de Mediación y Gestión de Conflictos, Madrid,<br />
2011.
©20<br />
análisis<br />
ALGUNAS<br />
CONSECUENCIAS<br />
DE LA CÁRCEL<br />
Jesús Valverde<br />
análisis<br />
La cárcel es el lugar donde la sociedad descarga su más elevada<br />
capacidad de violencia y es un atentado para la dignidad del ser<br />
humano. A lo largo de muchos años de trabajo con personas que<br />
han sufrido encarcelamiento, he conocido a muchos que han salido<br />
adelante a pesar de la cárcel, pero no he conocido a nadie que haya<br />
salido adelante gracias a la cárcel; la cárcel encierra no sólo al<br />
cuerpo, sino a la mente y la vida, y sus secuelas son, a menudo,<br />
permanentes y ejercen su efecto nocivo mucho después de que la<br />
persona haya recuperado la libertad.<br />
Fotograma de “Celda 213”, thriller español que se desarrolla en una cárcel<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011
La persona presa bloquea<br />
profundamente su capacidad<br />
de afecto; necesita proteger su<br />
yo, su propia autoestima,<br />
fuertemente puesta en peligro<br />
por el encarcelamiento. Esa<br />
dureza emocional no es una<br />
causa de la delincuencia, sino<br />
una consecuencia del<br />
encarcelamiento, un sano<br />
mecanismo para sobrevivir de<br />
la forma más adaptativa<br />
posible.<br />
Evidentemente, en un artículo no<br />
puedo referirme a todas las consecuencias<br />
de la cárcel, a las que he dedicado<br />
ya otros trabajos. Por tanto, me referiré<br />
sólo a algunas de las consecuencias en la<br />
mente y en vida de la persona presa.<br />
La cárcel, un peldaño más de la<br />
exclusión social<br />
En primer lugar, es preciso hacer referencia<br />
a la cotidianización de la vida, vivir el “día<br />
a día”. La cárcel, la mayoría de las veces, es un<br />
peldaño más de un proceso de exclusión social,<br />
que ha enseñado a la persona en esa situación<br />
a vivir al día, en una primariedad sumamente<br />
adaptativa, ya que nunca ha controlado el futuro,<br />
por lo que más vale que no piense en él,<br />
ni el pasado, con lo que es mejor olvidarlo en<br />
cuanto pase. Por tanto, su vida se reduce al más<br />
radical presente. Esta primariedad llega a su cénit<br />
en la cárcel; la persona presa se encuentra<br />
atrapada en el tiempo. A eso es a lo que llamo<br />
“cotidianización de la vida”. Ese vivir al día,<br />
en el futuro le traerá problemas importantes,<br />
pero ahora, en la cárcel, le va a ayudar a sobrevivir,<br />
a adaptarse al encarcelamiento, estando<br />
horas, días y años sin nada que hacer y<br />
sin poder hacer nada, limitándose al “aquí y<br />
análisis<br />
ahora”. Eso sí, en un presente centrado únicamente<br />
en la cárcel, en los barrotes y muros,<br />
físicos y mentales, que encierran su cuerpo, su<br />
mente y su vida.<br />
Obviamente, esta adaptación, radicalmente<br />
situacional, tiene como consecuencia<br />
que las pequeñas cosas adquieren una relevancia<br />
esencial, lo que es una evidencia más de<br />
la pobreza de la vida en la cárcel. Desde nuestra<br />
perspectiva de personas que viven fuera, esto<br />
se podría interpretar como una exageración<br />
de las situaciones, pero no desde su vida. Para<br />
el preso esas pequeñas cosas son lo único que<br />
tiene. Es una manera más de “vivir la cárcel”<br />
de metérsela dentro de la mente y de la vida y<br />
le va a costar salir de esa cárcel mental más que<br />
de la cárcel física. Pero ahora, en el encarcelamiento,<br />
es una manera de vivir, de sobrevivir<br />
al menos, la única a la que tiene acceso. Eso<br />
sí, adaptarse a la cárcel implica, a menudo, inadaptarse<br />
a la vida, y eso lo tendremos que<br />
abordar más adelante, pero ahora eso es lo que<br />
hay, ahí tiene que vivir, y vivir al día es la mejor<br />
manera de mantener la cordura.<br />
Por supuesto, en el futuro, cuando salga de<br />
la cárcel y quiera abordar su vida de manera<br />
diferente, esta cotidianización de la vida será<br />
un hándicap importante para vivir, pero ahora,<br />
en el encierro, es la única manera lógica de<br />
vivir, a menudo, la única posible.<br />
Sexualidad y encarcelamiento<br />
Quiero, también, hacer referencia a la alteración<br />
de la sexualidad como otra consecuencia<br />
importante del encarcelamiento, que<br />
está vinculada a la ausencia de control y de responsabilización<br />
de la propia vida.<br />
Por una parte, las relaciones sexuales con<br />
personas del exterior se encuentran afectadas<br />
por el espacio penitenciario, por las normas de<br />
funcionamiento y por el hacinamiento.<br />
En cuanto al espacio, el énfasis en la seguridad<br />
y no en la habitabilidad hace que los<br />
lugares en que se producen los encuentros íntimos<br />
sean fríos y deficientemente equipados.<br />
Claro que no es posible que sean de otra manera<br />
espacios que son para eso, y sólo para eso.<br />
Las normas de funcionamiento llevan a un control<br />
de las personas de fuera y también de las<br />
de dentro, para evitar intercambios, con lo que<br />
se producen cacheos, al menos para los presos,<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
©21
22©<br />
análisis<br />
que deshumaniza aún más el encuentro. Por<br />
otra parte, como efecto del hacinamiento y de<br />
la escasez de espacios para esa finalidad, el tiempo<br />
es corto, y no da tiempo a acercamientos,<br />
caricias, etc. Hay que ir deprisa, porque enseguida<br />
han de entrar otras parejas. No hay tiempo<br />
para sutilezas. No se trata de “hacer el<br />
amor”, se trata de otra cosa. Es decir, la relación<br />
sexual no se produce como resultado de<br />
un proceso de acercamiento, con seducción o<br />
con complicidad al menos; “allí vas a lo que<br />
vas”. Y esto tiene consecuencias.<br />
En la cárcel, la sexualidad, así diseñada tiene<br />
como consecuencia un serio embrutecimiento.<br />
Como planteaba antes, apenas tiene cabida<br />
la ternura, ni siquiera la pasión. Esto tiene<br />
que ver con otros aspectos de la vida en la<br />
cárcel, como el estado permanente de ansiedad,<br />
la primariedad absoluta del comportamiento,<br />
el egocentrismo, etc. Evidentemente, este tipo<br />
de relación sexual tiene también consecuencias<br />
para la pareja, que a menudo se siente mal, llegando<br />
al encuentro íntimo con miedo, con ansiedad<br />
y vergüenza. Muchas mujeres me han<br />
comentado que les daba vergüenza pensar que<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
todas las personas con las que se cruzaba sabían<br />
a qué iba, o de donde venía, que no había<br />
ninguna intimidad y que él (su pareja, el<br />
preso), no era así, que en la cárcel se comportaba<br />
de otra manera. Por tanto, muy frecuentemente<br />
se produce frigidez en la pareja y resistencia<br />
de la pareja a asistir a esos encuentros<br />
íntimos, lo que empeora aún más el deterioro<br />
que la cárcel supone.<br />
Otra manifestación sexual, en la cárcel y<br />
fuera de la cárcel, es la relación homosexual.<br />
Cuando la persona presa no tiene posibilidades<br />
de encuentros sexuales, incluso cuando su<br />
tendencia sexual sea heterosexual, puede llegar<br />
a mantener relaciones homosexuales, sobre<br />
todo cuando el encarcelamiento se prolonga,<br />
como alternativa sexual. Este tipo de relaciones,<br />
cuando la persona sale en libertad, no<br />
suele mantenerse, ni suele dejar secuelas. Simplemente<br />
se acepta.<br />
Por último, la masturbación, como todo en<br />
la cárcel, también se anormaliza. En la cárcel<br />
es la manifestación sexual más frecuente. Pero<br />
en el encerramiento, por sus condiciones especiales<br />
adquiere matices importantes. A me-
nudo se consigue un desahogo, pero con muy<br />
escaso placer, por lo que no es infrecuente que<br />
no se consiga la eyaculación. La masturbación<br />
se convierte, pues, en un elemento más de la pobreza<br />
de la vida en la cárcel.<br />
La afectividad<br />
y su relación con la cárcel<br />
Obviamente, los problemas de la afectividad<br />
comienzan antes de la entrada en prisión, y durante<br />
el encarcelamiento se profundizan, aumentando<br />
conforme se prolonga el tiempo de<br />
cárcel. De esta manera, también los afectos se<br />
acaban viendo atrapados en el tiempo de cárcel.<br />
En unas primeras etapas, las manifestaciones<br />
más evidentes suelen ser una elevada<br />
agresividad y una acusada dureza emocional.<br />
La agresividad es tanto una rebelión contra la<br />
percepción de la vulnerabilidad, a lo que no estaba<br />
acostumbrado, como contra una institución<br />
que lo que pretende es domarlo, no recuperarlo,<br />
con una dosis importante de despersonalización.<br />
Se inicia así una peligrosa agresión<br />
mutua entre el individuo y la institución<br />
penitencia que, si es prolongada, va a tener unas<br />
consecuencias devastadoras sobre la mente y<br />
la vida del recluso.<br />
La primera va a ser la dureza emocional, es<br />
decir, bloquearse emocionalmente para que<br />
las agresiones institucionales, absolutamente poderosas,<br />
le dañen lo menos posible. La persona<br />
presa bloquea profundamente su capacidad<br />
de afecto y por eso aparece como inafectivo, in-<br />
Si nos acercamos, si<br />
rompemos la distancia,<br />
encontraremos que oculta<br />
bajo múltiples capas de<br />
dureza emocional, a menudo<br />
se encuentra una profunda<br />
sensación de desamparo y<br />
una patética sobredemanda<br />
afectiva…<br />
análisis<br />
diferente, lábil incluso; necesita proteger su yo,<br />
su propia autoestima, fuertemente puesta en peligro<br />
por el encarcelamiento. Esa dureza emocional<br />
no es, como a menudo se mantiene desde<br />
una perspectiva lejana al preso y el ambiente<br />
en que se le obliga a vivir, una causa de la delincuencia,<br />
sino una consecuencia del encarcelamiento,<br />
un sano mecanismo para sobrevivir<br />
de la forma más adaptativa posible.<br />
Aún no ha llegado al fatalismo. Lo hará<br />
“más temprano que tarde”, mejorando su conducta,<br />
eso sí, a costa de una profunda amargura<br />
que le va a acompañar durante mucho<br />
tiempo, quizás para siempre.<br />
Si regresa a la prisión, la situación va a ir<br />
cambiando; ha madurado, va a ir aprendiendo<br />
a vivir en la cárcel y, a la vez, se va a ir metiendo<br />
la cárcel en la mente y en la vida. Su enfrentamiento<br />
con la institución no ha desaparecido,<br />
incluso es más profundo, pero ha<br />
cambiado, será más sórdido, aparentemente<br />
menos agresivo, porque el recluso se mete dentro<br />
de sí, su caparazón autoprotector ha aumentado<br />
de tamaño y de grosor. Su capacidad<br />
de afecto permanece cuidadosamente oculto;<br />
por eso, en general, sigue manifestándose como<br />
desconfiado e inafectivo, al menos en su<br />
comportamiento manifiesto. Otra cosa va a ser<br />
su vida interior; va a comenzar un proceso de<br />
idealización del recuerdo que, de momento, le<br />
va a servir, eso sí, a costa de lo que pasará cuando<br />
salga en libertad. Irá caminando cada vez<br />
más profundamente hacia el fatalismo, que será<br />
un hándicap en el futuro cuando intente, si<br />
es que ocurre alguna vez, dar un golpe de timón<br />
a su vida.<br />
Así pues, en la cárcel el preso se va a manifestar<br />
como duro, inafectivo, indiferente, lo<br />
que es una estrategia de supervivencia en la cárcel,<br />
la mejor y tal vez la única manera adaptada<br />
de vivir en un ambiente violento en el que<br />
necesita defenderse. Pero si nos acercamos, si<br />
rompemos la distancia, sobre todo por parte<br />
de las personas que venimos de fuera, encontramos,<br />
que oculta debajo de múltiples capas<br />
de dureza emocional, a menudo se encuentra<br />
lo contrario, una profunda sensación de desamparo<br />
y una patética sobredemanda afectiva,<br />
derivada de la vulnerabilidad de que hablaba<br />
antes, que tanta importancia tiene, y que<br />
se manifiesta en la cárcel de una manera muy<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
©23
©24<br />
análisis<br />
compleja. Ambas características emocionales,<br />
desamparo y sobredemanda afectiva, han de estar<br />
cuidadosamente tapadas para no “bajar la<br />
guardia” en la cárcel donde, por otra parte,<br />
tampoco son frecuentes las situaciones que llamen<br />
a la ternura.<br />
En resumen, en cuanto a la afectividad, es<br />
importante que sepamos que esa dureza emocional<br />
esconde una vulnerabilidad que no es<br />
más que un intento, a menudo patético, de sobrevivir.<br />
El aislamiento<br />
La cárcel, por otra parte, tiene como consecuencia<br />
inmediata e importante, una pérdida<br />
radical de las vinculaciones previas de la persona.<br />
A partir de la detención y posterior entrada<br />
en prisión, la persona se encuentra en una<br />
situación de aislamiento tajante. A partir de ese<br />
momento, sus contactos con el mundo exterior<br />
van a ser filtrados por la institución, que decidirá<br />
cuándo y dónde. Este aislamiento del<br />
mundo exterior tiene consecuencias durante el<br />
internamiento y, como siempre, se prolongan<br />
al salir en libertad.<br />
En la cárcel, en primer lugar, se produce una<br />
importante restricción de las relaciones interpersonales;<br />
el preso no puede ver a quien quiera,<br />
sino a quien sea aceptado por la institución.<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
En consecuencia, esto lleva a una pérdida gradual<br />
de vinculaciones con personas del exterior.<br />
Además, muchas de las personas de fuera, incluso<br />
las que pueden acceder a los locutorios,<br />
si la situación de internamiento se prolonga,<br />
irán distanciando sus visitas (no es cómodo ni<br />
agradable ir a una cárcel) y muchas de ellas acabarán<br />
por desaparecer, lo que va a aumentar<br />
el sentimiento de soledad y desubicación en el<br />
interno. Más tarde, en libertad y durante los<br />
permisos penitenciarios, esto traerá problemas<br />
añadidos.<br />
El tiempo de cárcel es un tiempo vacío de<br />
contenido. Es una reacción adaptativa que<br />
ayuda al preso a sobrevivir en la cárcel y que está<br />
muy relacionada con la provisionalidad con<br />
que se vive la cárcel, por muchos años de condena<br />
que se arrastren. Pero la prolongación del<br />
encierro hará que la persona vaya perdiendo la<br />
noción de la realidad exterior, con lo que sus recuerdos<br />
se irán distorsionándo e idealizándose,<br />
también como reacción adaptativa, y, como no,<br />
también le traerán problemas más tarde. ©
análisis<br />
Alternativas<br />
al sistema<br />
penitenciario<br />
La prisión, que hasta finales del siglo XVIII no pasó de ser una medida<br />
aseguradora de la presencia del reo en el proceso, fue experimentando a partir<br />
de entonces un rápido y progresivo avance como pena en los ordenamientos<br />
jurídicos no sólo por considerarse más humana y eficaz que las penas a las que<br />
fue sustituyendo –penas de muerte, corporales e infamantes-, sino sobre todo<br />
por su adaptabilidad a la gravedad del delito. Además, con la organización de la<br />
ejecución de la pena de prisión de acuerdo con diferentes sistemas<br />
penitenciarios se va a pretender conseguir con ella algo más que la simple<br />
separación del condenado de la sociedad. Se va a intentar reintegrarlo a la<br />
sociedad para que en adelante sea capaz de vivir respetando el ordenamiento<br />
jurídico y convivir en paz con los demás.<br />
Manuel Gallego Díaz<br />
análisis<br />
Apesar de ser la sanción más grave<br />
y definidora del Derecho penal –si<br />
hacemos abstracción de la pena<br />
capital– y resultar hoy imprescindible por razones<br />
de prevención general en la lucha contra<br />
la criminalidad media y grave, la prisión<br />
no ha dejado de estar en discusión desde su<br />
introducción en los ordenamientos penales.<br />
Alternativas a las penas cortas de<br />
prisión<br />
Son muchos e importantes los inconvenientes<br />
que pesan sobre las penas cortas de<br />
prisión –de hasta seis meses– por lo que ya<br />
desde finales del siglo XIX existe una tendencia<br />
político criminal a favor de su sustitución<br />
por otras menos desocializadoras y perjudi-<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
©25
©26<br />
análisis<br />
ciales. Por lo general las penas cortas de prisión<br />
intimidan poco y además apenas sirven a<br />
los fines de la resocialización, ya que su corta<br />
duración impide cualquier intervención mínimamente<br />
eficaz sobre la persona del condenado<br />
y, por el contrario, el contacto con<br />
criminales habituales y profesionales suele<br />
ejercer un influjo de corrupción y contagio<br />
sobre el resto de delincuentes. Además producen<br />
el desarraigo del delincuente al apartarle<br />
de su familia, trabajo y relaciones<br />
sociales y conllevan efectos estigmatizadores.<br />
Tampoco se deben desdeñar las situaciones de<br />
hacinamiento de los centros penitenciarios<br />
con los consiguientes problemas para la disciplina<br />
y el buen orden dentro de ellos y los<br />
altos costes económicos que suponen para el<br />
Estado. Pero no se pueden hacer generalizaciones<br />
excesivas, pues en relación con determinados<br />
delitos (delincuencia económica o<br />
contra la seguridad vial) las penas cortas de<br />
prisión pueden producir efectos intimidatorios<br />
y no resultan tan desaconsejables desde<br />
el punto de vista de la reinserción dado que<br />
en muchos casos se trata de delincuentes socialmente<br />
integrados.<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
El espacio dejado por las penas cortas de<br />
prisión viene siendo ocupado en los ordenamientos<br />
penales sobre todo por la pena de<br />
multa, pero también por penas privativas de<br />
derechos o incluso por otras penas privativas<br />
de libertad. Todas estas penas resultan mínimamente<br />
idóneas para satisfacer las exigencias<br />
de la prevención general y de la reafirmación<br />
del ordenamiento jurídico.<br />
La multa es la pena que desde el siglo XIX<br />
ha venido ocupando en mayor medida el espacio<br />
que han ido dejando las penas cortas privativas<br />
de libertad. Sus ventajas superan a sus<br />
inconvenientes. Aunque sea en menor medida<br />
que la prisión, la multa también tiene capacidad<br />
intimidatoria por la seducción que posee el<br />
dinero en nuestras sociedades consumistas; no<br />
desocializa al no alejar al condenado de sus relaciones<br />
familiares, laborales y sociales; es fácilmente<br />
graduable y adaptable a la situación<br />
económica del condenado; carece de los efectos<br />
secundarios del contagio con otros internos; no<br />
supone gastos para el Estado sino que es una<br />
fuente de ingresos; es adecuada para determinados<br />
delincuentes como el ocasional y los no<br />
necesitados de resocialización. En cambio,
como inconvenientes, no garantiza su pago por<br />
el propio penado; su impago da lugar a una<br />
responsabilidad personal subsidiaria; y sobre<br />
todo genera situaciones de desigualdad al no<br />
afectar por igual a todos en función de la situación<br />
económica del condenado, aunque este<br />
inconveniente ha quedado paliado con el sistema<br />
de días–multa que ha asumido el Código<br />
Penal de 1995.<br />
Este Código, en su redacción originaria,<br />
introdujo como una de sus novedades más<br />
importantes la pena de arresto de fin de semana,<br />
una pena privativa de libertad de corta<br />
duración pero de cumplimiento discontinuo<br />
durante los fines de semana en el establecimiento<br />
penitenciario más próximo al domicilio<br />
del arrestado o en depósitos municipales,<br />
aunque también podía ordenarse su cumplimiento<br />
en otros días de la semana y cumplirse<br />
subsidiariamente de forma ininterrumpida. Se<br />
obviaban así los mayores inconvenientes de la<br />
pena de prisión, pero la LO 15/2003, de 25<br />
de noviembre, la suprimió por no haber cumplido<br />
las expectativas que en ella se habían<br />
puesto, aunque en su descargo hay que decir<br />
que no se le dotó de los medios materiales y<br />
personales necesarios.<br />
Con la supresión de esa pena y la rebaja<br />
del límite mínimo de la prisión de seis a tres<br />
meses en la reforma del Código Penal llevada<br />
a cabo por la citada LO 15/2003, el espacio<br />
de las penas inferiores a esta duración es ocupado<br />
ahora, aparte de por la multa, por los<br />
trabajos en beneficio de la comunidad y por la<br />
pena de localización permanente que obliga<br />
al penado a permanecer en su domicilio o en<br />
lugar determinado fijado por el juez en la sentencia<br />
(art. 37.1 CP). Esta pena privativa de libertad,<br />
que evita algunos de los efectos<br />
perjudiciales de la pena de prisión, se incluyó<br />
inicialmente en el Código Penal sólo para las<br />
faltas (con una extensión máxima de doce<br />
días), pero la última reforma del Código Penal<br />
llevada a cabo por la LO 5/2010, de 22 de<br />
junio, la ha incluido también como eventualmente<br />
sustitutiva de las penas de prisión de<br />
hasta seis meses. Su efectividad es controlable<br />
mediante sistemas electrónicos o telemáticos.<br />
La LO 15/2003, de 25 de noviembre, introdujo<br />
también la posibilidad de que la pena<br />
de trabajos en beneficio de la comunidad ope-<br />
análisis<br />
Considerar la pena de prisión como<br />
última ratio y preferir otras penas<br />
menos desocializadoras y<br />
estigmatizadoras ha llevado a la<br />
mayor parte de los ordenamientos<br />
penales actuales a introducir<br />
instituciones en la línea de<br />
suspender la imposición o la<br />
ejecución de la pena de prisión en<br />
determinadas circunstancias.<br />
rase en sustitución de las penas cortas privativas<br />
de libertad. Se trata de una pena que<br />
consiste en la prestación gratuita de trabajo<br />
de utilidad pública y que ha de contar necesariamente<br />
con el consentimiento del penado,<br />
pues en otro caso estaríamos ante un trabajo<br />
forzado prohibido por el art. 25.2 de la Constitución.<br />
Ello obliga a que esta pena deba ser<br />
siempre alternativa a otra.<br />
Sustitutivos penales para las penas<br />
de prisión inmediatamente<br />
superiores<br />
Estas posibilidades de prescindir directamente<br />
de las penas privativas de libertad ya<br />
no están indicadas, en cambio, en relación<br />
con las penas de prisión de duración inmediatamente<br />
superior a los seis meses (en nuestro<br />
ordenamiento penal superiores a tres<br />
meses) y hasta un año o dos años de duración,<br />
aunque existen razones que aconsejan dejar<br />
de ejecutarlas en cada caso cuando ello pueda<br />
resultar contraproducente por razones de prevención<br />
especial. Esta tendencia político criminal<br />
de considerar la pena de prisión como<br />
ultima ratio para el mantenimiento del orden<br />
social y preferir otras penas e instituciones<br />
menos desocializadoras y estigmatizadoras ha<br />
llevado a la mayor parte de los ordenamientos<br />
penales actuales a introducir, según distintos<br />
modelos, instituciones que van en la línea de<br />
suspender la imposición o la ejecución de la<br />
pena de prisión cuando concurran determinadas<br />
circunstancias.<br />
En esta línea el Código Penal español<br />
prevé la suspensión condicional de la pena<br />
para delincuentes primarios condenados a<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
©27
©28<br />
análisis<br />
penas de prisión no superiores a dos años. La<br />
pena se impone en la sentencia, pero el juez<br />
puede acordar dejar en suspenso su ejecución<br />
durante un cierto plazo de tiempo transcurrido<br />
el cual y sin que el condenado haya cometido<br />
delito alguno la pena se da por<br />
extinguida. La suspensión de la ejecución de<br />
la pena queda siempre condicionada a la observancia<br />
de determinadas obligaciones y deberes<br />
tendentes a facilitar que el condenado<br />
no vuelva a recaer en el delito.<br />
La otra posibilidad que instrumenta nuestro<br />
Código Penal para evitar la ejecución de<br />
este segmento de penas de prisión es su sustitución<br />
por otras penas menos perjudiciales<br />
para el condenado. Pronunciado el veredicto<br />
de culpabilidad del sujeto se impone y fija en la<br />
sentencia la pena de prisión de hasta un año, o<br />
excepcionalmente de hasta dos, pero en la<br />
misma sentencia o después en auto motivado y<br />
antes de dar inicio a su ejecución, el juez puede<br />
sustituirla por penas de multa o trabajos en beneficio<br />
de la comunidad y, después de la reforma<br />
llevada a cabo por la LO 5/2010, de 22<br />
de junio, también por localización permanente<br />
cuando se trate de penas de prisión que no excedan<br />
de seis meses, estableciéndose en todos<br />
estos casos los pertinentes módulos de conversión<br />
de una pena por otra. Además, en estos<br />
supuestos, el juez podrá imponer también la<br />
observancia de determinadas obligaciones o<br />
deberes tendentes a facilitar al condenado la no<br />
recaída en el delito.<br />
Alternativas a las penas largas<br />
privativas de libertad<br />
Las penas largas de prisión son altamente<br />
inhumanas y desocializadoras por los graves e<br />
irreversibles efectos que pueden llegar a producir<br />
en la persona del penado. A pesar de ello<br />
y del escepticismo sobre su eficacia resocializadora,<br />
no se puede prescindir de ellas para hacer<br />
frente a la criminalidad media y grave sobre<br />
todo por razones de prevención general. Ante<br />
la falta de alternativas para estas penas habrá<br />
que centrar la atención en que su ejecución sea<br />
lo más humana y resocializadora posible procurando<br />
que el condenado no salga más desocializado<br />
de lo que entró. Aquí las alternativas<br />
están, pues, en las propias condiciones en que<br />
haya de cumplirse la pena de prisión.<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
L a<br />
e jecución<br />
de<br />
la pena<br />
de prisión ha<br />
de ser siempre<br />
humana<br />
y lo menos destructiva<br />
posible cumpliéndose<br />
en condiciones de vida<br />
dignas para los internos y<br />
respetuosas con sus derechos<br />
como ciudadanos. De<br />
acuerdo con el mandato<br />
constitucional, el sistema<br />
penitenciario no puede dejar<br />
enteramente cerrada la<br />
esperanza al penado, sino que por medio de los<br />
permisos de salida, el régimen abierto, los beneficios<br />
penitenciarios y la libertad condicional<br />
tiene que ofrecerle estímulos que le ayuden<br />
a colaborar en el tratamiento para avanzar en<br />
la línea de su reeducación y reinserción. Evidentemente<br />
el cumplimiento íntegro y represivo<br />
de las penas largas de prisión que propicia<br />
el artículo 78 del Código Penal resulta incompatible<br />
con estos fines resocializadores.<br />
Por otro lado, la duración de la pena de<br />
prisión no puede ser tan larga que impida al<br />
condenado rehacer luego su vida como persona<br />
y ser social. Una importante tendencia<br />
político criminal, con base en estudios científicos<br />
que han puesto de manifiesto que privaciones<br />
continuadas de libertad por encima de<br />
15 años suponen deterioros irreversibles en la<br />
personalidad de quienes las padecen (reducción<br />
de las funciones vitales, desarrollo patológico<br />
de la personalidad, procesos de<br />
regresión a estadios infantiles y otros tipos de<br />
disfuncionalidades), va en la línea de establecer<br />
su límite máximo en esa extensión. En<br />
cambio, las reformas del Código Penal que introdujo<br />
la LO 7/2003, de 30 de junio, se produjeron<br />
en la dirección inversa, toda vez que<br />
para determinados supuestos excepcionales se<br />
pueden llegar a cumplir, de forma íntegra y<br />
efectiva, hasta 40 años. Estas penas de prisión<br />
de tan larga duración no dejan de ser cuestionadas<br />
por su cercanía con las penas inhumanas<br />
y degradantes que prohíbe el art. 15 de la<br />
Constitución española. ©
análisis<br />
JUSTICIA<br />
RESTAURATIVA<br />
COMO<br />
NUEVO<br />
PARADIGMA DE<br />
JUSTICIA PENAL Y<br />
PENITENCIARIA<br />
La justicia restaurativa o justicia<br />
reparadora se asienta sobre el<br />
planteamiento de que el delito<br />
afecta fundamentalmente a las<br />
personas y por ende a la<br />
comunidad, a diferencia de la<br />
justicia penal convencional de<br />
carácter retributiva, que plantea<br />
que el delito es una lesión de una<br />
norma jurídica, en donde la víctima<br />
principal es el Estado y la verdadera<br />
víctima un testigo de cargo. En la<br />
justicia restaurativa la víctima<br />
concreta afectada directamente por<br />
la infracción juega un papel<br />
fundamental y puede beneficiarse<br />
de una forma de restitución o<br />
reparación a cargo del infractor.<br />
Esther Pascual Rodríguez<br />
análisis<br />
Al pensar en la justicia restaurativa me<br />
viene a la mente inmediatamente un<br />
breve pasaje del libro El extranjero<br />
de Albert Camus que dice refiriéndose a un procesado:<br />
“Sin embargo, algo me molestaba vagamente.<br />
A pesar de mis preocupaciones, me<br />
sentía tentado a veces a intervenir y mi abogado<br />
me decía entonces: cállese, será mejor para su<br />
causa. Parecía como, si de algún modo, el proceso<br />
se llevase dejándome fuera. Todo se desarrollaba<br />
sin mi intervención. Se decidía mi<br />
suerte sin contar conmigo. De vez en cuando,<br />
tenía ganas de interrumpir a todo el mundo, y<br />
decir: pero de todos modos, ¿quién es el acusado?<br />
Es importante ser el acusado. ¡Yo ten-<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
©29
©30<br />
análisis<br />
go algo que decir!”. Y la cuestión es que recuerdo<br />
estas líneas porque precisamente, en el<br />
proceso penal actual, en todas sus fases (instrucción,<br />
enjuiciamiento y ejecución de sentencia)<br />
la voz de los procesados y condenados<br />
también gritaría “¡yo tengo algo que decir!”,<br />
y no sólo éstos, también sus víctimas alzarían<br />
esta exclamación alta y clara. Pero entonces<br />
¿qué es lo que sucede con el proceso penal que<br />
recibe quejas por ambas partes? Pues que no<br />
se les escucha, está concebido para dictar una<br />
resolución y llegar a los hechos que determinen<br />
si habrá de ser absolutoria o condenatoria,<br />
pero nada más. No hay espacio para expresar<br />
sentimientos, ni emociones, ni deseos;<br />
tampoco para la responsabilización personal<br />
del infractor, ni para que la víctima conozca la<br />
verdad de lo ocurrido. No hay espacio para el<br />
diálogo, ni para el perdón ni para la reconciliación,<br />
porque ni propicia esos valores, ni tampoco<br />
permite que se fomenten, sino más bien,<br />
todo lo contrario, acentúa la violencia institucional<br />
que conlleva el propio proceso y las<br />
posiciones enfrentadas de cada una de las partes.<br />
Y esto es precisamente lo que intenta superar<br />
la justicia restaurativa a través de la mediación<br />
penal y penitenciaria.<br />
Métodos de la justicia restaurativa<br />
La justicia restaurativa se concibe como una<br />
fórmula alternativa o complementaria –según<br />
el país en que se aplique– en la resolución pacífica<br />
de conflictos legales. Empezó a cobrar importancia<br />
con la aparición del movimiento victimológico<br />
y desde la necesidad de crear formas<br />
novedosas de respuesta al paradigma retributivo<br />
tradicional del sistema penal. La justicia<br />
restaurativa o justicia reparadora se<br />
asienta sobre el planteamiento de que el delito<br />
afecta fundamentalmente a las personas y<br />
por ende a la comunidad, a diferencia de la justicia<br />
penal convencional de carácter retributiva,<br />
que plantea que el delito es una lesión de<br />
una norma jurídica, en donde la víctima principal<br />
es el Estado y la verdadera víctima un testigo<br />
de cargo. En la justicia restaurativa la víctima<br />
concreta afectada directamente por la infracción<br />
juega un papel fundamental y puede<br />
beneficiarse de una forma de restitución o reparación<br />
a cargo del infractor.<br />
Los métodos de los que se vale la justicia<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
restaurativa en su aplicación son muy diversos:<br />
mediación entre persona víctima y persona infractora<br />
o mediación penal, mediación entre reclusos<br />
en prisión o mediación penitenciaria,<br />
conferencias de familia o grupos en unidad, tratados<br />
de paz, paneles juveniles, etc.<br />
Centrándonos en el asunto que titula este<br />
artículo paso a abordar la mediación penal y<br />
la mediación penitenciaria.<br />
La primera se dirige al autor o autora de<br />
una infracción penal y a la víctima que lo ha<br />
sufrido, con el fin de encontrar un acuerdo consensuado<br />
de reparación, dentro del proceso penal,<br />
que satisfaga a la víctima plenamente –a<br />
través del reconocimiento de hechos, asunción<br />
de responsabilidad y efectiva reparación por<br />
parte del infractor– y que una vez que se ha verificado<br />
su cumplimiento por parte del órgano<br />
jurisdiccional que derivó el asunto a mediación,<br />
se dicte una resolución judicial, ajustada<br />
a las normas jurídicas que permita la reparación<br />
del daño causado a la víctima, que<br />
procura su satisfacción emocional, y, por otro<br />
lado, pueda suponer la aplicación de alguna atenuante<br />
que posibilite la resocialización del infractor,<br />
en relación con la respuesta que hubiese<br />
obtenido en el procedimiento penal convencional.<br />
No se trata de generar impunidad, pues<br />
intervienen todas las instituciones del sistema<br />
penal: policía, jueces, fiscales y abogados.
En la justicia restaurativa la<br />
víctima concreta afectada<br />
directamente por la<br />
infracción juega un papel<br />
fundamental y puede<br />
beneficiarse de una forma de<br />
restitución o reparación a<br />
cargo del infractor. No se<br />
trata de generar impunidad<br />
pues intervienen todas las<br />
instituciones del sistema<br />
penal: policía, jueces, fiscales<br />
y abogados<br />
La segunda, es decir, la mediación penitenciaria,<br />
tiene como destinatarios a los reclusos<br />
que se hacinan en las cárceles y que con motivo<br />
de esa convivencia obligada en un lugar cerrado<br />
y lleno de violencia e inseguridad, se ven<br />
inmersos en numerosos conflictos, que en la<br />
mayor parte de las ocasiones se suelen resolver<br />
por la vía más perjudicial para ellos, a saber,<br />
la violencia física. Esta fórmula de resolución<br />
de conflictos sólo produce consecuencia<br />
negativas, como regresiones de grado,<br />
pérdida de beneficios penitenciarios, cambios<br />
de módulo o de prisión, suspensión de visitas,<br />
privación de paseos, etc., mientras que con la<br />
mediación penitenciaria se les ofrece la vía del<br />
diálogo para solventar sus diferencias e intentar<br />
encontrar una solución consensuada por<br />
ambos que ponga fin al conflicto que les enfrenta<br />
y en todo caso les beneficie a los dos.<br />
Principios de la mediación penal<br />
y penitenciaria<br />
Tanto en el proceso de mediación penal, como<br />
en el de la mediación penitenciaria, rigen<br />
una serie de principios:<br />
n La voluntariedad. Sólo dará comienzo este<br />
tipo de proceso cuando las partes por separado<br />
muestran su conformidad libre y voluntaria<br />
para participar en la mediación. Esta<br />
análisis<br />
voluntariedad rige a lo largo de todo el proceso,<br />
y significa que uno puede abandonarlo en el<br />
momento que lo desee sin tener que alegrar ningún<br />
tipo de justificación y sin que recaiga sobre<br />
él o ella ninguna consecuencia negativa.<br />
n La confidencialidad. Lo que el mediador<br />
o mediadora trate en cada una de las sesiones<br />
con las partes por separado y de manera<br />
conjunta es absolutamente confidencial. Nada<br />
de lo que éstas digan lo puede utilizar el mediador<br />
frente a la institución penitenciaria, ni<br />
frente al Juez, o Fiscal o Letrados de las partes.<br />
Todo lo acontecido en el desarrollo de las<br />
sesiones es secreto.<br />
n La flexibilidad. A diferencia del proceso<br />
penal convencional, o del proceso sancionador<br />
que se lleva a cabo en las prisiones, el proceso<br />
de mediación es totalmente flexible en<br />
cuanto a la forma y en cuanto al fondo. No hay<br />
una duración obligatoria a seguir para las sesiones,<br />
ni unos plazos encorsetados para terminar<br />
el proceso, ni una fórmula única para llevar<br />
a cabo el proceso. Al dirigirse principalmente<br />
a las personas, éstas son las que marcan<br />
el ritmo y el cómo llegar a la consecución del<br />
proceso, aparte de tener flexibilidad para la toma<br />
del acuerdo de reparación. Sin embargo, sí<br />
diré a favor de este tipo de procesos, que resuelven<br />
de un modo más rápido y eficaz los<br />
conflictos, que la justicia convencional.<br />
n La oficialidad. Este principio puede decirse<br />
que rige en la actualidad en nuestro país,<br />
pues la mediación penal que se está llevando<br />
a cabo es la intrajudicial, es decir, aquella<br />
que nace en el juzgado y vuelve a él. La mediación<br />
penal es una burbuja o paréntesis que<br />
se abre en el proceso penal, y por tanto, el<br />
acuerdo de reparación ha de ser verificado por<br />
el Juez, que será quien dicte la resolución pertinente<br />
teniendo en cuenta lo acontecido en mediación.<br />
Esto es así por la observancia del principio<br />
de legalidad, que no permite disponer a<br />
las partes de las acciones penales a su libre albedrío,<br />
puesto que las faltas y delitos son públicos,<br />
y por tanto, el Estado debe intervenir.<br />
Esto supone también una serie de garantías, para<br />
huir de la privatización del derecho penal que<br />
tanto dolor ocasionó a lo largo de la historia.<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
©31
©32<br />
análisis<br />
Y en cuanto a la mediación penitenciaria, porque<br />
supone que la prisión sí deba tener en cuenta<br />
el fin del conflicto entre los presos, de cara a<br />
restituirles en su beneficios o derechos.<br />
n La gratuidad. Al ser el derecho penal público,<br />
éste es gratuito, y por ende la mediación<br />
penal y penitenciaria no han de acarrear ningún<br />
tipo de coste económico para ninguna de<br />
las partes.<br />
Desarrollo de un proceso<br />
El proceso de mediación penal y penitenciaria<br />
se desarrolla en ambos casos de la siguiente<br />
forma: el equipo mediador se entrevista<br />
primero con una de las partes (en el caso de la<br />
mediación penal siempre primero con la persona<br />
infractora) y a continuación con la otra.<br />
A estas entrevistas las denominamos “Fase de<br />
acogida”. Primero se da toda la información<br />
relativa al proceso de mediación, sus principios,<br />
sus reglas y sus consecuencias, y luego se entra<br />
en la esfera de las emociones y del conflicto<br />
en sí. Tras la fase de acogida con cada una<br />
de las partes, se pasa a la siguiente fase nombrada<br />
“Fase de encuentro dialogado”, en el que<br />
ambas partes se juntan para dialogar sobre<br />
aquello que les enfrenta y lo que esto ha supuesto<br />
en sus vidas, para llegar a la fase final<br />
que llamamos “Toma de acuerdos”, que consiste<br />
en llegar al acuerdo común que beneficie<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
a ambos y que se plasma<br />
en el acta de reparación<br />
que será lo único que entregará<br />
el equipo de mediador<br />
al Juez o Tribunal<br />
que derivó el asunto o al<br />
Director de la prisión, para<br />
que sean éstos quienes<br />
otorguen la validez jurídica<br />
al acuerdo contraído<br />
por las partes.<br />
Todo este proceso que<br />
forma parte de la justicia<br />
restaurativa puede calificarse<br />
de educativo, constructivo<br />
y preventivo. Educativo<br />
porque la persona<br />
infractora puede aprender<br />
sobre el daño generado y<br />
su alcance, lo que repercutirá<br />
directamente en la prevención de futuras<br />
infracciones. Constructivo porque las partes<br />
llegan a acuerdos directamente asumidos<br />
por ellos, y que por tanto se asientan sobre posibilidades<br />
y necesidades reales de ambos, lo<br />
que se traduce en un mayor grado de cumplimiento<br />
de los acuerdos frente a lo consignado<br />
en las sentencias en relación con la responsabilidad<br />
civil.<br />
En conclusión, puede afirmarse que a través<br />
de los diferentes mecanismos que integran<br />
la justicia restaurativa las víctimas cobran verdadero<br />
protagonismo al formar parte de la resolución<br />
del conflicto, se sienten menos atemorizadas,<br />
transformando el ciclo del miedo<br />
en una oportunidad para la esperanza, llegan<br />
a conocer la verdad que necesitan y sobre todo<br />
obtienen la reparación moral y material que<br />
anhelan. De igual forma, la comunidad también<br />
es legitimada ya que deja de estar aislada<br />
y alienada, para poder participar en la resolución<br />
de los conflictos lo que supone aquello<br />
que denominamos la pacificación social y<br />
por último, la persona infractora deja de ser<br />
ninguneada respecto a sus responsabilidades y<br />
el modo de repararlas. Los programas de justicia<br />
restaurativa, por consiguiente, habilitan<br />
a la víctima, al infractor y a los miembros afectados<br />
de la comunidad, para que estén directamente<br />
involucrados en dar una respuesta edificante<br />
al delito y a los conflictos. ©
©34<br />
análisis<br />
La prisión<br />
preventiva<br />
Ignacio Sánchez<br />
análisis<br />
Don Quijote, tras superar los requiebros de<br />
Altisidora y predispuesto a nuevas andanzas<br />
con su fiel escudero, comentó a éste: La<br />
libertad, Sancho, es<br />
uno de los más<br />
preciosos dones que a<br />
los hombres dieron los<br />
cielos; con ella no<br />
pueden igualarse los<br />
tesoros que encierra la<br />
tierra y el mar encubre;<br />
por libertad así como<br />
por la honra, se puede<br />
aventurar la vida y, por<br />
el contrario, el<br />
cautiverio es el mayor<br />
mal que puede venir a<br />
los hombres.<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
La reflexión de Cervantes<br />
sobre la libertad<br />
y el cautiverio<br />
no fue casual. Hablaba<br />
con conocimiento de causa ya<br />
que en varias ocasiones y por<br />
razones diversas había sido<br />
privado de libertad. Parece incluso<br />
que escribió una buena<br />
parte de El Quijote en la cárcel<br />
de Sevilla mientras cumplía<br />
condena por deudas generadas<br />
como consecuencia de la<br />
quiebra del banquero Simón<br />
Freire, tras el depósito del<br />
dinero de los impuestos hecho<br />
por el escritor. De este modo,<br />
Cervantes pudo comprobar<br />
en su propia piel cómo ese<br />
don preciado que dieron los<br />
cielos a los hombres cedía sin<br />
mucho esfuerzo al ius puniendi<br />
del Estado.<br />
Sin embargo, tal afectación<br />
a la libertad individual<br />
no sólo se produce cuando un<br />
juez condena al acusado a<br />
una pena privativa de libertad,<br />
sino también cuando<br />
impone al justiciable una medida<br />
cautelar como la prisión<br />
preventiva.<br />
De hecho, históricamente,<br />
y a pesar de creencias generalizadas<br />
en sentido contrario,<br />
las primeras formas de<br />
reclusión institucional surgieron<br />
en el marco de la prisión<br />
preventiva a la espera de<br />
juicio y no como régimen de<br />
cumplimiento de condenas.<br />
Éstas tenían otra naturaleza<br />
y finalidad (pena de muerte,<br />
penalidades físicas, pecuniarias,<br />
destierro) que exigían<br />
menos recursos y se consideraban<br />
más eficaces para la<br />
obtención de los fines que<br />
pretendían –fundamentalmente<br />
punitivos–.<br />
Formulación<br />
moderna de<br />
la prisión preventiva<br />
La formulación moderna<br />
de la prisión preventiva, a pesar<br />
de que se ha revestido de<br />
garantías, no ha variado mucho<br />
su enfoque original ya<br />
que la finalidad de tal medida<br />
es clara. Al margen de evitar<br />
la destrucción de pruebas,<br />
su primordial objetivo es impedir<br />
que el inculpado burle<br />
la acción de la justicia, asegurándose<br />
su comparecencia<br />
a todos los actos del proceso<br />
y el cumplimiento, en su<br />
caso, de la pena privativa de<br />
libertad que pudiera serle
impuesta en la sentencia posterior.<br />
Desde este punto de<br />
vista, el éxito de la medida es<br />
indudable pues el internamiento<br />
necesariamente asegurará<br />
la comparecencia del<br />
imputado en el proceso.<br />
La prisión preventiva se<br />
ha pretendido legitimar asimismo<br />
por la atribución de<br />
otros supuestos efectos “colaterales”<br />
como la reducción<br />
de la delincuencia o de la<br />
eventual alarma social, la desaparición<br />
de las calles de sujetos<br />
peligrosos, el efecto disuasorio<br />
a potenciales delincuentes,<br />
en una garantía de la<br />
reparación del daño. En definitiva,<br />
se pretende legitimar en<br />
la búsqueda de la “seguridad<br />
ciudadana”, concepto incierto<br />
que es utilizado recurrentemente<br />
por políticos y medios<br />
de comunicación como sinónimo<br />
de seguridad física en las<br />
calles, desconociéndose que<br />
incluye también lo referido a<br />
los derechos fundamentales y<br />
libertades públicas y privadas.<br />
Sin embargo, al margen<br />
de valoraciones relativas al<br />
elevadísimo coste económico<br />
que supone la manutención de<br />
los internos sin condena, hoy<br />
ya se ha comprobado que la<br />
prisión preventiva, en realidad,<br />
provoca consecuencias<br />
sociales y personales muy nocivas.<br />
Francesco Carnelutti, en<br />
su obra “Las miserias del<br />
proceso” señaló que:<br />
Desgraciadamente, la justicia<br />
humana está hecha de<br />
tal manera que no solamente<br />
se hace sufrir a los hombres<br />
porque son culpables sino<br />
también para saber si son culpables<br />
o inocentes… la tortura,<br />
en las formas más crueles,<br />
ha sido abolida, al menos<br />
en el papel; pero el proceso<br />
mismo es una tortura.<br />
No le falta razón a Carnelutti.<br />
En términos generales,<br />
el carácter represivo y uniformante<br />
que rige en las cárceles<br />
anula la individualidad,<br />
la libertad y la espontaneidad<br />
propias de cualquier proceso<br />
educativo realmente edificante.<br />
Por otra parte, científicamente<br />
se ha demostrado el<br />
efecto psicológico negativo<br />
del encierro y su prolongación,<br />
desestructuradores de<br />
la personalidad, problema<br />
agudizado por el régimen de<br />
privaciones de todo tipo a que<br />
se someten los encarcelados.<br />
Parece evidente que la<br />
represión no tiene utilidad<br />
práctica alguna, pierde el infractor<br />
porque no obtiene<br />
ningún beneficio ni encuentra<br />
razones para modificar su<br />
conducta o actitud, pierde la<br />
víctima porque no se recupera<br />
de su lesión y finalmente<br />
también pierde la sociedad,<br />
porque el conflicto que se le<br />
análisis<br />
genera llega muchas veces a<br />
ser más violento que la infracción.<br />
Una pena anticipada<br />
Tales efectos negativos<br />
se acrecientan cuando la prisión<br />
es preventiva. No sé si,<br />
siguiendo a Carnelutti, se<br />
puede considerar tal situación<br />
como una tortura, pero lo<br />
que resulta indudable es que<br />
se acerca cada vez más a<br />
una pena anticipada, o a un<br />
mero gesto punitivo ejemplar<br />
e inmediato desnaturalizado<br />
de su ya de por sí controvertida<br />
esencia.<br />
El célebre jurista argentino<br />
Raúl Zaffaroni, afirmó<br />
que la prisión preventiva es la<br />
vía más clara de ejercicio represivo<br />
de la llamada criminalidad<br />
convencional. Su descarada<br />
y hasta expresa función<br />
penal-punitiva lleva a<br />
que el auto de prisión preventiva<br />
sea en nuestra realidad<br />
(refiriéndose a la argentina)<br />
la sentencia condena-<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
©35
©36<br />
análisis<br />
toria y la sentencia definitiva<br />
cumpla el papel de un recurso<br />
de revisión. Ante esta disfunción<br />
–que solo los autistas<br />
jurídicos niegan– se cae en<br />
una triste ficción al continuar<br />
con los conceptos jurídicos<br />
tradicionales, que en modo<br />
alguno contribuyen a fortalecer<br />
la paz social y la confianza<br />
en el derecho.<br />
Por otro lado, la prisión<br />
preventiva se aplica cada vez<br />
con mayor habitualidad. De<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
hecho, hoy a pocos sorprende<br />
el ingreso en prisión preventiva<br />
de personajes de la vida<br />
pública convertidos en<br />
puntos de mira de investigaciones<br />
policiales que se publicitan<br />
con naturalidad. Mucho<br />
menos sorprende la prisión<br />
preventiva de anónimos<br />
respecto de los que escuchamos<br />
que han podido cometer<br />
un delito. Al contrario, tranquiliza.<br />
Podríamos decir que<br />
es lo rutinario o convencional<br />
a pesar de que si hay algo en<br />
lo que en abstracto coinciden<br />
todos los juristas es que se<br />
trata de una medida excepcional.<br />
Así está expresamente señalado<br />
en el artículo 9.3 del<br />
Pacto de Internacional de<br />
Derechos Civiles y Políticos:<br />
Toda persona detenida o<br />
presa a causa de una infracción<br />
penal será llevada sin demora<br />
ante un juez u otro<br />
funcionario autorizado por<br />
la ley para ejercer funciones<br />
judiciales, y tendrá derecho a<br />
ser juzgada dentro de un plazo<br />
razonable o a ser puesta en<br />
libertad. La prisión preventiva<br />
de las personas que hayan<br />
de ser juzgadas no debe ser la<br />
regla general, pero su libertad<br />
podrá estar subordinada a<br />
garantías que aseguren la<br />
comparecencia del acusado<br />
en el acto del juicio, o en cualquier<br />
momento de las diligencias<br />
procesales y, en su caso,<br />
para la ejecución del fallo.<br />
Una pena sin juicio<br />
Mi experiencia con la<br />
cárcel es tangencial. Me dedico<br />
al derecho penal, pero<br />
pertenezco a esa clase de<br />
abogados de “moqueta” que<br />
tan solo de forma esporádica<br />
acude a la cárcel y casi<br />
siempre para visitar preventivos.<br />
No sé si tal condición<br />
me permite apreciar la auténtica<br />
realidad de la cárcel<br />
–despojada de rutinas y<br />
prejuicios– o por el contrario<br />
me traslada una realidad parcial<br />
e incluso idealizada.<br />
Lo cierto es que mis recuerdos<br />
y sensaciones durante<br />
mis contadas visitas a<br />
Valdemoro, Soto del Real y<br />
Navalcarnero son muy in-
tensos. En todas esas visitas<br />
he podido comprobar los<br />
efectos perniciosos de la medida<br />
cautelar y el estado de<br />
tensión constante en el que vive<br />
el reo preventivo que debe<br />
soportar la incógnita sobre<br />
el tiempo que va a permanecer<br />
encerrado.<br />
Si en términos generales,<br />
la psicología jurídica suele establecer<br />
el padecimiento de la<br />
prisión en la ecuación resultante<br />
de la suma del espacio<br />
más tiempo (es decir, de la separación<br />
y encierro físico y<br />
los años de privación de libertad<br />
esperados), cuando<br />
hablamos de un preso preventivo<br />
el segundo componente<br />
se ve reforzado en<br />
cuanto a su contundencia<br />
por la indefinición que conlleva<br />
esta medida procesal.<br />
Como afirma José Manuel<br />
del Río, la reclusión no<br />
es concebida por el sujeto como<br />
una disposición cautelar,<br />
si no que se le manifiesta como<br />
una pena sin juicio. La vivencia<br />
de la cárcel y en la cárcel,<br />
sumada a la incertidumbre<br />
que produce al sometido,<br />
ha sido observada por psicólogos<br />
y psiquiatras forenses<br />
como favorecedora de<br />
conductas límites, ansiedades<br />
paranoides y eventuales derivaciones<br />
en psicosis de aparición<br />
precoz que pueden determinar<br />
conductas suicidas,<br />
violentas y en gran medida<br />
depresión; todos estos factores<br />
propios de la reclusión penitenciaria<br />
ordinaria crecen<br />
de forma exponencial en la<br />
prisión preventiva.<br />
Existe otro factor importante<br />
a tener en cuenta. Los<br />
presos en régimen de cumplimiento<br />
de pena elaboran<br />
una serie de proyectos de regreso<br />
y planes de reinserción<br />
(intentando dejar al lado<br />
la valoración real de este<br />
concepto en la cárcel) que evidentemente<br />
no nacen en los<br />
presos preventivos, que incluso<br />
tienen dificultades mayores<br />
para verse sometidos a<br />
tratamientos terapéuticos o<br />
de trabajo en reclusión.<br />
La prisión preventiva<br />
carece de sentido<br />
Desde luego, a pesar de<br />
las razones anteriores, la prisión<br />
preventiva podría incluso<br />
legitimarse, en caso de<br />
necesidad, si fuera el único<br />
medio para impedir una fuga<br />
o la localización del imputado.<br />
Pero hoy más que<br />
nunca esto carece de sentido.<br />
La tecnología ha dejado<br />
sin base esa antigua justificación.<br />
Una pequeña pulsera<br />
electrónica, inamovible, basta<br />
para que el procesado esté<br />
localizable y localizado<br />
en todo momento. Eso, y en<br />
ciertos casos, una eficaz vigilancia<br />
policial impedirían la<br />
análisis<br />
sustracción de la acción de la<br />
justicia del imputado evitando<br />
la prisión preventiva.<br />
Mientras tanto, nos pondremos<br />
en manos de los jueces<br />
que deben aplicar esa excepcional<br />
medida esperando<br />
que actúen con criterios similares<br />
a los que Sancho Panza<br />
adoptó siendo gobernador<br />
de la ínsula de Barataria.<br />
En efecto, como relata<br />
Cervantes, a la hora de impartir<br />
Justicia, Sancho que supo<br />
ser serio y honesto, obedeció<br />
siempre a su “buen<br />
natural” y a los consejos de<br />
Don Quijote. Una vez se le<br />
planteó un asunto complicado<br />
de difícil solución que resolvió<br />
inspirado en las enseñanzas<br />
de su Amo sentenciando<br />
“que cuando la justicia<br />
estuviese en duda, me<br />
decantase y acogiese a la misericordia”,<br />
principio que<br />
constituye una de las máximas<br />
del derecho penal (in dubio<br />
pro reo) que en el caso<br />
que nos ocupa bien puede<br />
enunciarse como in dubio<br />
pro libertate. ©<br />
La vivencia de la cárcel y en la cárcel,<br />
sumada a la incertidumbre que produce<br />
al sometido la provisionalidad, ha sido<br />
observada por spicólogos y psiquiatras<br />
forenses como favorecedora de<br />
conductas límite, ansiedades<br />
paranoides y eventuales derivaciones en<br />
psicosis que pueden determinar<br />
conductas suicidas o violentas y en gran<br />
medida depresión.<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
©37
La Ley Orgánica<br />
General<br />
Penitenciaria (en<br />
lo sucesivo LOGP)<br />
en el año 1979<br />
creó la figura del<br />
juez de vigilancia<br />
penitenciaria,<br />
dedicándole 3<br />
artículos (76, 77<br />
y 78). Fueron<br />
necesarios dos<br />
años más, para<br />
que un Acuerdo<br />
del Consejo<br />
General del Poder<br />
Judicial de 9 de<br />
julio de 1981,<br />
pusiera en<br />
funcionamiento<br />
esa clase de<br />
juzgados, los<br />
cuales se<br />
constituyeron<br />
formalmente el 1<br />
de octubre de<br />
1981.<br />
análisis<br />
la tarea del<br />
juez de<br />
vigilancia<br />
penitenciaria<br />
Ángel Luis Ortiz González<br />
análisis<br />
Al juez de vigilancia<br />
penitenciaria le corresponde<br />
hacer<br />
cumplir la pena impuesta, resolver<br />
los recursos que puedan<br />
aparecer a la hora de ejecutar<br />
esa pena y salvaguardar los<br />
derechos de los internos corrigiendo<br />
los abusos y desviaciones<br />
que puedan producirse<br />
en el cumplimiento del<br />
ordenamiento jurídico. La<br />
aparición de ese tipo de juzgados<br />
permitió hacer realidad<br />
el mandato contenido en el artículo<br />
117.3 de la Constitución<br />
española de 1978, en el<br />
sentido de que la potestad jurisdiccional<br />
no sólo comprende<br />
el juzgar, sino también<br />
el hacer ejecutar lo juzgado.<br />
De esa forma se judicializaba<br />
el control de la ejecución de la<br />
pena privativa de libertad y se<br />
superaba el viejo sistema existente<br />
en el régimen anterior, en<br />
el que el Patronato Central de<br />
Nuestra Señora de la Merced<br />
para la Redención de Penas<br />
por el Trabajo, era el encargado<br />
de controlar ese tipo de<br />
condenas. Se trataba de un órgano<br />
complejo que presidía el<br />
Director General de Prisiones<br />
y del que formaban parte<br />
miembros de la Acción Católica<br />
y de diversas cofradías<br />
asistenciales. Dicho Patronato<br />
tenía delegaciones locales,<br />
en cada municipio, siendo<br />
presidido por el alcalde, el párroco<br />
y una mujer de “reconocida<br />
caridad y celo” vinculada<br />
generalmente a Acción<br />
Católica. Como puede observarse<br />
la ejecución de la<br />
pena de prisión, en aquella<br />
época quedaba al margen del<br />
control judicial.<br />
Treinta años de un<br />
cierto vacío normativo<br />
La naturaleza jurídica de<br />
ese tipo de jueces es híbrida,<br />
ya que en sus atribuciones<br />
confluyen competencias de<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
©39
©40<br />
análisis<br />
distinto origen y contenido.<br />
Así, por ejemplo, tiene funciones<br />
netamente jurisdiccionales<br />
en materia penal<br />
cuando resuelve sobre la concesión<br />
o no de una libertad<br />
condicional (art. 90 y 91 del<br />
Código Penal) o cuando decide<br />
sobre el abono de un periodo<br />
de tiempo pasado en<br />
prisión provisional (art. 58<br />
del C. P.) o sustituye una pena<br />
por una medida de seguridad<br />
(art. 60 del C.P.). Por<br />
otra parte, son jueces revisores<br />
de decisiones adminis-<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
trativas, similares a los jueces<br />
de la jurisdicción contencioso–administrativa,<br />
cuando<br />
resuelven los recursos que<br />
presentan los internos contra<br />
los actos de la Administración<br />
penitenciaria en los que<br />
se deniegan permisos de salida<br />
o no se concede una<br />
progresión de grado (art. 76<br />
2 letras i y f de la LOGP). Pero<br />
también son órganos con<br />
funciones consultivas, cuando<br />
elevan propuestas a los tribunales<br />
sentenciadores (art.<br />
98 del C.P.) para que se sus-<br />
A pesar de completarse el próximo 1 de octubre de<br />
2011, treinta años de funcionamiento de los juzgados<br />
de vigilancia penitenciaria, tal periodo de tiempo no ha<br />
sido suficiente para que el legislador haya aprobado un<br />
marco normativo básico que fije las pautas y trámites<br />
procedimentales que deben guiar las actuaciones que<br />
realizan esa clase de juzgados.<br />
tituya, cese o se suspendan las<br />
medidas de seguridad, o<br />
cuando al amparo del artículo<br />
206 del Reglamento Penitenciario,<br />
informan acerca<br />
de la concesión o no de los indultos<br />
que proponen las juntas<br />
de tratamiento de los<br />
centros penitenciarios. Y por<br />
último, son una especie de<br />
Defensor del Pueblo del interno,<br />
cuando al amparo del<br />
artículo 76-2 letra g de la<br />
LOGP, resuelven las quejas o<br />
peticiones de los internos<br />
cuando se ven afectados derechos<br />
fundamentales e incluso<br />
al igual que dicha Institución<br />
pueden llegar a realizar<br />
propuestas (art. 77 de la<br />
LOGP) en relación con la organización,<br />
desarrollo y ordenación<br />
de la convivencia y<br />
las actividades en el interior<br />
de los centros penitenciarios.<br />
El marco jurídico que regula<br />
ese tipo de jueces es<br />
disperso, confuso e incom-
pleto. Los tres artículos iniciales<br />
por los que se crearon<br />
esos juzgados no contienen<br />
normas orgánicas ni ninguna<br />
regulación procesal que indique<br />
como tiene que transcurrir<br />
su actividad. Fue necesario<br />
que el Tribunal Supremo<br />
en el año 1981, unos<br />
días antes de que empezaran<br />
a funcionar, dictara unas<br />
“prevenciones” para indicar<br />
cuales debían ser los trámites<br />
a seguir por esa clase de juzgados.<br />
Incluso ese vacío normativo<br />
dio lugar a que el<br />
propio Tribunal Constitucional<br />
en diferentes sentencias<br />
(Sentencias de 307/1983<br />
y 21/1/1987) reconociera<br />
plenamente el carácter jurisdiccional<br />
de la actividad de<br />
los juzgados de vigilancia<br />
penitenciaria incardinando<br />
su función dentro de la ejecución<br />
penal y al mismo<br />
tiempo proclamara que esos<br />
órganos velan por las situaciones<br />
que afectan a los derechos<br />
y libertades de los<br />
presos condenados, también<br />
garantizan la individualización<br />
penitenciaria y judicial<br />
de la pena y garantizan el<br />
principio de legalidad de la<br />
pena en todas sus dimensiones<br />
incluida la ejecución.<br />
A pesar de completarse,<br />
el próximo 1 de octubre de<br />
2011, treinta años de funcionamiento<br />
de los juzgados<br />
de vigilancia penitenciaria, tal<br />
periodo de tiempo no ha sido<br />
suficiente para que el legislador<br />
haya aprobado un<br />
marco normativo básico que<br />
fije las pautas y trámites procedimentales<br />
que deben guiar<br />
IV Media (maratón) Penitenciaria con participación de internos e invitados en Alhaurín<br />
de la Torre. Publicado en fondista1996.blogspot.com<br />
análisis<br />
las actuaciones que realizan<br />
esa clase de juzgados. A pesar<br />
de tener un marco competencial<br />
limitado básicamente en<br />
la pena privativa de libertad,<br />
sin embargo el trabajo diario<br />
de los jueces de vigilancia penitenciaria<br />
requiere la aplicación<br />
de algunos artículos del<br />
Código Penal, de otros artículos<br />
de la Ley de Enjuiciamiento<br />
Criminal, otros que se<br />
encuentran en la LOGP o en<br />
la Ley Orgánica del Poder Judicial<br />
(en los sucesivo LOPJ).<br />
A todas esas leyes hay que<br />
unir también la utilización<br />
de tres Reglamentos diferentes,<br />
uno aprobado en 1956, y<br />
dos más de 1981 y 1996. En<br />
todo ese conglomerado normativo,<br />
existen previsiones<br />
que unas veces son contradictorias<br />
las unas con las<br />
otras y en ocasiones da lugar<br />
a interpretaciones radicalmente<br />
distintas en función de<br />
los tribunales que las aplican.<br />
Así, por ejemplo, la Disposición<br />
Adicional 5ª-2 de la<br />
LOPJ, regula de forma distinta<br />
a como lo hace el artículo<br />
82 de esa misma Ley,<br />
qué audiencia provincial es la<br />
competente para resolver los<br />
recursos de apelación cuando<br />
afectan a la clasificación de<br />
los penados. Esa misma Disposición<br />
Adicional 5ª-3 de la<br />
LOPJ por su falta de claridad<br />
está dando lugar a que unas<br />
audiencias provinciales, la<br />
mayoría, admitan recursos de<br />
apelación frente a los autos<br />
de los jueces de vigilancia penitenciaria<br />
resolviendo el recurso<br />
de reforma cuando se<br />
desestiman permisos de salida,<br />
mientras que otras audiencias,<br />
interpretando esa<br />
misma Disposición 5ª de la<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
©41
©42<br />
análisis<br />
LOPJ, consideran que cuando<br />
se deniega un permiso de<br />
salida no es posible interponer<br />
un recurso de apelación.<br />
La falta de una normativa<br />
procesal, sistematizada y<br />
coherente, ha dado lugar a un<br />
hecho insólito en la Administración<br />
de Justicia: los<br />
propios jueces de vigilancia<br />
penitenciaria se convierten<br />
en poder legislativo año atrás<br />
año, cuando actualizan sus<br />
criterios de actuación, que<br />
han ido creando y consolidando<br />
poco a poco y que en<br />
su mayoría aplican, salvando<br />
de esa forma la inexistencia<br />
de normas que regulen su actuación.<br />
Tiempo de hacer<br />
balance<br />
Desde que aparecieron<br />
los juzgados de vigilancia<br />
penitenciaria, se puso de manifiesto<br />
la necesidad de precisar<br />
cuál era el ámbito resolutivo<br />
de esa clase de juzgados<br />
frente a los tribunales<br />
sentenciadores, ya que buena<br />
parte de las competencias<br />
asignadas a los primeros pertenecían<br />
a los segundos. Han<br />
sido necesarias muchas cuestiones<br />
de competencia ante el<br />
Tribunal Supremo para ir<br />
delimitando que por ejemplo<br />
el acordar el licenciamiento<br />
definitivo de un penado corresponde<br />
al tribunal sentenciador,<br />
que la determinación<br />
del límite máximo de<br />
cumplimiento también debe<br />
realizarlo el último tribunal<br />
sentenciador, o que la emisión<br />
de una orden de busca y<br />
captura cuando un interno<br />
quebranta la condena al disfrutar<br />
de un permiso de salida<br />
es competencia también<br />
del tribunal sentenciador. La<br />
experiencia pone de manifiesto<br />
cómo, a la hora de ejecutar<br />
la pena privativa de libertad,<br />
se producen continuos<br />
roces entre el juzgado de<br />
vigilancia penitenciaria y el<br />
tribunal sentenciador, incluso<br />
en las ocasiones en las que<br />
no llegan a producirse esos<br />
conflictos, sin embargo, las<br />
disfunciones saltan a la vista<br />
debiudo al actual marco normativo.<br />
Así, por ejemplo, sucede<br />
cuando el juez de vigilancia<br />
penitenciaria debe<br />
comprobar si el penado ha<br />
satisfecho o no la responsabilidad<br />
civil a la que fue condenado,<br />
–exigencia que impone<br />
el artículo 72 de la<br />
LOGP para decidir la clasificación<br />
del interno y el artículo<br />
90 del Código Penal<br />
para la concesión de la libertad<br />
condicional– y, sin<br />
embargo, el órgano judicial,<br />
encargado de ejecutar esa<br />
responsabilidad civil, es el tribunal<br />
sentenciador. En definitiva<br />
se atribuye a un órgano<br />
(juzgado de vigilancia penitenciaria)<br />
la comprobación<br />
de un hecho, cuya competencia<br />
corresponde a otro<br />
(tribunal sentenciador).<br />
Posiblemente los 30 años<br />
transcurridos, permiten en este<br />
momento hacer balance y<br />
reconocer que el trabajo realizado<br />
por los jueces de vigilancia<br />
penitenciaria ha sido<br />
positivo. Tal conclusión fue<br />
confirmada por una encuesta<br />
realizada en el año 2003 por<br />
el Consejo General del Poder<br />
Judicial, en la que se constataba<br />
que un 92 % de los internos<br />
entrevistados consideraban<br />
que los jueces de vigilancia<br />
penitenciaria eran muy<br />
necesarios, un 68 % de esos<br />
mismos internos consideraban<br />
que tenían mucha capacidad<br />
frente a la Administración<br />
Penitenciaria y por último un<br />
84 % de los internos que habían<br />
pedido entrevistarse personalmente<br />
con el juez, lo<br />
habían conseguido, mientras<br />
que en otras jurisdicciones<br />
las personas que solicitaron<br />
hablar personalmente con el<br />
juez que les correspondía, solo<br />
lo consiguieron en un 19 %.<br />
Sin lugar a dudas este último<br />
dato es uno de los aspectos<br />
que mas puede identificar el<br />
trabajo de los jueces de vigilancia<br />
penitenciaria, la proximidad<br />
con el interno, ya que<br />
en la práctica las visitas a prisión<br />
son semanales, e incluso<br />
gracias a la videoconferencia<br />
se consigue que las peticiones<br />
de entrevistas que realizan los<br />
internos se efectúen con mayor<br />
rapidez.<br />
El Tribunal Constitucional en diferentes sentencias<br />
reconoce el carácter jurisdiccional de la actividad de<br />
los juzgados de vigilancia penitenciaria y proclama<br />
que esos órganos velan por las situaciones que<br />
afectan a los derechos y libertades de los presos<br />
condenados, garantizan la individualización<br />
penitenciaria y judicial y el principio de legalidad de<br />
la pena en todas sus dimensiones.
Una jurisprudencia<br />
consolidada<br />
La labor realizada por<br />
esos jueces está suponiendo un<br />
control judicial auténtico de la<br />
ejecución penal, que hasta ese<br />
momento permanecía al margen<br />
de la jurisdicción penal, llenando<br />
de garantías esa parte<br />
del proceso, pues de esa forma<br />
se evita que la administración<br />
pueda variar sin control judicial<br />
el fallo condenatorio y al<br />
mismo tiempo se fijan las concretas<br />
condiciones de vida de<br />
cada penado durante el cumplimiento<br />
de su pena privativa<br />
de libertad. En la actualidad<br />
el trabajo realizado durante los<br />
últimos 30 años ha dado lugar<br />
a que exista una consolidada<br />
jurisprudencia proclamada<br />
por el Tribunal Constitucional<br />
y a la que sin duda también<br />
han contribuido los diferentes<br />
pronunciamientos que día a<br />
día realizan los jueces de vigilancia<br />
penitenciaria, en relación<br />
con los derechos fundamentales<br />
de los internos, en<br />
materias tales como las exploraciones<br />
radiológicas en<br />
prisión, la alimentación forzosa,<br />
la utilización de medios<br />
coercitivos sobre los internos,<br />
los registros en las celdas, los<br />
cacheos corporales, el régimen<br />
de comunicaciones orales,<br />
escritas y telefónicas con el exterior<br />
así como en relación con<br />
los derechos sociales de los internos<br />
y en concreto con su derecho<br />
al trabajo dentro de<br />
prisión.<br />
Ahora bien, ese tiempo<br />
también permite afirmar que<br />
análisis<br />
es necesario, primero, contar<br />
con una ley procesal, de carácter<br />
autónomo o incorporada<br />
a la nueva Ley de Enjuiciamiento<br />
Criminal que regule<br />
los trámites y los recursos de<br />
los procedimientos que se deciden<br />
en esta parte del proceso.<br />
Y tan importante como<br />
contar con esa ley, sería el acabar<br />
con la existencia de dos órganos<br />
judiciales (juez de vigilancia<br />
penitenciaria y tribunal<br />
sentenciador) ejerciendo su<br />
función sobre la misma parte<br />
del proceso. Ha llegado el<br />
momento de unificar en un solo<br />
órgano judicial (tribunal de<br />
ejecución) las competencias<br />
que hoy tienen asignadas los<br />
juzgados de vigilancia penitenciaria<br />
y los tribunales sentenciadores.<br />
©
© 44<br />
La<br />
análisis<br />
Mujeres<br />
en prisiones<br />
españolas<br />
Margarita Aguilera Reija<br />
análisis<br />
Institución Penitenciaria y los<br />
Juzgados sólo visibilizan a los hijos<br />
de las mujeres en prisión, pero no a<br />
los demás hijos no presos…<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
Las mujeres presas son<br />
un colectivo poco<br />
conflictivo y pequeño (el<br />
8% de la población<br />
penitenciaria), y por lo<br />
tanto olvidado e invisible.<br />
Sin embargo, se trata de<br />
un grupo muy castigado<br />
ya que cuando una mujer<br />
entra en prisión sufre una<br />
triple condena: social,<br />
personal y penitenciaria.<br />
1. La condena Social<br />
Cuando la mujer comete un acto delictivo<br />
rompe con el rol que la sociedad le ha<br />
encomendado (hija obediente, esposa fiel y madre<br />
ejemplar). La sociedad en su conjunto reprocha<br />
con más dureza a la mujer que al hombre<br />
cuando comete un delito, porque al delinquir<br />
e ingresar en prisión la familia queda abandonada<br />
y por lo tanto la mujer “incumple” con<br />
su obligación primordial.<br />
2. La condena Personal<br />
La mujer presa va a sufrir un terrible desarraigo<br />
familiar 1 con su ingreso en prisión,<br />
ya que en la mayoría de las ocasiones su pérdida<br />
de libertad va a implicar la desintegración<br />
de la familia (hijos, esposo), puesto que eran<br />
ellas las que sostenían la unidad familiar. Esto<br />
último no siempre sucede si es el hombre el que<br />
entra en prisión ya que son ellas las que mantiene<br />
el rol de “cuidadoras”.
Estudios hechos en Andalucía 2 ponen de<br />
manifiesto las situaciones familiares y las desigualdades<br />
de género que afrontan las mujeres<br />
cuando ingresan en prisión: sólo el 20 %<br />
de los hijos estaban con su padre, el 38% con<br />
la familia extensa materna y el 6% con la paterna,<br />
el 10% en acogimiento preadoptivo o<br />
adoptivo o en centro de menores. Sólo el 17%<br />
se había independizado.<br />
Por otra parte, si la identidad de estas mujeres<br />
se construye en gran medida con la formación<br />
de una familia y la crianza de los hijos,<br />
el ingreso en prisión y la pérdida de la unidad<br />
familiar va a suponer una quiebra importante<br />
en su identidad como mujeres.<br />
Además, la pérdida de los hijos las hace entrar<br />
en un proceso de culpabilización que agrava<br />
terriblemente la condena y pone en peligro<br />
su equilibrio mental y personal. En las cárceles<br />
de hombres las familias son sentidas como<br />
el apoyo y el sostén de los presos durante la<br />
condena. Sin embargo, en las cárceles de mu-<br />
análisis<br />
jeres las familias son sentidas como aquello que<br />
se ha abandonado y causa de culpa permanente.<br />
Estudios en Inglaterra y Gales 3 constatan<br />
que las mujeres encarceladas cometen más suicidios<br />
y autolesiones que los hombres, pero en<br />
cambio, entre la población en general los<br />
hombres se suicidan dos veces más que las mujeres.<br />
Por lo tanto no se trata de una conducta<br />
determinada por su sexo, por su “naturaleza”,<br />
sino que se trata de una forma de responder,<br />
de reaccionar a la cárcel.<br />
Por otro lado, está comprobado que las mujeres<br />
presas sufren una sobre-medicación. Esto<br />
se puede deber a distintos factores como son<br />
la falta de personal, el uso de la medicación como<br />
mecanismo de control de la población reclusa,<br />
por la forma que tienen las mujeres de<br />
responder al encarcelamiento, por los estereotipos<br />
de género –según los cuales las mujeres<br />
son, por naturaleza, más propensas a enfermedades<br />
mentales, más histéricas, más sensibles,<br />
más depresivas, etc.–. El resultado es una<br />
sobre-medicación psiquiátrica de las mujeres<br />
que actúa en contra de su salud, y dificulta los<br />
posteriores procesos de inserción social. Frente<br />
a esta sobre-medicación se echa en falta un<br />
tratamiento psicológico y terapéutico que<br />
aborde el problema en su globalidad.<br />
3. La condena Penitenciaria<br />
La mujer va a tener unas condiciones de<br />
cumplimiento más duras que el hombre por<br />
ser mujer:<br />
Las mujeres presas cumplen condena mayoritariamente<br />
en cárceles de hombres. De hecho<br />
sólo un 20% cumple su condena en cárceles<br />
para mujeres (Alcalá Meco, Brieva y Alcalá<br />
de Guadaira). Esto trae consigo una serie<br />
de discriminaciones importantes:<br />
1.- Implica que tienen que convivir en un<br />
sólo departamento todas las mujeres sin ningún<br />
tipo de separación: las reincidentes y las<br />
primarias, las preventivas y las penadas, delitos<br />
de gravedad muy diversa, de países y culturas<br />
distintas, las que consumen drogas y las<br />
que no, mujeres de edades diferentes, las enfermas<br />
y las sanas, madres con niños. De este<br />
modo se incumple un principio fundamental del<br />
tratamiento penitenciario que es la separación<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
©45
©46<br />
análisis<br />
La pérdida de los hijos les hace<br />
entrar en un proceso de<br />
culpabilización que agrava<br />
terriblemente la condena y pone<br />
en peligro su equilibrio mental y<br />
personal.<br />
de los internos según su perfil social y criminológico.<br />
Esto sí se suele cumplir en las prisiones<br />
de hombres.<br />
2.-Se les aplica de modo indiscriminado medidas<br />
de control y vigilancia existentes en las<br />
prisiones de hombres, sin que estas medidas se<br />
ajusten al peligro real que representa la población<br />
femenina. Así, el perfil criminológico<br />
de la mujer delincuente es diferente al del hombre:<br />
es muy inferior el empleo de fuerza, violencia,<br />
o intimidación en la comisión de sus delitos<br />
y cuando se cometen delitos contra las personas<br />
(parricidio, infanticidio, etc.) no suele haber<br />
reincidencia.<br />
A pesar de esto, el régimen penitenciario establecido<br />
para los hombres se traslada automáticamente<br />
a las mujeres, sin tener en cuenta<br />
su idiosincrasia, ni sus circunstancias. En escasas<br />
ocasiones son mujeres las que se amotinan,<br />
hacen uso de la violencia o generan situaciones<br />
de riesgo. Sin embargo, al cumplir<br />
condenas en cárceles de hombres sufren las mismas<br />
medidas de seguridad: alambradas, controles,<br />
registros, cacheos, etc. 4 De este modo,<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
la cárcel de mujeres de Brieva en nada se diferencia<br />
de una cárcel de hombres en cuanto<br />
a las medidas de seguridad y estructura de la<br />
prisión. La cárcel de Alcalá de Guadaira se diseño<br />
para ser una prisión militar. Y la cárcel de<br />
Alcalá-Meco era una cárcel para jóvenes que<br />
se reconvirtió en un centro para mujeres al cerrarse<br />
Carabanchel.<br />
Muchas de las tensiones de los módulos de<br />
las mujeres se debe a que no hay ninguna separación<br />
interna entre ellas. Si los hombres tuvieran<br />
que cumplir todos juntos, el nivel de conflictividad<br />
en los centro aumentaría dramáticamente.<br />
3.- Pero, además, a las mujeres se les exige<br />
más docilidad y sumisión que a los hombres.<br />
Por eso cualquier conducta de rebeldía o enfrentamiento<br />
con la Institución Penitenciaria se<br />
sanciona con más dureza. De hecho, la Directora<br />
de la Cárcel de Alcalá de Guadaira destacó<br />
en un estudio sobre mujeres presas, que<br />
a pesar de que las mujeres no generaban conflictividad<br />
regimental era porcentualmente<br />
muy alto el número de “sancionadas y primeros<br />
grados” 5 .<br />
A pesar de esto la agresividad real es mínima,<br />
y en las peleas no se utilizan objetos preparados<br />
al efecto (pinchos de construcción casera,<br />
tan frecuentes en los hombres), sino que<br />
los enfrentamientos suelen ser corporales o con<br />
aquello que tienen a mano, y sin mayor trascendencia.<br />
En una pelea entre hombres se sacan<br />
pinchos, cuando es entre mujeres se dan<br />
con el palo de la fregona, y se tiran del pelo.<br />
Otro dato significativo es que la mayoría<br />
de los centros están casi en su totalidad regidos<br />
por hombres, incluso los mandos intermedios<br />
(Jefes de Servicio), y se imponen normativas<br />
internas y de organización directamente<br />
redactadas para los hombres. Pero esto también<br />
ocurre en prisiones de mujeres. Así en la<br />
cárcel de Brieva o Alcalá- Meco los directores<br />
son hombres.<br />
4.- Al tener que vivir en su mayoría en un<br />
departamento segregado de una prisión de<br />
hombres, las mujeres tienen un acceso más restringido,<br />
cuando no están excluidas, del uso y<br />
disfrute de las instalaciones comunes de la prisión<br />
(polideportivo, biblioteca, salón de actos,
locutorios, sala de oración, enfermería, talleres<br />
productivos, etc.).<br />
5.- Tienen menos recursos económicos, materiales,<br />
personales, así como menos programas<br />
educativos, culturales y recreativos, al resultar<br />
éstos menos rentables por razones numéricas.<br />
Esta menor disponibilidad de recursos contrasta<br />
con la actitud de la mujeres más participativas<br />
y más colaboradoras con los programas<br />
de tratamiento, así el 44,6% de las mujeres participan<br />
en actividades educativas regladas, frente<br />
al 28,1% del total de la población. 6<br />
Los programas de tratamiento no integran<br />
la perspectiva de género 7 . Numerosos estudios<br />
realizados desde el ámbito socio-sanitario manifiestan<br />
que existen diferencias muy significativas<br />
en el consumo de drogas por parte de los<br />
hombres y las mujeres y alertan de la necesidad<br />
de impulsar programas de atención a la drogodependencia<br />
específicamente para mujeres.<br />
Así, el tipo de droga consumida, el ciclo vital,<br />
las motivaciones, las estigmatización, la respuesta<br />
familiar, etc. difieren en función del género.<br />
6.- En la prisiones de mujeres hay menos<br />
talleres productivos y los que tienen son los más<br />
duros, los peor pagados, en ocasiones los que<br />
han sido rechazados en los centros penitenciarios<br />
de hombres. Además, el tipo de trabajo<br />
ofertado es de cadenas de montaje y por lo<br />
tanto es rutinario y aburrido 8 Por el contrario,<br />
a los hombre se les ofrecen trabajos con valor<br />
en el mercado laboral, como carpintería, pintura,<br />
artes gráficas, encuadernación, construcción,<br />
etc. Los puestos de trabajo remunerados<br />
que tienen las mujeres son cocina, lavandería,<br />
comedores, locutorios y economato,<br />
todos ellos muy poco retribuidos.<br />
Al igual que en el caso de los talleres productivos,<br />
también hay menos talleres formativos<br />
y los que hay refuerzan el rol doméstico<br />
(corte y confección, peluquería, manualidades,<br />
cocina...) No hay preparación para poder<br />
trabajar fuera del hogar cuando salgan en libertad.<br />
Tampoco hay programas para reinserción<br />
ocupacional plena. Esto contrasta con<br />
la oferta formativa en las cárceles de hombres:<br />
artes gráficas, serigrafía, automoción, diseño<br />
gráfico, construcción , ofimática, lampistería,<br />
carpintería, etc. 9<br />
análisis<br />
7.- Menos posibilidades de acceder al tercer<br />
grado que los hombres, por la sencilla razón<br />
de que hay menos departamentos de tercer<br />
grado para mujeres. Irónicamente, por el<br />
tipo de delitos y peligrosidad se deberían conceder<br />
en mayor número 10 .<br />
8.- <strong>Mayo</strong>r lejanía del lugar donde se encuentran<br />
amigos o familiares, ya que no en todos<br />
los centros penitenciarios hay departamento<br />
de mujeres y en muchos no se admite a los niños,<br />
por lo que el desarraigo y desintegración<br />
familiar y social es aún mayor. De este modo<br />
las mujeres con hijos menores de tres años tienen<br />
que optar entre cumplir una condena cerca<br />
del lugar de origen, pero sin sus hijos, o tenerlos<br />
con ellas pero lejos de su familia.<br />
De hecho muchas mujeres ocultan su embarazo<br />
durante meses sin ningún control médico<br />
para evitar el traslado a otra cárcel con el<br />
consiguiente desarraigo de sus familia y desatención<br />
médica.<br />
No hay plaza para mujeres en Alcázar de<br />
San Juan, Herrera, Cuenca, Ocaña y Guadalajara.<br />
Bilbao, Burgos, Cartagena, Daroca, ,<br />
Huesca, Jerez, Lugo, Segovia, Soria y Teruel.<br />
9.- Por último, la legislación penitenciaria<br />
autoriza a los menores 11 a permanecer con sus<br />
madres en prisión hasta los tres años. La Dirección<br />
General de Instituciones Penitenciarias<br />
tiene entre sus objetivos que los niños cumplan<br />
en pisos o Unidades Dependientes, y que sean<br />
los menos los que estén en prisión. Esto hace<br />
que en los últimos años la situación haya mejorado<br />
y esperamos que siga así en los próximos<br />
años. A pesar de esta tendencia, si la condena<br />
es muy larga cuando el niño cumple los<br />
tres años es separado de su madre.<br />
Resulta preocupante que la Institución Penitenciaria<br />
y los Juzgados sólo visibilizan a los<br />
En contraste con la amplia<br />
oferta formativa para los<br />
hombres, para las mujeres no<br />
hay preparación profesional<br />
para su reinserción laboral<br />
cuando salgan de la cárcel.<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
©<br />
47
©48<br />
análisis<br />
hijos de las mujeres en prisión, pero no a los demás<br />
hijos no presos, y así no se tienen en cuenta:<br />
las edades de los otros hijos, si están en un<br />
centro, si han tenido que ser separados, si el padre<br />
o los familiares no les pueden atender, etc.<br />
Un problema grave que sufren los niños<br />
cuando salen de prisión es que el régimen de visitas<br />
con la madre es el mismo que para el resto<br />
de sus familiares, es decir, comunicaciones por<br />
locutorios (con un cristal de por medio) una vez<br />
a la semana y un vis a vis familiar y otro de convivencia<br />
una vez al mes. Este sistema de visitas<br />
crea graves trastornos al niño de tres años que<br />
sólo ha vivido con su madre en prisión.<br />
Estos niños son perfectamente conscientes<br />
de estar en prisión, puesto que viven los recuentos,<br />
los cacheos, los registros, el cierre de<br />
las celdas, la megafonía a todas horas, los barrotes,<br />
etc. Sorprende oír a los niños preguntar<br />
a su madre si van a salir de permiso, o si<br />
tienen vis a vis con los abuelos, etc. lo que pone<br />
de manifiesto que la realidad de la prisión<br />
se convierte en su única realidad.<br />
En definitiva se comprueba como las duras<br />
condiciones que impone la cárcel se agravan considerablemente<br />
para el caso de las mujeres. ©<br />
1. Según el informe MIP el 70% de la mujeres encarceladas tiene hijos,<br />
según el informe del Defensor del Pueblo Andaluz, esta cifra<br />
sube al 80% y el número de hijos por mujer es de 2,75% muy superior<br />
a la media de hijos de las mujeres en España.<br />
2. Informe del Defensor del Pueblo Andaluz 2006<br />
3. Equipo Keele (MIP)<br />
4. Elena Azaola, Prisiones para mujeres: Un enfoque de género<br />
5. Concepción Yagüe Olmos: “Mujer: Delito y prisión, un enfoque diferencial<br />
sobre la delincuencia femenina.”<br />
6. Datos estadísticos facilitados por la DGIP del curso 2004-5.<br />
7. MIP 2005<br />
8. Almeda 2002<br />
9. Así, en Jaén no hay talleres productivos y el único taller ocupacional<br />
es de punto de cruz. Muy escasas son las actividades ocupacionales<br />
o culturales de los centros Badajoz, Valladolid, Villabona, Puerto<br />
de Santa María y Melilla. Informe sobre la situación de las prisiones<br />
en España. Asociación Pro Derechos Humanos. Editorial Fundamentos,<br />
1999.<br />
10. Llama la atención la distribución de los recursos<br />
34,57% se dedica a vigilancia,<br />
33,11% a instalaciones y administración<br />
19,14% a calidad de vida<br />
13,16% a rehabilitación y reinserción<br />
Por su parte la distribución de funcionarios es:<br />
76% tareas de vigilancia<br />
16% tareas administrativas<br />
8% tareas de tratamiento<br />
11. Según un informe del Defensor del Menor del año 2005, en las cárceles<br />
madrileñas albergan 73 niños que viven con sus madres reclusas.<br />
El 85% en centros penitenciarios y el 15% en Unidades Dependientes.<br />
En Aranjuez viven 31 madres con sus 33 hijos, 13 madres<br />
con sus hijos viven en módulos mixtos.<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011
Parece incompatible escribir<br />
sobre reinserción social y<br />
alternativas a la prisión y no<br />
comenzar recordándonos el<br />
artículo 25.2 de la<br />
Constitución Española: “Las<br />
penas privativas de libertad y<br />
las medidas de seguridad<br />
estarán orientadas hacia la<br />
reeducación y reinserción<br />
social y no podrán consistir<br />
en trabajos forzados.”<br />
Y es imprescindible<br />
recordárnoslo en un momento<br />
en que se cuestiona la<br />
viabilidad de la reeducación y<br />
la reinserción social de las<br />
personas condenadas. Seguir<br />
creyendo en ella parece que<br />
nos vincula a colectivos<br />
utópicos (recientemente,<br />
impartiendo un curso a<br />
miembros de la Policía Local<br />
de Madrid, me comentaban<br />
irónicamente que estas cosas<br />
son para los curas…) o para<br />
aquellos que, dotados de unas<br />
grandes dosis de<br />
paternalismo siguen creyendo<br />
en la perfectibilidad del ser<br />
humano.<br />
Reinserción<br />
social y<br />
alternativas<br />
a la<br />
prisión<br />
Mª Pilar Sánchez Álvarez<br />
opinión<br />
“Soñar, siempre soñar,<br />
con los ojos sin sueño,<br />
que soy un hombre vivo<br />
siendo tan sólo un preso”<br />
Marcos Ana<br />
opinión<br />
No sé si requiere dosis de utopía o<br />
puerilidad, pero lo que es incuestionable<br />
es que es un mandato<br />
constitucional, que no contempla como los únicos<br />
fines lícitos de las penas privativas de libertad<br />
los retributivos o de prevención general.<br />
No podemos olvidar que el Tribunal<br />
Constitucional (STC 112/96) recoge que la pre-<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
©49
©50<br />
opinión<br />
paración para la vida en libertad a lo largo del<br />
cumplimiento de la condena constituye un mínimo<br />
innegociable.<br />
La cárcel, recurso asistencial<br />
Sin duda, puede resultar sorprendente que<br />
se prepare para la vida en libertad, privando de<br />
ésta, alejando, aislando, separando, con el fin<br />
de reintegrar. Si a la despersonalización y los estigmas<br />
típicamente carcelarios que perviven<br />
cuando alguien alcanza la libertad, unimos las<br />
apreciaciones que Mercedes Gallizo, Secretaria<br />
General de Instituciones Penitenciarias, realizaba<br />
hace poco algo más de un año: “Las prisiones<br />
españolas están llenas de pobres, enfermos y drogadictos.<br />
La cárcel se está convirtiendo en el único<br />
recurso asistencial y esa no es su función”,<br />
entendemos con ella, que se lamentara de que<br />
el principio constitucional de la función resocializadora<br />
de la pena privativa de libertad estuviera<br />
“cada día más lejano”. 1<br />
Lejanía que no podemos atribuir a la mayor<br />
peligrosidad de las personas que cometen<br />
delitos o a las nuevas tipologías delictivas, que<br />
pueden presentársenos como complejas y que<br />
dificultarían las formas de intervención, sino<br />
más bien a otros factores, como la escasa permeabilidad<br />
de nuestro sistema judicial a las<br />
aportaciones de otras ciencias que no sean el<br />
Derecho, como la Psicología o el Trabajo Social;<br />
la falta de recursos (o las opciones polí-<br />
Todas las penas cuya<br />
ejecución se inicia, se<br />
cumplen íntegramente. Ya<br />
no existe la redención por<br />
el trabajo, es decir, no se<br />
puede acortar la duración<br />
de la pena impuesta.<br />
Nuestro sistema<br />
penitenciario se<br />
caracteriza por su dureza<br />
e inflexibilidad<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
ticas que deciden invertir los recursos existentes<br />
en seguridad en vez de en tratamientos que permitan<br />
que la persona privada de libertad camine<br />
por el sendero de la preparación de la vida<br />
en libertad y la resistencia de nuestras instituciones<br />
a incorporar una justicia que sane<br />
heridas, que se centre más en la reparación del<br />
daño que en el reproche social.<br />
Dicho en otras palabras, cuando la cárcel<br />
es inevitable, cuando se ha comprendido que<br />
la prisión es siempre un mal, aunque en ocasiones<br />
sea un mal necesario hay que procurar<br />
que entren en prisión los menos posibles (prevención),<br />
que quienes entraron en ella estén el<br />
menor tiempo posible, en las mejores condiciones<br />
de vida posibles (intervención penitenciaria)<br />
y que no vuelvan más a la cárcel (reinserción)<br />
2 .<br />
Nuevos modos de intervención<br />
Así planteado, nos vemos impelidos a diseñar<br />
nuevos paradigmas de intervención que<br />
vayan orientados a hacer efectiva la reinserción<br />
social. Es interesante volver la vista atrás y mirar<br />
a finales de los años 80 en los que se buscaron<br />
alternativas eficaces que rompieran el esquema<br />
drogas-delitos-prisión. Así, en algunos<br />
estados de EEUU se creó un nuevo concepto de<br />
juzgado que incorporaba los principios de la<br />
justicia terapéutica y la resolución de problemas.<br />
Nacen así, los Juzgados de Tratamiento<br />
de Drogas fundados en Miami en 1989 que ponían<br />
el énfasis en la rehabilitación del delincuente.<br />
Partiendo de la base de que el comportamiento<br />
de los drogodependientes no era<br />
violento y que enviarles a prisión no resolvía<br />
su verdadero problema, la adicción, puesto que<br />
se constataba que tras alcanzar la libertad se<br />
producía el “efecto puerta giratoria” en la que<br />
los delincuentes drogadictos volvían a su conducta<br />
de consumo de drogas en cuanto salían<br />
de prisión 3 . El Juzgado de tratamiento de drogas<br />
permitía eludir el ingreso en prisión si el<br />
acusado o acusada aceptaba someterse a un tratamiento.<br />
En ese modelo de justicia terapéutica se posibilitaba<br />
que una vez que el condenado autorizaba<br />
ser derivado a un juzgado de tratamiento<br />
de drogas, aceptaba realizar un tratamiento,<br />
mantenerse libres de drogas y someterse<br />
a la supervisión judicial de este proceso,
evitaba ir a prisión. Son propuestas de las que<br />
podemos extraer aprendizajes interesantes en<br />
los que integrar también a las víctimas y el entorno<br />
social afectado por el delito.<br />
Convención contra la tortura<br />
El derecho, todo el derecho, siendo un “artificio”<br />
construido por los seres humanos, como<br />
derecho positivo y no ya “natural”, se justifica<br />
racionalmente si, y sólo si, se realiza la<br />
minimización del dolor 4 .<br />
El respeto a los derechos humanos constituye<br />
la respuesta más justa a las necesidades humanas<br />
básicas 5 . Alejarnos de ese respeto nos<br />
sitúa en un nuevo escenario, que propugna como<br />
modelo el cese o suspensión de los mismos<br />
cuando los delitos cometidos sean tan repugnantes<br />
que justifiquen el uso del asesinato o de<br />
la tortura, como en el caso del reciente asesinato<br />
de Bin Laden.<br />
La Convención contra la Tortura y otros<br />
Tratos o Penas Crueles, Inhumanos y Degradantes<br />
de 1984, que entró en vigor el 26 de Junio<br />
de 1987 nos recuerda los compromisos que<br />
exigen a los Estados “tomar medidas legislativas,<br />
administrativas y judiciales o de otra índole<br />
para impedir los actos de tortura(…)”, “en<br />
opinión<br />
ningún caso podrán invocarse circunstancias<br />
excepcionales tales<br />
como estado de guerra o amenaza<br />
de guerra, inestabilidad política<br />
interna o cualquier otra emergencia<br />
pública como justificación<br />
de la tortura”, “castigar esos delitos<br />
con penas adecuadas en las<br />
que se tenga en cuenta su gravedad”<br />
y “que se garantice a la víctima<br />
(...) la reparación y el derecho<br />
a una indemnización justa y<br />
adecuada, incluidos los medios para<br />
su rehabilitación lo más completa<br />
posible”.<br />
Y España forma parte de la<br />
Convención. Por ello, debemos<br />
continuar exigiendo el respeto de<br />
los derechos humanos de todos los<br />
ciudadanos, sin exclusiones, requiriendo<br />
al Gobierno Español<br />
que exija el cumplimiento de la<br />
Convención contra la Tortura para<br />
impulsar su erradicación definitiva<br />
(dentro y fuera de nuestras fronteras), sin<br />
condiciones ni suspensiones.<br />
Todas las penas se cumplen<br />
Hay también un sector de la sociedad que<br />
tiene la sensación de que se vive en un estado<br />
de impunidad (máxime si nos referimos a los<br />
menores infractores) en el que parece que las<br />
penas no se cumplen y los delincuentes entran<br />
por una puerta y salen por otra, pero la realidad<br />
es bien distinta.<br />
Todas las penas cuya ejecución se inicia, se<br />
cumplen íntegramente. Ya no existe la redención<br />
por el trabajo, es decir, no se puede acortar<br />
la duración de la pena impuesta. Nuestro<br />
sistema penitenciario se caracteriza por su dureza<br />
e inflexibilidad. Es excepcional que el centro<br />
penitenciario conceda una clasificación inicial<br />
en tercer grado y si así lo hace, nos encontramos<br />
con el recurso del Ministerio Fiscal<br />
que ve en esta concesión graves riesgos para la<br />
seguridad de la ciudadanía, utilizando en su argumentación<br />
modelos preestablecidos, no individualizados,<br />
alejados de las recomendaciones<br />
de Concepción Arenal cuando insistía<br />
“en la necesidad de conocer las condiciones individuales<br />
del delincuente”, el conocimiento de<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
©51
©52<br />
opinión<br />
Es interesante volver la vista<br />
atrás y mirar a finales de los<br />
años 80 en los que se buscaron<br />
alternativas eficaces que<br />
rompieran el esquema drogasdelitos-prisión.<br />
Así, en algunos<br />
estados de EEUU se creó un<br />
nuevo concepto de juzgado que<br />
incorporaba los principios de<br />
la justicia terapéutica y la<br />
resolución de problemas.<br />
lo peculiar del individuo es fundamental para<br />
posibilitar su reinserción social. Recomendación<br />
que no se queda en el lirismo de Concepción<br />
Arenal, sino que es una obligación impuesta<br />
por los artículos 59 y ss. de la Ley Orgánica<br />
General Penitenciaria.<br />
Así, la tendencia es a que la sanción sea lo<br />
más larga posible y se cumpla íntegramente<br />
dentro de los muros de las prisiones.<br />
Panorama poco alentador<br />
Y aún en ese escenario poco alentador, debemos<br />
seguir siendo perseverantes al exigir un<br />
tratamiento, voluntario, en cuya planificación<br />
y ejecución participe la persona privada de libertad<br />
(art. 61 LOGP y 112 del Reglamento<br />
Penitenciario). Recordarnos esta obligación legalmente<br />
configurada provocaría la sonrisa de<br />
todos los presos que conozco. Nunca, ninguno<br />
ha participado en ese diseño.<br />
Apuntando algunas conclusiones prácticas,<br />
entiendo que es necesario:<br />
1º.- Aplicar las medidas existentes que permitan<br />
la reinserción social, dotando a las instituciones<br />
que deben aplicar esas medidas del<br />
presupuesto necesario para su ejecución, priorizando<br />
presupuestariamente en los casos de<br />
que el tratamiento sea en prisión, el tratamiento<br />
a la seguridad.<br />
2º.- Estamos éticamente obligados a buscar<br />
alternativas eficaces a la prisión, con un de-<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
bate sosegado y teniendo en cuenta los datos<br />
rigurosos aportados por los investigadores sociales.<br />
3º.- La Justicia debe ser permeable a las<br />
aportaciones de otras ramas del conocimiento<br />
como la Psicología, la Educación y el Trabajo<br />
Social.<br />
4º.- Incorporar el nuevo paradigma de la<br />
Justicia Restaurativa, atendiendo fundamentalmente<br />
a la justa reparación del daño causado<br />
y las reales necesidades de víctimas e infractores.<br />
5º.- El respeto a los derechos humanos<br />
constituye la respuesta más justa a las necesidades<br />
humanas básicas.<br />
Y para finalizar, no olvidar nunca la gran<br />
lección que en forma de poema encabeza este<br />
artículo y que desarrolla su autor en su libro<br />
“Decidme cómo es un árbol” que en palabras<br />
de José Saramago, autor del prólogo del mismo,<br />
es un “soplo de aire fresco que llega para<br />
derrotar el cinismo, a la indiferencia, a la cobardía”.<br />
©<br />
(Artículo redactado dentro del marco del I+D, DER<br />
2008-01764 sobre “Justicia restaurativa, mediación y<br />
sistema penal”).<br />
NOTAS<br />
1.Gómez de Liaño, J.: “La mujer del preso”. Artículo publicado<br />
en el periódico El Mundo, 16 junio de 2010.<br />
2.González-Carvajal Santabárbara, Luis. Ponencia impartida<br />
dentro del marco del VIII Congreso Nacional de Pastoral<br />
Penitenciaria. Madrid 10 de septiembre de 2010.<br />
3.Winick., Bruce J. : “Justicia terapéutica y los Juzgados de<br />
Resolución de Problemas”.<br />
4.L. Ferrajoli: “Democracia y garantismo”Editorial Trotta<br />
2008, cit. pp. 125<br />
5.Jiménez Zamora, Vicente: “Derechos Humanos y colectivos<br />
vulnerables: un reto para la Iglesia”. Comunicación<br />
realizada en el marco del VIII Congreso Nacional de Pastoral<br />
Penitenciaria. Madrid, 10/12 septiembre 2010.
©54<br />
opinión<br />
Hace ya tiempo que Europa y España declararon la guerra a la<br />
inmigración irregular y desde entonces no se han escatimado medios<br />
para salir victoriosos en una lucha desigual, cuya legitimidad ética<br />
resulta más que dudosa y que en muchas de sus manifestaciones se<br />
traduce en un auténtico atropello de los derechos más básicos de las<br />
personas migradas.<br />
¿QUÉ SON LOS CIE?<br />
Margarita Martínez Escamilla<br />
opinión<br />
En esta guerra sin<br />
cuartel no se repara<br />
en medios materiales<br />
–patrullas, sofisticados<br />
radares, vallas coronadas<br />
de cuchillas…−, dotándose<br />
los Estados también de unos<br />
instrumentos jurídicos, de<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
Un acercamiento a los<br />
Centros de Internamiento<br />
para extranjeros en<br />
unas normas que permiten<br />
tratar a la persona migrante<br />
como si de un peligroso enemigo<br />
se tratara. Como rezaba<br />
un contundente dibujo<br />
de El Roto, cada vez se necesitan<br />
ejércitos mayores para<br />
defender lo indefendible.<br />
Uno de los ejemplos más<br />
sangrantes de estas políticas<br />
represivas son Centros de<br />
Detención existentes a lo largo<br />
y ancho de toda Europa y<br />
que en nuestro país reciben el<br />
nombre de Centros de Internamiento<br />
para Extranjeros
(CIE). En España, un migrante<br />
en situación irregular<br />
−por entrada clandestina,<br />
por pérdida sobrevenida del<br />
inicial permiso a consecuencia<br />
en muchos casos de la crisis<br />
económica, etc.−, pronto<br />
se percata de que la guerra<br />
contra la inmigración no se<br />
libra sólo para evitar la entrada,<br />
sino que, una vez dentro,<br />
las fronteras siguen levantadas<br />
en cada calle, en cada<br />
esquina, y que en cualquier<br />
momento puede ser<br />
parado por la policía en uno<br />
de los numerosos controles<br />
de identidad que se realizan<br />
con la finalidad de detectar<br />
inmigrantes irregulares, y en<br />
los cuales se selecciona a las<br />
personas fundamentalmente<br />
por sus rasgos étnicos. Algunas<br />
de estas prácticas carecen<br />
de cobertura legal y<br />
otras vulneran la legalidad<br />
internacional como ha dictaminado<br />
el Comité de Derechos<br />
Humanos de las Naciones<br />
Unidas en relación<br />
con la selección étnica en los<br />
controles policiales; prácticas<br />
negadas cínicamente por los<br />
representantes del Ministerio<br />
de Interior, pero reconocidas<br />
por amplios sectores de la<br />
policía que denuncian unas<br />
directrices que les inducen a<br />
tratar a los inmigrantes como<br />
delincuentes.<br />
Casi prisiones…<br />
a veces peor que<br />
prisiones<br />
Una vez trasladado a comisaría,<br />
el inmigrante sin los<br />
papeles en regla puede permanecer<br />
en ésta hasta setenta<br />
y dos horas dentro de las<br />
cuales la persona detenida ha<br />
de ser puesta en libertad o,<br />
previa autorización judicial,<br />
ingresada en un CIE, donde<br />
la privación de libertad puede<br />
prolongarse hasta sesenta<br />
días a la espera de una orden<br />
de expulsión. Las condiciones<br />
jurídicas y materiales de los<br />
CIE han sido duramente criticadas<br />
por asociaciones e<br />
instituciones y organismos<br />
nacionales e internacionales.<br />
Lógicamente, existe una gran<br />
diversidad entre los centros<br />
por cuestiones tan variadas<br />
como las características de los<br />
edificios que ocupan o el tipo<br />
de inmigrantes que alberga.<br />
Por ello, aunque hay deficiencias<br />
que no pueden ser<br />
predicadas de todos ellos,<br />
no deberían serlo de ninguno<br />
y es un hecho cierto que la<br />
historia de los CIE está plagada<br />
de denuncias de vulneraciones<br />
de derechos de los<br />
migrantes. Así, por ejemplo,<br />
se ha denunciado que muchos<br />
de estos centros, a pesar<br />
de las proclamaciones de la<br />
ley, tienen una estructura cla-<br />
Un migrante en situación irregular pronto se<br />
percata de que la guerra contra la<br />
inmigración no se libra sólo para evitar la<br />
entrada, sino que, una vez dentro, las<br />
fronteras siguen levantadas en cada calle,<br />
en cada esquina…<br />
opinión<br />
ramente penitenciaria, incluso<br />
algunos, como el de Algeciras,<br />
están ubicados en antiguas<br />
prisiones, y el régimen<br />
de vida también se configura<br />
con un esquema marcadamente<br />
carcelario. También<br />
son constantes las denuncias<br />
por las deficientes condiciones<br />
higiénicas, el frío, la inexistencia<br />
de asistencia médica<br />
adecuada, la inexistencia,<br />
en contra de lo establecido<br />
por la ley, de trabajador<br />
social, o intérprete. Asimismo<br />
constituye una clamor la queja<br />
frente a la negativa del Ministerio<br />
de Interior a permitir<br />
la entrada en los CIE a las<br />
asociaciones que trabajan<br />
con inmigrantes, excepción<br />
hecha de la Cruz Roja que sí<br />
presta servicios en el interior,<br />
parece ser que previo compromiso<br />
de confidencialidad.<br />
Una falta de transparencia<br />
que resulta preocupante y<br />
que contrasta con la relativa<br />
facilidad del Tercer Sector<br />
para desarrollar sus actividades<br />
dentro de las cárceles.<br />
Lo cierto es que en cuanto<br />
a garantías jurídicas, los<br />
CIE son de peor condición<br />
que las prisiones. Así, por<br />
ejemplo, mientras que en las<br />
prisiones las funciones de<br />
custodia y tratamiento corren<br />
a cargo de funcionarios civiles<br />
especializados, los CIE<br />
son dirigidos y los internos<br />
custodiados por miembros<br />
del Cuerpo Nacional de Policía<br />
sin que a estos policías,<br />
muy frecuentemente recién<br />
salidos de la academia, se les<br />
proporcione una mínima formación<br />
para atender y tratar<br />
debidamente a las personas<br />
privadas de libertad en estos<br />
centros. Y si bien no se trata<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
©55
©56<br />
opinión<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
de presuponer un mal hacer<br />
policial en la ejecución de esta<br />
función, también es cierto<br />
que la policía, por las labores<br />
que tiene asignadas, tiende a<br />
relacionarse con la inmigración<br />
de una forma fundamentalmente<br />
represiva.<br />
En contextos de privación<br />
de libertad quien custodia, en<br />
este caso la Policía Nacional,<br />
detenta un intenso poder sobre<br />
las personas custodiadas:<br />
determina a qué hora se<br />
acuestan o se levantan, con<br />
quién comparten la celda, o<br />
cuándo y cuánto tiempo pueden<br />
comunicar con su familia.<br />
Es lo que los juristas llamamos<br />
“relaciones de sujeción<br />
especial” que en situaciones<br />
de encierro supone,<br />
además, que cualquier relación<br />
con el exterior está mediatizada<br />
por la policía, amén<br />
del hecho de que la persona<br />
presa o detenida necesita de<br />
su colaboración para poder<br />
ejercer derechos básicos, como<br />
por ejemplo, el derecho<br />
de defensa.<br />
Resulta evidente que estos<br />
contextos de privación de libertad<br />
son proclives a la arbitrariedad<br />
y al abuso y este<br />
peligro se ve acrecentado porque<br />
los CIE carecen de una<br />
normativa adecuada que regule<br />
cuestiones básicas como<br />
el derecho de los internos a comunicar<br />
con sus familiares y<br />
amigos o algo tan esencial, pero<br />
no garantizado, como la<br />
posibilidad de hacer llegar al<br />
exterior denuncias y quejas<br />
con absoluto respeto al derecho<br />
al secreto de las comunicaciones.<br />
Parece que el Ministerio<br />
de Interior pronto<br />
presentará un Borrador de<br />
Reglamento de los CIE, aun-
que a las asociaciones que trabajamos<br />
en este ámbito no se<br />
nos ha permitido ni conocer<br />
sus líneas básicas, ni poder exponer<br />
nuestras preocupaciones<br />
y ni hacer ningún tipo de<br />
aportación. Es de suponer<br />
que publicado el Borrador y<br />
con el único fin de “cubrir el<br />
expediente” se dará un ridículo<br />
plazo de quince días para<br />
que aleguemos sobre un<br />
texto extenso y complejo, cubriendo<br />
así el trámite de audiencia<br />
y avanzando hacia<br />
una forma de gobernar que de<br />
democracia sólo parece conservar<br />
lo formal.<br />
Falta de transparencia<br />
y déficits legales<br />
Otra muestra de esta absoluta<br />
falta de transparencia<br />
del Ministerio del Interior<br />
es que no se den a conocer cifras<br />
sobre cuestiones tan elementales<br />
como el número de<br />
personas que ingresan en los<br />
CIE, cuántas de ellas son<br />
realmente expulsadas y cuántas<br />
puestas en libertad tras un<br />
periodo de encierro. A pesar<br />
de la ausencia de cifras oficiales,<br />
por la observación directa,<br />
a través del contacto<br />
con personas migradas que<br />
han sufrido el encierro y con<br />
sus familiares sabemos que<br />
un elevado porcentaje de extranjeros<br />
son puestos en libertad<br />
antes o transcurridos<br />
los sesenta días, lo que hace<br />
sospechar que el internamiento<br />
de facto en muchos<br />
casos no está siendo utilizado<br />
como una medida cautelar,<br />
es decir, asegurativa de la<br />
expulsión, sino más bien como<br />
un castigo encubierto<br />
destinado a castigar la irregularidad<br />
administrativa u<br />
hostigar al inmigrante para<br />
que regrese a su país y disuadir<br />
a los que aun estén<br />
pensado en emprender la<br />
aventura migratoria.<br />
Pero en el internamiento<br />
de extranjeros no sólo nos topamos<br />
con déficits legales<br />
en cuanto las normas o bien<br />
omiten garantías o bien no<br />
regulan los cauces necesarios<br />
para hacerlas valer. A este<br />
déficit legal se une un déficit<br />
de aplicación de aquellas<br />
garantías que, a pesar de su<br />
consagración legal, simplemente<br />
no se hacen valer. Así,<br />
conveniente una llamada de<br />
atención sobe el hecho de que<br />
muchos Juzgados de Instrucción,<br />
que son quienes, a<br />
solicitud de la policía, han de<br />
aprobar el internamiento, lo<br />
hacen de una forma automatizada,<br />
sin pararse a analizar<br />
las circunstancias del caso<br />
y sin tener presente que,<br />
como ya tempranamente advertía<br />
el Tribunal Constitucional,<br />
la intervención judicial<br />
no debía ser un simple acto<br />
de ratificación formal de la<br />
solicitud de internamiento, sino<br />
suponer una auténtica<br />
garantía del derecho a la li-<br />
opinión<br />
bertad personal. Lamentablemente<br />
muchos jueces no<br />
están cumpliendo esta función<br />
de garantía y en los CIE<br />
encontramos demasiadas personas<br />
que con la ley en la mano<br />
nunca debieron entrar:<br />
personas con arraigo, con la<br />
familia en España, con problemas<br />
de salud, embarazadas<br />
con riesgo de aborto,<br />
víctimas de trata de seres<br />
humanos, hasta se han detectado<br />
menores de edad.<br />
Por supuesto que buena parte<br />
de la judicatura hace bien<br />
su trabajo, pero especialmente<br />
en este ámbito –quizá<br />
porque la autorización del internamiento<br />
se encomienda a<br />
una jurisdicción no experta<br />
en extranjería– hemos encontrado<br />
demasiados déficits<br />
en la aplicación de garantías<br />
y es nuestro deber dar<br />
un toque de atención.<br />
Pedir mejoras y<br />
trabajar por la<br />
supresión<br />
Existe una discusión a<br />
mi juicio estéril sobre si pedir<br />
mejoras en las condiciones jurídicas<br />
y materiales del internamiento<br />
supone legiti-<br />
Quien esto suscribe apuesta por otra<br />
forma de entender y tratar la inmigración<br />
donde los CIE no tendrían razón de ser,<br />
una forma que en absoluto es más<br />
irrealizable que la paranoica idea de una<br />
Europa fortaleza. Pero a la crisis<br />
económica se ha sumado otra crisis tanto<br />
o más preocupante: la crisis de los<br />
derechos.<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
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© 58<br />
opinión<br />
El internamiento es una forma totalmente<br />
errónea de gestionar los movimientos<br />
migratorios, sin que los reducidos éxitos<br />
de contención que en su haber se puedan<br />
computar consigan justificar las ingentes<br />
cantidades de dolor que genera.<br />
mar esta figura. Quien esto<br />
suscribe apuesta por otra<br />
forma de entender y de tratar<br />
la inmigración donde los CIE<br />
no tendrían razón de ser,<br />
una forma que en absoluto es<br />
más irrealizable que la paranoica<br />
idea de una Europa fortaleza.<br />
Pero a la crisis económica<br />
se ha sumado otra<br />
crisis tanto o más preocupante:<br />
la crisis de los derechos,<br />
y no parece cercano el<br />
día en que tan indignos lugares<br />
desaparezcan, por lo<br />
que al tiempo que trabajamos<br />
con este fin lo hacemos también<br />
para que el Derecho no<br />
se detenga a las puertas de los<br />
CIE. Por eso, podemos reconocer<br />
algún avance, como<br />
por ejemplo la introducción<br />
por la última reforma de la<br />
Ley de Extranjería de los<br />
“jueces de control”, cuya<br />
misión es velar por el respeto<br />
de los derechos de los internados<br />
en los CIE, jueces<br />
que ya han empezado a dictar<br />
resoluciones obligando a<br />
los Directores de algunos a<br />
tomar medidas para la mejora<br />
de condiciones sanitarias,<br />
para un mayor respeto<br />
al derecho a la comunicación<br />
con familiares y amigos o en<br />
relación con el derecho de los<br />
internos a entrar en contacto<br />
con ONGs y asociaciones.<br />
Esta recién estrenada función<br />
choca sin embargo con<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
importantes obstáculos, por<br />
lo que no cabe sino animar a<br />
estos jueces en su nueva y<br />
complicada andadura y confiar<br />
en que no se utilice el Reglamento<br />
para cercenar de<br />
forma tramposa una función<br />
tan necesaria.<br />
Europa y la Directiva<br />
de la vergüenza<br />
Esta es la realidad del internamiento<br />
en nuestro país.<br />
El panorama europeo no es<br />
más esperanzador precisamente,<br />
no sólo por actitudes<br />
absolutamente repudiables<br />
de nuestros socios europeos<br />
en relación con la población<br />
migrada, sino porque el marco<br />
normativo europeo es un<br />
instrumento al servicio de<br />
esa guerra encarnizada contra<br />
la inmigración irregular.<br />
No puedo concluir este artículo<br />
sin mencionar La Directiva<br />
208/115/CE del Parlamento<br />
Europeo y del Consejo,<br />
de 16 de diciembre de<br />
2008, más conocida como<br />
Directiva de la Vergüenza.<br />
Para entender este calificativo<br />
baste saber que su artículo<br />
15 autoriza a los Estados<br />
miembros a encerrar a los extranjeros,<br />
cuando se entienda<br />
necesario para la ejecución de<br />
la expulsión, por un periodo<br />
de seis meses, pudiéndose<br />
prorrogar esta privación de libertad<br />
por doce meses más<br />
cuando la expulsión no se haya<br />
podido efectuar por falta<br />
de cooperación el extranjero<br />
o por demoras en la obtención<br />
de la documentación<br />
necesaria. Esto significa que<br />
si la persona por ejemplo<br />
oculta su nacionalidad, pero<br />
también por causas no imputables<br />
al extranjero como<br />
puede ser la falta de colaboración<br />
de su país, resulta<br />
conforme con el derecho europeo<br />
mantener encerrada<br />
dieciocho meses a una persona,<br />
tan sólo culpable del<br />
flagrante “delito” de buscar<br />
una vida mejor.<br />
El internamiento es sólo<br />
un ejemplo de cómo se utiliza<br />
el poder coercitivo del<br />
Estado en la represión de la<br />
inmigración irregular. Estoy<br />
convencida de que es una<br />
forma totalmente errónea y<br />
además ineficaz de gestionar<br />
los movimientos migratorios,<br />
sin que los reducidos<br />
éxitos de contención que en<br />
su haber se puedan computar<br />
consigan justificar las<br />
ingentes cantidades de dolor<br />
que genera. Muchos pensarán<br />
que semejante intervención<br />
es la única forma de defender<br />
nuestros intereses y<br />
nuestros estándares de bienestar,<br />
pero lo que en modo<br />
alguno pueden ignorar es<br />
que dicha política socava<br />
los principios de nuestro Estado<br />
de Derecho y conlleva<br />
graves vulneraciones de derechos<br />
humanos que como<br />
personas, como sociedad y<br />
como Estado, nos deberían<br />
avergonzar. Si no tenemos la<br />
decencia de desmantelar los<br />
CIE, al menos que no se<br />
conviertan en nuestros particulares<br />
Guantánamos. ©
Jorge del Cura<br />
opinión<br />
La práctica de la tortura<br />
en el Estado español es<br />
una realidad negada por<br />
todas las autoridades,<br />
tanto estatales como<br />
autonómicas o locales.<br />
Esta misma situación se<br />
reproduce, como no podía<br />
ser menos, en relación<br />
con las prisiones y<br />
cárceles dependientes del<br />
Estado y de la<br />
Generalitat de Catalunya<br />
(única comunidad<br />
autónoma con<br />
competencias en materia<br />
penitenciaria).<br />
opinión<br />
tortura y malos<br />
tratos en prisión<br />
Guayasamin, Hambre<br />
Pese a estas negativas, ya en 2002, el<br />
Relator de Naciones Unidas contra<br />
la Tortura, hizo saber al Gobierno<br />
español que había tenido conocimiento de 78<br />
denuncias por agresiones a personas presas en<br />
el Estado español 1 , y son numeroso y constantes<br />
los informes de los organismos internacionales<br />
de prevención de la Tortura que exigen<br />
al Estado español la puesta en práctica de<br />
múltiples y reiteradas recomendaciones para<br />
erradicar y prevenir su práctica en el Estado.<br />
En honor a la brevedad, me remito citándolos,<br />
además de los informes del Relator Especial para<br />
la cuestión de la Tortura ya citado, a los informes<br />
del Comité de Naciones Unidas Contra<br />
la Tortura, Comité de Derechos Humanos<br />
de la ONU, o al Comité Europeo para la Prevención<br />
de la Tortura, del Consejo de Europa.<br />
Denuncias y agresiones<br />
Desde su constitución en 2004, los informes<br />
anuales que hace públicos la Coordinadora<br />
para la Prevención de la Tortura (que agrupan<br />
a 44 organizaciones de Derechos Humanos de<br />
todo el Estado) 2 , recogen alrededor de 40 denuncias<br />
anuales por tortura y/o malos tratos<br />
a personas presas a manos de funcionarios de<br />
Instituciones Penitenciaras españolas.<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
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©60<br />
opinión<br />
A estas denuncias hay que añadir algunos casos<br />
de agresiones por parte de miembros de las<br />
FSE’s durante los traslados entre prisiones, o a<br />
las sedes judiciales para practicar diligencias.<br />
En relación a estos informes es importante<br />
tener en cuenta que, en los mismos no se incluyen<br />
todos aquellos casos de torturas y/o malos<br />
tratos o tratos degradantes de los que se tuvo<br />
conocimiento; varios fueron excluidos por<br />
petición expresa de los agredidos; otros, porque<br />
la información recibida era insuficiente o<br />
no estaba suficientemente contrastada en su<br />
momento, y, sobre todo, que muchas agresiones<br />
son conocidas mucho tiempo después de<br />
haberse producido. En todo caso, desconocemos<br />
qué porcentaje representan las denuncias<br />
incluidas en estos informes sobre el total de los<br />
casos de tortura y/o malos tratos realmente producidos.<br />
El miedo a posibles represalias si denuncian<br />
lo ocurrido (por ejemplo: traslado a otra prisión,<br />
regresión de grado y/o perdida de posibles<br />
permisos o visitas, en el caso de denunciar<br />
las agresiones sufridas), el desconocimiento de<br />
los cauces para denunciar o reclamar; el des-<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
conocimiento de organizaciones de Derechos<br />
Humanos que podrían ayudarles; la desconfianza<br />
en las instituciones, de las que únicamente<br />
han percibido desprecio y rechazo… hacen<br />
que muchas de las agresiones que estas personas<br />
sufren no sean denunciadas o se prefiera<br />
no hacerlas públicas.<br />
A título de ejemplo podemos poner los resultados<br />
obtenidos por la encuesta incluida en<br />
el libro colectivo “Andar 1 Kilómetro en Línea<br />
Recta” 3 y elaborada en la segunda mitad de la<br />
pasada década.<br />
En la encuesta efectuada, de casi 1.700 personas<br />
presas que contestaron la encuesta,<br />
1.240 (73%) manifestaron haber sufrido torturas<br />
o malos tratos durante su privación de libertad,<br />
pero sólo 203 (22,4%) lo denunciaron<br />
en los juzgados.<br />
De los casos denunciados en los Juzgados,<br />
únicamente 57 (28%) llegaron a juicio, pero<br />
casi el 60% de estos (34 casos) acabaron con<br />
la condena del preso que denunció haber sido<br />
agredido.<br />
Por lo que se refiere al informe correspondiente<br />
al año 2010, que se hará público a<br />
mediados del próximo mes de junio,<br />
este recoge un total de 41<br />
agresiones.<br />
De estas 41 agresiones, en tres<br />
casos, se está investigando una posible<br />
relación de la agresión denunciada<br />
con la posterior muerte<br />
del preso.<br />
El primer caso tuvo lugar el<br />
24 de Febrero, en la prisión gaditana<br />
de Puerto III, donde moría<br />
F.K., melillense de 31 años, y<br />
está siendo investigado por el<br />
Juzgado de Instrucción nº 5 de El<br />
Puerto de Santa María, que en junio<br />
de 2010 tomó declaración a<br />
tres funcionarios de la prisión, entre<br />
ellos el que fue denunciado por<br />
amenazas<br />
Un segundo caso se produjo el<br />
3 de abril en la prisión barcelonesa<br />
de Quatre Camins, donde<br />
murió J.T.V., de 24 años, y que es<br />
investigada por el Juzgado de<br />
Instrucción nº 4 de Granollers,<br />
Barcelona
Las resoluciones de<br />
diversas Audiencias<br />
Provinciales están<br />
revocando los autos de<br />
archivo de denuncia por<br />
tortura y/o malos tratos<br />
decretados por los jueces<br />
de instrucción. Por<br />
primera vez en algunas<br />
ocasiones se ha acordado<br />
la suspensión de empleo y<br />
sueldo del funcionario<br />
denunciado durante la<br />
tramitación del<br />
procedimiento.<br />
Un tercer caso, se produjo el 4 de abril, esta<br />
vez en la prisión madrileña de Estremera,<br />
donde E.L.L., al que faltaba un brazo, apareció<br />
ahorcado de la ventana de la celda que ocupaba.<br />
Si bien la versión oficial habla de suicidio,<br />
el Juzgado de Instrucción nº 6 de Arganda<br />
del Rey (Madrid), es el encargado de investigar<br />
lo ocurrido.<br />
Un nuevo caso de muerte de un preso bajo<br />
la sospecha de agresión por parte de los funcionarios,<br />
tuvo lugar el pasado 8 de abril de este<br />
año, 2011, en la prisión madrileña de Estremera,<br />
donde murió A.M.R., ciudadano<br />
dominicano después de ser “reducido” violentamente<br />
por un grupo de funcionarios. Esta<br />
muerte está siendo investigada por el Juzgado<br />
nº 3 de Arganda del Rey (Madrid).<br />
Investigación de torturas<br />
Como ya se ha visto por los datos recogidos<br />
en el informe “Andar un kilómetro en línea<br />
Recta”, una inmensa mayoría de las denuncias<br />
son archivadas, cuando no se vuelven<br />
en contra del preso que osa denunciar.<br />
Sin embargo, esta situación podría estar<br />
cambiando.<br />
Ya se ha hecho referencia a los informes de<br />
los organismos internacionales de Prevención<br />
opinión<br />
de la Tortura, si a las críticas y recomendaciones<br />
de estos organismo unimos las sentencias del<br />
Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo<br />
que han condenado al Estado español<br />
por no investigar de forma efectiva las denuncias<br />
por tortura (hasta el momento son cuatro<br />
las sentencias del TEDH de Estrasburgo en<br />
este sentido. Las cuatro corresponden a casos<br />
anteriores al año 2002 y son decenas las demandas<br />
contra el Estado español presentadas<br />
desde entonces con visos de obtener los mismos<br />
resultados negativos para el Estado), y las resoluciones<br />
del Comité de la ONU Contra la<br />
Tortura condenado al Estado español por las<br />
mismas razones (en tres ocasiones hasta ahora),<br />
estas están teniendo efecto en algunos Tribunales<br />
y magistrados.<br />
Y así, tras la primera condena al Estado por<br />
no investigar un caso de torturas, el Tribunal<br />
Constitucional ha concedido amparo, al menos,<br />
a nueve personas que denunciaron que sus<br />
denuncias por tortura no habían sido investigadas<br />
(dos de estos casos corresponden a<br />
personas presas que denunciaron haber sido<br />
torturadas y/o vejadas en sendos centros penitenciario:<br />
una en Aranjuez (Madrid) y otra<br />
en Villabona (Asturias), ordenando a los juzgados<br />
de instrucción que practiquen las pruebas<br />
necesarias. Igualmente son las resoluciones<br />
de diversas Audiencias Provinciales las que están<br />
revocando los autos de archivo de denuncias<br />
por tortura y/o malos tratos decretados por<br />
los jueces de instrucción. Es más, por primera<br />
vez, en algunas ocasiones, y contra la práctica<br />
anterior, se ha acordado la separación de<br />
empleo y suspensión de sueldo del funcionario<br />
denunciado durante la tramitación del procedimiento.<br />
Igualmente se han producido varias condenas<br />
de funcionarios por malos tratos en Albolote<br />
(Granada) y Sevilla, así como por abusos<br />
sexuales a mujeres presas en Nanclares de<br />
la Oca (Álava), A Lama (Pontevedra), Meco<br />
(Madrid)) y son numerosos los procedimientos<br />
actualmente en trámite en los juzgados por<br />
hechos similares.<br />
Los casos anteriores se refieren a situaciones<br />
que, por numerosas y habituales que pudieran<br />
ser, se refieren siempre a situaciones puntuales<br />
y, aunque negadas, son claramente prohibidas<br />
en la ordenación penitenciaria.<br />
©RÍTICA ❙ Nº 971 ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
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©62<br />
opinión<br />
Legalización del maltrato<br />
Sin embargo, el Estado español acaba de legalizar<br />
una forma de maltrato sistemático en<br />
el interior de las prisiones, y nos referimos al<br />
antiguo régimen FIES (Fichero de Internos en<br />
Especial Seguimiento) que, cambiando de<br />
nombre ha sido incorporado al Reglamento Penitenciario<br />
por el Real Decreto 419/2011, y que<br />
entró en vigor el 15 de abril.<br />
Este régimen, que el Comité de Naciones<br />
Unidas Contra la Tortura había considerado en<br />
su informe sobre el Estado español de noviembre<br />
de 2010, como un “trato prohibido<br />
por el art. 16 de la Convención” de NN.UU.<br />
contra la Tortura, y que puede afectar a más<br />
de 1200 personas presas, clasificadas en primer<br />
grado, “consiste en estar entre 20 o 21 horas<br />
aisladas en la celda; sufrir cacheos con una frecuencia<br />
que oscila entre varias veces al día y una<br />
vez a la semana; registros en las celdas con igual<br />
frecuencia; varios recuentos al día y uno de madrugada;<br />
traslado con grilletes dentro de la prisión;<br />
ausencia de actividades de tratamiento;<br />
unas dos o tres horas fuera de la celda en un<br />
patio pequeño de 25 metros de largo por ocho<br />
de ancho, y en ocasiones, cerrado por la parte<br />
de arriba como una jaula; sin contacto con<br />
otras personas salvo con algún preso con<br />
quien se comparte patio –en una segunda fase<br />
pueden estar con más presos–; sometidos a<br />
cambios de celda y de prisión frecuentes. La<br />
consecuencia es que este régimen de aislamiento,<br />
en el cual los presos pueden permanecer<br />
durante años, “destruye, destroza, aniquila como<br />
persona, en la medida en que se sienten tratados<br />
como animales” explica Julián Ríos en<br />
la investigación sobre la realidad carcelaria:<br />
“Andar un kilómetro en línea recta”. Es incompatible<br />
tanto con una solución positiva del<br />
conflicto desde un punto de vista humano y<br />
convivencial, como con el contenido constitucional<br />
del derecho a la dignidad personal, debido<br />
a las graves consecuencias físicas y psíquicas<br />
que genera. Pero este régimen de represión<br />
y control, pese a su extrema dureza, lejos<br />
de modificarse, ha seguido sofisticándose” 4 .<br />
La Coordinadora para la Prevención de la<br />
Tortura nació con el objetivo principal de velar<br />
por la aplicación y el seguimiento de los mecanismos<br />
internacionales de prevención de la<br />
tortura en el Estado español, de manera espe-<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
Igualmente se han producido<br />
varias condenas de funcionarios<br />
por malos tratos en Albolote<br />
(Granada) y Sevilla, así como<br />
abusos sexuales a mujeres presas<br />
en Nanclares de la Oca (Álava),<br />
A Lama (Pontevedra), Meco,<br />
(Madrid) y son numerosos los<br />
procedimientos actualmente en<br />
trámite en los juzgados por<br />
hecho similares..
cial el Protocolo Facultativo de la Convención<br />
contra la Tortura y otros Tratos o Penas<br />
Crueles, Inhumanos o Degradantes de las<br />
Naciones Unidas 5 .<br />
Este Protocolo preveía la posibilidad de que<br />
organismos de vigilancia, radicados en cada estado<br />
pero independientes de los tres poderes,<br />
trabajen bajo el amparo de la ONU, con facultades<br />
para entrar en cualquier centro de privación<br />
de libertad –cárceles, centros de detención,<br />
comisarías…– y desvelar las posibles<br />
vulneraciones de la Convención contra la<br />
Tortura que se constaten.<br />
Pero también sabemos que la ratificación<br />
de tratados, convenios y protocolos a nivel internacional<br />
son una baza para que el Estado se<br />
vea legitimado ante el resto de los estados: “firmamos<br />
protocolos contra la tortura, luego somos<br />
los campeones del respeto de los derechos<br />
humanos”. El silogismo no funciona. En efecto,<br />
el Estado español ha firmado y ratificado<br />
el Protocolo Facultativo, mostrando una aparente<br />
voluntad de cara a la comunidad internacional…<br />
Pero, lo cierto es que el Estado español,<br />
como por otra parte han hecho la práctica<br />
totalidad de los Estados que firmaron, se<br />
ha adherido al Protocolo, ha designado para<br />
esta misión, en contra de la opinión de todos<br />
los grupos de la sociedad civil interesados, a la<br />
Oficina del Defensor del Pueblo: organismo ya<br />
existente que no ha mostrado, a los largo de<br />
sus casi treinta años de existencia, ninguna voluntad<br />
real para erradicar la tortura.<br />
La designación del Defensor del Pueblo como<br />
Mecanismo Nacional de Prevención de la<br />
Tortura, contó, desde el primer momento, con<br />
la oposición de las Organizaciones de Derechos<br />
Humanos del Estado, y el Estado intentó por<br />
todos sus medios aparentar que esta decisión<br />
unilateral, tomada de antemano al menos<br />
desde 2006, se había producido después de un<br />
“proceso abierto de consultas con la sociedad<br />
civil” 6 .<br />
Tras la designación oficial y definitiva del<br />
Defensor del Pueblo como MNPT, en octubre<br />
de 2009, la Coordinadora para la Prevención<br />
de la Tortura, junto con Amnistía Internacional,<br />
APDHE y la AEDIDH, elevaron un nota<br />
al Comité Contra la Tortura y al Subcomité Internacional<br />
para la Prevención de la Tortura,<br />
ambos con sede en Ginebra, mostrando su to-<br />
opinión<br />
tal rechazo y malestar por la forma en que se<br />
llevó a cabo el proceso. En concreto se denunciaba<br />
que dicho proceso no había cumplido<br />
los principios de transparencia y participación<br />
de la sociedad civil, ni, con dicha designación,<br />
se garantizaban los principios de independencia,<br />
funcional ni económica.<br />
La tarea de la Coordinadora y demás grupos<br />
de la sociedad civil es, ahora y en este aspecto,<br />
vigilar la actividad de este mecanismo.©<br />
NOTAS<br />
1. Estas denuncias habían sido recopiladas por la Coordinadora<br />
de Solidaridad con las Personas Presas, que publicó informes<br />
sobre la situación de la tortura en las cárceles del Estado<br />
entre los años 1996 y 2002. El informe del Relator,<br />
E/CN.2/2002/76/add.1 de 14 de marzo de 2002. Puede verse<br />
en http://ap.ohchr.org/documents/dpage_e.aspx?m=103<br />
2. Los informes pueden verse en http://www.prevenciontortura.org/documentos/<br />
3. “Andar 1 Km en línea recta, la cárcel del siglo XXI que vive el<br />
preso”, de Manuel Gallego Díaz, Pedro José Cabrera Cabrera,<br />
Julián Carlos Ríos Martín y José Luis Segovia Bernabé. Editorial<br />
Universidad de Comillas, 2010.<br />
4. Ver el monográfico de Periódico Diagonal, 19 de mayo de 2011:<br />
“La cárcel dentro de la cárcel vuelve a tener cobertura legal”.,<br />
http://www.diagonalperiodico.net/La-carcel-dentro-de-lacarcel.html;<br />
“Consagrar un trato degradante”, de José Luis Segovia,http://www.diagonalperiodico.net/Consagrar-un-trato-degradante.html;<br />
y “Es incompatible don la dignidad”, entrevista<br />
con Julián C. Ríos.<br />
http://www.diagonalperiodico.net/Es-incompatible-con-ladignidad.html<br />
5. El texto de OPCAT puede verse en http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?id=BOE-A-2006-11128<br />
6. Ver “El proceso de puesta en funcionamiento del OPCAT y los<br />
Mecanismos Nacionales de Prevención de la Tortura”, incluido<br />
en el libro colectivo “La Creación del Mecanismo Español<br />
de Prevención de la Tortura”, directores Fernando M. Mario y<br />
Alicia Cebada, Editorial Iustel, Madrid 2009<br />
©RÍTICA ❙ Nº 971 ❙ Enero-Febrero 2011<br />
©63
PÁGINAS GENERALES<br />
l Secretaría General de Instituciones<br />
Penitenciarias :<br />
http://www.institucionpenitenciaria.es/<br />
Con información institucional. Organigrama:<br />
http://www.tuabogadodefensor.com/<br />
Archivos_pdf/Organigrama_DGIP_Web.pdf<br />
l Prisiones e Instituciones Penitenciarias:<br />
http://www.prisiones.info/<br />
Web institucional que presenta la información<br />
por Comunidades Autónomas.<br />
l Legislación:<br />
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/<br />
Web que presenta una base de datos con toda la<br />
normativa penal.<br />
l Régimen penitenciario:<br />
http://www.tuabogadodefensor.com/<br />
DerechoPenitenciario/penitenciario.htm<br />
Web que considera los derechos de los presos<br />
y su protección.<br />
l Sindicatos:<br />
ACAIP: (sindicato vinculado a USO)<br />
http://www.acaip.info/<br />
CSIF: http://www.csi-csif.es/prisiones/ ;<br />
UGT: http://prisiones.fspugt.es/Home.htm<br />
CCOO: http://www.comisionesprisiones.es/index.php<br />
l Diccionario de derecho penitenciario:<br />
http://www.ucm.es/info/eurotheo/normativa/<br />
index.html<br />
DERECHO PENAL<br />
l Plataforma otro derecho penal es posible: :<br />
http://www.otroderechopenal.com/index.php?optio<br />
n=com_content&view=article&id=3&Itemid=20<br />
Formada por magistrados y profesores<br />
universitarios.<br />
l PAIP: http://www.paip.es/<br />
Información y difusión de temas relacionados con el<br />
derecho penitenciario. Publica un boletín anual.<br />
l Inmigrapenal: http://www.inmigrapenal.com/<br />
Asociación que trabaja temas relacionados con la<br />
inmigración y aplicación del derecho penal.<br />
l Asociación para la Mediación de conflictos:<br />
http://www.mediacionypacificacion.es/<br />
MUJERES EN PRISIÓN<br />
l Mujeres en la cárcel: http://www.quno.org/<br />
geneva/pdf/humanrights/women-in-prison/WiP-<br />
Recent-UN-developments-200603-Spanish.pdf<br />
Informe de la ONU de 2006 poniendo énfasis en lo<br />
relativo al cuidado de los hijos también en prisión.<br />
l Mujeres invisibles:<br />
http://www.nuso.org/upload/articulos/3418_1.pdf<br />
l Mujeres en prisión:<br />
http://www.criminologia.net/pdf/reic/ano5-<br />
2007/a52007art4.pdf<br />
ESTUDIOS<br />
Esther González<br />
direccionesútiles<br />
web<br />
l Estudio que publica la revista de la sociedad de<br />
investigación criminológica:<br />
http://www.criminologia.net/<br />
l Mujeres, integración y prisión:<br />
http://www.surt.org/docs/publicats/<br />
boletin_criminologico.doc<br />
Proyecto de investigación europeo.<br />
l Niños en prisión:<br />
http://www.alfabetizacion.fundacionsantillana.org<br />
/archivos/rese%C3%B1a/Galera.pdf<br />
l Reinserción laboral de reclusos:<br />
http://www.ocavi.com/docs_files/file_724.pdf ,<br />
del colectivo IOE de intervención sociológica;<br />
http://www.uclm.es/BITS/emprende/emprendeI<br />
/introduc.htm, proyecto en Castilla-La Mancha;<br />
http://practicasinclusion.org/content/view/118/30/,<br />
desde La Cruz Roja o trabajo con presos<br />
discapacitados de FEAPS: http://www.feaps.org/<br />
JUSTICIA RESTAURATIVA<br />
l Justicia restaurativa:<br />
http://www.justiciarestaurativa.org/<br />
Web latinoamericana que presenta reflexiones y<br />
experiencias de alternativas a la cárcel en<br />
Latinoamerica.<br />
l GEMME:<br />
http://www.gemme.eu/nation/espana/article/<br />
estatutos-gemme-espana<br />
Asociación de magistrados por la mediación,<br />
que se une a otras similares de ámbito europeo.<br />
VOLUNTARIADO<br />
l Horizontes abiertos:<br />
http://www.horizontesabiertos.org/index.php?<br />
action=getcategory&cat=23<br />
Organización con proyecto de voluntariado<br />
que trabaja habilidades de reinserción social<br />
de los presos.<br />
l Solidarios:<br />
http://www.ucm.es/info/solidarios/<br />
contenido.php?sSuperior=4&id_seccion=17<br />
Ong que tiene programa propio en prisiones.<br />
l Fundación ADSIS:<br />
http://www.fundacionadsis.org/es/page.asp?id=15<br />
Trabaja en apoyo y reinserción de los presos.<br />
l Fundación Ágape:<br />
http://www.agapepenitenciaria.org/<br />
Apoya voluntariado en prisiones, en sus enlaces<br />
aparecen los sitios de pastoral penitenciaria<br />
(http://www.agapepenitenciaria.org/?page_id=627)<br />
en toda España.<br />
l Experiencias bibliotecarias en cárceles:<br />
http://bibliotecasabiertas.wordpress.com/<br />
2011/02/07/las-mujeres-en-las-prisiones-laeducacion-social-en-contextos-de-riesgo-y-conflictos/<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2010<br />
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©66<br />
coordenadas<br />
Nuestra pastoral<br />
penitenciaria:<br />
Preocupaciones y ocupaciones.<br />
Las preocupaciones<br />
radicales, que nos<br />
mueven en nuestro<br />
trabajo de<br />
voluntariado, no se<br />
refieren a los presos<br />
y a su posible<br />
voluntad de cambio y<br />
reorientación de<br />
vida: eso viene<br />
después. Lo primero<br />
es bucear en nuestra<br />
actitud y comprobar<br />
con qué criterios los<br />
estamos valorando y<br />
hasta qué punto<br />
estamos dispuestos<br />
a implicar nuestra<br />
vida para que ellos<br />
mismos descubran<br />
su valor.<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
Cuando inicio un<br />
curso de formación<br />
de voluntarios<br />
de prisiones, suelo hacerlo<br />
con un cuento en el<br />
que se narra la visita a un<br />
museo de instrumentos mu-<br />
Luis Sandalio<br />
coordenadas<br />
sicales. Todo museo tiene un<br />
almacén, una trastienda no<br />
visitable. Unos niños se cuelan<br />
sin saber en dicho almacén<br />
y descubren otro mundo<br />
mucho más llamativo y extraño<br />
que el que se enseña.
Los visitantes, a pesar de<br />
la oposición del vigilante del<br />
museo, se asoman a dicha<br />
zahurda en la que se amontonan<br />
instrumentos raros y<br />
desvencijados y los padres<br />
de los niños se plantean, ante<br />
semejante maravilla,<br />
aprender a restaurarlos y<br />
pedir permiso al director del<br />
museo para hacerlo incluso<br />
gratuitamente.<br />
La pregunta que se impone<br />
ante este planteamiento<br />
es: “¿hemos descubierto<br />
el auténtico valor de esas<br />
personas, raras y desvencijadas,<br />
que se encuentran almacenadas<br />
y fuera de la circulación?<br />
¿Pensamos que<br />
merece la pena que nuestra<br />
vida cambie de dirección o,<br />
al menos de ocupación, para<br />
que se enfoque y empeñe<br />
en la restauración de esas<br />
rarezas?”<br />
El trato cercano e<br />
íntimo da amplitud de<br />
mente y de corazón<br />
para mirar<br />
limpiamente a las<br />
personas sin<br />
dejarnos impresionar<br />
por sus delitos.<br />
Tenemos amigos que<br />
en su destartalado<br />
pasado hicieron<br />
terribles disparates<br />
ven el futuro<br />
confiando en sí<br />
mismos y en la Vida<br />
que les ha dado otra<br />
oportunidad.<br />
En la Expo-cárcel itinerante<br />
que nuestra asociación<br />
instala por ciudades y universidades,<br />
la primera parte<br />
habla del sistema penal: sus<br />
graves contradicciones y pésimas<br />
consecuencias. Su segunda<br />
parte comienza con la<br />
figura de un mismo reo, ya<br />
de espaldas, ya de frente y la<br />
pregunta: “ante las personas<br />
que han de sufrir el peso de<br />
la ley ¿tú dónde te sitúas? ¿A<br />
su espalda para ver si le han<br />
cargado bastante? ¿O frente<br />
a él para intentar comprenderlo,<br />
arriesgándote a que levante<br />
su rostro, cruce con la<br />
tuya su mirada y, si cree que<br />
puede confiar en ti, se atreva<br />
a pedirte ayuda?”<br />
Lo más curioso de estas<br />
preguntas es que no tienen<br />
fácil ni mucho menos inmediata<br />
respuesta. A pesar de<br />
que algunas personas que se<br />
dedican al voluntariado de<br />
prisiones piensen que ya tienen<br />
la respuesta adecuada…<br />
y casi definitiva; lo cierto es<br />
que son preguntas-río. Es decir<br />
que nos introducen en un<br />
cauce siempre cambiante,<br />
que atraviesa muy diferentes<br />
paisajes y que nos arrastran,<br />
cada vez con más fuerza y<br />
profundidad, haciendo que<br />
nuestra propia vida, después<br />
de ser oportunidad de sanación<br />
allí por donde pasa, se<br />
hunda en la mar.<br />
La forma en que nosotros<br />
entrábamos en las cárceles<br />
hace 30 años, pensando<br />
que lo importante era la<br />
buena voluntad que llevábamos<br />
de ayudar a la gente<br />
que allí estaba y hacerles<br />
más liviana la carga que les<br />
aplastaba (a unos más que a<br />
coordenadas<br />
otros), poco tiene que ver ya<br />
con la labor que ahora hacemos<br />
tanto en la cárcel, como<br />
en nuestra propia casa y<br />
también en la calle.<br />
¿Qué es lo que hemos<br />
aprendido en todos<br />
estos años?<br />
Aunque lo más interesante<br />
sería poner nombres y<br />
apellidos, testimonios vivos<br />
de nuestro aprendizaje y de<br />
nuestra labor, como aquí no<br />
es posible, voy a intentar resumirlo:<br />
1º.-Nuestro conocimiento<br />
de las personas se ha hecho<br />
mucho más comprensivo<br />
y profundo. El trato cercano<br />
e íntimo con tantas y<br />
tan variadas, nos ha dado<br />
una amplitud de mente y de<br />
corazón para mirar limpiamente<br />
a las personas sin dejarnos<br />
impresionar por sus<br />
delitos. Hoy tenemos auténticos<br />
amigos que en su destartalado<br />
pasado hicieron<br />
terribles disparates; y sin<br />
embargo ahora ven el futuro<br />
confiando en sí mismos y<br />
en la Vida que les ha dado<br />
otra oportunidad. Nunca,<br />
sin este trato y este conocimiento,<br />
hubiéramos llegado<br />
a descubrir tan de cerca la<br />
inconmesurable capacidad<br />
del ser humano para todo<br />
lo bueno y lo malo. Esto<br />
hace que nos sintamos inmensamente<br />
ricos.<br />
También es verdad que<br />
muchas de estas personas se<br />
han dado cuenta de que no<br />
pueden rehacer su vida sin<br />
ayuda de los demás. Y esto<br />
nos hace más conscientes a<br />
nosotros de que nuestro<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
©67
68©<br />
coordenadas<br />
compromiso no es una broma<br />
de tomar o dejar.<br />
Este conocimiento del<br />
ser humano concreto, con<br />
nombre y biografía, nos ha<br />
hecho cada vez más capaces<br />
de ofrecer unos sencillos esquemas<br />
de interpretación de<br />
la vida, de la propia identidad<br />
y de cómo se puede sanear<br />
lo estropeado y perdido,<br />
que sirven de ayuda a<br />
aquellos que, por sus reiteradas<br />
equivocaciones, no se<br />
entienden ni se quieren a sí<br />
mismos. Sin estos instrumentos,<br />
nuestra labor se<br />
quedaría muy coja.<br />
2º.-Nuestro trato con los<br />
pres@s tiene grandes ventajas<br />
respecto al trato que los<br />
profesionales (tanto de la<br />
institución como de la religión)<br />
les dan. Ellos saben<br />
que no vamos allí a ganar-<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
nos un sueldo, ni a hacerlos<br />
feligreses de una iglesia u<br />
otra… Vamos porque estamos<br />
convencidos de que tienen<br />
mucho valor y de que, a<br />
poco que se les ayude, ellos<br />
mismos son capaces de reconocerse<br />
así y vivir conforme<br />
a ello.<br />
También saben que<br />
nuestra relación con ellos no<br />
se acaba cuando salimos (o<br />
ellos salen) de la prisión; sino<br />
que continúa en la calle;<br />
pues es la Vida la que ha hecho<br />
que nos encontremos y<br />
no la cárcel ni nuestra ocupación.<br />
Por eso es tan importante<br />
que tengamos<br />
nuestras vidas y nuestras casas<br />
abiertas y todo el mundo<br />
sabe que esto no es fácil.<br />
También es verdad que<br />
somos limitados y que todavía<br />
no hay casas abiertas suficientes<br />
ni voluntari@s o<br />
EXPOCÁRCEL<br />
ITINERANTE.<br />
Un paseo educatvo por los<br />
recovecos del Sistema Penal<br />
y Penitenciario.<br />
comunidades valientes para<br />
acoger a algunos especialmente<br />
complicados. Es ésta<br />
una de nuestras preocupaciones<br />
más urgentes que<br />
quisiéramos compartir con<br />
aquellos que la sientan.<br />
3º.- Esto nos ha enseñado<br />
que no es tan importante<br />
humanizar las prisiones<br />
como abrir caminos de crecimiento<br />
y maduración que<br />
les ayuden a ver más claro<br />
lo que van a vivir después<br />
de la cárcel. Y esto implica<br />
dos tareas: una de formación<br />
y seguimiento y otra de<br />
acogida.<br />
Si no les ayudamos a ordenar<br />
su interior para que<br />
puedan ver claro lo que<br />
quieren hacer con su vida (y<br />
ambas cosas no son fáciles)<br />
no les habremos facilitado<br />
aprender la lección que la
La EXPOCARCEL itinerante es un acontecimiento que busca sensibilizar y poner<br />
en común experiencias sobre el tema de la Cárcel, los Derechos Humanos y las<br />
alternativas al Sistema Penal.<br />
la Asociación Camino de Fe y Esperanza vuelve a poner en marcha, completamente<br />
actualizada esta EXPOCARCEL que ha iniciado su andadura en esta segunda<br />
etapa en la Universidad Pública de Navarra en el pasado mes de marzo.<br />
La EXPOCARCEL ocupa un espacio total de 1500 metros cuadrados, y está concebida<br />
como espacios o instalaciones donde los decorados y muñecos de tamaño<br />
natural se mezclan con la información precisa y fundamentada en los<br />
especialistas más competentes. Tiene diversos apartados temáticos y su montaje<br />
se adapta a la finalidad específica que la Institución o Asociación solicitante<br />
desea promover. No es preciso montar la exposición completa.<br />
Vida les quería mostrar.<br />
¡Claro que algun@s la<br />
aprenderán por sí mism@s<br />
les ayudemos o no! Pero<br />
otr@s no. Para hacer esto<br />
necesitamos tod@s mucha y<br />
específica formación. Y esas<br />
herramientas de que hablábamos<br />
en el primer punto y<br />
los materiales de ayuda que<br />
venimos haciendo desde hace<br />
mucho.<br />
4º.-Todo lo anterior, es<br />
decir, el acompañamiento<br />
dentro de la cárcel y la acogida<br />
en el exterior, se enfrenta<br />
a una diversidad tan<br />
grande de mentalidades, culturas,<br />
religiones, costumbres<br />
y formas de entender la vida<br />
(pensemos en la gran mayoría<br />
de extranjeros y de toxicómanos<br />
y de enfermos<br />
mentales), que necesitamos<br />
hacer nosotros un esfuerzo<br />
OBJETIVOS PRINCIPALES.<br />
continuado para aprender la<br />
forma de llegar a cada un@,<br />
intentando ponernos en sus<br />
zapatos en lugar de querer<br />
que ell@s se pongan en los<br />
nuestros, para descubrir su<br />
camino.<br />
A nuestras reuniones<br />
en prisión<br />
acuden musulmanes<br />
y cristianos<br />
de diferentes<br />
confesiones, ateos<br />
semiconvencidos y<br />
otros que no tienen nada<br />
claro. Hay enfermos<br />
mentales y otros con<br />
una culpabilidad excesiva<br />
y aplastante…<br />
Ellos saben que nosotros<br />
tratamos de<br />
aportarles una espiritualidadabsolutamenteuniversal<br />
(el apellido<br />
–religioso o<br />
coordenadas<br />
n Explicar el funcionamiento de la cárcel. Una institución que, desde sus planteamientos<br />
actuales, no puede cumplir con su finalidad.<br />
n Mostrar como se articulan y condicionan El Sistema Penal y el Sistema<br />
Penitenciario, y cómo es posible afrontar socialmente los conflictos humanos<br />
desde nuevas perspectivas.<br />
n Abrir un espacio de debate e invitación para unir fuerzas y construir juntos<br />
una sociedad más justa, solidaria y corresponsable.<br />
Para ampliar información pueden dirigirse a nuestro corr-e.<br />
luisandalio@yahoo.com.<br />
no– se lo pone cada cual si<br />
quiere o si lo necesita). Esta<br />
idea–fuerza, que tiene que ir<br />
haciéndose experiencia personal,<br />
es energía, medicina y<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
©<br />
69
©70<br />
coordenadas<br />
Somos nosotros,<br />
los que conocemos<br />
personalmente a<br />
los que sufren un<br />
sistema penal<br />
injusto, caro e<br />
ineficaz, que hace<br />
un daño mucho<br />
mayor del que<br />
pretende combatir<br />
o evitar, los que<br />
tenemos que<br />
trabajar para que<br />
esta situación<br />
cambie.<br />
entrenamiento para lograr<br />
la cima que cada cual se haya<br />
propuesto escalar.<br />
Probablemente este esfuerzo<br />
nuestro sea lo más difícil<br />
y delicado de nuestro<br />
trabajo; porque implica poner<br />
en cuestionamiento todo<br />
lo que a nosotros nos han<br />
enseñado como verdades absolutas<br />
y excluyentes, para<br />
ver, desde otros puntos de<br />
vista y con diferentes matices<br />
y respuestas, las cuestiones<br />
humanas más profundas y<br />
volver a repensarlas y expresarlas<br />
en un lenguaje apto y<br />
comprensible para todos.<br />
Y es que no van a abrirse<br />
sinceramente a nosotros<br />
si piensan que menospreciamos<br />
sus creencias o se las<br />
queremos sustituir por las<br />
nuestras, si se sienten juzgados<br />
o notan que les escuchamos<br />
con una diplomática<br />
condescendencia.<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
5º.-El comprender las<br />
contradicciones e injusticias<br />
del Sistema Penal y de nuestra<br />
injusta sociedad nos ayudará<br />
a no juzgarlos de nuevo;<br />
sino a comprometernos<br />
en una corresponsabilidad<br />
reeducadora y rehabilitadora<br />
capaz de generar Vida en<br />
sobreabundancia.<br />
Pero esto no será posible<br />
sin un trabajo de formación<br />
por nuestra parte que desentrañe<br />
las contradicciones<br />
del propio sistema penal y<br />
penitenciario y nos abra horizontes<br />
de una nueva forma<br />
de hacer justicia, más diversificada,<br />
más humana y en<br />
la que se vea implicada toda<br />
la sociedad. Es aquí donde<br />
más necesidad sentimos de<br />
asesoramiento y contactos<br />
con los estudiosos y profesionales<br />
que desde una mentalidad<br />
crítica y humana se<br />
plantean otra forma de hacer<br />
justicia.<br />
Estas alternativas al Sistema<br />
Penal necesitan también<br />
de nuestra implicación<br />
específica, pues no será posible<br />
una nueva forma de<br />
hacer justicia sin nuestra<br />
efectiva colaboración y la<br />
implicación del resto de la<br />
sociedad.<br />
6º. Esto nos ha de llevar<br />
a un trabajo en el exterior de<br />
la cárcel con toda la sociedad:<br />
desde los profesionales<br />
de la justicia hasta la gente<br />
normal de la calle, pasando<br />
por los medios de comunicación,<br />
las asociaciones, los estamentos<br />
políticos…<br />
Somos nosotros, los que<br />
conocemos personalmente a<br />
los que sufren un sistema<br />
penal injusto, caro e ineficaz,<br />
que hace un daño mucho<br />
mayor del que pretende<br />
combatir o evitar, los que tenemos<br />
que trabajar para<br />
que esta situación cambie,<br />
nuestra sociedad avance y<br />
entre todos posibilitemos<br />
nuevas formas de hacer justicia<br />
más eficaces y rehabilitadoras.<br />
La Expo-cárcel<br />
itinerante<br />
Nuestra asociación hace<br />
este trabajo fundamentalmente<br />
con la Expo-cárcel<br />
itinerante.<br />
Si tuviera que acabar hablando<br />
un poco del estilo<br />
con el que hacemos todo esto<br />
destacaría lo siguiente:<br />
A.-Implicándonos total<br />
y gratuitamente.<br />
Los presos que salen a<br />
nuestra casa de permiso, o<br />
en sección abierta, o en libertad<br />
condicional o definitiva…<br />
saben que no tenemos<br />
ni aceptamos subvenciones,<br />
que nadie entre nosotros<br />
recibe sueldo por el<br />
trabajo que realiza y que todos<br />
tenemos que arrimar el<br />
hombro para que esto siga<br />
adelante.<br />
Por ello, no cuesta nada<br />
convencerles para que echen<br />
una mano en las tareas de la<br />
casa o de la huerta, o en el<br />
taller de encuadernación o<br />
en la construcción de la nueva<br />
casa para agrandar el espacio<br />
y que puedan ser acogidos<br />
más.<br />
B.-Implicándose ellos en<br />
el mantenimiento de la acogida<br />
a otros compañeros,<br />
con todo lo que ello supone,<br />
experimentan por sí mismos
que el ocuparse de los demás<br />
cuando están en necesidad es<br />
la mejor terapia para curar<br />
las heridas y desanudar los<br />
nudos que cada uno esconde<br />
en su interior. De esta forma<br />
se sienten más dignos y con<br />
más capacidad para reorientar<br />
su vida desde la sencillez<br />
y la fuerza inagotable que<br />
mana de nuestro interior.<br />
Los que conocemos<br />
personalmente a los<br />
que sufren un sistema<br />
penal injusto, caro e<br />
ineficaz, que hace un<br />
daño mucho mayor del<br />
que pretende combatir<br />
o evitar, los que<br />
tenemos que trabajar<br />
para que esta situación<br />
cambie,<br />
C.- Intentando que nuestra<br />
experiencia sirva a otros<br />
grupos de voluntariado y a<br />
otras personas sensibilizadas<br />
ofrecemos cursos de formación,<br />
la Expo-cárcel y otras<br />
publicaciones, algunas de<br />
las cuales se pueden encontrar<br />
en Sentido Sur. 2<br />
Hemos visto muy claro<br />
que el aceptar a una persona<br />
que está en la cárcel en tu propia<br />
casa (no en un centro de<br />
acogida, no en una casa para<br />
presos u otras gentes…) es<br />
una frontera que a muchos<br />
les cuesta superar, pero que<br />
una vez traspasada, nos resitúa<br />
en una perspectiva nueva<br />
que nos hace mirar y ser mirados<br />
de una forma más humana<br />
y hace crecer la confianza y<br />
las respuestas positivas de una<br />
forma insospechada.<br />
Para finalizar, nuestra<br />
Expo-cárcel acaba con un<br />
mural que es un dibujo de-<br />
OPS en el que una persona<br />
contrahecha y con una<br />
enorme joroba va subiendo<br />
penosamente una empinada<br />
coordenadas<br />
cuesta. Cuando llega a la cima<br />
descubrimos que la<br />
enorme joroba eran unas<br />
alas que tenía ocultas bajo<br />
la ropa y con las que emprende<br />
vuelo. Esta es la síntesis<br />
de nuestro trabajo y de<br />
nuestro mensaje: Comprender<br />
que aquello que nos parece<br />
defectuoso, contrahecho<br />
y tal vez monstruoso,<br />
con el esfuerzo, la confianza<br />
en sí mismo y la ayuda y<br />
acompañamiento de los<br />
amigos, puede trasnmutarse<br />
en lo que luego nos permitirá<br />
alzar el vuelo. ©<br />
1. Luis Campuzano (Sandalio) ha trabajado<br />
más de treinta años como voluntario en prisiones<br />
desde la Asociación Camino de Fe y<br />
Esperanza<br />
2. Proyecto editorial cuyas características y<br />
catálogo se puede consultar en www.comotucomoyo.org.<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
©71
©72<br />
entrevista<br />
ENTREVISTA<br />
CON<br />
MANUELA<br />
CARMENA<br />
“Cuando empecé<br />
Derecho, me<br />
quedé<br />
impresionada:<br />
todo tenía que ver<br />
con la pobreza,<br />
con situaciones de<br />
injusticia…<br />
entonces pasé de<br />
casi obligada a<br />
vocacional…”<br />
Virginia Fernández Aguinaco<br />
entrevista<br />
Ha sido abogada, juez de instrucción, juez de vigilancia penitenciaria,<br />
decana de Madrid, vocal del Consejo General del Poder Judicial<br />
(CGPJ) y presidenta de la Sección 17ª de la Audiencia Provincial de<br />
Madrid. Cofundadora de Jueces para la Democracia, ha desempeñado<br />
además el papel de miembro del Grupo de Trabajo de la ONU sobre<br />
detenciones arbitrarias. Hablamos de su trayectoria profesional y, sobre<br />
todo, de lo que puede y debe hacerse para mejorar la Justicia y el<br />
respeto a los Derechos Humanos.<br />
Le he preguntado por<br />
el grupo Jueces para<br />
la Democracia y qué<br />
sentido tiene; me responde<br />
recordando el momento fundacional:<br />
Llegué a la carrera<br />
judicial al filo de la democracia<br />
y los jueces y magistrados<br />
que ejercían en aquel<br />
momento habían desarrolla-<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2009<br />
do su tarea con el régimen<br />
anterior. Yo no era muy partidaria<br />
de esta denominación<br />
porque entendía que<br />
nosotros, que nos considerábamos<br />
de izquierda deberíamos<br />
definirnos de otro modo,<br />
“izquierda judicial” por<br />
ejemplo ya que era lógico<br />
que hubiera distintas ideolo-<br />
gías entre los jueces y nosotros<br />
no teníamos que apropiarnos<br />
de la democracia<br />
porque teníamos que actuar,<br />
unos y otros en el marco de<br />
una constitución democrática.<br />
Pero la constitución tuvo<br />
que ir calando en la sociedad…<br />
Al final, el nombre,<br />
veinticinco años después, te-
nía sentido porque queríamos<br />
llevar la democracia a<br />
las últimas consecuencias<br />
con una justicia que fuera<br />
igual para todos.<br />
–¿Dices que empezaste a ejercer<br />
al filo de la democracia?<br />
–Exactamente en noviembre<br />
del 79 decidí hacer las oposiciones.<br />
Yo estaba bien de<br />
abogada laboralista, apoyando<br />
a los sindicatos, pero<br />
cuando Comisiones Obreras<br />
ya es un sindicato legal se<br />
empieza a plantear que los<br />
abogados que estábamos en<br />
en esos despachos nos integráramos<br />
como funcionarios<br />
pero a mí eso no me convencía<br />
y pensé que estaría mejor<br />
hacerme juez... llevaba mucho<br />
tiempo queriendo que se<br />
hiciera justicia y bueno ¿por<br />
qué no hacerla yo? La verdad<br />
es que no tenía ni idea de cómo<br />
y me preocupaba que tal<br />
vez contaran mis antecedentes,<br />
pregunté a un magistrado<br />
amigo que me tranquilizó<br />
en ese sentido y me orientó,<br />
estudié, me presente y aprobé.<br />
Empecé a ejercer de juez<br />
en 1981.<br />
–¿Por qué te preocupaban<br />
tus antecedentes?<br />
–A mí me gustaba la literatura,<br />
yo quería ser escritora,<br />
pero mi padre era un hombre<br />
con mucho sentido práctico<br />
y me empujó a hacer<br />
otra carrera como Derecho.<br />
Empecé y realmente me quedé<br />
impresionada. Todo tenía<br />
que ver con la justicias y con<br />
la preocupación por los pobres<br />
y por la situación de injusticia.<br />
Y eso yo lo había<br />
vivido desde una vertiente<br />
religiosa, estudié en un colegio<br />
de religiosas en el que<br />
nos llevaba a dar catequesis<br />
a Vallecas. Volvía a casa<br />
preocupada y tenía muchas<br />
discusiones. Cuando llegué a<br />
Derecho me interesó que se<br />
podían hacer cosas a favor<br />
de los pobres con aquella<br />
carrera. Luego, cuando acabé<br />
los estudios ya había entrado<br />
en el Partido Comunista<br />
y es que los compañeros<br />
más reivindicativos, más<br />
preocupados por los temas<br />
sociales eran los del partido<br />
comunista así que al final<br />
estabas ahí entre ellos… Y<br />
justo cuando acabé, Comi-<br />
entrevista<br />
siones Obreras había decidido<br />
buscar un grupo de abogados<br />
que estuviéramos ayudándoles…<br />
–Entonces ¿fuiste testigo de<br />
la matanza de los laboralistas<br />
de Atocha?*<br />
–Estaba allí. Eran dos despachos<br />
en los números 49 y<br />
55, yo trabajaba en el 55.<br />
Por una serie de circunstancias<br />
estaba en aquel momento<br />
en el otro despacho. Oímos<br />
las ambulancias, llamamos<br />
por teléfono… no lo<br />
cogían. Así que fuimos hacia<br />
el local y cuando estábamos<br />
llegando, una señora de un<br />
bar que nos conocía nos dijo,<br />
iros que os están matando<br />
a todos. Claro, no nos<br />
fuimos y lo que vimos fue<br />
“Una parte importante de las condenas de cárcel es por<br />
hacer de correo de la droga: un delito con capacidad de<br />
maldad muy reducido. No son traficantes ni capos de la<br />
droga, lo hacen para buscarse la vida. Cada semana<br />
puede que la guardia Civil detenga en el aeropuerto a<br />
una media de treinta personas. Si esa partida<br />
desaparciera, las cárceles casi se vaciarían.”<br />
que sacaban los cuerpos de<br />
los compañeros asesinados,<br />
ya estaba allí la policía. Todo<br />
esto sucedió a la media<br />
hora de haber salido yo de<br />
allí para ir al otro despacho.<br />
Es de esas cosas… estoy<br />
aquí por pura casualidad.<br />
Estaba embarazada de mi<br />
segundo hijo y cuando nació<br />
el niño fue una sensación<br />
* La Matanza de Atocha de 1977 fue un atentado terrorista cometido por extremistas de derecha en el centro de Madrid la noche<br />
del 24 de enero de 1977. Cinco sindicalistas fueron asesinados. Un comando ultraderechista penetró en un despacho de abogados<br />
en derecho laboral de Comisiones Obreras (CC OO) y militantes del Partido Comunista de España (PCE), situado en el número 55<br />
de la calle de Atocha, abriendo fuego contra los allí presentes, matando a cinco personas y dejando cuatro heridos.<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
©73
©74<br />
entrevista<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
emocionante porque habíamos<br />
sobrevivido los dos. Es<br />
un impacto tremendo… no<br />
se olvida nunca…<br />
–¿Y cómo llegas a la Comisión<br />
de Naciones Unidas?<br />
–Una ONG americana había<br />
conectado comigo cuando<br />
era jueza de vigilancia penitenciaria<br />
porque querían visitar<br />
las cárceles de España y<br />
sobre todo conocer la función<br />
de los jueces de vigilancia.<br />
Yo les llevé a la cárcel en<br />
la que trabajaba y cuando<br />
íbamos como a la mitad de la<br />
visita, el director vino absolutamente<br />
demudado a comunicarme<br />
que instuciones<br />
penitenciarias había denegado<br />
la visita y que no era posible<br />
que yo me hicira acompañar.<br />
Me planté y dije que esos<br />
señores me estaban acompañando<br />
y que iban a seguir<br />
haciéndolo, etc. Total, que el<br />
Director General lo denunció,<br />
me abrieron expediente,<br />
bueno luego se archivó. Pero<br />
del incidente surgió una relación<br />
muy amistosa con los<br />
miembros de aquella ONG y<br />
fue una de ellas la que me sugirió<br />
que me presentara para<br />
formar parte de la Comisión.<br />
Claro, necesitaba algún apoyo<br />
del Gobierno que en aquel<br />
momento era el de Aznar. La<br />
entonces Ministra de Exteriores<br />
Ana Palacio se volcó<br />
en ayudarme. Sabía cuál era<br />
mi ideología y que en ese sentido<br />
no teníamos nada en común,<br />
pero me dijo que yo era<br />
una persona honrada y que<br />
podría hacer una buena labor.<br />
Y así tuve seis años de<br />
experiencia estupenda.<br />
–¿Y en qué consiste esa labor?<br />
¿Sirve para algo?<br />
–Pues se trata de resolver<br />
expedientes, visitar, ponernos<br />
en contacto con perso
nas en situación de prisión<br />
arbitraria, pedir informes a<br />
los gobiernos… algo así como<br />
un defensor del pueblo.<br />
Es más la presión moral que<br />
la capacidad ejecutiva. Sirve<br />
en la medida en que, en relación<br />
con los Derechos Humanos,<br />
a los gobiernos no<br />
les gusta verse señalados.<br />
–A mí me parece que a muchos<br />
gobiernos le importa<br />
un comino, fíjate los chinos<br />
–Pues no puedes imaginarte<br />
lo que luchaban los chinos<br />
para que no les sancionáramos<br />
y se han conseguido<br />
muchas cosas, por ejemplo<br />
desde ni tan siquiara admitir<br />
que pidieras informes a<br />
mandártelos a la primera<br />
solicitud. Con los chinos, en<br />
concreto, me di cuenta de<br />
hasta qué punto los derechos<br />
humanos son muy<br />
occidentales. Para nosostros<br />
son unos conceptos absolutamente<br />
acuñados, pero es<br />
que en otras partes del<br />
mundo ni se les pasa por la<br />
cabeza. Recuerdo el caso de<br />
un intelectual profesor de<br />
universidad que estaba preso<br />
y nos relató cómo le habían<br />
interrogado con torturas<br />
para que declarara. Claro,<br />
nosotros a las autoridades<br />
les dijimos que eso era<br />
inadmisible y su respuesta<br />
fue como de sorpresa: “¿Pero<br />
es que los presos no tienen<br />
la obligación de responder?”<br />
Entonces explicamos<br />
cómo en los códigos occidentales<br />
los detenidos tienen<br />
derecho a no declararse<br />
culpables y a guardar silencio<br />
y ellos se quedaban<br />
asombrados porque no pueden<br />
concebir que eso sea un<br />
derecho. A veces no nos damos<br />
cuenta de que queremos<br />
aplicar algo que ellos<br />
no pueden ni siquiera concebir.<br />
Para otros países el<br />
derecho a la autodeterminación<br />
va en contra de la unidad<br />
de la patria y plantear<br />
que alguien tenga derecho a<br />
reivindicar de forma pacífica<br />
su independencia les parece<br />
algo sin sentido… Se<br />
necesita un tiempo para que<br />
los Derechos Humanos, que<br />
son muy occidentales vayan<br />
calando.<br />
–Pero están suscritos por la<br />
mayoría de los países<br />
–La Declaración Universal<br />
es Universal independientemente<br />
de que la suscriban o<br />
no y a los pactos muchos<br />
países ahora sí van sumándose.<br />
Ahora mismo no recuerdo<br />
si en China está suscrito<br />
el Convenio de los derechos<br />
de las personas acusadas.<br />
España y Mejico, por<br />
ejemplo lo han suscrito y<br />
tanto en un país como en<br />
otro, si se les acusa de estar<br />
violándolo reaccionan como<br />
panteras. Por otra parte,<br />
hay países muy desordenados<br />
administrativamente.<br />
China tiene una burocracia<br />
entrevista<br />
perfecta: cuando respondían<br />
daban todos los datos con<br />
la mayor exactitud, pero<br />
hay otros muchos países en<br />
los que ni siquiera saben el<br />
nombre de los detenidos o<br />
su edad o antecedentes.<br />
–¿Cómo se explica que haya<br />
cárceles en las que están personas<br />
de las que, literalmente,<br />
“no consta delito”?<br />
–Ese es un tema tremendo<br />
que ocurre con los inmigrantes.<br />
Lo que más me ha preocupado<br />
cuando he hecho visitas<br />
internacionales es la<br />
privación de la libertad a los<br />
inmigrantes. Y el Parlamento<br />
Europeo no facilita nada<br />
las cosas, la circular del verano<br />
de 2008 es muy ambigua.<br />
El convenio de Derechos<br />
Humanos europeo es el menos<br />
claro en este sentido. Yo<br />
tengo la postura firme de<br />
que no puede ser así, pero te<br />
digo que es una lucha difícil.<br />
Están también los “presos<br />
por razones de seguridad”.<br />
“Decía Mandela que todos aceptamos que la violencia es<br />
constitutiva de la humanidad, pero no hay por qué<br />
aceptarlo. Lo mismo que otras cosas han desaparecido,<br />
puede desaparecer ls violencia.”<br />
Hemos encontrado infinidad<br />
de situaciones anómalas.<br />
Por ejempolo la ley española<br />
permite el internamiento de<br />
los inmigrantes durante sesenta<br />
días. Yo planteo que es<br />
absolutamenye ilegal, pero<br />
con el pretexto de que se está<br />
gestionando su expulsión<br />
a veces pasan los sesenta días<br />
y siguen en prisión. O todavía<br />
peor, los liberan para<br />
inmediatamente volver a detenerlos<br />
otros sesenta días.<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
©75
©76<br />
entrevista<br />
Otros están en el centro de<br />
internamiento de extranjeros<br />
de Carabanchel que es<br />
como una cárcel pero encima<br />
mala, porque no tiene<br />
ntratamientos, no tienen visitas,<br />
no tiene condiciones…<br />
Y muchos políticos miran<br />
para otro lado.<br />
–¿Y no es también injusta la<br />
prisión preventiva?<br />
–El plazo normal es de dos<br />
años; en circunstancias especiales<br />
se puede prolongar<br />
cuatro años. A los cuatro<br />
años hay que dar la libertad,<br />
salvo que esté ya juzgado en<br />
primera instancia y esté esperando<br />
el recurso de segunda<br />
instancia, en ese caso<br />
puede estar hasta la mitad de<br />
la pena que se les haya impuesto<br />
en la primera instancia.<br />
Pero si han pasado los<br />
cuatro años y no hay siquiera<br />
una resolución en primera<br />
instancia entonces deben<br />
quedar en libertad inmediatamente.<br />
La ley dice que la<br />
prisión preventiva tiene que<br />
ser excepcional lo que ocurre<br />
cuando son delitos de sangre,<br />
por ejemplo. Uno de los<br />
últimos casos que tuve antes<br />
de jubilarme fue por la zona<br />
de la sierra pobre de Madrid,<br />
el dueño de una cadena<br />
de gasolineras había matado<br />
a un rumano por la noche.<br />
Los familiares pidideron la<br />
libertad pero había el riesgo<br />
de que se coaccionara a los<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
testigos, rumanos pobres en<br />
su mayoría o que hubiera<br />
una venganza… Pareció mejor,<br />
aún con dudas, mantener<br />
la prisión provisional.<br />
–Llama la atención que España<br />
sea un país con criminalidad<br />
por debajo de la<br />
media europea y sin embargo<br />
tenga un número tan<br />
grande de presos<br />
–Esto es algo que quiero investigar<br />
–he empezado en<br />
2010– con los datos que<br />
puedo manejar: analizar los<br />
homicidios. Y es que hay<br />
muy pocos homicidios. La<br />
mayor parte se producen en<br />
peleas y no había intención<br />
de matar. También es verdad<br />
porque funcionan muy<br />
bien los servicios de asistencia<br />
sanitaria inmediata. Con<br />
víctimas con heridas muy<br />
graves, llega a tiempo enseguida<br />
y no mueren. Y que es<br />
un país con pocas armas: se<br />
usan cuchillos o botellas.<br />
Las armas de fuego están es<br />
contextos criminales específicos:<br />
sicarios, mafias, grupos<br />
organizados…<br />
Hay demasiados presos en<br />
relación con los delitos.<br />
Suelen ser por tráfico de<br />
droga, como correos… Un<br />
delito con capacidad de<br />
maldad muy reducido. Hay<br />
que tener en cuenta que<br />
existe un sistema lineal de<br />
distribución desde Barajas y<br />
que cada semana puede que<br />
la guardia Civil detenga en<br />
el aeropurto a una media de<br />
treinta personas, Imáginate<br />
lo que es esto al año. Si esa<br />
partida desaparciera las cárceles<br />
casi se vaciarían. También<br />
están muy castigados<br />
los robos con intimidación,<br />
que puede ser con una arma<br />
simulada. Como lo que se<br />
castiga no es la cantidad robada,<br />
ni el tipo de arma, sino<br />
la intimidación… Los<br />
otros delitos son casi irrelevantes.<br />
Sí, se producen, pero<br />
no son frecuentes.<br />
–¿Crees que el objetivo de<br />
la pena de cárcel es la reinserción?<br />
–No es el único. Hay jueces<br />
que piensan que hay otros<br />
objetivos como la proporcionalidad<br />
entre el daño y la<br />
pena. Es una interpretación<br />
“Hay que volcarse mucho en el trabajo preventivo, en la<br />
escuela, en los medios educativos, en la familia… para<br />
que no se den casos de crueldad, de vajaciones o de<br />
violencia entre los niños”<br />
de la ley que ha tenido éxito<br />
por ETA. La sociedad reclamaba<br />
el cumplimiento íntegro<br />
de las penas y como<br />
consecuencia ETA ha focalizado<br />
un problema que no<br />
configuraba la estructura<br />
común del crimen del país.<br />
–¿Es real la reinserción?<br />
–Todos los seres humanos<br />
estamos continuamente cambiando.<br />
Yo si creo en la posibilidad<br />
de cambio. Puede<br />
haber determinadas personalidades<br />
que han aprendido<br />
prácticas que determinan<br />
una emotividad psicopática,
sin sentimientos, sin estructura<br />
de compasión. De estos<br />
casos no hay suficiente conocimento.<br />
Son minoría. Y<br />
si la cárcel no estuviera tan<br />
poblada sería más facil estudiar<br />
estos casos.<br />
¿Y los menores?<br />
–Es correcto mantener una<br />
regulación penal para los<br />
menores mucho menos invasiva<br />
que la de los adultos.<br />
Debemos preocuparnos<br />
de que un proceso de<br />
maduración para el delito<br />
que se está dando entre los<br />
jóvenes. Hay que volcarse<br />
mucho en el trabajo pre-<br />
ventivo, en la escuela, en<br />
los medios educativos, en<br />
la familia para que no se<br />
den casos de crueldad, de<br />
vejación, de violencia entre<br />
los niños. Decía Mandela<br />
que todos aceptamos que<br />
la violencia es constitutiva<br />
de la humanidad pero no<br />
hay por qué aceptarlo. Lo<br />
mismo que otras cosas han<br />
desparecido puede desparecer<br />
la violencia.<br />
–Demasiado idealista…<br />
–¡Quien iba a pensar que se<br />
acabaría la esclavitud, por<br />
ejemplo!. O que la lucha por<br />
la igualdad de la mujer ten-<br />
entrevista<br />
dría algún éxito… William<br />
Wilberforce durante 18 años<br />
presentó periódicamente<br />
mociones anti-esclavitud en<br />
el parlamento británico hasta<br />
que consiguió la abolición<br />
de la trata. No nos damos<br />
cuenta de que el mundo<br />
cambia gracias a los idealistas.<br />
Mohad Junnus dice que<br />
no hay porqué aceptar que<br />
tiene que haber pobreza. Tal<br />
vez dentro de un tiempo<br />
existan “Museos de la pobreza”<br />
y los visitantes se<br />
avergonzarán de haber mantenido<br />
en la pobreza durante<br />
tanto tiempo a una gran<br />
parte de la humanidad. ©
©78<br />
enprimerapersona<br />
El primer día que llegué a mi<br />
trabajo, una prisión, no sabía<br />
qué me iba a encontrar. Pensaba<br />
que tras los muros, las rejas y aquella enorme<br />
alambrada habría criminales y monstruos<br />
dispuestos a cualquier cosa. Sin embargo,<br />
cuando atravesé la puerta, me encontré<br />
jardines, magníficos<br />
dibujos en la pared y<br />
personas al otro lado. Sí,<br />
personas, como las que te encuentras en tu<br />
vida diaria. No llevaban pendientes, ni<br />
tatuajes, ni un cuchillo en la mano. Me<br />
saludaban cordialmente y se dirigían a mí de<br />
usted.<br />
Durante estos meses trabajando en<br />
el centro penitenciario, he podido<br />
observar que tras los barrotes y los<br />
cerrojos se encuentran personas con muy diferentes<br />
trayectorias vitales. Detrás de cada<br />
una de estas personas existe una historia, muchas<br />
veces realmente escalofriante, que casi<br />
nadie se detiene a conocer.<br />
Casi todos, por muy corpulentos que<br />
sean y aunque pretenden simular fortaleza,<br />
lloran como niños cuando piensan en sus familias,<br />
en lo mucho que les echan de menos<br />
y en la dureza de su privación de libertad. Sufren<br />
con impotencia viendo la angustia de sus<br />
seres queridos, las dificultades económicas<br />
que éstos padecen tras su ingreso en prisión<br />
y experimentan con ansiedad el temor de perderles,<br />
sobre todo en el caso de la pareja e hijos.<br />
Evitan compartir estos sentimientos con<br />
el resto de internos para no parecer vulnerables,<br />
pero he podido comprobar que agradecen<br />
la posibilidad de poder dialogar sobre aspectos<br />
tan sensibles para ellos.<br />
Una vida repleta de rutina y<br />
normatividad<br />
La opinión pública piensa que disfrutan de<br />
un régimen de hotel y se escandalizan por-<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
Tras barrotes<br />
y cerrojos<br />
se encuentran<br />
personas<br />
Nuria Larrad<br />
enprimerapersona<br />
Trabajadora Social en Instituciones Penitenciarias<br />
que algunos centros penitenciarios disponen de<br />
gimnasio y piscina. La realidad es que su vida<br />
esta repleta de rutina y normatividad. Cumplen<br />
con unos horarios estrictos día tras día y<br />
no existen fines de semana, ni festivos. Dependen<br />
de la estructura y régimen de la prisión,<br />
quedan subordinados al control y la seguridad<br />
de la misma y deben compartir con desconocidos<br />
su intimidad las 24 horas del día.<br />
En prisión conviven autores de multitud<br />
de delitos. Un buen número de ellos es consumidor<br />
de drogas, muchos de ellos con una<br />
larga trayectoria delictiva para conseguir dinero<br />
y calmar su adicción. Esto les ha llevado,<br />
además de a ingresar en prisión, a distanciarse<br />
de sus familias, perder su trabajo y su<br />
vivienda para acabar encontrándose en ocasiones<br />
en situación de calle.<br />
Particularmente me llamó la atención la<br />
cantidad de condenados por violencia de género,<br />
una parte de ellos extranjeros, con una<br />
percepción de las relaciones hombre-mujer diferente<br />
de las nuestras. En algunos casos siguen<br />
manteniendo el apoyo de su pareja pese<br />
a la orden de alejamiento.<br />
Otra cosa que me ha sorprendido ha sido<br />
encontrarme a bastantes personas encarceladas<br />
por lesiones en peleas por nimias razones.
Bastantes de ellos muy jóvenes. Seguro que<br />
pensaban que esa violencia de fin de semana<br />
no tenía consecuencias. Algo parecido les<br />
ocurre a un número no pequeño de presos<br />
por delitos contra la seguridad del tráfico.<br />
Trabajar con las familias<br />
El objetivo fundamental de un trabajo como<br />
el mío, además de humanizar su estancia<br />
en prisión, es tratar de garantizar los derechos<br />
sociales de los presos y su preparación para la<br />
vida en libertad. Para ello es preciso reconocer<br />
las particularidades de su vida, sus necesidades<br />
y aquellas circunstancias que han motivado su<br />
ingreso en prisión. En este aspecto es fundamental<br />
el trabajo con las familias. Lejos de que<br />
nos consideren enemigos, es necesario que<br />
comprendan que trabajamos con el objetivo<br />
común de procurar que nunca más vuelvan a<br />
prisión. Para ello, cada uno debemos desempeñar<br />
una función en la que la colaboración y<br />
ciertos criterios comunes resultan vitales. Por<br />
otra parte, el acercamiento de las familias les<br />
permite conocer el funcionamiento real del<br />
centro, superando estereotipos y prejuicios.<br />
Ese baño de realismo impide el que eventualmente<br />
puedan ser manipulados por un exceso<br />
de demandas de algunos internos (dinero u<br />
otros requerimientos menos nobles).<br />
Durante este tiempo he podido comprobar<br />
que para desarrollar mi trabajo diario<br />
con más efectividad serían deseables algunas<br />
mejoras. Además de ampliarse la red de recursos<br />
y dispositivos sociales en el exterior,<br />
debería darse un mayor conocimiento y coordinación<br />
entre las instituciones intra y extra<br />
penitenciarias. Lo mismo se diga respecto al<br />
tejido social solidario (ONG) que presta un<br />
papel impagable de cara a asegurar la reinserción<br />
de las personas presas. En general, debería<br />
haber una mayor continuidad y un seguimiento<br />
y apoyo más personalizado. Más en<br />
concreto, la falta de medios afecta de manera<br />
decisiva a un colectivo especialmente vulnerable<br />
como el de las personas sin hogar y<br />
sin apoyo social. La falta de respuesta real<br />
institucional a sus demandas para rehacer su<br />
vida de manera alternativa está en la base de<br />
bastantes supuestos de reincidencia.<br />
Otro colectivo que representa un tercio de<br />
las personas encarceladas es el de los extran-<br />
enprimerapersona<br />
jeros. Una de las dificultades con las que me<br />
encuentro es el desconocimiento de cómo renovar<br />
su documentación ya que no existe una<br />
regulación clara al respecto. Por otra parte la<br />
coexistencia del ordenamiento jurídico penal,<br />
el penitenciario y el de extranjería hace más<br />
compleja la situación, ante la que no siempre<br />
disponemos de formación e información suficientes.<br />
Humanizar la prisión<br />
Pero no quiero presentar solamente una<br />
lista de cosas negativas. Se están haciendo cosas<br />
positivas que humanizan la forzada convivencia<br />
en prisión. Por ejemplo, la creación<br />
de los módulos de respeto en los que se fomentan<br />
valores como la participación, el trabajo<br />
en equipo, la autoestima y, como su propio<br />
nombre indica, el respeto a los demás.<br />
Combino mi trabajo en este módulo con el<br />
terapéutico en el que tratamos de que las personas<br />
puedan superar su drogodependencia<br />
Sería deseable que el ingreso en prisión<br />
pudiese aprovecharse para aportar a los internos<br />
lo que les faltó en su vida diaria: formación<br />
académica, capacitación laboral, habilidades<br />
sociales y superación de aquellos<br />
problemas que están en la base de la comisión<br />
de los delitos. Para ello sería preciso dar más<br />
protagonismo a los internos, aumentar la motivación<br />
de los profesionales y hacer efectivo<br />
un tratamiento más personalizado y continuado,<br />
pues lamentablemente no disponemos<br />
del tiempo ni del personal necesario.<br />
Con todo, a pesar de las dificultades existentes,<br />
cada día me convenzo más de las posibilidades<br />
de recuperación y recreación que<br />
tienen todos los seres humanos sin excepción.<br />
Veo con alegría que algunos compañeros y<br />
compañeras de trabajo que llevan muchos<br />
más años que yo participan de esta misma<br />
convicción en la perfectibilidad de las personas<br />
cuando les damos medios y posibilidades<br />
para ello. Desde mi corta experiencia, mi trabajo<br />
en el medio penitenciario es la respuesta<br />
a mi vocación para hacerlo posible. ©<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
©79
©80<br />
enprimerapersona<br />
Soy psicóloga<br />
en un centro<br />
penitenciario<br />
María Elena Muñoz González<br />
enprimerapersona<br />
Psicóloga<br />
Mi experiencia personal en el<br />
Centro Penitenciario de Alcalá<br />
Meco, se enmarca en un programa<br />
piloto de la Facultad de<br />
Psicología de la Universidad<br />
Complutense de Madrid,<br />
destinado a jóvenes internos en<br />
situación preventiva. El programa<br />
consiste en la aplicación de<br />
tratamiento psicológico grupal a<br />
jóvenes delincuentes. Este<br />
programa es ofertado, como<br />
complemento al amplio abanico<br />
de actividades que realizan los<br />
internos a diario, con el objetivo<br />
de que aprendan nuevas<br />
habilidades que les puedan ser<br />
útiles en su vida diaria, una vez<br />
que recuperen la libertad. El<br />
ingreso de los internos en el<br />
programa era realizado por los<br />
Educadores Sociales, en función<br />
de las carencias que éstos<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2009<br />
El desarrollo del programa, corrió a<br />
cargo de Psicólogos pertenecientes<br />
al Máster de Psicología Clínica, Legal<br />
y Forense de la Universidad Complutense<br />
de Madrid. Las sesiones fueron realizadas<br />
por parejas de psicólogos pertenecientes a dicho<br />
Máster, con una periodicidad semanal, y<br />
una duración aproximada de seis meses.<br />
En primer lugar, es necesario destacar<br />
que, para llevar a cabo este programa, fue<br />
imprescindible el apoyo recibido. Por un lado<br />
la Universidad Complutense respondió<br />
con asesoramiento continuo y por otro lado,<br />
desde el Centro Penitenciario se nos hizo hincapié<br />
en la importancia de las relaciones interprofesionales,<br />
por lo que, desde el inicio<br />
de la aplicación del programa, contamos con<br />
el apoyo de los Psicólogos y Educadores Sociales<br />
que conforman el equipo de evaluación<br />
y tratamiento.<br />
Mi primera impresión<br />
La primera impresión al llegar a la cárcel<br />
fue bastante grata, ya que descubrí que el<br />
ambiente que allí se respiraba no era tan represivo<br />
como yo me imaginaba. La única vinculación<br />
que había tenido al mundo penitenciario<br />
había sido a través del cine, por lo que<br />
la realidad distaba mucho de la imagen que<br />
se ofrece en las películas sobre las cárceles.<br />
El programa de tratamiento que aplicamos<br />
contó con participantes de un módulo
específico en el que los internos tenían entre<br />
18 y 21 años.<br />
Comenzamos a desarrollar el programa<br />
realizando inicialmente una serie de entrevistas<br />
individuales con cada interno que participó<br />
posteriormente en la terapia grupal. Para<br />
ello, intentamos crear un espacio confortable,<br />
en el que los chicos se sintiesen tranquilos,<br />
confiados y escuchados, para que pudiesen<br />
compartir su pasado, sus experiencias vitales<br />
y sus impresiones como internos de un Centro<br />
Penitenciario. Fue fundamental explicarles<br />
el carácter confidencial de las sesiones para<br />
que se pudiese establecer una relación de<br />
confianza entre los terapeutas y los internos.<br />
Algunos de los jóvenes, se mostraban muy<br />
motivados y colaboradores en todo momento,<br />
lo que facilitó en gran medida el desarrollo<br />
de las entrevistas. Sin embargo, en otras<br />
ocasiones, era muy difícil conseguir que se estableciese<br />
una relación de confianza con algunos<br />
de los internos, ya que se mostraban<br />
reacios a cooperar en las entrevistas, presentando<br />
una elevada suspicacia. Esto puede ser<br />
debido a que al encontrarse en situación administrativa<br />
preventiva, prefiriesen mostrarse<br />
más cautelosos y reservados, por si cualquier<br />
información pudiese ser utilizada en su contra<br />
durante el proceso judicial. Aunque, desde<br />
luego, en ningún momento, las informaciones<br />
que allí se manejaron tuvieron influencia<br />
sobre el proceso judicial de los jóvenes, ya<br />
que se trataba de una terapia psicológica en<br />
la que estamos obligados como profesionales<br />
a guardar secreto profesional. Otra de las limitaciones<br />
que pudimos apreciar fue que muchos<br />
de los jóvenes que entrevistamos procedían<br />
de otros países, por lo que no conocían<br />
bien el idioma.<br />
enprimerapersona<br />
Lo que encontré<br />
En las entrevistas pudimos comprobar algunas<br />
características comunes.<br />
Encontramos que la mayoría de los jóvenes<br />
entrevistados procedían de una clase social<br />
media-baja. En cuanto al ambiente familiar,<br />
referían, en algunos casos, una carencia<br />
de límites y normas estables; y en otros casos,<br />
una ausencia total de las mismas. Asimismo,<br />
se podía observar, en algunos casos, que durante<br />
el proceso de socialización recibido, habían<br />
adquirido modelos agresivos en las relaciones<br />
interpersonales. Respecto a las conductas<br />
delictivas, algunos de ellos, referían haber<br />
cometido delitos durante la adolescencia, e<br />
incluso haber sido internados en centros de<br />
reforma.<br />
Por otro lado, los jóvenes procedentes de<br />
otros países relataban su proceso de adaptación<br />
a un nuevo país y a una nueva cultura,<br />
como problemático. En estos casos, el proceso<br />
migratorio suponía un factor estresante<br />
muy importante en sus vidas.<br />
El historial académico, en todos los casos,<br />
se veía marcado por un incipiente fracaso escolar,<br />
debido en muchas ocasiones al bajo<br />
rendimiento y al gran absentismo. Respecto<br />
al consumo de drogas, los jóvenes afirmaban<br />
haber consumido diferentes sustancias tóxicas<br />
desde muy temprana edad y, en ocasiones,<br />
manifestaban ser consumidores habituales<br />
de algunas de ellas.<br />
En relación a las características psicológicas,<br />
se podía observar una elevada impulsividad,<br />
una gran búsqueda de sensaciones y una<br />
baja tolerancia a la frustración. El hecho de<br />
ser chicos tan jóvenes con un pobre control<br />
de impulsos, con una necesidad imperiosa de<br />
experimentar sensaciones nuevas y excitantes<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
©81
©82<br />
enprimerapersona<br />
y una incapacidad para tolerar situaciones<br />
que les generasen frustración, les impedía reflexionar<br />
sobre su situación y comprender la<br />
gravedad y el alcance de las conductas que les<br />
habían llevado a estar internos en una cárcel<br />
a tan corta edad.<br />
También se podían apreciar unas marcadas<br />
distorsiones cognitivas en cuanto a las<br />
conductas delictivas; esto es, consideraban<br />
que determinados delitos no tenían una gravedad<br />
tal como para ser castigados por haberlos<br />
cometido. Este factor, unido a la baja<br />
capacidad empática que referían, suponía una<br />
interpretación errónea de sus conductas, que<br />
les generaban escasos sentimientos de culpa,<br />
ya que atribuían la responsabilidad de sus actos<br />
a causas externas, sin pensar en las posibles<br />
víctimas que habían sufrido debido a sus<br />
conductas.<br />
Igualmente, se podía comprobar una carencia<br />
en el desarrollo de habilidades sociales<br />
y una ausencia de estrategias de afrontamiento<br />
diferentes al uso de la violencia.<br />
Este “cóctel” de variables sociodemográficas<br />
y psicológicas reflejaba la predisposición<br />
de estos chicos a conductas delictivas, por lo<br />
que la aplicación del programa de tratamiento<br />
tras las entrevistas iniciales, suponía una<br />
necesidad real.<br />
El hecho de encontrarse internos en un<br />
Centro Penitenciario había influido en algunos<br />
de estos jóvenes. Relataban sentirse más<br />
desconfiados, ansiosos y con síntomas depresivos<br />
como: baja autoestima, problemas para<br />
conciliar el sueño, dificultades para mantener<br />
la atención y la concentración o sentimientos<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
de desesperanza. Sin embargo, eran pocos los<br />
que durante la entrevista se atre- vían a<br />
compartir estos sentimientos. Afirmaban que,<br />
desde su ingreso en prisión, se mostraban<br />
muy prudentes ante sus iguales, ya que comentaban<br />
que el ambiente penitenciario era<br />
un entorno hostil en el que expresar sentimientos<br />
podría ser interpretado como una<br />
signo de debilidad.<br />
Reducir el riesgo de reincidencia<br />
Tras recabar esta información inicial, se<br />
procedió al inicio de las sesiones grupales. El<br />
objetivo era desarrollar una serie de habilidades<br />
en los internos. En estos grupos, algunos<br />
de los jóvenes, se mostraban muy receptivos,<br />
y colaboradores, con ganas de aprender y<br />
compartir experiencias, pero sobre todo, con<br />
interés en llevar a cabo una actividad que fuese<br />
beneficiosa para ellos mismos.<br />
Tras finalizar las sesiones grupales, se<br />
realizaron nuevamente entrevistas individuales<br />
con los jóvenes, para conocer el impacto<br />
de la aplicación del programa. Algunos de los<br />
internos reconocieron haber disfrutado de las<br />
actividades y requerían más sesiones.<br />
Por todo lo apreciado a lo largo del programa,<br />
considero que es imprescindible la aplicación<br />
de este tipo de tratamientos, pero con<br />
una duración mayor. En el caso de los jóvenes<br />
que participaron en la terapia, se apreciaban<br />
unas carencias muy importantes, que podían<br />
ser subsanadas con el aprendizaje de habilidades<br />
adecuadas, con vistas a facilitar el proceso<br />
de reinserción en la sociedad, al recuperar la<br />
libertad, y reducir el riesgo de reincidencia. ©
testimonio<br />
de un preso<br />
enprimerapersona<br />
La experiencia mía personal fue algo<br />
en su momento nuevo. Pero no nuevo<br />
de desconocido, sino de algo que<br />
yo jamás había visto ni sentido. Sólo pasar la<br />
puerta del “refor” y ver tantas personas hablando<br />
de una manera rarísima, a través de las<br />
ventanas, me quedó grabado, pues era una<br />
sensación como que cualquiera de los que allí<br />
estaban podían hacer y decir lo<br />
que fuese y no pasaba nada.<br />
También los olores y sabores<br />
de las comidas eran nuevos.<br />
Los platos, los perolos llenos de<br />
una especie de comida, pero eso<br />
era lo que había.<br />
También los funcionarios,<br />
su manera de hablar y de comportarse,<br />
usando palabras que<br />
ni yo, en esa época, entendía.<br />
Te trataban como un animal, y<br />
al final te tenías que adaptar o<br />
ser el chivatillo de turno de los<br />
funcionarios. Yo, personalmente,<br />
miré a mí alrededor y me dije:<br />
“estás rodeado de hierro y<br />
piedra” y te tienes que endurecer<br />
o perecer, como muchos<br />
otros que perecieron.<br />
Existía tanto odio dentro,<br />
que te alimentabas de odio y<br />
rencor, pues el trato era fatal, y<br />
yo siendo un niño de 16 años<br />
de edad, y siendo tan joven, no<br />
entendía el porqué me trataban<br />
así, pues no había hecho tanto<br />
daño como el que a mí me estaban<br />
haciendo de una manera<br />
tan natural y tan libre, y eso<br />
marca mucho.<br />
JOSE (17 años preso, entró<br />
con 16 en el “refor” y salió de<br />
adulto con 33)<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
©83
©84<br />
Joaquín Suárez Bautista<br />
decálogo<br />
ENCARCELADO<br />
DE<br />
CONCIENCIA<br />
“Me basta con estar ahí donde estoy,<br />
entre vosotros. Y con luchar<br />
por un mundo nuevo...”<br />
Nâzim Hikmet, (“Cárcel de Bursa”)<br />
La fotografía es un montaje con el rostro de Nazim-Himket tras la reja de un presidio<br />
1<br />
2<br />
3<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
NAZIM HIKMET (1902-1963), el gran poeta turco, que cantó a los doloridos del mundo,<br />
Ellos son nuestros, Nosotros, suyos, fue condenado a 28 años de cárcel<br />
por incitación a la rebelión, y pasó el resto de su vida huido, exilado, refugiado.<br />
Aún dentro de la minúscula celda el mundo es increíblemente inmenso para mí.<br />
Mi fuerza: es que no estoy solo en este inmenso mundo. Tengo amigos<br />
que no nos hemos saludado ni una vez tan siquiera, sin embargo, podríamos morir<br />
por el mismo pan, la misma libertad, la misma nostalgia.<br />
Esposa mía, alma y trono míos, Hatice Pirayende.<br />
Quizá moriremos lejos el uno del otro.<br />
Y el que se quede se mezclará con la multitud. Es decir, señor mío, la vida...<br />
Tú y yo nos hemos amado el uno al otro<br />
y hemos sabido amar la causa más alta de la humanidad<br />
-hemos luchado por ella–<br />
podemos afirmar que hemos vivido.<br />
CARCEL DE ANKARA. Carta de un hombre incomunicado en su celda:<br />
Me está prohibido hablar con otro que no sea yo.<br />
Entonces hablo conmigo mismo.<br />
Pero, como encuentro muy aburrida mi conversación,<br />
canto, esposa mía.<br />
Además, ¿qué te parece?,<br />
esa voz mía, horrenda y sin armonía,<br />
me llega tan dentro de mí que me destroza el alma.
4 ANGINA<br />
5<br />
6<br />
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9<br />
10<br />
decálogo<br />
DE PECHO. Doctor, hace más de diez años que no tengo nada en mis manos<br />
para ofrecer a mis hermanos; tan sólo una manzana, una roja manzana: mi corazón.<br />
Desde mi cama contemplo la noche tras los barrotes.<br />
Y a pesar de todos estos muros que me aplastan el pecho,<br />
mi corazón palpita con la estrella más remota.<br />
Hermano mío,<br />
enviadme libros con finales felices,<br />
esos han de realizarse al fin y al cabo.<br />
EN EL QUINTO DÍA DE LA HUELGA DE HAMBRE. Hermanos míos, no pretendo morir;<br />
hermanos míos yo sé bien que seguiré viviendo a vuestro lado,<br />
estaré en las estrofas que cuentan los bellos días futuros,<br />
y en la blanca paloma de Picasso y en…”<br />
Recuerdo los días en que salí de la cárcel.<br />
Sueñas todavía con la cárcel, te despiertas dando un salto<br />
No te abandonan las costumbres y prohibiciones de los años de cárcel.<br />
Tus brazos están dispuestos a trabajar,<br />
pero se adormecieron tus conocimientos. Tampoco tienes dinero.<br />
¿Por dónde y cómo empezar a edificar la casa de tu libertad?<br />
AUTOBIOGRAFÍA. Nací en 1902<br />
no he vuelto nunca a mi ciudad natal,<br />
no me gustan los retornos.<br />
Hay hombres que saben de hierbas, otros de peces, yo de separaciones,<br />
hay hombres que saben de memoria el nombre de cada estrella, yo sé de nostalgias.<br />
He dormido en las cárceles y en los grandes hoteles,<br />
he conocido el hambre y también las huelga de hambre<br />
y no hay plato que no haya probado,<br />
a los treinta años quisieron ahorcarme<br />
a los cuarenta y ocho quisieron concederme el Premio de la Paz y me lo concedieron,<br />
a los treinta y seis durante medio año sólo pude recorrer cuatro metros cuadrados<br />
de hormigón…<br />
se me ha publicado en treinta y cuatro lenguas pero estoy prohibido<br />
en mi Turquía en mi propia lengua…<br />
aunque muerto de nostalgia puedo decir que he vivido como un hombre.<br />
Cfr.: Nâzim Hikmet, "Antología" (Visor), "Últimos poemas" I y II (Edic del oriente y del mediterráneo).<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
©85
PARA ACABAR CON LA PRISIÓN.<br />
La Mediación en el Derecho<br />
Penal. Justicia de proximidad<br />
M. Teresa Sánchez Concheiro.<br />
Icaria. Barcelona, 2006<br />
En España la población reclusa se ha<br />
doblado en los últimos quince años sin<br />
que haya aumentado en la misma proporción<br />
el número de delitos. A este aumento<br />
han contribuido diversas causas:<br />
el endurecimiento del Código Penal, la<br />
ampliación a 40 años el tiempo máximo de pena y la restricción<br />
del tercer grado y la libertad condicional. La autora propone<br />
la alternativa de la Mediación Penal: el diálogo entre la<br />
victima y el ofensor que puede conducir a una mejor reinserción<br />
del delincuente y a que la pena tenga una aplicación práctica<br />
más acorde con el daño causado.<br />
ANDAR 1 KM EN LÍNEA RECTA.<br />
La cárcel del siglo XXI que vive<br />
el preso. Manuel Gallego, Pedro<br />
J. Cabrera, Julián C. Ríos, José<br />
Luis Segovia.<br />
Anagrama. Barcelona, 2008<br />
Este estudio intenta visibilizar la experiencia<br />
de la prisión desde la perspectiva<br />
del propio preso, un sector de la población<br />
oculto a la mayor parte de la sociedad.<br />
Además del tratamiento de la problemática<br />
de la vida en prisión y de las limitaciones que acompañan<br />
a esta pena, en el estudio emerge también lo más hondo<br />
del alma humana del preso: sus sentimientos y sus sueños.<br />
LA PRISIÓN EN ESPAÑA. Una<br />
perspectiva criminológica.<br />
Ana Isabel Cerezo Domínguez,<br />
Elisa García España.<br />
Comares. Granada, 2007<br />
Según el parecer de los expertos, escasean<br />
los libros que desde un punto de<br />
vista criminológico aborden la prisión<br />
en su totalidad. Este ofrece una visión<br />
criminológica de la realidad carcelaria,<br />
algo alejada de lo plasmado en las leyes.<br />
Pero abarca otros contextos de privación<br />
de libertad, menos conocidos aún si cabe que la prisión,<br />
en los que la vulnerabilidad de la población interna es mayor,<br />
como son los menores y los extranjeros.<br />
LA JUSTICIA RESTAURATIVA Y<br />
LA MEDIACIÓN PENAL. Luis F.<br />
Gordillo Santana, .<br />
Iustel,. Madrid , 2007<br />
En el ámbito del sistema penal ha surgido<br />
un nuevo modelo de Justicia la<br />
denominada Justicia Restaurativa que<br />
poco a poco ha ido encontrando acogida<br />
en la legislación criminal de la<br />
mayor parte de los países occidentales<br />
y organizaciones internacionales.<br />
Este libro puede ser de gran ayuda a todos aquellos lectores interesados<br />
en conocer un nuevo modelo de justicia desde su fundamentación<br />
teórica y comprobar la realidad práctica de su aplicación<br />
en los países de nuestro entorno.<br />
parasabermás<br />
MUJERES, INTEGRACIÓN Y<br />
PRISIÓN<br />
Marta Cruells, Noelia Igareda.<br />
Áurea Editores. BARCELONA, 2006<br />
El proyecto MIP, durante más de dos años<br />
y medio, ha estudiado a las mujeres en prisión,<br />
ha estudiado las políticas penales y<br />
penitenciarias, y ha estudiado de manera<br />
amplia instituciones y dinámicas sociales<br />
que han afectado a sus vidas.<br />
El objetivo final del proyecto MIP es provocar un debate social,<br />
muy necesario, en torno a cómo la sociedad trata a las mujeres<br />
infractoras, para promover medidas mas humanas y efectivas que<br />
resuelvan los conflictos y ayudar a promover las oportunidades<br />
para mejorar las vidas de las personas mas desfavorecidas de<br />
nuestra sociedad.<br />
JUSTICIA RESTAURATIVA: Posible<br />
Respuesta Para El Delito<br />
Cometido Por Personas Menores<br />
De Edad. .<br />
Aida Kemelmajer de Carlucci<br />
Rubinzal-Culzoni. Buenos Aires, 2007<br />
La autora es todo un personaje de la judicatura<br />
argentina. Ella misma resume<br />
su tesis: “El sistema formal de la justicia<br />
penal de menores no sirve: nadie gana,<br />
todos pierden. Pierde el ofensor porque<br />
ingresa a un sistema estigmatizador que no lo reconcilia consigo<br />
mismo, lo aleja de sus afectos, y continúa siendo un excluido<br />
de la sociedad. Pierde la victima porque siendo dañada directa,<br />
clama como Quijote contra molinos de viento y profundiza<br />
su condición de víctima. Pierde el Estado gasta ingentes<br />
sumas de dinero en un sistema deficiente. Pierde la sociedad<br />
porque contamina su cuerpo con sentimientos de injusticia, infelicidad<br />
e inseguridad… algo distinto hay que hacer, porque<br />
parece que lo que hasta ahora hacemos sirve de poco y si seguimos<br />
haciendo lo mismo no tenemos posibilidad de un resultado<br />
diferente”<br />
LA MEDIACIÓN PENAL Y<br />
PENITENCIARIA.<br />
Julián Carlos Ríos Martín.<br />
Colex. Madrid, 2008<br />
En este libro se presentan tres experiencias<br />
destinadas a minimizar la violencia<br />
del sistema penal. La primera es<br />
un trabajo de mediación penal que se<br />
viene desarrollando desde octubre de<br />
2005 en la jurisdicción penal de adultos,<br />
y diseña un protocolo procesal con<br />
el objetivo de intervenir en las fases de<br />
enjuiciamiento e instrucción por delitos para posteriormente<br />
compartir y contrastar la experiencia mediadora. La segunda<br />
se trata de un trabajo de mediación en el ámbito penitenciario<br />
para personas presas que han tenido conflictos interpersonales.<br />
La tercera experiencia que se presenta es relativa al régimen<br />
cerrado, su objetivo es facilitar a los penados medios no<br />
violentos para defender sus derechos y generar expectativas que<br />
les permitan ser progresados de grado para alcanzar antes la<br />
tan anhelada libertad.<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
©87
©88<br />
literatura<br />
Anabel Sáiz Ripoll<br />
Doctora en Filología<br />
NUNCA ES PRONTO PARA<br />
EMPEZAR A LEER<br />
Pautas de lectura para los bebés de 0 a 3 años<br />
El bebé, desde que nace, presenta unas necesidades y unas habilidades que<br />
quienes están a su cargo han de fomentar y fortalecer. La salud física es<br />
fundamental, por supuesto, pero no podemos olvidar la salud afectiva y la<br />
salud emocional que permite crear un vínculo entre los bebés y sus cuidadores.<br />
Uno de estos aspectos es la lectura.<br />
El escritor Gustavo Martín Garzo, al<br />
comienzo de su artículo, “Instrucciones<br />
para enseñar a un niño a leer” ya<br />
deja claro que las palabras son una herramienta<br />
poderosa que, desde el principio, sirven<br />
de bálsamo y consuelo para el recién nacido:<br />
“Conviene empezar cuanto antes, a ser<br />
posible en la habitación misma de la clínica<br />
de maternidad, ya que es aconsejable que el<br />
futuro lector esté desde que nace rodeado de<br />
palabras. No importa que, en esos primeros<br />
momentos, no las pueda entender, con tal de<br />
que formen parte de ese mundo de onomatopeyas,<br />
exclamaciones y susurros que le<br />
une a su madre y que tiene que ver con la dicha.<br />
Poco a poco irá descubriendo que las<br />
palabras, como el canto de los pájaros o las<br />
llamadas del celo de los animales, no sólo<br />
son manifestación de existencia sino que nos<br />
permiten relacionarnos con lo ausente.<br />
Beneficios de la lectura<br />
Nunca es demasiado pronto para empezar<br />
a leer. La franja de los 0 a 3 años es decisiva<br />
para crear buenos lectores en el futuro.<br />
Cuando se fomenta desde el primer mes<br />
de vida, la lectura se puede convertir en una<br />
buena herramienta para propiciar el crecimiento<br />
integral de los niños.<br />
Según distintos estudios realizados sobre el<br />
tema, explicar o leer una historia en voz alta<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio ❙ 2011
desde los primeros meses de vida<br />
ofrece estos beneficios:<br />
n Refuerza el vínculo afectivo entre<br />
padres e hijos.<br />
n Favorece la capacidad de observación,<br />
atención y concentración.<br />
n Estimula la imaginación y la<br />
creatividad.<br />
n Desarrolla el gusto por aprender,<br />
la curiosidad, el pensamiento<br />
reflexivo.<br />
n Ayuda a establecer una relación<br />
constante entre el niño y el mundo<br />
que lo rodea.<br />
n Contribuye a la socialización.<br />
La palabra y la lectura,<br />
elementos cotidianos<br />
Para favorecer la lectura hay<br />
que lograr que la literatura se<br />
convierta en algo cotidiano en las<br />
vidas de los niños. ¿Cómo se logra?<br />
Hay distintos procedimientos<br />
que, según el estadio en el que nos<br />
encontremos, puede interesarnos<br />
aplicar, como, por ejemplo:<br />
n Pertenecer a un club de lectura<br />
(para recibir información sobre<br />
libros, consejos…)<br />
n Realizar actividades de lectura<br />
compartida.<br />
n Tener pautas para padres y madres.<br />
n Cantar con los niños una cancioncilla<br />
por las mañanas, recitar<br />
un verso a la hora de comer,<br />
aprender un refrán en cada estación,<br />
memorizar canciones, recitar<br />
la misma nana por las noches<br />
a la hora de dormir…<br />
Conforme el niño vaya creciendo,<br />
el gusto por las palabras se<br />
puede ir activando de la siguiente<br />
manera:<br />
n Dejándole pequeñas notas con<br />
indicaciones.<br />
n Poniéndoles mensajes en la bolsa<br />
del colegio o en la bata.<br />
n Cocinar juntos y leer recetas.<br />
n Mirar los libros que hay en las<br />
distintas salas de espera a las que<br />
vayamos. Leer versos (la poesía<br />
es esencial en estos estadios).<br />
n Aprender refranes de las distintas<br />
épocas y fiestas del año<br />
n Mirar los nombres de las calles<br />
y reconocer a escritores o referencias<br />
que puedan interesar al<br />
pequeño<br />
Conviene esmerarse en la selección<br />
de las lecturas puesto que<br />
no todas son adecuadas. Con los<br />
niños pequeños, por ejemplo,<br />
funcionan muy bien los libros en<br />
los que predomina la poesía, el<br />
ritmo y los aspectos musicales.<br />
La ilustración, por supuesto, es<br />
muy importante.<br />
A la hora de leer hay que hacerlo<br />
de manera cómoda, sentados<br />
o reclinados, con el bebé en<br />
el regazo o al lado, con música o<br />
un muñeco de peluche, pero<br />
siempre respetando los ritmos infantiles<br />
y pasando las páginas de<br />
manera suave. No todos los momentos<br />
del día son adecuados<br />
para leer, hay que esperar que el<br />
bebé esté despierto, receptivo<br />
para dedicar un rato, breve al<br />
principio, a la lectura o al disfrute<br />
de las ilustraciones.<br />
Los libros deben escogerse,<br />
como se ha dicho, con cuidado, y<br />
hay que pensar en:<br />
n Libros que se puedan mirar muchas<br />
veces, que no pasen de moda.<br />
n Libros con buenas historias.<br />
literatura<br />
n Libros que propicien la imaginación,<br />
la ternura, el humor y la<br />
experimentación en el niño.<br />
n Libros con elementos culturales.<br />
También hay que huir –o desconfiar-<br />
de:<br />
n Los libros con un aire excesivamente<br />
didáctico.<br />
n Los libros que contengan recetas<br />
terapéuticas.<br />
n Los libros con estereotipos (sexuales<br />
o de cualquier tipo).<br />
Se trata de ayudar a que los<br />
bebés crezcan sanos y felices, no<br />
de imponerles una determinada<br />
manera de ver la sociedad. La lectura<br />
propicia la comunicación entre<br />
padre e hijos, de ahí que sea<br />
tan importante encontrar momentos<br />
para poderla compartir y para<br />
informarse de las novedades. En<br />
las bibliotecas suele haber un espacio<br />
destinado a los más pequeños<br />
y siempre hay buenos profesionales<br />
que pueden asesorar.<br />
Las etapas lectoras en el<br />
niño.<br />
De 6 a 12 meses<br />
En estos meses iniciales:<br />
l aumenta el contacto visual.<br />
l se inicia el diálogo afectivo a<br />
través del balbuceo.<br />
l se emplea la mímica y el gesto.<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
l i t e r a t u r a<br />
©89
©90<br />
literatura<br />
l el niño comienza a jugar con su<br />
cuerpo (las manos, los pies…).<br />
Las pautas que se dan para<br />
iniciar la lectura son:<br />
l Hay que nombrarle las figuras<br />
y objetos.<br />
l Conviene tener al bebé en una<br />
posición cómoda.<br />
l A la lectura se añaden otros elementos<br />
como el masaje.<br />
l Hay que señalar lo que se lee,<br />
las imágenes, los personajes, los<br />
objetivos. Es importante emplear<br />
repeticiones y onomatopeyas.<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
Los materiales son variados:<br />
l Canciones de cuna, nanas, rimas.<br />
l Cuentos de ropa y de plástico<br />
(para la bañera, el cochecito…).<br />
l Imaginarios.<br />
l Cuentos breves que terminan<br />
en masaje infantil, tan importante<br />
para el apego.<br />
De 12 a 24 meses<br />
En esta etapa tan importante hay<br />
que:<br />
l dejar que el niño controle el libro<br />
l preguntar ¿dónde está? y dejar<br />
que señale en el cuento el personaje,<br />
objeto o animal por el que<br />
se le pregunta<br />
l relacionar los cuentos con las<br />
experiencias del niño<br />
l permitir que el niño complete<br />
las frases<br />
l al leer es interesante y enriquecedor<br />
jugar con las voces y los<br />
sonidos de los animales<br />
En cuando a los materiales se<br />
pueden emplear:<br />
l libros que hablen de cosas relacionadas<br />
con la cotidianeidad<br />
del niño<br />
l libros desplegables e interactivos<br />
l libros básicos sobre primeros<br />
conceptos: estaciones, transportes,<br />
contrarios, colores…<br />
l libros de animales<br />
De 2 a 3 años<br />
En esta franja de edad, el niño está<br />
evolucionando de manera muy rápida,<br />
así que la lectura debe acompañarle<br />
en ese proceso. Las pautas<br />
que se pueden seguir son:<br />
l preguntarle “¿Qué es?” ante<br />
cualquier personaje o situación<br />
del libro<br />
l relacionar los cuentos con su<br />
experiencia cotidiana<br />
l leerle varias veces su cuento favorito<br />
l introducir la lectura en alguna<br />
de sus rutinas: la hora del baño,<br />
la cena, la hora de ir a dormir<br />
En cuanto a los materiales<br />
son recomendables:
. los álbumes con historias sencillas<br />
. las historias mudas<br />
. los abecedarios, los vocabularios…<br />
Leer desde el principio<br />
Nunca es pronto para iniciarse<br />
en la lectura. Es más, en esta<br />
etapa de los 0 a los 3 años el libro<br />
tiene un papel clave y decisivo<br />
que se puede resumir en tres<br />
ámbitos, el lúdico, el afectivo y el<br />
educativo. Como bien escribe<br />
Paco Abril, y con sus palabras<br />
terminamos: “Si un bebé se siente<br />
querido, querrá jugar, conocer<br />
y descubrir el mundo. Si, por el<br />
contrario, siente amenazado su<br />
afecto, se negará a jugar y a realizar<br />
cualquier intento de exploración”.<br />
El contacto con los libros<br />
propicia esta seguridad. Por<br />
lo tanto, se trata ya no de una recomendación,<br />
sino, acaso, de una<br />
necesidad.©<br />
BIBLIOGRAFÍA<br />
-ABRIL, Paco: “La literatura infantil desde antes de<br />
la cuna”, Conaculta, México, 2003, pp. 9-28. Lecturassobrelecturas,<br />
5.<br />
-ESCARDÓ, Mercè: “La bebeteca o cuando la lectura<br />
es mirar o escuchar”, en “Educación y Biblioteca”,<br />
año 6, nº 46, abril 1994, pp. 53-54.<br />
-MARTÍN GARZO, Gustavo: “Instrucciones para enseñar<br />
a un niño a leer”. En Blanco y Negro Cultural,<br />
17 de abril de 2003.<br />
-QUINTANAL DÍAZ, José: La lectura de regazo, más<br />
que un derecho una necesidad, Madrid, Dykinson,<br />
1999.<br />
-REYES, Yolanda: “Yo no leo, alguien me lee… me<br />
descifra y escribe en mí”, Conaculta, México, 2003,<br />
pp. 29-26. Lecturrassobrelectyras, 5.<br />
-ROIG, Marta: “Lectura en les primeres edats”<br />
[“Lectura en las primeras edades” ], en el curso<br />
“Llegim i juguem amb els més petits. Taller per<br />
descubrir els llibres d`artista com a eina pel desenvolupament<br />
dels sentits dels lectors més petits”,<br />
celebrado en la Biblioteca de Vila-seca el 12-11-<br />
2009.<br />
-SÁIZ RIPOLL, Anabel: “Nacidos para leer. Un proyecto<br />
con visión de futuro” (La práctica), CLIJ, número<br />
226, mayo 2009, pp. 49-52.<br />
-VARIOS: “Leer sin saber leer. Guía de recursos<br />
para trabajar la lectura en las primeras edades”,<br />
Salamanca, Fundación Germán Sánchez Ruipérez,<br />
2008.<br />
-Proyecto “Nascuts per llegir” (“Nacidos paraleer”):<br />
http://www.nascutsperllegir.org/
©92<br />
libros<br />
NARRATIVA<br />
Kamila Shamsie, joven escritora<br />
paquistaní, es aún poco conocida<br />
en España, aunque sus hasta<br />
ahora cinco novelas han sido ya traducidas<br />
a diversos idiomas y se le reconoce<br />
un futuro en el mundo de las<br />
letras. No es ajeno a su temprana afición<br />
y dedicación a la literatura el<br />
hecho de pertenecer a una saga de<br />
relevantes literatos y editores paquistaníes.<br />
Nació y pasó sus jóvenes años en<br />
Karachi, antigua capital de Pakistán.<br />
Estudió Creación Literaria en la Universidad<br />
de Massachusetts y en Nueva<br />
York, donde también ha enseñado<br />
escritura creativa. Ejerce además el<br />
periodismo como crítica literaria en<br />
varios rotativos, The Guardian, The<br />
New Statesman y la revista Prospect,<br />
y colabora en diversas cadenas radiofónicas.<br />
Su vida se desenvuelve en la<br />
actualidad entre Karachi y Londres y,<br />
aunque domina varios idiomas, emplea<br />
la lengua inglesa en sus artículos<br />
y novelas como otros jóvenes paquistaníes<br />
de su generación.<br />
Sombras quemadas es una clara<br />
alusión al efecto de la explosión atómica<br />
en Hiroshima y Nagasaki, terrible<br />
suceso de donde parte el relato.<br />
En efecto, son las marcas de los pájaros<br />
del kimono grabadas por la radiación<br />
en la espalda de la protagonista<br />
lo que explica el título.<br />
Shamsie, a lo largo de seis décadas,<br />
nos invita a recorrer con Hiroko<br />
Tanaka, la joven superviviente japonesa<br />
que ha perdido al amor de su<br />
vida en Nagasaki, otros caminos del<br />
mundo no exentos tampoco de violencia.<br />
Llega a India para conocer a la<br />
hermana de su difunto prometido en<br />
el doloroso momento en que este país<br />
se encamina a la Partición, dando lugar<br />
al enfrentamiento entre India y Pakistán.<br />
El momento en que los ingleses<br />
tienen que abandonar el país.<br />
Suceden unos años de cierta paz<br />
para Hiroko en esta familia inglesa de<br />
acogida y, tras la salida de ellos de la<br />
India, ella, que acaba de casarse con<br />
un indio, Sajjad, sale con su marido<br />
hacia Estambul como prevención de<br />
la ola de violencia que conllevará la<br />
Partición. La consecuencia de esta<br />
marcha acarrea la expulsión de Sajjad<br />
de su India natal y por tanto su inte-<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
gración en Pakistán, que es donde<br />
nace su hijo Raza.<br />
Ninguno de estos vaivenes históricos<br />
y geográficos consigue que los<br />
lazos de amistad entre ambas familias<br />
sufran la más mínima mengua.<br />
Todo se complica con las siguientes<br />
generaciones. La línea de los Barton<br />
se establece en Norteamérica, en<br />
Nueva York, cuyo único hijo, Harry,<br />
bajo otras tareas, esconde su pertenencia<br />
a la CIA. Tras el 11-S volverá a<br />
la India, a Pakistán y a Afganistán en<br />
misiones especiales de espionaje reanudando<br />
de cerca la relación con la<br />
familia de Hiroko.<br />
Para ese momento adquieren el<br />
protagonismo de la novela los dos jóvenes<br />
de la saga, Kim, hija de Harry<br />
por los Burton, y Raza por la de Hiroko.<br />
La joven norteamericana rebelde,<br />
honesta, pero llena de prejuicios<br />
tras el asesinato de su padre, que va<br />
a dar lugar a que una persona inocente<br />
acabe en Guantánamo. El joven<br />
paquistaní que de buena fe, por<br />
amistad y por problemas personales<br />
emprende una doble vida que va a<br />
dar lugar al asesinato de su padre<br />
sospechoso, fortuitamente, de colaborar<br />
con la CIA.<br />
En esta segunda parte opino que<br />
los sucesos se le van un poco de las<br />
manos a la escritora encadenándose<br />
hacia el melodrama, o mejor aún hacia<br />
la tragedia. Sin embargo se evidencia<br />
la intención de la autora a lo<br />
largo de este fresco histórico: el temor<br />
y rechazo a que se empleen las armas<br />
atómicas en poder de India y Pakistán;<br />
lo irracional de las fronteras ; el<br />
mal de los prejuicios, convertidos en<br />
xenofobia.<br />
Reivindica Samshie que frente a<br />
los ocultos, y a veces siniestros, manejos<br />
de los políticos por poder, odio<br />
o venganza, existe siempre el factor<br />
humano capaz de esperar porque sigue<br />
creyendo en la amistad fiel, la lealtad<br />
hasta el sacrificio por el otro, la<br />
comprensión y el perdón. Y reivindica<br />
además que Karachi no sea sólo<br />
conocida por su confrontación con la<br />
India o ahora por la guerra de Afganistán,<br />
sino que se la conozca por sus<br />
músicos, sus artistas: “los autores no<br />
podemos cambiar el mundo, pero sí<br />
retratar la vida real y a gente real”.©<br />
María Simón<br />
SOMBRAS<br />
QUEMADAS<br />
Kamila Shamsie<br />
Ed. Salamandra 2011<br />
Kamila Shamsie
ÉTICA<br />
EL GOBIERNO DE LAS<br />
EMOCIONES<br />
Victoria Camps<br />
Editorial Herder. Madrid 2011<br />
os gobiernan las emociones? ¿Qué lugar<br />
¿Nocupan la vergüenza, el miedo, la compasión,<br />
la confianza o la autoestima en la formación<br />
de la personalidad moral? ¿Son positivas<br />
para el discurso político? ¿Sería ética una<br />
soberanía del sentimiento?<br />
Victoria Camps, catedrática de Filosofía moral y política de la<br />
Universidad de Barcelona y presidenta del Comité de Bioética de<br />
España, realiza en este libro un estudio de las emociones para descubrirnos<br />
que los afectos no son contrarios a la racionalidad, sino<br />
que, por el contrario, sólo desde ellos se explica la motivación para<br />
actuar racionalmente. Sólo un conocimiento que armonice razón y<br />
sentimiento incita a asumir responsabilidades morales.<br />
Todas las emociones pueden ser útiles y contribuir al bienestar<br />
de la persona que las experimenta, para lo cual hay que conocerlas<br />
y aprender a gobernarlas. Es posible hacerlo porque las emociones,<br />
al igual que otras tantas expresiones humanas se construyen<br />
socialmente. Es el contexto social el que nos enseña a qué temer, el<br />
que sienta las bases de la confianza, el que propicia o distrae de la<br />
compasión. Cambiamos de mentalidad o de opinión porque han<br />
cambiado también nuestros sentimientos. La vergüenza, la ira, el<br />
miedo, son sentimientos que nos incitan a actuar, o nos lo impiden,<br />
o bien nos llevan a hacerlo de una forma equivocada e irracional.<br />
De ahí que la ética se entendiese secularmente como el dominio y<br />
la erradicación de las pasiones, y la sabiduría práctica, como el<br />
conocimiento que conseguía reprimirlas e intentaba eliminarlas.<br />
Desde hace algunos años el lenguaje de las emociones se ha<br />
impuesto en todos los campos para poner de relieve que lo emotivo<br />
ha sido un aspecto incomprensiblemente ignorado por las ciencias<br />
sociales y humanas. El discurso actual sobre las emociones pretendecorregir<br />
esta tendencia y distanciarse del racionalismo hegemónico.<br />
La moralidad también es una “sensibilidad” de acuerdo<br />
con la cual se siente atracción hacia lo que está bien y repulsión<br />
hacia lo que está mal. No es sólo un conocimiento de lo que se<br />
debe hacer, de lo que está permitido o prohibido, sino también un<br />
conocimiento de lo que es bueno sentir.<br />
Por otra parte, vivimos en la actualidad en lo que Michel<br />
Lacroix ha llamado “el culto a la emoción”, cuya liturgia consiste<br />
en darle la vuelta a lo que ha prevalecido hasta ahora, sustituyendo<br />
el reduccionismo racionalista por un reduccionismo emocional.<br />
Cualquiera de los ámbitos de la actuación humana, sea el trabajo,<br />
la política, el ocio o la educación, tiende a ser abordado desde esa<br />
perspectiva exclusivamente emocional. De esta forma, hoy el<br />
empresario se preocupa por el clima emotivo que modela las actitudes<br />
de los trabajadores; el político se decanta con facilidad hacia<br />
el populismo y la demagogia; los padres dan rienda suelta a los<br />
deseos de sus hijos y en la escuela desaparecen las reglas porque la<br />
represión es traumática; la publicidad vende “experiencias”, “sensaciones<br />
fuertes” o, directamente, “emociones”. Las emociones se<br />
han convertido en objeto de culto.©<br />
M. A.<br />
ENSAYO<br />
libros<br />
FORJADORES<br />
DE LA<br />
TOLERANCIA<br />
Mª José Villaverde<br />
Rico y John Christian<br />
Lauser (edit)<br />
Editorial Tecnos<br />
Madrid 2011<br />
La idea de que debemos aguantar a<br />
personas cuyas concepciones, religiones<br />
o costumbres consideramos<br />
falsas, erróneas o perjudiciales no ha<br />
estado muy generalizada en la historia<br />
de la humanidad aunque haya<br />
sido considerada una virtud. Desde<br />
un enfoque negativo, la tolerancia<br />
puede ser una forma de despreocupación<br />
o negligencia en no corregir<br />
cosas que deberían rectificarse o problemas<br />
que habría que resolver.<br />
¿Cuándo y por qué surge la idea<br />
de tolerancia? En este libro se desmontan<br />
algunos mitos que atribuyen<br />
este surgimiento a los protestantes del<br />
norte de Europa. Existen testimonios,<br />
si bien no muy numerosos que retrotraen<br />
el concepto a la Edad Media o<br />
incluso a edades más antiguas. Se<br />
aborda también el tema de las cegueras,<br />
paradojas y contradicciones que<br />
se encuentran en los teóricos de la<br />
tolerancia. E intenta responder a la<br />
pregunta por los límites, si es que<br />
debería tenerlos, de la tolerancia.<br />
Se trata de un amplio y documentadísimo<br />
estudio realizado por<br />
trece profesores de Filosofía de<br />
Universidades prestigiosas de todo el<br />
mundo, coordinado por Mª José<br />
Villaverde Rico y John Cristian<br />
Laursen, autor del prólogo, quienes<br />
también contribuyen con sendos<br />
capítulos al conjunto general.<br />
En el marco de respeto y pluralismo<br />
de nuestra época, obras como<br />
esta aportan luz desde muy diferentes<br />
enfoques para que el lector construya<br />
su propio concepto.©<br />
Virginia Fernández Aguinaco<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2010<br />
l i b r o s<br />
©93
©94<br />
teatro Javier<br />
Aquellos que tenemos la enorme<br />
suerte de trabajar en este<br />
fabuloso mundillo del teatro<br />
tenemos un dicho “nunca una función<br />
es igual a otra”. Cambia el público,<br />
cambia el ambiente, cambia<br />
el estado emocional del actor ese<br />
día y cambia hasta si has hecho<br />
bien la digestión o si tu hijo hoy te<br />
ha regalado un dibujo. Todas las<br />
funciones son distintas, por eso soy<br />
de los que creen que las obras hay<br />
que visitarlas varias veces, como<br />
las películas o los libros. Pero en<br />
este caso con mucha más razón,<br />
porque en el Jamming es 100%<br />
cierto: cada función es distinta en<br />
todo.<br />
El mero hecho de que cambie<br />
el público determina la totalidad<br />
del espectáculo. Jamás habrán estado<br />
más cerca del “Teatro a la carta”.<br />
Es extraña la sensación de incertidumbre<br />
que se vive mientras<br />
esperas sentado en el patio de butacas.<br />
Yo la viví en primera persona<br />
mientras escuchaba esta conversación:<br />
–“¿Qué vamos a ver? –No lo<br />
sé. Sé que nos vamos a reír. – Ya.<br />
Pero, ¿de qué va? –No lo sé. Nadie<br />
lo sabe. –¿Cómo que nadie lo sabe?<br />
Pero si ya las has visto cinco veces.<br />
–Sí, pero cada noche pasa algo distinto.<br />
Ni los actores saben qué van<br />
a hacer hoy.”<br />
Y mientras se apagan las luces<br />
piensas que no puede ser verdad,<br />
que lo tienen todo preparado, que<br />
nadie está tan loco como para subirse<br />
a un escenario delante de una<br />
sala abarrotada sin tener ni idea de<br />
qué va a hacer o decir. Mentira. Si<br />
los hay. Los improvisadores son<br />
una extraña raza de kamikazes dotados<br />
con el súper poder de la comedia.<br />
Rebotados herederos de los<br />
bufones o de los juglares de la Edad<br />
Media, con miles de trucos y tretas,<br />
y con una sola idea en la cabeza,<br />
exigir que les pongas en un aprieto,<br />
que les exprimas, que les pidas<br />
el más difícil todavía. Una especie<br />
de adictos a la adrenalina al servicio<br />
de la corte.<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
Y ese dato es importante, están<br />
al servicio completo del público,<br />
pero es una autopista de dos direcciones,<br />
“quid pro quo” que dirían<br />
los latinos. Ellos harán lo<br />
que les pidas, pero les tienes<br />
que pedir algo. Tú<br />
como público tienes la responsabilidad<br />
de marcar el<br />
ritmo, la temática, los géneros,<br />
los juegos. Ellos te<br />
preguntan, y no te puedes<br />
esconder. Y no es divertido<br />
esconderse. Es divertido<br />
pedirles lo más estrambótico<br />
que cruce tu mente en<br />
ese momento. Un tema, un<br />
tipo de género, una referencia<br />
cultural, un estilo<br />
estético. Ellos lo actuarán<br />
para ti, para todos. Es el<br />
mundo interactivo llevado<br />
al teatro.<br />
Y todo es improvisable.<br />
El texto, la actuación,<br />
el estilo, la música, la iluminación.<br />
A partir de cuatro<br />
actores, cuatro sillas y<br />
mucho ingenio se completan<br />
casi dos horas de risas,<br />
descalabros alucinatorios,<br />
geniales excentricidades y<br />
talento en diluvio.<br />
Jamming es una compañía<br />
teatral compuesta<br />
por cuatro actores-improvisadores:<br />
Joaquín Tejada, Juanma<br />
Diez, Lolo Diego, Paula Galimberti,<br />
y con la colaboración ocasional<br />
de Ana Morgade y de Pablo Productions,<br />
un técnico-improvisador.<br />
Ellos son cuatro compañeros que<br />
una noche de esas canallas de San<br />
Isidro decidieron crear la compañía,<br />
allá por 2004. Desde entonces,<br />
han cerrado varios bares, discotecas,<br />
pequeñas salas, centros<br />
culturales y casas de reputación<br />
despistada hasta que por fin han<br />
aterrizado en el Teatro Arlequín,<br />
donde llevan ya varias temporadas<br />
esforzándose por eso tan difícil que<br />
es ser original cada noche y hacer<br />
reir. ©<br />
JAMMING<br />
JAMMING<br />
López<br />
De la compañía Jamming.<br />
Reparto: Joaquín Tejada, Juanma<br />
Diez, Lolo Diego y Paula Galimberti.<br />
Producción: Jamming.<br />
Escenografía:Jamming.<br />
Iluminación y sonido: Pablo Productions.<br />
Teatro Arlequin.<br />
Viernes y sábado a las 22.30hs.
DOS MUJERES...<br />
Dos mujeres que bailan…, o que hablan<br />
que es lo más importante. Que van desde<br />
el silencio ofensivo y la palabra que<br />
rebota sin encontrar respuesta, al diálogo de total<br />
complicidad. Con un tono natural y creíble,<br />
en un clima melodramático, con pequeñas y<br />
grandes preguntas, entre simples y hasta tremendas<br />
respuestas.<br />
Lo importante es el diálogo, el texto que Josep<br />
Maria Benet i Jornet ha escrito con ese título,<br />
más bien travieso, que intriga al espectador<br />
hasta que al final de la obra, un somero baile parece<br />
justificar el título: Dues dones que ballen<br />
(Dos mujeres que bailan). Pero en esta obra lo<br />
más importante no es la danza física sino la de<br />
las mentes y las palabras enfrentadas.<br />
Y creo que lo más importante son las dos actrices:<br />
Anna Lizaran y Alícia Pérez.<br />
La historia, como toda buena historia, es una<br />
historia de amor. Amor y desamor, amor-odio,<br />
amor a la familia, a la pareja, a los hijos, a los<br />
recuerdos…, amor y deseo de amor. El esquema<br />
elegido por Benet i Jornet no es infrecuente en<br />
los escenarios: dos personas, dos generaciones<br />
que se enfrentan. Fueron dos hombres en su<br />
obra anterior, Subterráneo, ahora son dos mujeres<br />
en la piel de dos actrices, repito, extraordinarias.<br />
Anna Lizaran, escalofriante en el papel de<br />
una mujer anciana, enferma y sola. Vive en un<br />
piso palpablemente viejo y deteriorado. Su hija,<br />
con la que está en litigio permanente, ha tranquilizado<br />
su “deber” de atención proporcionándole-imponiéndole<br />
una asistenta a la que la anciana<br />
rechaza y riñe repetidamente. El hijo, al<br />
que adora, “cumple” con alguna visita o con la<br />
promesa de ella. Alicia Pérez es la asistenta. Una<br />
joven ya madura que cumple su cometido, acepta<br />
el juego de la disputa y revela, también ella,<br />
un cierto rechazo.<br />
Nada nuevo hasta aquí. Una historia simple<br />
como tantas otras que se viven en nuestras ciudades<br />
y en nuestro tiempo. Y como en todas o<br />
casi todas esas historias, su simplicidad se desmonta<br />
en cuanto asoma la persona concreta, las<br />
personalidades y las circunstancias.<br />
Está la vieja malhumorada y regañona, que<br />
se refugia en un recuerdo que ha convertido en<br />
clave: los tebeos. En su infancia no se los permitieron<br />
y accedió a ellos a escondidas y con la<br />
complicidad de una vecina de su edad. Hoy, y<br />
desde su jubilación, recorre librerías de viejo<br />
para completar número a número las colecciones<br />
de su niñez. Y está la joven asistenta que se<br />
teatro<br />
María Jesús Ramos<br />
Barcelona<br />
resiste a hablar de sí misma y esconde tenazmente<br />
su vida privada. Es tan agria, dura y desagradable<br />
como la vieja.<br />
Las dos harán poco a poco su camino, aceptarán<br />
primero (como en una tregua) el carácter<br />
de la otra, accederán a dialogar cada vez más<br />
profundamente, se confesarán sus miedos, se revelarán<br />
sus desengaños pasados y presentes… y<br />
decidirán afrontar juntas el futuro.<br />
Xavier Albertí dirige en el remodelado Teatre<br />
Lliure de Gracia. Dirige dejando fluir de las<br />
dos actrices lo mejor (hasta ahora) de sí mismas,<br />
que es mucho.<br />
Una historia triste, sí, pero un espectáculo<br />
para disfrutar.©<br />
Alicia Pérez y Anna Lizarán<br />
Josep Maria Benet i Jornet (i), acompañado de la actriz Anna<br />
Lizaran y el director Xavier Alberti (d), durante la presentación<br />
de la obra “Dos mujeres que bailan”<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
t e a t r o<br />
©95
©96<br />
cine Cecilia<br />
El cine francés tiene una cadencia<br />
narrativa que puede<br />
resultar pesada para algunos<br />
espectadores. Sin embargo para<br />
otros muchos, la riqueza de sus<br />
personajes y los pequeños argumentos<br />
llenos de pequeños matices<br />
son todo un aliciente para<br />
acercarse a verlas a la gran pantalla.<br />
“Pequeñas mentiras sin importancia”<br />
es una estupenda comedia<br />
dramática generacional a la que<br />
sólo hay que poner un pero de envergadura:<br />
algunas secuencias ya<br />
han sido vistas y oídas en otras<br />
cintas firmadas por cineastas galos.<br />
Sin embargo, Guillaume Canet<br />
hace que esa sensación de<br />
“deja vú” no le importe al espectador.<br />
Y pasa de largo a lo que podría<br />
ser el gran inconveniente de<br />
la cinta porque los personajes se<br />
hacen familiares y queribles desde<br />
el primer fotograma. Los protagonistas<br />
son una pareja estable<br />
que, cada año, invita a un grupo<br />
de amigos a pasar parte de sus vacaciones<br />
a su casa de la playa. En<br />
esta ocasión será distinto, ya que<br />
uno sufre un grave accidente. Ésa<br />
supondrá una catarsis para el grupo,<br />
ya que les permitirá examinar<br />
y analizar cómo es su relación,<br />
entre ellos, con el mundo y con<br />
ellos mismos.<br />
Este ejercicio de pseudopsicoanálisis<br />
colectivo lejos de ser algo<br />
plúmbeo e indigerible se convierte<br />
en un ejercicio de inteligente<br />
cinismo, de humor del bueno y de<br />
lucidez por parte de unos seres<br />
humanos que no es que sean<br />
complejos, es que han convertido<br />
su vida en innecesariamente compleja.<br />
En cierta forma viven de la<br />
manera más brutal la pérdida de<br />
la inocencia de estos seres que<br />
parece que son incapaces de sacudirse<br />
de encima un “complejo<br />
de Peter Pan”, algo que les sucede<br />
a no pocos treintañeros y cuarentañeros<br />
en la actualidad, donde<br />
prima la belleza de lo efímero<br />
y son incapaces de construirse<br />
una vida que tenga alguna trascendencia.<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
Como casi siempre, el cine<br />
francés invita una vez más a pensar,<br />
esta vez desde la sonrisa, algo<br />
a lo que no nos tienen muy acostumbrados.<br />
Canet no podría haber<br />
armado esta cinta sin la presencia<br />
de un grupo de actores de una calidad<br />
notable encabezados por la<br />
elegante y sutil Marion Cotillard,<br />
la nueva musa del cine francés<br />
desde que ganó un Oscar a la Mejor<br />
Actriz por “La vie en Rose”.<br />
“Pequeñas mentiras sin importancia”<br />
puede que no pase a la historia<br />
del cine galo pero, sin duda,<br />
es un satisfactorio entretenimiento<br />
para los que van al cine a ver<br />
películas con poso y que cuidan<br />
del público maduro alejándole de<br />
franquicias de piratas o cintas de<br />
dibujos animados, tan estimables<br />
como repetitivas en los últimos<br />
años. Una cinta, en definitiva, que<br />
se deja ver sin dificultad y que<br />
deja un amable recuerdo. ©<br />
García<br />
PEQUEÑAS<br />
MENTIRAS<br />
SIN<br />
IMPORTANCIA<br />
Director:<br />
Guillaume Cane<br />
Intérpretes:<br />
Marion Cotillard, François Cluzet y<br />
Valerie Bonneton<br />
Marion Cotillard y Valerie Bonnneton
Tras algunas películas en las<br />
que parecía que el hiperproductivo<br />
Woody Allen<br />
había perdido el pulso narrativo<br />
y la frescura de sus historias ha<br />
llegado a las pantallas esta pequeña<br />
“delicatessen” con la que<br />
recupera su mejor y más elaborado<br />
cine, cine cien por cien Woody<br />
Allen, en el que vuelve a sus<br />
referencias culturales y existenciales<br />
con un vigor que se estaba<br />
empezando a echar de menos.<br />
Los más fieles al director, entre<br />
los que me encuentro, ya sabíamos<br />
la fascinación (compartida)<br />
que el neoyorkino tiene por<br />
París, como ciudad y también<br />
como refugio idealizado de escritores,<br />
pintores y artistas en general.<br />
El París entreguerras, la Belle<br />
Epoque y los personajes que la<br />
hicieron posible son un destino<br />
de lujo para aquellos viajeros que<br />
sólo portan en sus mochilas la<br />
imaginación suficiente para enseñorearse<br />
en esos ambientes. París<br />
encandila por lo que es y por lo<br />
que fue y, sobre todo, por los intelectuales<br />
extranjeros que vivieron<br />
en ella en busca de la inspiración<br />
y el estado anímico que<br />
no encontraban en sus respectivos<br />
países. El protagonista de la<br />
cinta es un intatisfecho guionista<br />
de Hollywood que quiere ser escritor.<br />
En un viaje con su novia y<br />
sus padres a París no se cansa de<br />
ensalzar su pasado como refugio<br />
para la creación, lo que no espera<br />
es que podrá vivirlo con una<br />
intensidad que no estaba en sus<br />
planes.<br />
Allen arriesga y gana. Además<br />
de reflejarnos un París lejos<br />
de las tarjetas postales, aunque a<br />
veces no esquiva la tentación de<br />
ofrecernos alguna de ellas, logra<br />
que en la misma cinta convivan<br />
personajes como el músico Cole<br />
Porter, el pintor Pablo Picasso o<br />
el escritor Ernest Hemingway. Y<br />
lo hace con una naturalidad que<br />
provoca más de una sonrisa de<br />
complicidad. Allen siempre vuelve<br />
a Allen y en “Medianoche en<br />
París” hay los felices elementos<br />
de “La rosa púrpura del Cairo”<br />
sazonados con algunas escenas<br />
que parecen sacadas de “Todos<br />
dicen I Love You”. Sin duda es su<br />
película más original desde “Desmontando<br />
a Harry” y también<br />
una de las más redondas y deliciosas<br />
por el romanticismo que<br />
rezuma y que transpira en cada<br />
fotograma. Lástima que Allen ya<br />
no tenga, según él, edad para interpretar<br />
al galán de la película.<br />
Ese rol cae en manos de un<br />
Owen Wilson que, aunque limitado<br />
como actor, le da alma a un<br />
personaje absolutamente querible.<br />
Estamos pues ante una cinta<br />
razonablemente nostálgica, meditadamente<br />
romántica en la que<br />
el director demuestra que su<br />
amor por la Ciudad de la Luz es<br />
tremendamente inspirador para<br />
su obra.©<br />
Cecilia García<br />
MEDIANOCHE<br />
EN PARÍS<br />
Director:<br />
Woody Allen<br />
Intérpretes:<br />
Owen Wilson, Marion Cotillard<br />
Owen Wuilson y Marion Cotillard<br />
cine<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
c i n e<br />
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cultura yfe: titanio reluciente<br />
DE DIOSES,<br />
HOMBRES Y<br />
DRAGONES<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
El cine es la expresión cultural<br />
más relevante del siglo<br />
XX. Nada escapa al<br />
misterio de los 24 fotogramas<br />
por segundo y nadie ha conseguido<br />
expresar la vida y la<br />
muerte de la Modernidad y de<br />
la Postmodernidad como un<br />
Chaplin, un Friz Lang, un Rossellini,<br />
un Ritt, un Bergman, un<br />
Coppola, un Fassbinder, un<br />
Saura, un Ang Lee, un Sautet,<br />
un Allen y cuantos quiera añadir<br />
el lector. Casi nada ha<br />
cambiado desde que los Lumière<br />
proyectaran La llegada<br />
del tren en el ya lejano 1895.<br />
En todo caso, ha cambiado la<br />
mecánica del cine, pero casi<br />
en absoluto su intención, su<br />
realismo, su imaginería, su<br />
cultivo de la realidad. Dioses,<br />
hombres y dragones.<br />
En poco tiempo, he visionado<br />
dos películas pretendidamente<br />
religiosas, y una de<br />
ellas, además, intencionalmente<br />
confesional y hasta militante:<br />
De dioses y de hombres,<br />
del francés Xavier Beauvois,<br />
sobre el asesinato de una comunidad<br />
cisterciense en las<br />
montañas del Magreb a manos<br />
de un grupo armado, ¿fundamentalistas<br />
islámicos o fuerzas<br />
estatales argelinas? Mientras la<br />
segunda intenta mostrarnos la<br />
infancia y juventud de Monseñor<br />
Escrivá de Balaguer, fundador<br />
del Opus Dei, realizada<br />
por el conocido director Roland<br />
Joffe (autor por ejemplo<br />
de La Misión) y que lleva por<br />
título Encontrarás dragones.<br />
Dos films que nos adentran en<br />
ese misterio existencial que<br />
conforman los dioses, los<br />
hombres y los dragones. Con<br />
resultados muy diversos, hasta<br />
causar sorprendentes interrogantes.<br />
La luz que clarifica el<br />
Guggenheim, en ocasiones,<br />
acaba por oscurecerlo.<br />
Norberto Alcover<br />
De dioses y de hombres<br />
es una historia escalofriante<br />
sobre el choque entre humanidad<br />
en estado puro y los dragones<br />
terribles del odio que<br />
los seres humanos llevamos<br />
en el adentro más último.<br />
Dios parece permanecer silencioso<br />
pero habla en la sangre<br />
inocente. El hombre parece<br />
dominar la historia pero la<br />
destroza al ensangrentarla. Y<br />
los dragones de uno y de otro<br />
signo se la juegan en el terreno<br />
acotado de la libertad del<br />
hombre ante su Dios. Una<br />
maravilla. Pretendiendo ser<br />
simplemente humana, la película<br />
alcanza unas cotas de religiosidad<br />
infinitas. Lo religioso<br />
misteriosamente escondido<br />
en la tarea humana de la misericordia.<br />
Encontrarás dragones, por<br />
el contrario, es una historia<br />
chata sobre un personaje desdibujado<br />
y dominado por quien<br />
resulta su antagonista: el mal,<br />
puede que sin preténdelo Joffé<br />
y sus asesores, se sobrepone<br />
al bien, un tanto ñoño y superficial.<br />
Y cuando el mal intenta<br />
levantar el vuelo, en una<br />
mediocre secuencia casi conclusiva,<br />
ni nos lo creemos y<br />
hasta sospechamos de la inutilidad<br />
de la bondad. Para nada<br />
hay misterio. Ni religiosidad.<br />
Y muy poquita profesión<br />
de fe. Una decepción preocupante<br />
para la misma obra de<br />
Dios.<br />
Pero la vida es como ambas<br />
películas: religiosidad acerada<br />
o religiosidad mermada.<br />
En pantalla, asistimos a la<br />
confrontación entre dioses,<br />
hombres y dragones. Y los<br />
vencedores son unos u otros<br />
según cada film. La luz de la<br />
cultura define contradictoriamente<br />
el edificio excelente del<br />
Guggenheim.©
SERIES DE ESPAÑA Y MÉJICO.<br />
PEQUEÑAS Y GRANDES DIFERENCIAS<br />
Lucero Hogaza León y José M.<br />
Montesinos en Soy tu dueña<br />
Ivan Sánchez y Kate del Castillo<br />
en La reina del sur<br />
Ocasionalmente he visto<br />
algún episodio de uno<br />
de los culebrones, (“Soy<br />
tu dueña”), de mayor éxito en<br />
Méjico y en Estados Unidos (en<br />
este caso, naturalmente entre la<br />
población hispana). Ocasionalmente<br />
también, he visto algún<br />
culebrón español, últimamente<br />
“La reina del sur” y por supuesto<br />
la kilométrica “Amar en tiempos<br />
revueltos”. En síntesis, tramas<br />
enredadas, grandes pasiones<br />
(amorosas o de ambición,<br />
poder y dinero, mucho dinero)<br />
subtramas con algún elemento<br />
cómico, y producción no muy<br />
costosa, pero con ciertos alardes.<br />
Hasta ahí los parecidos entre<br />
las series de allá y de acá.<br />
Hay más diferencias –aparte<br />
de la expresión verbal, que en la<br />
serie mejicana vista es muchísimo<br />
mejor, más rica y precisa,<br />
aún en los personajes más humildes–<br />
que parecidos. Tal por<br />
ejemplo la calidad de los actores,<br />
en este aspecto mejores los<br />
españoles a gran distancia; los<br />
hispanos son buenos o muy buenos<br />
en los papeles secundarios y<br />
malos hasta llorar de risa en los<br />
protagonistas, salvo alguna excepción.<br />
Hay diferencias, claro, en<br />
los ambientes urbanos o rurales.<br />
Me llama la atención especialmente<br />
la decoración de las viviendas…<br />
Pero lo más diferente es, a<br />
mi parecer, el mundo de valores<br />
que reflejan unas y otras. No<br />
deja de sorprender que en un<br />
país con una historia de laicismo<br />
beligerante por parte de los po-<br />
televisión<br />
Virginia Fernández<br />
deres públicos como es Méjico<br />
–está a punto de estrenarse “Cristiada”,<br />
una película sobre la gesta<br />
de los “cristeros”– la identidad<br />
católica aparezca tan presente y<br />
vigorosa en las series de mayor<br />
audiencia. Se aprecia en el respeto<br />
con que son tratados los sacerdotes<br />
o religiosos, en las reacciones<br />
ante una desgracia o un<br />
conflicto, en la invocación a la<br />
Virgen cuya imagen es venerada<br />
en las casas, en un sentido de la<br />
vida en el que la maldad es maldad<br />
sin relativismos ni “dependes”<br />
y la bondad, bondad. En<br />
formas de expresión en las que la<br />
referencia a Dios nunca –he<br />
puesto nunca– es blasfema y hay,<br />
cuando no adoración, al menos<br />
un cierto temor reverencial…<br />
Nada que ver, en los mejores<br />
casos, con el ninguneo y la<br />
ignorancia –asombra que precisamente<br />
en la nación que llevó<br />
el cristianismo al otro lado del<br />
Atlántico el desconocimiento de<br />
lo más elemental de la religión<br />
esté tan extendido– o la ofensa<br />
cuando no la crítica despiadada.<br />
Ni con los valores –cuando los<br />
hay– puramente humanos, no<br />
trascendentes, que funcionan en<br />
nuestras producciones.<br />
Da qué pensar todo esto,<br />
pero supongo que sería tema<br />
para otra sección. A mí, de todas<br />
formas, me parece curioso<br />
el contraste entre la sociedad española<br />
descristianizada que presentan<br />
los culebrones de producción<br />
propia y la adhesión<br />
–¿de gran parte de esa misma<br />
sociedad?– a este culebrón mejicano.©<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
t e l e v i s i ó n<br />
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arte Francisco<br />
Málaga ofrece al visitante una nueva institución<br />
museística de reciente inauguración.<br />
Nos referimos al Museo Carmen Thyssen,<br />
así denominado ya que acoge la colección de la<br />
Baronesa Thyssen-Bornemisza. Para ello se ha dispuesto<br />
de un conjunto arquitectónico entre el que<br />
destaca el Palacio de Villalón, un edificio del siglo<br />
XVI que viene a dignificar la colección que desde<br />
ahora alberga. Con esta nueva sede que ocupa un<br />
total de 7.147 m2, la ciudad de Málaga gana más<br />
de 5.000 m2 de espacios expositivos y, gracias a la<br />
generosa decisión de la propietaria de las obras<br />
que las ha prestado temporalmente de forma gratuita,<br />
la ciudad andaluza, además de ver ampliada<br />
su oferta museística, se enriquece con las piezas de<br />
esta importante selección que sirve de repaso a los<br />
distintos estilos surgidos a lo largo del siglo XIX y,<br />
de manera muy particular, a aquellos que hallaron<br />
un especial protagonismo en la pintura andaluza.<br />
También, en torno a esta colección, se irán celebrando<br />
distintas exposiciones temporales con piezas<br />
del siglo XIX que pondrán en valor este conjunto<br />
y servirán a la vez para profundizar en la proliferación<br />
de estilos artísticos surgidos en España<br />
durante el período decimonónico.<br />
La colección<br />
Como fondo inicial, dispone el Museo Carmen<br />
Thyssen de una colección permanente cuantificada<br />
en unas 220 obras. Las piezas aparecen estructuradas<br />
en cuatro grandes apartados o ámbitos, según<br />
la época, el tema y el estilo. Así, comienza la<br />
selección con un primer conjunto de obras dedicado<br />
a revisar los “Maestros Antiguos” y entre ellas<br />
figuran pinturas de Zurbarán y de Jerónimo Ezque-<br />
Vicent Galdón<br />
EL MUSEO CARMEN THYSSEN DE MÁLAGA,<br />
UNA GRATA VISIÓN DEL ARTE DEL SIGLO XIX<br />
Palacio de Villalón,<br />
sede del Museo<br />
©RÍTICA ❙ Nº 972 ❙ Marzo-Abril 2011<br />
rra, además de una escultura de Cristo muerto, atribuida<br />
a un taller italiano del siglo XIII. También,<br />
junto a ella, aparecen dos piezas de Ángeles en terracota<br />
del siglo XVI cuya autoría se debe al taller<br />
de Della Robbia. En un segundo apartado se brinda<br />
un recorrido por el Romanticismo y Costumbrismo,<br />
centrados en la temática del paisaje, de las tradiciones,<br />
de los tipos y costumbres que tanto se<br />
prodigaron en las tierras andaluzas, vistos desde la<br />
perspectiva estilística de artistas como Fritz Bamberger,<br />
Genaro Pérez Villaamil, Barrón, Cortés y los<br />
eminentemente costumbristas Cabral Aguado Bejarano,<br />
Rafael Benjumea, García Ramos, Gómez<br />
Gil y los hermanos Domínguez Bécquer. El tercero<br />
está dedicado al Preciosismo y paisaje naturalista,<br />
apartado que permite ver la evolución del<br />
gusto artístico que se produce ya en la segunda mitad<br />
del siglo XIX. Este cambio es perceptible en<br />
obras de Mariano Fortuny, de José Benlliure, Raimundo<br />
Madrazo, Sala y Moreno Carbonero que<br />
optan por expresarse de una forma más colorista y<br />
espontánea en sus lienzos. El paisaje es tratado de<br />
forma más natural y realista por artistas como Carlos<br />
de Haes, Sánchez-Perrier y Rico Ortega. El<br />
cuarto apartado contempla la pintura de Fin de siglo,<br />
en concreto la modernización de la pintura española,<br />
vista desde la mirada abierta e internacional<br />
de Aureliano de Beruete, desde el luminismo<br />
de Sorolla, desde la visión cosmopolita y moderna<br />
de artistas como Darío de Regoyos, Casas, Canals,<br />
Iturrino y tantos otros.<br />
Dirección: c/ Compañía, 10. 29016 - Málaga<br />
Horario: De martes a domingo, de 10,00 a 20,00 horas,<br />
(lunes cerrado)<br />
Una fachada del edificio Patio interior
Paul Strand. Fotografía obrera<br />
Armando Sica. Cruz Velacui, Pisac<br />
(Adoración de la cruz)<br />
El movimiento de la fotografía obrera<br />
1926-1939<br />
Sirve esta interesante y muy documentada muestra<br />
para profundizar en una parte de la fotografía del siglo<br />
XX, aquella que se ocupa de poner sus medios técnicos<br />
al servicio de los diversos movimientos obreros<br />
(desde el asociacionismo sindical hasta la creación de<br />
estados “de los trabajadores”, como el soviético), partiendo<br />
de la autoconciencia de la clase obrera y la toma<br />
de los mecanismos de producción y reproducción de<br />
imágenes. El movimiento de la fotografía obrera tuvo<br />
un importante auge entre los años 20 y 30 del pasado<br />
siglo y gracias a ella hoy podemos conocer los momentos<br />
cruciales y las consecuencias que las diversas revoluciones<br />
industriales provocaron desde su origen hasta<br />
la conclusión. Aquí, a través de fotos de autores como<br />
Tretyakov, Seymour, Capa, Strand, Tina Modotti, Ballhause<br />
o Max Alpert y películas, libros y documentos,<br />
se aborda la autonomía de la técnica fotográfica, su poder<br />
testimonial y su doble función: la de ser vehículo<br />
de información gráfica y su vertiente artística. De ahí,<br />
que esta fotografía aúne a su temática política su cualidad<br />
y calidad plástica..©<br />
Museo Reina Sofía, Madrid, hasta el 22 de agosto.<br />
200 años de historia, arte y cultura de<br />
Latinoamérica<br />
Otra importante exposición que nos visita es ésta<br />
que, organizada por Acción Cultural Española con<br />
motivo de los Bicentenarios de las Independencias Iberoamericanas,<br />
reflexiona sobre los distintos discursos y<br />
narrativas de identidad surgidas en América Latina a lo<br />
largo de los últimos 200 años. A través de pinturas, es-<br />
exposiciones<br />
Andrés de la Calleja. Retrato de<br />
Doña Francisca de Sales<br />
Portocarrero, Condesa de Montijo<br />
culturas, dibujos, libros y objetos se analizan las distintas<br />
posturas y cambios, vistos desde lo histórico y político,<br />
lo tradicional y costumbrista, desde lo literario,<br />
conmemorativo y de identidad nacional. Las obras de<br />
arte, desde la perspectiva de autores como Matta, Lam,<br />
Tamayo, Seoane y Obregón, entre otros, nos facilitan<br />
conocer las distintas narraciones que propone esta<br />
muestra.©<br />
Salas de la Biblioteca Nacional ,hasta el 10 de julio.<br />
La luz de Jovellanos<br />
También, organizada por Acción Cultural Española,<br />
se exhibe en Gijón esta muestra que agrupa más de<br />
250 piezas que permiten recordar la figura y recrear el<br />
entorno de este escritor y político en el bicentenario de<br />
su muerte. Jovellanos, un lúcido ilustrado, impulsor de<br />
reformas modernizadoras, de proyectos y de sueños<br />
que no vería cumplidos, fue causante y trasmisor de un<br />
legado que dio luz y claridad a una dura etapa de sombras,<br />
el de la Ilustración. Esta muestra ofrece un completo<br />
perfil de su vida y obra, vistos desde su entorno<br />
familiar y de amistades, desde su condición de hombre<br />
de ley, desde el perfil de estadista, de hombre culto e<br />
ilustrado y de literato.©<br />
Palacio de Revillagigedo y Casa Natal de Jovellanos,<br />
Gijón, hasta el 4 de septiembre.<br />
El poder de la duda. Fotografía y video<br />
instalaciones<br />
Esta exposición forma parte del programa de PHoto-<br />
España 2011 y comprende 55 trabajos, entre fotografías<br />
y vídeo instalaciones, realizados entre los años<br />
1998 y 2011 por 16 artistas de 11 nacionalidades. El<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
e x p o s i c i o n e s<br />
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©102<br />
exposiciones<br />
mensaje que se pretende transmitir con esta muestra es<br />
que el arte y los artistas de hoy, como el mundo en sí,<br />
están globalizados. Utilizando los medios digitales, con<br />
imágenes fijas o en movimiento, indagan acerca de la<br />
naturaleza de la realidad, de la verdad y de los sueños,<br />
generando con sus obras más suspense y dudas que<br />
conclusiones. Esta idea es aún más tangible en lugares<br />
con transformaciones sociales intensas, sobre todo en<br />
aquellas sociedades que se ven obligadas a caminar hacia<br />
un mundo globalizado aparentemente abierto y liberado<br />
que, en cambio, impone de forma violenta ficciones<br />
de felicidad y paz, aplanando la realidad. Las<br />
obras de estos artistas, de países del Este y de China,<br />
expresan la necesidad de la duda en la manera de ver,<br />
de recordar y de comunicar el mundo real, oscilando<br />
entre verdades y ficciones.©<br />
Museo Colecciones ICO, Madrid, desde el 1 de junio.<br />
El joven Ribera<br />
Pretende esta exposición dar a conocer la etapa más<br />
temprana de José de Ribera, aquella que abarca su<br />
estancia y producción en Roma y los años siguientes a<br />
su establecimiento en Nápoles que comprenden desde<br />
1616 a 1622. Son 32 obras las que muestran tanto la<br />
temática como la técnica y el estilo del Ribera inicial.<br />
Momento pictórico éste, que muestra la notable influencia<br />
y desarrollo del caravaggismo romano en el<br />
arte durante las primeras décadas del siglo XVII. Así,<br />
obras como el Juicio de Salomón de la Galería Borghese,<br />
considerada anónima, o Resurrección de Lázaro, del<br />
Ribera. Demócrito<br />
©RÍTICA ❙ Nº 973 ❙ <strong>Mayo</strong>-Junio 2011<br />
Prado, de discutida autoría, ambas aquí expuestas, hoy<br />
son plenamente aceptadas como obras del Ribera temprano<br />
y vienen a completar el vacío cronológico existente<br />
con el resto de las obras que el Prado posee de<br />
este pintor y que pertenecen a su etapa de madurez.<br />
También, se aprecia aquí la variedad de temas como el<br />
religioso proyectado en su Apostolado y el profano en<br />
Los cinco sentidos. De igual manera, la relación entre<br />
obras tempranas y otras de su etapa de madurez permiten<br />
conocer la evolución de su estilo inicial al naturalismo.©<br />
Museo del Prado, Madrid, hasta el 31 de julio<br />
Arquitectura Alpina<br />
Coincide esta muestra del arquitecto alemán, Bruno<br />
Taut, en el Círculo, con otras dos organizadas por el<br />
Colegio de Arquitectos de Madrid para conmemorar el<br />
125 aniversario de su nacimiento. De Taut, autor de proyectos<br />
revolucionarios y utópicos, se exhibe su cuaderno<br />
de “Arquitectura Alpina”, un tratado de arquitectura<br />
utópica que consta de 30 láminas. En él proyecta la<br />
construcción de un entramado urbano en los Alpes, realizado<br />
en cristal. Con este tipo de arquitectura pretendía<br />
lograr establecer una nueva relación orgánica y simbiótica<br />
entre ciudad y naturaleza. En su mundo de arquitecturas<br />
irrealizables, se alzan torres de cristal junto<br />
a lagos y montañas, asemejando estructuras minerales.<br />
La obra, que se muestra por vez primera en nuestro país,<br />
se presta a diversidad de interpretaciones y de ideas.<br />
Círculo de Bellas Artes, hasta el 17 de julio.<br />
Nedko y Dimitar Solakov