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5. EL REAL DECRETO 1215/ 1997: EQUIPOS DE TRABAJO Como ya se ha comentado a lo largo de este estudio, si las máquinas han sido comercializadas y puestas en uso con anterioridad al 1- 01-1995, no les es de aplicación el Real Decreto 1644/2008, por lo que no tendrán el marcado CE ni la declaración de conformidad del fabricante. Este Real Decreto es la transposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva 89/655/CEE modificada por la Directiva 95/63/CEE. Sin embargo, sí les es de aplicación el Real Decreto 1215/1997, el cual establece un plazo, ya transcurrido, para que los usuarios de equipos de trabajo los ponga en conformidad con dicho Real Decreto, efectuando en ellos las modificaciones necesarias para que cada uno cumpla todas las condiciones que para los distintos tipos de equipos establece. Si el empresario usuario de una máquina o equipo de trabajo quiere asegurarse documentalmente de que ésta cumple el Real Decreto 1215/97, puede solicitar de un Organismo de Control Autorizado (OCA) que proceda a la revisión de la máquina y expida, en su caso, un documento de que la misma cumple con el Real Decreto 59

PARTE SEGUNDA: LA PREVENCIÓN Y LA PROTECCIÓN DEL RIESGO APLICADAS A LAS MÁQUINAS 1215/97, pero bien entendido que este requisito no está establecido ni regulado por el Real Decreto, por lo que no es obligatorio. 3 No obstante, además de los Organismos de Control Autorizados (OCA), el certificado de conformidad de equipos puede ser expedido por cualquier Técnico competente, cuya titulación universitaria o profesional le habilite al respecto. Respecto al resto de los equipos de trabajo existentes en la empresa, habrán de ser objeto de inclusión en la evaluación de riesgos de los puestos de trabajo en que estén ubicados, con objeto de comprobar su conformidad con el Real Decreto 1215/1997 y el resto de normas aplicables. El Real Decreto establece en su disposición transitoria única la obligatoriedad de adecuación de los equipos en los siguientes términos: “1. Los equipos de trabajo que en la fecha de entrada en vigor de este Real Decreto estuvieran a disposición de los trabajadores en la empresa o centro de trabajo, deberán ajustarse a los requisitos establecidos en el apartado 1 del Anexo I en el plazo de doce meses desde la citada entrada en vigor. 2. Los equipos de trabajo contemplados en el apartado 2 del Anexo I que el 5 de diciembre de 1998 estuvieran a disposición de los trabajadores en la empresa o centro de trabajo, deberán ajustarse en un plazo máximo de cuatro años a contar desde la fecha citada a las disposiciones mínimas establecidas en dicho apartado.” Por tanto, esta disposición legal tiene por objeto establecer las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de los equipos de trabajo, siendo su ámbito de aplicación todos los equipos de trabajo: máquinas –independientemente del tipo de máquina y de la fecha de su puesta en servicio–, aparatos, instrumentos o instalaciones utilizados en el trabajo. //////////////////////////////////////////////////////////////////////////////// 3 Texto extraído de la Guía de Actuación Inspectora respecto de la Evaluación de Equipos. ITSS. 60

PARTE SEGUNDA: LA PREVENCIÓN Y LA PROTECCIÓN DEL RIESGO APLICADAS A LAS MÁQUINAS<br />

1215/97, pero bien entendido que este requisito no está establecido<br />

ni regulado por el Real Decreto, por lo que no es obligatorio. 3<br />

No obstante, a<strong>de</strong>más <strong>de</strong> los Organismos <strong>de</strong> Control Autorizados<br />

(OCA), el certificado <strong>de</strong> conformidad <strong>de</strong> equipos pue<strong>de</strong> ser expedido<br />

por cualquier Técnico competente, cuya titulación universitaria o<br />

profesional le habilite al respecto.<br />

Respecto al resto <strong>de</strong> los equipos <strong>de</strong> trabajo existentes en la empresa,<br />

habrán <strong>de</strong> ser objeto <strong>de</strong> inclusión en la evaluación <strong>de</strong> riesgos <strong>de</strong><br />

los puestos <strong>de</strong> trabajo en que estén ubicados, con objeto <strong>de</strong> comprobar<br />

su conformidad con el Real Decreto 1215/1997 y el resto <strong>de</strong><br />

normas aplicables.<br />

El Real Decreto establece en su disposición transitoria única la obligatoriedad<br />

<strong>de</strong> a<strong>de</strong>cuación <strong>de</strong> los equipos en los siguientes términos:<br />

“1. Los equipos <strong>de</strong> trabajo que en la fecha <strong>de</strong> entrada en vigor <strong>de</strong><br />

este Real Decreto estuvieran a disposición <strong>de</strong> los trabajadores en la<br />

empresa o centro <strong>de</strong> trabajo, <strong>de</strong>berán ajustarse a los requisitos establecidos<br />

en el apartado 1 <strong>de</strong>l Anexo I en el plazo <strong>de</strong> doce meses<br />

<strong>de</strong>s<strong>de</strong> la citada entrada en vigor.<br />

2. Los equipos <strong>de</strong> trabajo contemplados en el apartado 2 <strong>de</strong>l Anexo<br />

I que el 5 <strong>de</strong> diciembre <strong>de</strong> 1998 estuvieran a disposición <strong>de</strong> los trabajadores<br />

en la empresa o centro <strong>de</strong> trabajo, <strong>de</strong>berán ajustarse en un<br />

plazo máximo <strong>de</strong> cuatro años a contar <strong>de</strong>s<strong>de</strong> la fecha citada a las<br />

disposiciones mínimas establecidas en dicho apartado.”<br />

Por tanto, esta disposición legal tiene por objeto establecer las disposiciones<br />

mínimas <strong>de</strong> seguridad y salud para la utilización <strong>de</strong> los<br />

equipos <strong>de</strong> trabajo, siendo su ámbito <strong>de</strong> aplicación todos los equipos<br />

<strong>de</strong> trabajo: máquinas –in<strong>de</strong>pendientemente <strong>de</strong>l tipo <strong>de</strong> máquina<br />

y <strong>de</strong> la fecha <strong>de</strong> su puesta en servicio–, aparatos, instrumentos o instalaciones<br />

utilizados en el trabajo.<br />

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3 Texto extraído <strong>de</strong> la Guía <strong>de</strong> Actuación Inspectora respecto <strong>de</strong> la Evaluación <strong>de</strong><br />

Equipos. ITSS.<br />

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