Ver documento - Comisiones Obreras de Madrid
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PREVENCIÓN Y CONTROL DE MÁQUINAS Y EQUIPOS DE TRABAJO<br />
vidad preventiva para que los riesgos <strong>de</strong>tectados en la evaluación<br />
se corrijan.<br />
Esta misma ley establece, en su artículo 41, que los fabricantes,<br />
importadores y suministradores <strong>de</strong> maquinaria, equipos, productos<br />
y útiles <strong>de</strong> trabajo están obligados a asegurar que éstos no<br />
constituyan una fuente <strong>de</strong> peligro para el trabajador, siempre que<br />
sean instalados y utilizados en las condiciones, forma y para los<br />
fines recomendados para ellos. Así mismo, los fabricantes, importadores<br />
y suministradores <strong>de</strong>berán proporcionar a los empresarios,<br />
y éstos recabar <strong>de</strong> aquéllos, la información necesaria para que la<br />
utilización y manipulación <strong>de</strong> la maquinaria, equipos, productos,<br />
materias primas y útiles <strong>de</strong> trabajo se produzcan <strong>de</strong> manera segura,<br />
sin riesgo para la salud <strong>de</strong> los trabajadores.<br />
2.2. Disposiciones que afectan a la fabricación y<br />
comercialización <strong>de</strong> máquinas<br />
El 29 <strong>de</strong> diciembre <strong>de</strong> 2009 entró en vigor el Real Decreto<br />
1644/2008, por el que se establecen las normas para la comercialización<br />
y puesta en servicio <strong>de</strong> las máquinas. Este Real Decreto<br />
no hace más que transponer al <strong>de</strong>recho interno lo establecido en la<br />
Directiva 2006/42/CE <strong>de</strong> máquinas.<br />
Esta norma <strong>de</strong>roga el Real Decreto 1435/1995, por el que se dictaban<br />
las disposiciones <strong>de</strong> aplicación <strong>de</strong> la Directiva <strong>de</strong>l Consejo<br />
89/392 relativa a la aproximación <strong>de</strong> las legislaciones <strong>de</strong> los<br />
Estados miembros sobre máquinas; <strong>de</strong> la misma manera, <strong>de</strong>roga el<br />
Real Decreto 56/1992 que modificaba el citado Real Decreto<br />
1435/1992.<br />
Otra legislación anterior, y a tener en consi<strong>de</strong>ración, sería la aplicable<br />
a las máquinas fabricadas y comercializadas con anterioridad<br />
a 1995, en el periodo comprendido entre los años 1987 y<br />
1995, que les son <strong>de</strong> aplicación el Real Decreto 1495/1986 y sus<br />
modificaciones posteriores: el Real Decreto 590/1989 y 830/1991<br />
y la Or<strong>de</strong>n <strong>de</strong> 8/4/1991, Reglamento <strong>de</strong> Seguridad en Máquinas.<br />
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