Ver documento - Comisiones Obreras de Madrid
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INTRODUCCIÓN<br />
Pero esto no se correspon<strong>de</strong> con la realidad <strong>de</strong> la práctica preventiva<br />
en las empresas, que nos muestra cómo es habitual que en las<br />
evaluaciones <strong>de</strong> riesgos no se i<strong>de</strong>ntifiquen los equipos y/o materiales<br />
que utilizan los trabajadores, ni tampoco tengan en cuenta los<br />
efectos perjudiciales para la salud que pueda ocasionar la exposición<br />
a los riesgos específicos asociados.<br />
Según la VI Encuesta Nacional <strong>de</strong> Condiciones <strong>de</strong> Trabajo, en relación<br />
a las causas <strong>de</strong> los riesgos <strong>de</strong> acci<strong>de</strong>ntes a los que están expuestos<br />
los trabajadores en sus puestos <strong>de</strong> trabajo, el 7,3% <strong>de</strong> los encuestados<br />
contesta que son las máquinas y equipos <strong>de</strong> trabajo. Por sectores<br />
<strong>de</strong> actividad <strong>de</strong>stacan la construcción e industria, con un<br />
11,8% y un 9,2% respectivamente. El 6,9% <strong>de</strong> los trabajadores que<br />
han sufrido un acci<strong>de</strong>nte en los dos últimos años está relacionado<br />
con las máquinas o equipos <strong>de</strong> trabajo.<br />
Sin embargo estos riesgos están regulados en la legislación. Aparte<br />
<strong>de</strong> la Ley <strong>de</strong> Prevención <strong>de</strong> Riesgos Laborales, la normativa <strong>de</strong><br />
seguridad y salud relativa a las máquinas trata <strong>de</strong> modo diferenciado<br />
los aspectos <strong>de</strong> comercialización y <strong>de</strong> uso; por ello existen disposiciones<br />
dirigidas a los fabricantes <strong>de</strong> máquinas y otras que regulan<br />
su utilización, por lo que se dirigen a los empresarios:<br />
1- Normas dirigidas a los fabricantes: se preten<strong>de</strong> que en el mercado<br />
circulen legalmente sólo máquinas seguras, concebidas y<br />
diseñadas teniendo en cuenta todas las exigencias <strong>de</strong> seguridad.<br />
(RD 1644/2008, que <strong>de</strong>roga el RD1435/1992, <strong>de</strong> aplicación <strong>de</strong><br />
la Directiva 89/392/CEE sobre máquinas).<br />
2- Normas dirigidas a los empresarios: tienen la finalidad <strong>de</strong><br />
garantizar que esas máquinas seguras se utilizan <strong>de</strong> forma también<br />
segura en los lugares <strong>de</strong> trabajo. Están en su mayoría en el<br />
RD 1215/1997, por el que se establecen las disposiciones mínimas<br />
<strong>de</strong> seguridad y salud para la utilización por los trabajadores<br />
<strong>de</strong> los equipos <strong>de</strong> trabajo. Estas normas se aplican tanto a<br />
las máquinas como a las herramientas manuales.<br />
Des<strong>de</strong> la entrada en vigor <strong>de</strong> la legislación sobre máquinas y equipos<br />
<strong>de</strong> trabajo ha transcurrido ya mucho tiempo, pero es muy<br />
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