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Ver documento - Comisiones Obreras de Madrid

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INTRODUCCIÓN<br />

Pero esto no se correspon<strong>de</strong> con la realidad <strong>de</strong> la práctica preventiva<br />

en las empresas, que nos muestra cómo es habitual que en las<br />

evaluaciones <strong>de</strong> riesgos no se i<strong>de</strong>ntifiquen los equipos y/o materiales<br />

que utilizan los trabajadores, ni tampoco tengan en cuenta los<br />

efectos perjudiciales para la salud que pueda ocasionar la exposición<br />

a los riesgos específicos asociados.<br />

Según la VI Encuesta Nacional <strong>de</strong> Condiciones <strong>de</strong> Trabajo, en relación<br />

a las causas <strong>de</strong> los riesgos <strong>de</strong> acci<strong>de</strong>ntes a los que están expuestos<br />

los trabajadores en sus puestos <strong>de</strong> trabajo, el 7,3% <strong>de</strong> los encuestados<br />

contesta que son las máquinas y equipos <strong>de</strong> trabajo. Por sectores<br />

<strong>de</strong> actividad <strong>de</strong>stacan la construcción e industria, con un<br />

11,8% y un 9,2% respectivamente. El 6,9% <strong>de</strong> los trabajadores que<br />

han sufrido un acci<strong>de</strong>nte en los dos últimos años está relacionado<br />

con las máquinas o equipos <strong>de</strong> trabajo.<br />

Sin embargo estos riesgos están regulados en la legislación. Aparte<br />

<strong>de</strong> la Ley <strong>de</strong> Prevención <strong>de</strong> Riesgos Laborales, la normativa <strong>de</strong><br />

seguridad y salud relativa a las máquinas trata <strong>de</strong> modo diferenciado<br />

los aspectos <strong>de</strong> comercialización y <strong>de</strong> uso; por ello existen disposiciones<br />

dirigidas a los fabricantes <strong>de</strong> máquinas y otras que regulan<br />

su utilización, por lo que se dirigen a los empresarios:<br />

1- Normas dirigidas a los fabricantes: se preten<strong>de</strong> que en el mercado<br />

circulen legalmente sólo máquinas seguras, concebidas y<br />

diseñadas teniendo en cuenta todas las exigencias <strong>de</strong> seguridad.<br />

(RD 1644/2008, que <strong>de</strong>roga el RD1435/1992, <strong>de</strong> aplicación <strong>de</strong><br />

la Directiva 89/392/CEE sobre máquinas).<br />

2- Normas dirigidas a los empresarios: tienen la finalidad <strong>de</strong><br />

garantizar que esas máquinas seguras se utilizan <strong>de</strong> forma también<br />

segura en los lugares <strong>de</strong> trabajo. Están en su mayoría en el<br />

RD 1215/1997, por el que se establecen las disposiciones mínimas<br />

<strong>de</strong> seguridad y salud para la utilización por los trabajadores<br />

<strong>de</strong> los equipos <strong>de</strong> trabajo. Estas normas se aplican tanto a<br />

las máquinas como a las herramientas manuales.<br />

Des<strong>de</strong> la entrada en vigor <strong>de</strong> la legislación sobre máquinas y equipos<br />

<strong>de</strong> trabajo ha transcurrido ya mucho tiempo, pero es muy<br />

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