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ABCDFLOUWP - Nodo 50

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sobre otra. Pero ese simil no se corresponde con el Estado, porque siempre<br />

en el Estado el individuo está sometido a la voluntad general, no es<br />

libre, no tiene libertad porque sufre la opresión de manera permanente, ya<br />

que “lo que el hombre pierde por el contrato social es su libertad natural y<br />

un derecho ilimitado a todo lo que le apetece y puede alcanzar; lo que<br />

gana es la libertad civil y la propiedad de todo lo que posee”. Bajo el<br />

Estado siempre somos niñxs, porque el padre siempre es el Estado. En<br />

otras palabras, bajo el Estado nunca seremos “Padres”, siempre tendremos<br />

que obedecer, pero eso sí, y aquí reside otra justificación de un prejuicio<br />

suyo, podremos tener derecho a poseer propiedades, lo que no<br />

decía era que estas pueden ser muy desiguales, que existirán jerarquías<br />

sociales de índole económico, y si existen estas jerarquías el privilegio<br />

persiste. Qué tipo de libertad es la que te afirma que eres libre cuando, por<br />

un condicionante económico, puedes vivir peor que cuando en estado<br />

natural, según él, te ves obligadx a asociarte y vivir en comunidad. No me<br />

convence, no “cedería” mi voluntad a esa supuesta “voluntad general”. No<br />

me apetecería ser un esclavo de dicha autoridad, más si entiendo que en<br />

dicha sociedad habrían ricxs y pobres. Para el que está abajo de la jerarquía<br />

social no es buena esa “voluntad general” para sus intereses, a<br />

menos que se le obligue o engañe para tal fin. Aunque, por otro lado,<br />

intenta limitar un poco esa propiedad privada, al igual que muchx izquierdista<br />

y progre trasnochadx de hoy día, cuando afirma sobre la propiedad<br />

de la tierra (para él el nomadismo no era ni tan siquiera tenido en cuenta)<br />

“para autorizar sobre cualquier porción de terreno el derecho del primer<br />

ocupante son precisas (...) que este territorio no esté aún habitado por<br />

nadie (...) que no se ocupe de él sino extensión de que se tenga necesidad<br />

de subsistir (...) que se tome posesión de él, no mediante vana ceremonia,<br />

sino por el trabajo y el cultivo”. ¿Y ese primer ocupante podrá<br />

pagar a gente para que trabajen para él? ¿Cómo se puede decir que es<br />

lo necesario para la subsistencia?. Esto tiene la misma consistencia que<br />

el artículo 47 de la Constitución ¡¡EEEjpppañola!!, ese que se cachondea<br />

en la cara de todxs cuando dice que tenemos derecho a una vivienda<br />

digna... ejem, sobran los comentarios, sólo que las “constituciones” contemporáneas<br />

siguen basándose en el principio abstracto del “contrato<br />

social”...<br />

Si yo estuviese en un estado natural y me ofreciesen esta forma<br />

de “asociación”, no la aceptaría o seguramente de hacerlo la abandonaría<br />

rápidamente, sin embargo y mira por donde, esto no se puede hacer, sería<br />

una auténtica locura, ya que somos libres pero “a fin de que este pacto<br />

social no sea una vana fórmula, encierra tácitamente este compromiso:<br />

22<br />

ANIQUILEMOS LA<br />

EXPLOTACIÓN<br />

PALABRAS PARA EL DEBATE Y LA CONFLICTIVIDAD SOCIAL.<br />

Grupo Chornoe Znamia<br />

&<br />

Ateneu Llibertari del Besòs<br />

(Barcelona)<br />

Marzo 2008<br />

1ª Edición<br />

No Copyright

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