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20.03.2013 Views

A modo de epílogo: propuestas de cara al futuro Beatriz Busaniche y Evelin Heidel* La diversidad de voces que logra rescatar este libro es una articulación potente que, creemos, fortalece la convergencia que reivindica la cultura para el bien común. Bibliotecarios, estudiantes, docentes, músicos, artistas, diseñadores, programadores, wikipedistas, enciclopedistas, editores, fotógrafos, ilustradores, comunicadores, somos conscientes de que las leyes actuales de derecho de autor y conexos no sólo sirven a un sector pequeño, específico y concentrado de nuestra sociedad, sino que además no sirven a quienes dicen servir: a los autores. Estas leyes que regulan monopolios sobre la cultura ocultan la apropiación silenciosa de una parte crucial de los bienes comunes: las obras culturales, entendidas en un sentido amplio. Dificultan la difusión y creación de obras, limitan el derecho ciudadano a disfrutar de los bienes culturales, obstaculizan la creación de sentidos colectivos, históricos y sociales más profundos, entorpecen el derecho de acceder a la información y al conocimiento, y con ello, la misión de instituciones indisolublemente ligadas a la democracia, como las bibliotecas, las universidades, las escuelas, los medios de comunicación en sus múltiples sentidos, y sobre todo las nuevas redes de comunicación basadas en Internet. Las prácticas sociales de acceso al conocimiento, producción de información y de cultura, se encuentran tempranamente con las prohibiciones del copyright, defendido por las grandes corporaciones editoriales, discográficas, multimediales, las sociedades gestoras de derechos de autor, que colocan cercos artificiales al espacio público, de lo común. En este contexto de cercamiento, la construcción de otro paradigma acorde a las tecnologías disponibles y las necesidades de nuestro tiempo se vuelve una tarea indispensable. Las iniciativas de algunos colectivos pueden ser muy exitosas, y los proyectos colaborativos y de construcción entre pares, como el software libre, la wikipedia o los proyectos de diseño y música libres, dan cuenta de ello. Estos proyectos han demostrado, además, que uno

166 | ARGENTINA COPYLEFT de los argumentos más escuchados sobre la necesidad del copyright como motor de innovación y cambio, es un postulado falso. Los nuevos modelos que proponen algunas de estas iniciativas, son parte del horizonte hacia el cual caminamos, pero también constituyen soluciones parciales, en la medida en que todavía queda, del otro lado de la cerca, un enorme acervo cultural que no está disponible para la mayoría de la población. Cambiar el paradigma es una acción política, donde es necesario construir consensos y dialogar con quienes toman las decisiones políticas en representación de la ciudadanía común. En este sentido, entendemos que una reforma propositiva de las leyes de derechos de autor y conexos, y las leyes que regulan el acceso a la cultura en nuestro país, es una tarea urgente, que no puede ser postergada. En el contexto mundial actual, y con el rigor que imponen los tratados internacionales, cambiar el statu quo implica enfrentarse a organizaciones como la Organización Mundial del Comercio (OMC) y la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). Tratados como el ADPIC (Acuerdos sobre Aspectos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio) y el Convenio de Berna, ambos regulatorios en materia de derecho de autor, deben ser necesariamente evaluados no sólo para que la mayoría de la población pueda acceder a lo que es propio (los bienes culturales), sino para analizar en profundidad las consecuencias que estos tratados tienen sobre la soberanía cultural, tecnológica y política. Por su rigidez, el sistema de derechos de autor en Argentina es considerado, según investigaciones independientes, uno de los peores del mundo y el peor de América Latina. Por todas estas razones, y con la convicción de que la construcción de una ley más justa nos atañe a todos, proponemos algunos puntos esenciales para una ley de derechos de autor más inclusiva, amplia y democrática: • que se introduzcan excepciones y limitaciones que permitan a las bibliotecas tanto públicas como privadas, populares, especializadas, universitarias, sea en sus versiones en papel como en digital, ejercer su función plena de difusión y acceso a la información; • que se brinden amplias excepciones y limitaciones al copyright para materiales educativos, para estudiantes y docentes, que en las condiciones actuales se encuentran seriamente restringidos para ejercer con libertad su pleno derecho a la educación; • que se permita digitalizar y recuperar para el acervo común las obras huérfanas de nuestra cultura, en particular, aquellas obras descatalogadas que no están accesibles por la vía del mercado; • que las penalidades en relación a la elusión de medidas técnicas sean efectivas sólo en el caso de una comprobada y concreta violación de derechos de autor, es decir, que no se penalice a quienes eluden los DRM para hacer un efectivo ejercicio de sus derechos;

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motor de innovación y cambio, es un postulado falso. Los nuevos<br />

modelos que proponen algunas de estas iniciativas, son parte del horizonte<br />

hacia el cual caminamos, pero también constituyen soluciones<br />

parciales, en la medida en que todavía queda, del otro lado de la cerca,<br />

un enorme acervo cultural que no está disponible para la mayoría de la<br />

población.<br />

Cambiar el paradigma es una acción política, donde es necesario<br />

construir consensos y dialogar con quienes toman las decisiones políticas<br />

en representación de la ciudadanía común. En este sentido, entendemos<br />

que una reforma propositiva de las leyes de derechos de autor y<br />

conexos, y las leyes que regulan el acceso a la cultura en nuestro país, es<br />

una tarea urgente, que no puede ser postergada.<br />

En el contexto mundial actual, y con el rigor que imponen los tratados<br />

internacionales, cambiar el statu quo implica enfrentarse a organizaciones<br />

como la Organización Mundial del Comercio (OMC) y la<br />

Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). Tratados como<br />

el ADPIC (Acuerdos sobre Aspectos de Propiedad Intelectual<br />

relacionados con el Comercio) y el Convenio de Berna, ambos regulatorios<br />

en materia de derecho de autor, deben ser necesariamente evaluados<br />

no sólo para que la mayoría de la población pueda acceder a lo que<br />

es propio (los bienes culturales), sino para analizar en profundidad las<br />

consecuencias que estos tratados tienen sobre la soberanía cultural, tecnológica<br />

y política. Por su rigidez, el sistema de derechos de autor en Argentina<br />

es considerado, según investigaciones independientes, uno de<br />

los peores del mundo y el peor de América Latina.<br />

Por todas estas razones, y con la convicción de que la construcción<br />

de una ley más justa nos atañe a todos, proponemos algunos puntos<br />

esenciales para una ley de derechos de autor más inclusiva, amplia y democrática:<br />

• que se introduzcan excepciones y limitaciones que permitan a las<br />

bibliotecas tanto públicas como privadas, populares, especializadas,<br />

universitarias, sea en sus versiones en papel como en digital, ejercer<br />

su función plena de difusión y acceso a la información;<br />

• que se brinden amplias excepciones y limitaciones al copyright para<br />

materiales educativos, para estudiantes y docentes, que en las condiciones<br />

actuales se encuentran seriamente restringidos para ejercer<br />

con libertad su pleno derecho a la educación;<br />

• que se permita digitalizar y recuperar para el acervo común las<br />

obras huérfanas de nuestra cultura, en particular, aquellas obras<br />

descatalogadas que no están accesibles por la vía del mercado;<br />

• que las penalidades en relación a la elusión de medidas técnicas<br />

sean efectivas sólo en el caso de una comprobada y concreta violación<br />

de derechos de autor, es decir, que no se penalice a quienes<br />

eluden los DRM para hacer un efectivo ejercicio de sus derechos;

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