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| ARGENTINA COPYLEFT<br />
cas de comunicación. La libertad de expresión comprende, entonces, el<br />
derecho de fundar medios de comunicación. Y es un derecho universal.<br />
Para ir un poco más allá, agregamos: “La promoción de la diversidad<br />
y el pluralismo debe ser el objetivo primordial de la reglamentación<br />
de la radiodifusión y demás servicios de comunicación audiovisual.” [4]<br />
Este es uno de los principios propuestos por AMARC ALC en defensa<br />
de la libertad y el pluralismo, que se sustentan en una nutrida jurisprudencia<br />
comparada. Entre otras fuentes, se cita la Declaración<br />
Conjunta de 2001 de los Relatores de Libertad de Expresión [5], que ratifica<br />
“la importancia fundamental de la diversidad en los medios de comunicación<br />
para el libre intercambio de información e ideas en la sociedad,<br />
en términos de dar voz y satisfacer tanto las necesidades de información<br />
como otros intereses de todos y todas, de conformidad con la protección<br />
que brindan las garantías internacionales del derecho a la libertad de expresión”.<br />
Con decirlo no es suficiente. “Son necesarias medidas efectivas para<br />
promover la diversidad de contenidos y perspectivas, el acceso a los medios<br />
de radiodifusión y el reconocimiento de diversidad de formas jurídicas<br />
de propiedad, finalidad y formas de funcionamiento, incluyendo<br />
medidas para prevenir la concentración de medios.” [6]<br />
La misma Declaración Conjunta sostiene que deben reconocerse<br />
“los variados aportes que efectúan a la diversidad los diferentes tipos de<br />
medios de comunicación -comerciales, de servicio público y comunitariosasí<br />
como los que tienen diferente alcance -local, nacional, regional e internacional”.<br />
Y agrega que “la concentración indebida de la propiedad de los<br />
medios de comunicación, directa o indirecta, así como el control gubernamental<br />
sobre los mismos constituyen una amenaza a la diversidad de los<br />
medios, a la vez que generan otros riesgos, tales como la concentración<br />
del poder político en manos de los propietarios o de elites gobernantes.”<br />
Pensar la comunicación y la cultura en sentido amplio, como elemento<br />
constitutivo de las personas, implica pensar en la posibilidad de generar<br />
estructuras que permitan el desarrollo de una cultura libre, que proponga<br />
una alternativa a la concepción de mercancía y sea ejercida desde la<br />
idea del bien público, como un bien social.<br />
Por el contrario, la explotación comercial de los medios de comunicación<br />
como criterio único, la noción de la información como materia<br />
prima de la economía y, por extensión, la concepción de la cultura como<br />
un bien intangible apropiable, sustentan la confiscación de la producción<br />
de conocimiento, de la construcción de relatos sociales y consensos,<br />
de estructuras y modos de subjetivación y de sociabilidad.<br />
Las resistencias a este modelo llevan impresas y asumen la complejidad<br />
de desplegarse en el campo mediático y cultural, político y social,<br />
económico y jurídico.