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PRI - Instituto Federal Electoral

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procedimiento de revisión de los informes de campaña descritos en el Código<br />

<strong>Federal</strong> de Instituciones y Procedimientos <strong>Electoral</strong>es.<br />

La solicitud antes citada, fue notificada mediante oficio UF-DA/4077/10 del 28 de<br />

mayo de 2010, recibido por el partido en la misma fecha.<br />

En consecuencia, con escrito SF/944/10 del 4 de junio del 2010, el partido<br />

presentó la documentación solicitada, por tal motivo la observación se consideró<br />

subsanada.<br />

En la cuenta “Gastos de Propaganda en Páginas de Internet”, se observó una<br />

póliza que presenta como soporte documental una copia de cheque, el<br />

contrato, la relación de la publicidad y las muestras correspondientes; sin<br />

embargo, no se localizó la factura del gasto realizado. A continuación se indica<br />

la póliza en comento:<br />

ENTIDAD DISTRITO REFERENCIA IMPORTE<br />

FEDERATIVA<br />

CONTABLE<br />

Tamaulipas 06 PE-05/05-09 $2,000.00<br />

En consecuencia, se solicitó al partido que presentara lo siguiente:<br />

Presentara la factura original a nombre del partido con la totalidad de requisitos<br />

fiscales, anexa a su respectiva póliza.<br />

Las aclaraciones que a su derecho conviniera.<br />

Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 38, numeral 1, inciso<br />

k) del Código <strong>Federal</strong> de Instituciones y Procedimientos <strong>Electoral</strong>es; así como 12.1<br />

y 23.2 del Reglamento de la materia, en relación con los numerales 29, párrafos<br />

primero, segundo y tercero, 29-A, párrafos primero, fracciones I, II, III, IV, V, VI,<br />

VIII y segundo del Código Fiscal de la Federación y la Regla II.2.4.7 de la<br />

Resolución Miscelánea Fiscal publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29<br />

de abril de 2009.<br />

La solicitud antes citada, fue notificada mediante oficio UF-DA/3432/10 del 22 de<br />

abril del 2010, recibido por el partido en la misma fecha.<br />

En consecuencia, con escrito SF/519/10 del 7 de mayo de 2010, recibido en la<br />

misma fecha, el partido manifestó lo que a la letra se transcribe:<br />

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