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PRI - Instituto Federal Electoral

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Tal situación constituye, a juicio de esta Unidad de Fiscalización,<br />

incumplimiento a lo dispuesto en los artículos 38, numeral 1, inciso k) y 83,<br />

numeral 1, inciso d), fracciones I, III y IV del Código <strong>Federal</strong> de Instituciones y<br />

Procedimientos <strong>Electoral</strong>es, así como 12.1, 12.7, 14.4, 16.2, 16.3, 16.4, 21.2,<br />

inciso a), 21.4 y 28.1 del Reglamento de la materia<br />

Por lo tanto, esta Unidad de Fiscalización considera necesario el inicio de un<br />

procedimiento oficioso, con la finalidad de verificar si dichos gastos se debían<br />

reportar en el informe de campaña del ejercicio 2009.<br />

82. Derivado del análisis a la documentación y aclaraciones proporcionadas por el<br />

proveedor, llevadas a cabo posteriormente a la fecha en que concluyó el<br />

periodo en que la Unidad de Fiscalización se encuentra facultada para solicitar<br />

aclaraciones al partido, no se localizó el registro de 3 facturas, por un total de<br />

$25,000.00 en los gastos de campaña del ejercicio 2009.<br />

Tal situación constituye, a juicio de esta Unidad de Fiscalización,<br />

incumplimiento a lo dispuesto en los artículos 38, numeral 1, inciso k) y 83,<br />

numeral 1, inciso d), fracciones I, III y IV del Código <strong>Federal</strong> de Instituciones y<br />

Procedimientos <strong>Electoral</strong>es, así como 12.1, 12.7, 14.4, 16.2, 16.3, 16.4, 21.2,<br />

inciso a), 21.4 y 28.1 del Reglamento de la materia.<br />

Por lo tanto, esta Unidad de Fiscalización considera necesario el inicio de un<br />

procedimiento oficioso, con la finalidad de verificar si dichos gastos se debían<br />

reportar en el informe de campaña del ejercicio 2009.<br />

83. Derivado de que las respuestas de la empresa Google Inc., en donde indica<br />

que facturó las cantidades de $1’557,468.84 M.N. (Un Millón Quinientos<br />

Cincuenta y Siete Mil Cuatrocientos Sesenta y Ocho Pesos 84/100 Moneda<br />

Nacional), a la agencia de publicidad Comercio Mas S. A. de C.V. (Televisa<br />

Digital) (‘Comercio Mas’), por concepto de servicios de publicidad en línea<br />

contratados para beneficio del <strong>PRI</strong>, se recibiron posteriormente al periodo en<br />

que la Unidad de Fiscalización se encuentra facultada para solicitar nuevas<br />

aclaraciones al partido y con la finalidad de verificar a cabalidad la veracidad<br />

de lo reportado por el partido, esta Unidad de Fiscalización considera que se<br />

debe iniciar un procedimiento oficioso.<br />

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