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PRI - Instituto Federal Electoral

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46. El partido no presentó contrato de prestación de servicios, ni la documentación<br />

soporte que permitiera identificar en que consistió el servicio y la campaña<br />

beneficiada por $21,568.32.<br />

Tal situación constituye, a juicio de esta Unidad, un incumplimiento a lo<br />

dispuesto en el artículo 13.8 y 21.15 del Reglamento para la Fiscalización de<br />

los Recursos de los Partidos Políticos Nacionales, por lo que se hace del<br />

conocimiento del Consejo General del <strong>Instituto</strong> <strong>Federal</strong> <strong>Electoral</strong> para efectos<br />

de lo establecido en los artículos 354, numeral 1, inciso a) en relación con el<br />

342 del Código <strong>Federal</strong> de Instituciones y Procedimientos <strong>Electoral</strong>es.<br />

47. En 6 diferentes distritos, el partido no reportó en los registros contables ni en<br />

los informes de campaña, gastos por el uso de equipo de fotocopiado,<br />

vehículos e inmuebles a título gratuito, combustible y una página de internet,<br />

tampoco informó el origen de los recursos empleados para tales efectos.<br />

Tal situación constituye, a juicio de esta Unidad, un incumplimiento a lo<br />

dispuesto en el artículo artículo 83, numeral 1, inciso d), fracción IV del Código<br />

<strong>Federal</strong> de Instituciones y Procedimientos <strong>Electoral</strong>es; 1.3 y 12.1 del<br />

Reglamento para la Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos<br />

Nacionales, por lo que se hace del conocimiento del Consejo General del<br />

<strong>Instituto</strong> <strong>Federal</strong> <strong>Electoral</strong> para efectos de lo establecido en los artículos 354,<br />

numeral 1, inciso a) en relación con el 342 del Código <strong>Federal</strong> de Instituciones<br />

y Procedimientos <strong>Electoral</strong>es.<br />

48. El partido presentó comprobantes de gastos operativos de campaña que no<br />

cumplen con la totalidad de los requisitos fiscales por $121,360.95.<br />

Tal situación constituye, a juicio de esta Unidad, un incumplimiento a lo<br />

dispuesto en el artículo 12.1 del Reglamento para la Fiscalización de los<br />

Recursos de los Partidos Políticos Nacionales, en relación con el 29-A, párrafo<br />

segundo del Código Fiscal de la Federación, por lo que se hace del<br />

conocimiento del Consejo General del <strong>Instituto</strong> <strong>Federal</strong> <strong>Electoral</strong> para efectos<br />

de lo establecido en los artículos 354, numeral 1, inciso a) en relación con el<br />

342 del Código <strong>Federal</strong> de Instituciones y Procedimientos <strong>Electoral</strong>es.<br />

49. El partido realizó el pago en efectivo por $11,905.28 de gastos que superan los<br />

100 días de salario mínimo general vigente en el Distrito <strong>Federal</strong>.<br />

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