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PRI - Instituto Federal Electoral

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43. El partido no reportó en los Informes de Campaña gastos por la producción de<br />

62 promocionales para radio y 41 para televisión.<br />

Tal situación constituye, a juicio de esta Unidad, un incumplimiento a lo<br />

dispuesto en los artículos 21.2, inciso d) del Reglamento para la Fiscalización<br />

de los Recursos de los Partidos Políticos Nacionales, por lo que se hace del<br />

conocimiento del Consejo General del <strong>Instituto</strong> <strong>Federal</strong> <strong>Electoral</strong> para efectos<br />

de lo establecido en los artículos 354, numeral 1, inciso a) en relación con el<br />

342 del Código <strong>Federal</strong> de Instituciones y Procedimientos <strong>Electoral</strong>es.<br />

44. El partido no presentó la copia de 2 cheques por un importe de $21,789.46 y<br />

adicionalmente, realizó un pago con un cheque a nombre de una tercera<br />

persona y no a nombre del proveedor o prestador del servicio por $8,500.00.<br />

Tal situación constituye, a juicio de esta Unidad, un incumplimiento a lo<br />

dispuesto en el artículo 12.7 del Reglamento para la Fiscalización de los<br />

Recursos de los Partidos Políticos Nacionales, por lo que se hace del<br />

conocimiento del Consejo General del <strong>Instituto</strong> <strong>Federal</strong> <strong>Electoral</strong> para efectos<br />

de lo establecido en los artículos 354, numeral 1, inciso a) en relación con el<br />

342 del Código <strong>Federal</strong> de Instituciones y Procedimientos <strong>Electoral</strong>es.<br />

Adicionalmente, se propone el inicio de un procedimiento oficioso con la<br />

finalidad de verificar el manejo correcto de los recursos reflejados en los<br />

cheques de mérito.<br />

45. El partido no reportó en los registros contables ni en los informes de campaña,<br />

los ingresos y gastos derivados del uso de vehículos a título gratuito en (7+1)<br />

8 distritos y no aclaró a cabalidad el origen de los recursos referidos.<br />

Tal situación constituye, a juicio de esta Unidad, un incumplimiento a lo<br />

dispuesto en el artículo 83, numeral 1, inciso d), fracción IV del Código <strong>Federal</strong><br />

de Instituciones y Procedimientos <strong>Electoral</strong>es, así como 1.3 y 12.1 del<br />

Reglamento para la Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos<br />

Nacionales, por lo que se hace del conocimiento del Consejo General del<br />

<strong>Instituto</strong> <strong>Federal</strong> <strong>Electoral</strong> para efectos de lo establecido en los artículos 354,<br />

numeral 1, inciso a) en relación con el 342 del Código <strong>Federal</strong> de Instituciones<br />

y Procedimientos <strong>Electoral</strong>es.<br />

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