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PRI - Instituto Federal Electoral

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Tal situación constituye, a juicio de esta Unidad, un incumplimiento a lo<br />

dispuesto en los artículos 12.7 del Reglamento para la Fiscalización de los<br />

Recursos de los Partidos Políticos Nacionales, por lo que se hace del<br />

conocimiento del Consejo General del <strong>Instituto</strong> <strong>Federal</strong> <strong>Electoral</strong> para efectos<br />

de lo establecido en los artículos 354, numeral 1, inciso a) en relación con el<br />

342 del Código <strong>Federal</strong> de Instituciones y Procedimientos <strong>Electoral</strong>es.<br />

28. De la revisión a la cuenta gastos de propaganda se observaron algunos gastos<br />

que carecen de muestras de la propaganda adquirida por $1,236,632.82<br />

($1,193,939.07 + $42,693.75).<br />

Tal situación constituye, a juicio de esta Unidad, un incumplimiento a lo<br />

dispuesto en el artículo 14.4 del Reglamento para la Fiscalización de los<br />

Recursos de los Partidos Políticos Nacionales, por lo que se hace del<br />

conocimiento del Consejo General del <strong>Instituto</strong> <strong>Federal</strong> <strong>Electoral</strong> para efectos<br />

de lo establecido en los artículos 354, numeral 1, inciso a) en relación con el<br />

342 del Código <strong>Federal</strong> de Instituciones y Procedimientos <strong>Electoral</strong>es.<br />

29. El partido presentó comprobantes de gastos que no cumplen con la totalidad<br />

de los requisitos fiscales como son cantidad, valor unitario, fecha de<br />

expedición etc por un monto de $112,648.30.<br />

Tal situación constituye, a juicio de esta Unidad, un incumplimiento a lo<br />

dispuesto en el artículo 12.1 del Reglamento para la Fiscalización de los<br />

Recursos de los Partidos Políticos Nacionales, en relación con los numerales<br />

29, primer párrafo y 29-A, párrafo primero, fracción III del Código Fiscal de la<br />

Federación, por lo que se hace del conocimiento del Consejo General del<br />

<strong>Instituto</strong> <strong>Federal</strong> <strong>Electoral</strong> para efectos de lo establecido en los artículos 354,<br />

numeral 1, inciso a) en relación con el 342 del Código <strong>Federal</strong> de Instituciones<br />

y Procedimientos <strong>Electoral</strong>es.<br />

30. En el distrito 01 de Sonora, el partido realizó erogaciones que benefician a<br />

candidatos locales con recursos de una cuenta “CBDMR”.<br />

Tal situación constituye, a juicio de esta Unidad, un incumplimiento a lo<br />

dispuesto en el artículo 11.3 del Reglamento para la Fiscalización de los<br />

Recursos de los Partidos Políticos Nacionales, por lo que se hace del<br />

conocimiento del Consejo General del <strong>Instituto</strong> <strong>Federal</strong> <strong>Electoral</strong> para efectos<br />

2027

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