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PRI - Instituto Federal Electoral

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electorales en base a la documentación presentada. Dicha operación se detallaba<br />

en el Anexo 2 del oficio UF-DA/4078/10, Anexo 20 del presente Dictamen, que se<br />

componía de la siguiente forma:<br />

En la columna (A). “TOTAL DE EGRESOS REPORTADOS POR EL PARTIDO EN<br />

LOS ‘IC’”, se muestra el monto total de los gastos de campaña reportados en los<br />

formatos “IC” Informe sobre el Origen, Monto y Destino de los Recursos para las<br />

Campañas <strong>Electoral</strong>es presentados por el partido.<br />

La columna (B) “PRORRATEO SEGÚN PARTIDO CEN” corresponde al total de<br />

los gastos centralizados y prorrateados según el partido (en base a lo registrado<br />

en la cuenta “Transferencias recibidas del Comité Ejecutivo Nacional”, subcuenta<br />

“En Especie” reportadas en la contabilidad de cada una de las campañas de los<br />

candidatos a Diputados <strong>Federal</strong>es) y columna (C) “PRORRATEO SEGÚN<br />

PARTIDO CDE’S” corresponde al total de los gastos centralizados y prorrateados<br />

según el partido (en base a lo registrado en la cuenta “Transferencias recibidas de<br />

los Comités del Partido”, subcuenta “En Especie” reportadas en la contabilidad de<br />

cada una de las campañas de los candidatos a Diputados <strong>Federal</strong>es de los<br />

estados de Puebla y Sinaloa), cifras que se restaron a la columna (A), obteniendo<br />

así el total de los gastos directos realizados por los candidatos y señalados en la<br />

columna (D) “DIFERENCIA”.<br />

La suma de la columna (D), más el total de los gastos centralizados y prorrateados<br />

según auditoría, columna (E y F) “PRORRATEO SEGÚN AUDITORIA” (cifras que<br />

se pueden ver en el Anexo 2 del oficio UF-DA/4078/10, dan como resultado las<br />

cifras que se muestran en la columna (G) “TOTAL GASTOS SEGÚN AUDITORÍA”,<br />

el cual constituye el importe total de los gastos según la documentación<br />

comprobatoria que el partido erogó en beneficio de cada una de las campañas<br />

electorales.<br />

De la comparación a las cifras reflejadas en la columna (G) del Anexo 2 del oficio<br />

UF-DA/4078/10, contra el tope de gastos de campaña de 2009, que por Acuerdo<br />

del Consejo General del <strong>Instituto</strong> <strong>Federal</strong> <strong>Electoral</strong> CG27/2009 fue aprobado el 29<br />

de enero de 2009, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de febrero<br />

de 2009, correspondientes a la campaña electoral de Diputados <strong>Federal</strong>es,<br />

señalados en la columna (H), se revelan en la columna (I) denominada “TOTAL<br />

DE GASTOS CONTRA TOPE DE CAMPAÑA”, dando como resultado los importes<br />

que rebasan el tope por cada una de las campañas electorales.<br />

2007

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