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PRI - Instituto Federal Electoral

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En el Anexo 23 del presente Dictamen se relacionan cada uno de los gastos<br />

centralizados señalados en los 3 cuadros anteriores, en el cual se puede<br />

identificar el tipo de gasto, así como la determinación del beneficio del gasto según<br />

partido y según auditoría.<br />

Asimismo, el partido solicitó que se le informara del “(…) lineamiento, norma o<br />

criterio seguido que derivó en la observación a dichas facturas”. Al respecto, para<br />

efectos de que el personal comisionado a la auditoría pudiera constatar la<br />

aplicación de los gastos realizados por el partido a cada una de las campañas de<br />

los candidatos a Diputados <strong>Federal</strong>es, realizó un comparativo de las cifras<br />

reportadas por el partido de acuerdo a sus criterios y documentos de prorrateo y<br />

las determinadas por auditoría, en base al análisis de la documentación y a los<br />

mismos criterios de prorrateo presentados, como se detalla en puntos<br />

subsecuentes.<br />

El comparativo de gastos prorrateados, se realizó con fundamento en el último<br />

párrafo de la fracción II, de los artículos 41 de la Constitución Política de los<br />

Estados Unidos Mexicanos; 83, párrafo 1, inciso d), fracción IV y 229, párrafo 2,<br />

incisos a), b), c) y d) del Código <strong>Federal</strong> de Instituciones y Procedimientos<br />

<strong>Electoral</strong>es; 13.8, 21.1, 21.2, 21.4, 21.5, 21.6, 21.9 y 21.10 del Reglamento para la<br />

Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos Nacionales, y utilizando<br />

para ello el criterio de prorrateo de gasto centralizado presentado por el partido<br />

junto con sus informes de campaña de 2009, proporcionados mediante escrito<br />

SF/567/09 de fecha 12 de octubre de 2009.<br />

Tal situación se le hizo del conocimiento del partido mediante oficios UF-<br />

DA/3381/10 y UF-DA/4078/10 notificados el 22 de abril del 2010 y 28 de mayo de<br />

2010, respectivamente.<br />

d) Existen gastos amparados con facturas, hojas membretadas o muestras en las<br />

que se indicaban las campañas beneficiadas en específico; sin embargo, el<br />

partido distribuyó el gasto a todas las campañas electorales federales en las<br />

que participó en el estado de Puebla. A continuación se indican los casos<br />

observados:<br />

REFERENCIA<br />

CONTABLE<br />

NÚM. DE<br />

FACTURA<br />

FECHA PROVEEDOR CONCEPTO IMPORTE CAMPAÑA<br />

BENEFICIADA<br />

SEGÚN PARTIDO<br />

PE-43/06-09 PUE 02520 01-07-09 Asociación<br />

Periodística Síntesis,<br />

S.A. de C.V.<br />

2 cintillos portada Chelis<br />

c/Candidatos a color<br />

$8,176.50 Distritos 1 al 10 y 12<br />

al 16 (15 distritos)<br />

CAMPAÑA<br />

BENEFICIADA SEGÚN<br />

AUDITORÍA<br />

Distritos 6, 9, 11 (*) y 12<br />

según inserciones en<br />

prensa con imagen de<br />

los candidatos y relación<br />

pormenorizada.<br />

PE-43/06-09 PUE 02521 01-07-09 Asociación 2 cintillos portada Chelis 6,900.00 Distritos 1 al 10 y 12 Distritos 6, 9, 11 (*) y 12<br />

1991

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