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PRI - Instituto Federal Electoral

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aportado, el costo de mercado estimado del bien, la fecha, el lugar de entrega<br />

y el carácter con el que se realizaba la aportación.<br />

Respecto al evento identificado con (**) en el cuadro que antecede, una<br />

relación en la cual se detallaran los costos y se realizara una descripción<br />

detallada del escenario, equipo de sonido, luces, trenecito y juegos<br />

pirotécnicos. Adicionalmente, indicara la fecha de realización y los artistas que<br />

participaron en el mismo, así como el importe de la erogación por este<br />

concepto, anexando muestras fotográficas del evento de cierre de campaña.<br />

Las aclaraciones que a su derecho conviniera.<br />

Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 38, numeral 1, inciso<br />

k) y 83, numeral 1, inciso d), fracciones I, III y IV del Código <strong>Federal</strong> de<br />

Instituciones y Procedimientos <strong>Electoral</strong>es, así como 1.3, 2.2, 2.6, 2.7, 3.12, 16.2,<br />

16.3 y 23.2 del Reglamento de la materia.<br />

La solicitud antes citada, fue notificada mediante oficio UF-DA/1165/10 del 10 de<br />

febrero de 2010, recibido por el partido el 11 del mismo mes y año.<br />

En consecuencia, con escrito SF/464/10 del 25 de febrero del presente, el partido<br />

manifestó lo que a la letra se transcribe:<br />

“Respecto al distrito 02 de Nuevo León, se remite: póliza contable citadas en el<br />

cuadro anterior, acuerdo de colaboración, contrato de donación, criterio de<br />

valuación y dos cotizaciones; sin embargo, las cotizaciones presentadas, son para<br />

determinar la valuación de dicha aportación, y no así, para determinar el servicio<br />

real del evento, identificado con (**) del cuadro que antecede”<br />

Al respecto, el partido presentó la documentación que respalda la aportación en<br />

especie del distrito 2 de Nuevo León y las aclaraciones correspondientes, por tal<br />

motivo la observación quedó subsanada respecto a este punto.<br />

Por lo que se refiere al distrito 12 de Jalisco, el partido no presentó documentación<br />

ni aclaración alguna.<br />

En razón de lo anterior, se solicitó nuevamente la documentación solicitada<br />

respecto al distrito 12 de Jalisco, así como las aclaraciones que a su derecho<br />

conviniera, a efecto de cumplir con todas las etapas del procedimiento de revisión<br />

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