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PRI - Instituto Federal Electoral

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En relación con lo manifestado por el partido, la autoridad electoral no tenía<br />

certeza de que el gasto correspondiera a Operación Ordinaria en virtud de que no<br />

presentó la evidencia documental solicitada.<br />

En consecuencia, con la finalidad de constatar si el gasto correspondía a Gastos<br />

de Campaña o Gastos de Operación Ordinaria, se solicitó al partido que<br />

presentara la documentación requerida en este punto o, en su caso, la evidencia<br />

documental que amparara su dicho.<br />

En razón de lo anterior, se solicitó nuevamente al partido la documentación y<br />

aclaraciones señaladas, a efecto de cumplir con todas las etapas del<br />

procedimiento de revisión de los informes de campaña descritos en el Código<br />

<strong>Federal</strong> de Instituciones y Procedimientos <strong>Electoral</strong>es.<br />

La solicitud antes citada, fue notificada mediante oficio<br />

UF-DA/3638/10 del 10 de mayo de 2010, recibido por el partido en la misma fecha.<br />

En consecuencia, con escrito SF/795/10 del 17 de mayo del 2010, el partido<br />

manifestó lo que a la letra se transcribe:<br />

“Respecto a esta observación y de acuerdo con las muestras presentadas a la<br />

autoridad, se detectó que dicha factura corresponde a un Gasto de Operación<br />

Ordinaria, la evidencia presentada por este Partido Político en tiempo y forma, se<br />

proporcionó a través de un CD en el que se puede apreciar que los trabajos<br />

realizados hacen referencia a promocionales de la imagen institucional del Partido<br />

ajenos totalmente a proceso de Campaña <strong>Federal</strong>; prueba de nuestro dicho es la<br />

observación que la autoridad realizó mediante Oficio UF-DA/2590/10, misma que<br />

transcribo a la letra:<br />

“Asimismo, anexo a la póliza contable se localizó un disco compacto en el cual se<br />

pueden apreciar 46 diseños (en hojas tamaño carta) de carteleras de diferentes<br />

tamaños, todas con la leyenda “El <strong>PRI</strong> de hoy, Experiencia probada, Nueva<br />

Actitud” y semejantes diseños entre sí….”<br />

De lo observado por la autoridad, resalta que fue presentada muestra de la<br />

propaganda con la leyenda “El <strong>PRI</strong> de hoy, Experiencia probada, Nueva Actitud”,<br />

misma que como se puede apreciar, no se dirige a la obtención del voto, de<br />

conformidad con lo establecido en el artículo 21.6 del Reglamento de la materia.<br />

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