02.03.2013 Views

PRI - Instituto Federal Electoral

PRI - Instituto Federal Electoral

PRI - Instituto Federal Electoral

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Sobre el particular, no obstante lo manifestado por el Director del periódico<br />

Express, las inserciones en comento no pueden ser catalogadas como notas<br />

periodísticas en virtud de que se encuentran claramente orientadas a la obtención<br />

del voto y en ellas se pueden identificar con facilidad elementos de propaganda<br />

partidista al contener la imagen y nombre de la candidata, slogans de campaña, el<br />

emblema del partido, así como la invitación a votar por la candidata del Partido<br />

Revolucionario Institucional de manera explícita por lo que no es posible<br />

considerarlas producto del ejercicio de la libre opinión.<br />

Aunado a lo anterior, dado que las inserciones no fueron contratadas por el partido<br />

o por la candidata, constituyen una aportación proveniente de una empresa<br />

mercantil, la cual no se encuentra autorizada por la normatividad electoral para<br />

realizar ninguna clase de contribución a los partidos políticos o a sus candidatos.<br />

Es preciso señalar, que lo anteriormente expuesto no se hizo del conocimiento del<br />

partido, en virtud de que dicha observación fue resultado de la valoración de<br />

información proporcionada a esta autoridad una vez concluido el periodo en que<br />

se encuentra facultada para solicitar nuevas aclaraciones al respecto, por lo que<br />

se considera necesario el inicio de un procedimiento oficioso, con la finalidad de<br />

garantizar el origen lícito de las aportaciones recibidas por el partido, de<br />

conformidad con lo establecido en el artículo 77, párrafo 2, inciso g) del Código<br />

<strong>Federal</strong> de Instituciones y Procedimientos <strong>Electoral</strong>es, en relación con el artículo<br />

16, último párrafo del Código Fiscal de la Federación y 75, fracción IX del Código<br />

de Comercio.<br />

Asimismo, con relación a la inserción que se encuentra marcada con (6) en la<br />

columna “Conclusión” en el anexo referido, mediante oficio UF-DA/3347/10 del<br />

20 de abril de 2010 esta autoridad solicitó información referente a la<br />

contratación de la misma.<br />

En consecuencia, con escrito sin número del 17 de mayo de 2010, el C. Pablo<br />

Robles Barajas, Representante Legal de la Editora “La Voz del Istmo”, manifestó<br />

lo que a la letra se transcribe:<br />

“me permito comunicarle lo siguiente:<br />

a) La persona moral que solicitó el servicio de publicación fue <strong>PRI</strong> Estatal.<br />

1772

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!