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PRI - Instituto Federal Electoral

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Los auxiliares contables y balanza de comprobación a último nivel que<br />

correspondieran.<br />

El formato “IC” Informe de Campaña, con las correcciones que procedieran en<br />

forma impresa y en medio magnético.<br />

Las aclaraciones que a su derecho conviniera.<br />

Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 38, numeral 1, inciso<br />

k) y 83, numeral 1, inciso d), fracciones I, III y IV del Código <strong>Federal</strong> de<br />

Instituciones y Procedimientos <strong>Electoral</strong>es, así como 1.3, 2.2, 2.3, 2.4, 3.7, 3.11,<br />

4.7, 4.11, 12.1, 12.7, 16.2, 16.3, 21.4, 23.2, 29.1 y 29.3 del Reglamento de la<br />

materia.<br />

La solicitud antes citada, fue notificada mediante oficio UF-DA/3432/10 del 22 de<br />

abril de 2010, recibido por el partido en la misma fecha.<br />

En consecuencia, con escrito SF/519/10 del 7 de mayo de 2010, el partido<br />

manifestó lo que a la letra se transcribe:<br />

“Del distrito 04 del estado de Zacatecas, se manifiesta que la gasolina fue utilizada<br />

en los diversos vehículos reportados y no se cuenta con una relación de consumo<br />

por vehículo. Así mismo, la fundamentación citada no es aplicable a su solicitud.<br />

Por lo que hace a la póliza PE-01/05-09, estas no coinciden, por lo que se anexa<br />

copia de la póliza que indica esa Autoridad, que consiste a la cancelación del<br />

cheque numero 01.<br />

Asimismo, de las pólizas PE-03/06-09 y PE-05/06-09 me permito manifestarle, que<br />

con anterioridad, se entregó a la Unidad de Fiscalización, la relación de los<br />

vehículos utilizados, así como la agenda estratégica para justificar el gasto del<br />

combustible, anexando copia de dicha relación y de la agenda”.<br />

Al respecto, es conveniente señalar que la Unidad de Fiscalización tiene dentro de<br />

sus facultades, vigilar que los recursos de los partidos políticos se apliquen estricta<br />

e invariablemente a las actividades señaladas por el Código <strong>Electoral</strong>, de<br />

conformidad con el artículo 81, numeral 1, incisos c), d) y e) del Código <strong>Federal</strong> de<br />

Instituciones y Procedimientos <strong>Electoral</strong>es, por lo tanto, los gastos realizados<br />

durante las campañas electorales federales deben estar debidamente soportados<br />

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