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PRI - Instituto Federal Electoral

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Al respecto, el partido realizó las aclaraciones correspondientes y presentó la<br />

documentación solicitada las cuales se consideraron satisfactorias, por tal motivo<br />

la observación quedó subsanada.<br />

De la revisión a la cuenta “Gastos por Amortizar”, se observó el registro de<br />

pólizas que presentan como soporte documental, facturas por concepto de<br />

material de propaganda electoral; sin embargo, dichas facturas fueron<br />

presentadas en copia simple. A continuación se detallan los casos en comento:<br />

ENTIDAD DISTRITO REFERENCIA<br />

FACTURA<br />

FEDERATIVA<br />

CONTABLE No. FECHA PROVEEDOR CONCEPTO IMPORTE<br />

Nuevo León 10 PE-06/06-09 32530 10/06/09 Publimpact, Calcomanías, destapadores, 106,301.40<br />

S.A. de C.V. blocks de notas, plumas, bolsas,<br />

botones, kits escolares,<br />

Oaxaca 01 PE-07/05-09 0783 27/05/09 Claudia Leticia<br />

playeras, gorras y banderas.<br />

1 Kit de propaganda alusiva a la 82,001.33<br />

Moreno Rojas candidatura para la diputación<br />

federal del Sr. Eviel Pérez<br />

PE-06/05-09 0782 27/05/09 Claudia Leticia<br />

Magaña, según relación anexa<br />

1 Kit de propaganda alusiva a la 75,612.50<br />

Moreno Rojas candidatura para la diputación<br />

federal del Sr. Eviel Pérez<br />

05 PE-02/05-09 374 A 06/05/09 Conexión de<br />

Magaña, según relación anexa<br />

Impresiones en gran formato en 13,763.20<br />

Antequera, S.<br />

de R. L. de C.<br />

V.<br />

lona, botones, trípticos<br />

TOTAL $277,678.43<br />

En consecuencia, se solicitó al partido que presentara lo siguiente:<br />

Las pólizas contables con su respectiva documentación comprobatoria<br />

(factura) original con los requisitos fiscales establecidos.<br />

Las aclaraciones que a su derecho conviniera.<br />

Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 38, numeral 1, inciso<br />

k) y 83, numeral 1, inciso d), fracciones I, III y IV del Código <strong>Federal</strong> de<br />

Instituciones y Procedimientos <strong>Electoral</strong>es; 12.1 y 23.2 del Reglamento para la<br />

Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos Nacionales.<br />

La solicitud antes citada, fue notificada mediante oficio UF-DA/3432/10 del 22 de<br />

abril del 2010, recibido por el partido en la misma fecha.<br />

En consecuencia, con escrito SF/519/10 del 7 de mayo de 2010, recibido en la misma<br />

fecha, el partido manifestó lo que a la letra se transcribe:<br />

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