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PRI - Instituto Federal Electoral

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La solicitud antes citada, fue notificada mediante oficio UF-DA/3432/10 del 22 de<br />

abril del 2010, recibido por el partido en la misma fecha.<br />

En consecuencia, con escrito SF/519/10 del 7 de mayo de 2010, el partido<br />

presentó documentación y aclaraciones que se consideraron satisfactorias para<br />

los distritos del estado de Oaxaca por lo que la observación quedó subsanada<br />

respecto los distritos de éste estado; sin embargo, respecto a los casos restantes<br />

manifestó lo que a la letra se transcribe:<br />

“…Por lo que hace a los estados de Querétaro, distrito 3 y 4, y San Luis Potosí,<br />

distritos 1 y 5, se enviaran en un alcance a la brevedad posible…”<br />

Al respecto, el partido no presentó la documentación solicitada.<br />

En razón de lo anterior, se solicitó al partido nuevamente la documentación y<br />

aclaraciones señaladas, a efecto de cumplir con todas las etapas del<br />

procedimiento de revisión de los informes de campaña descritos en el Código<br />

<strong>Federal</strong> de Instituciones y Procedimientos <strong>Electoral</strong>es.<br />

La solicitud antes citada, fue notificada mediante oficio UF-DA/4077/10 del 28 de<br />

mayo de 2010, recibido por el partido en la misma fecha.<br />

En consecuencia, con escrito SF/944/10 del 4 de junio del 2010, el partido<br />

presentó las notas de entrada y salida, así como el kárdex solicitado, por tal<br />

motivo la observación quedó subsanda.<br />

De la revisión a la cuenta “Gastos por amortizar”, se observó el registro de<br />

pólizas que presentan como documentación soporte, facturas por concepto de<br />

adquisición de propaganda utilitaria; sin embargo, en algunos casos el kardex o<br />

las notas de entrada y salida no contienen todos los datos que establece la<br />

normatividad aplicable. A continuación se detallan los casos en comento:<br />

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