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PRI - Instituto Federal Electoral

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En consecuencia, se solicitó al partido que presentara lo siguiente:<br />

Las muestras de los periódicos, de las todas las versiones de los<br />

promocionales, evidencias fotográficas de los eventos realizados y de cada<br />

uno de los artículos adquiridos mediante las facturas señaladas en el anexo 1<br />

del oficio UF-DA/3432/10.<br />

En relación con la póliza identificada con (*) en anexo antes citado,<br />

proporcionara información relativa a la ubicación y medidas de las lonas<br />

utilizadas.<br />

Las aclaraciones que a su derecho conviniera.<br />

Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 38, numeral 1, inciso<br />

k) y 83, numeral 1, inciso d) fracciones I,III y IV del Código <strong>Federal</strong> de Instituciones<br />

y Procedimientos <strong>Electoral</strong>es; así como 13.11, 14.4, 21.2 y 23.2 del Reglamento<br />

de la materia.<br />

La solicitud antes citada, fue notificada mediante oficio UF-DA/3432/10 del 22 de<br />

abril de 2010, recibido por el partido en la misma fecha.<br />

En consecuencia, con escrito SF/519/10 del 7 de mayo de 2010, el partido<br />

presentó documentación y aclaraciones que se consideraron satisfactorias, por lo<br />

que las observaciones quedaron subsanadas en los casos identificados con (1) en<br />

el Anexo 4 del presente dictamen (anexo 1 del oficio UF-DA/4077/10).<br />

Adicionalmente, respecto a la factura identificada con (A) en dicho anexo, el<br />

partido manifestó lo que a la letra se transcribe:<br />

“…Con relación a la factura marcada con (A) en el cuadro que antecede, me<br />

permito mencionar que los descuentos realizados por Personas Morales, no<br />

necesariamente deben interpretarse como una aportación a la campaña que<br />

recibió dicho descuento, puesto que esta figura surge meramente de un acto<br />

comercial, en el cual al efectuarse un pago se realiza una disminución al precio<br />

pactado, lo cual no genera un ingreso; lo anteriormente señalado es el caso de la<br />

factura observada.<br />

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