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PRI - Instituto Federal Electoral

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Las aclaraciones que a su derecho conviniera.<br />

Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 38, numeral 1, inciso<br />

k) y 83, numeral 1, inciso d), fracciones I, III y IV del Código <strong>Federal</strong> de<br />

Instituciones y Procedimientos <strong>Electoral</strong>es, así como 1.3, 2.2, 2.3, 2.4, 3.7, 3.11,<br />

4.7, 4.11, 12.1, 12.7, 13.15 y 23.2 del Reglamento de la materia.<br />

La solicitud antes citada, fue notificada mediante oficio UF-DA/3432/10 del 22 de<br />

abril de 2010, recibido por el partido en la misma fecha.<br />

En consecuencia, con escrito SF/519/10 del 7 de mayo del presente, el partido<br />

manifestó lo que a continuación se transcribe:<br />

“…La documentación solicitada, se hará llegar en un alcance al presente escrito<br />

de contestación…”<br />

Al respecto, el partido no presentó la documentación solicitada ni aclaración<br />

alguna.<br />

En razón de lo anterior, se solicitó al partido nuevamente la documentación y<br />

aclaraciones señaladas, a efecto de cumplir con todas las etapas del<br />

procedimiento de revisión de los informes de campaña descritos en el Código<br />

<strong>Federal</strong> de Instituciones y Procedimientos <strong>Electoral</strong>es.<br />

La solicitud antes citada, fue notificada mediante oficio UF-DA/4077/10 del 28 de<br />

mayo de 2010, recibido por el partido en la misma fecha.<br />

En consecuencia, con escrito SF/944/10 del 4 de junio del 2010, el partido<br />

presentó el contrato de donación de los gastos relativos a la página de internet<br />

identificada con (1) en el cuadro que antecede; sin embargo, no remitió la póliza,<br />

auxiliares contables y balanzas de comprobación a último nivel donde constara el<br />

registro contable de los mismos ni el recibo de aportación correspondiente.<br />

Posteriormente, con escrito de alcance SF/961/10 el partido presentó la póliza,<br />

auxiliares contables y balanza de comprobación a último nivel en los cuales se<br />

constató el registro de los gastos correspondientes a la página de internet antes<br />

mencionada, así como el recibo de aportación y el contrato de donación<br />

correspondientes, por tal motivo la observación se consideró subsanada en lo que<br />

a esta se refiere.<br />

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