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PRI - Instituto Federal Electoral

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anexando la documentación que ampare dicho criterio y el contrato de<br />

donación correspondiente.<br />

El control de folios “CF-RM-CF” y “CF-RSES-CF”, según corresponda, con las<br />

correcciones que procedan de forma impresa y en medio magnético.<br />

El formato “IC” Informe de Campaña, con las correcciones que procedan en<br />

forma impresa y en medio magnético.<br />

Las aclaraciones que a su derecho conviniera.<br />

Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 38, numeral 1, inciso<br />

k) y 83, numeral 1, inciso d), fracciones I, III y IV del Código <strong>Federal</strong> de<br />

Instituciones y Procedimientos <strong>Electoral</strong>es; 1.3, 2.2, 2.3, 3.7, 4.7, 4.11, 12.1, 12.7,<br />

12.8, 13.12, incisos c), e) y g), 16.2, 16.3 y 23.2 del Reglamento de la materia.<br />

La solicitud antes citada, fue notificada mediante oficio UF-DA/3432/10 del 22 de<br />

abril del 2010, recibido por el partido en la misma fecha.<br />

En consecuencia, con escrito SF/519/10 del 7 de mayo de 2010, recibido en la<br />

misma fecha, el partido manifestó lo que a la letra se transcribe:<br />

“Como se puede apreciar en la documentación soporte del distrito 08 de<br />

Guanajuato es claro que si existen lonas reportados en diversas pólizas como es<br />

el caso de las pólizas contables PE-16-05-09 y PE-17-06-09 misma que se anexa<br />

para cumplir el requerimiento de la autoridad.”<br />

Al respecto, el partido presentó las pólizas con el registro de gasto por la<br />

adquisición de lonas; sin embargo, las lonas adquiridas no corresponden en<br />

cantidad ni en tamaño con las estructuras que se indican en el cuadro que<br />

antecede, por tal motivo su respuesta se consideró insatisfactoria.<br />

En razón de lo anterior, se solicitó al partido nuevamente la documentación y<br />

aclaraciones señaladas, a efecto de cumplir con todas las etapas del<br />

procedimiento de revisión de los informes de campaña descritos en el Código<br />

<strong>Federal</strong> de Instituciones y Procedimientos <strong>Electoral</strong>es.<br />

La solicitud antes citada, fue notificada mediante oficio UF-DA/4077/10 del 28 de<br />

mayo de 2010, recibido por el partido en la misma fecha.<br />

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