MODULO 2 - Universidad Nacional de Loja
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- Sujetos pasivos que dediquen a la producción, comercialización de bienes o prestación de servicios gravados con tarifa 12% y con tarifa 0%. - Proporción del IVA pagado en adquisiciones de activos fijos materias primas insumos y servicios. - La proporcionalidad se establecerá dividiendo las ventas del 12% para las ventas totales. Plazos para declarar el IVA.- Debo declarar al siguiente mes y de esta manera: Si el noveno dígito es: Hasta el día o fecha: � 1 10 � 2 12 � 3 14 � 4 16 � 5 18 � 6 20 � 7 22 � 8 24 � 9 26 � 0 28 La declaración es obligatoria aunque no tenga valores a pagar, sino se presenta a tiempo las declaraciones se incurre en mora tributaria y sujeto a multas e intereses. QUE ES UN AGENTE DE RETENCIÓN? � Es aquel que en sus compras no paga el Impuesto sino que lo retiene. � Tiene la obligación de presentar una declaración mensual con el detalle de ventas compras y retenciones que efectuó. � Son todas las sociedades. � Personas naturales que operen con un capital propio de $ 60.000,00 o cuyos ingresos brutos del ejercicio anterior superen los $100.000,00. 134
¿QUÉ ES UN AGENTE DE PERCEPCIÓN? Es aquel que en sus ventas percibe o recibe un impuesto de parte del comprador. Tiene la obligación de declarar mensualmente los impuestos que ha percibido en sus ventas e incluirá además sus compras y retenciones que ha efectuado o le han efectuado. RETENCIÓN DEL IVA: � Instituciones del Estado y Contribuyentes Especiales, Sociedades y Personas Naturales Obligadas a llevar Contabilidad en las Compras Retienen: 135 � 30% adquisición de bienes � 70% utilización de servicios � 100% del IVA en servicios prestados por profesionales o por arrendamientos, y, � En el caso de adquisiciones con liquidaciones de compra de bienes o servicios se retendrá el 100% del IVA. � En caso de que los proveedores no lleven contabilidad se aplicarán los porcentajes 30% y 70% � El IVA se declara en el formulario 104 para los obligados a llevar contabilidad y 104 - A para los que no llevan contabilidad. RETENCIONES EN LA FUENTE DEL IMPUESTO A LA RENTA Toda persona jurídica, pública o privada, las sociedades y la empresas o personas naturales obligados a llevar contabilidad que paguen o acrediten en cuenta cualquier otro tipo de ingresos que constituyan rentas gravadas para quien los reciba actuara como agente de retención del impuesto a la renta. Por ingresos en relación de dependencia la retención debe efectuarla el empleador. Por rendimientos financieros, la retención debe ser efectuada por las instituciones, entidades bancarias, financieras, en general las sociedades que paguen o acrediten en cuentas intereses o cualquier tipo de rendimientos financieros. El monto para la retención en la Fuente es de 50 dólares del subtotal de la factura.
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¿QUÉ ES UN AGENTE DE PERCEPCIÓN?<br />
Es aquel que en sus ventas percibe o recibe un impuesto <strong>de</strong> parte <strong>de</strong>l comprador.<br />
Tiene la obligación <strong>de</strong> <strong>de</strong>clarar mensualmente los impuestos que ha percibido en sus<br />
ventas e incluirá a<strong>de</strong>más sus compras y retenciones que ha efectuado o le han<br />
efectuado.<br />
RETENCIÓN DEL IVA:<br />
� Instituciones <strong>de</strong>l Estado y Contribuyentes Especiales, Socieda<strong>de</strong>s y Personas<br />
Naturales Obligadas a llevar Contabilidad en las Compras Retienen:<br />
135<br />
� 30% adquisición <strong>de</strong> bienes<br />
� 70% utilización <strong>de</strong> servicios<br />
� 100% <strong>de</strong>l IVA en servicios prestados por profesionales o por<br />
arrendamientos, y,<br />
� En el caso <strong>de</strong> adquisiciones con liquidaciones <strong>de</strong> compra <strong>de</strong> bienes o<br />
servicios se retendrá el 100% <strong>de</strong>l IVA.<br />
� En caso <strong>de</strong> que los proveedores no lleven contabilidad se aplicarán los<br />
porcentajes 30% y 70%<br />
� El IVA se <strong>de</strong>clara en el formulario 104 para los obligados a llevar<br />
contabilidad y 104 - A para los que no llevan contabilidad.<br />
RETENCIONES EN LA FUENTE DEL IMPUESTO A LA RENTA<br />
Toda persona jurídica, pública o privada, las socieda<strong>de</strong>s y la empresas o personas<br />
naturales obligados a llevar contabilidad que paguen o acrediten en cuenta cualquier otro<br />
tipo <strong>de</strong> ingresos que constituyan rentas gravadas para quien los reciba actuara como<br />
agente <strong>de</strong> retención <strong>de</strong>l impuesto a la renta.<br />
Por ingresos en relación <strong>de</strong> <strong>de</strong>pen<strong>de</strong>ncia la retención <strong>de</strong>be efectuarla el empleador.<br />
Por rendimientos financieros, la retención <strong>de</strong>be ser efectuada por las instituciones,<br />
entida<strong>de</strong>s bancarias, financieras, en general las socieda<strong>de</strong>s que paguen o acrediten en<br />
cuentas intereses o cualquier tipo <strong>de</strong> rendimientos financieros.<br />
El monto para la retención en la Fuente es <strong>de</strong> 50 dólares <strong>de</strong>l subtotal <strong>de</strong> la factura.