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Para conocer las sectas

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10. Apoyados en el Señor, que es camino, verdad y<br />

vida, y confiando en su Espíritu que no abandona a la<br />

Iglesia, manifestamos nuestra firme convicción de que,<br />

en medio de tantas ambigüedades y desconcierto en el<br />

que se ven envueltos muchos de los hombres y mujeres de<br />

nuestra patria, especialmente jóvenes, por causa de algunos<br />

grupos sectarios, nuestra Iglesia sabrá ofrecer una<br />

guía segura y salvadora.<br />

8<br />

Conclusiones y resoluciones<br />

del Congreso Internacional<br />

«Grupos totalitarios y sectarismo»<br />

Barcelona, 23-24 abril 1993<br />

Finalizado el Congreso Internacional sobre «Grupos<br />

totalitarios y sectarismo», celebrado en Barcelona los<br />

días 23 y 24 de abril de 1993, se constata en primer lugar<br />

que la situación actual de la dependencia de los grupos<br />

considerados como potencialmente destructivos de la personalidad<br />

es similar a la que hallábamos hace más de diez<br />

años en relación a <strong>las</strong> drogas ilegales y al alcohol. Sin<br />

embargo, se evidencia que, fruto del trabajo realizado<br />

durante los últimos quince años por parte de <strong>las</strong> entidades<br />

especializadas en el estudio, la prevención y el control<br />

del fenómeno, se ha conseguido un nivel aceptable de conciencia<br />

social y política, así como de conocimientos científicos<br />

sobre los diversos aspectos que lo caracterizan.<br />

En este mismo sentido, el Comité Organizador del<br />

Congreso pone de manifiesto la urgente necesidad de encauzar<br />

acciones políticas específicas a partir de resoluciones<br />

como <strong>las</strong> aprobadas por el Parlamento Europeo el año<br />

1984.<br />

La actual carencia de estas medidas se ha manifestado<br />

en la reciente tragedia del grupo de los Davidianos en<br />

Waco (Texas). Relacionado con este hecho, al menos dos<br />

años antes, algunos ex-miembros ya habían advertido a<br />

<strong>las</strong> autoridades de los riesgos potenciales de este grupo.<br />

Muy probablemente, si se hubieran tomado en consideración<br />

dichas advertencias, estas muertes inútiles podrían<br />

haberse evitado. Lo mismo ocurrió el año 1978 en Jonestown<br />

(La Guyana), donde también la culminación del<br />

proceso de manipulación del grupo del Templo del Pueblo<br />

acabó en tragedia; es hora, pues, de que situaciones<br />

como éstas no vuelvan a producirse.<br />

Por este motivo, proponemos <strong>las</strong> siguientes acciones<br />

concretas:<br />

1. Constituir una Federación Internacional de Asociaciones<br />

y Entidades especializadas en el tratamiento de los<br />

diversos aspectos del fenómeno de los grupos potencialmente<br />

destructivos de la personalidad.<br />

2. En el marco de dicho organismo internacional,<br />

dotado de entidad jurídica propia, se pone de manifiesto<br />

la necesidad de disponer de una base de datos con informaciones<br />

generales sobre el problema, y específicas sobre<br />

los grupos existentes en diversos países, a fin de avanzar<br />

hacia el establecimiento de leyes y medidas internacionales<br />

dirigidas a mejorar el control de este fenómeno.<br />

3. Igualmente, a partir de dicha legislación, se pretende<br />

avanzar en el establecimiento de acciones coordinadas<br />

a nivel internacional que eviten la implantación en un<br />

país de un grupo previamente condenado en otro territorio,<br />

o que permitan extender <strong>las</strong> acciones encauzadas en<br />

un país concreto hacia otro donde esté actuando el mismo<br />

grupo objeto de la intervención.<br />

De manera específica, y para contribuir a la consecución<br />

de dichas iniciativas, se propone considerar «actividad<br />

sectaria destructiva» desde un punto de vista jurídico<br />

a toda conducta de un grupo<br />

- jurídicamente constituido o no,<br />

- que declare o no objetivos religiosos, filosóficos o de<br />

cualquier otro cariz,<br />

- que proceda de grupos minoritarios, de grupos de<br />

reforma del pensamiento, de confesiones reconocidas o de<br />

otras procedencias conocidas o no,<br />

y que viole o atente contra<br />

- los principios reconocidos por la Comunidad Internacional<br />

y recogidos específicamente en la Declaración<br />

Universal de los Derechos Humanos y en la Convención<br />

Internacional de los Derechos del Niño,<br />

- los textos legislativos y reglamentarios nacionales<br />

que protejan el individuo, los equilibrios sociales y los<br />

principios de la democracia.<br />

PARA CONOCER LAS SECTAS 281

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