fideicomiso financiero cédulas hipotecarias argentinas, serie x 2009-2
fideicomiso financiero cédulas hipotecarias argentinas, serie x 2009-2
fideicomiso financiero cédulas hipotecarias argentinas, serie x 2009-2
- No tags were found...
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
Cambio de Referencia (el “Requerimiento del Fondo de<br />
Garantía”). El Fiduciario se reserva la facultad de asignar e<br />
imputar fondos a la Cuenta de Fondo de Garantía<br />
derivándolos a tal fin desde la Cuenta de Cobranzas, a fin de<br />
reponer el Fondo de Garantía para cumplir con el<br />
Requerimiento del Fondo de Garantía, de conformidad con<br />
lo previsto en el Artículo 4.3 del Contrato de Fideicomiso<br />
Los importes del Fondo de Garantía serán aplicados por el<br />
Fiduciario (i) al pago de los Servicios de interés de los<br />
Valores de Deuda Fiduciarios, cuando por cualquier causa<br />
el Administrador General no pueda cumplir con sus<br />
obligaciones, hasta tanto se designe un nuevo<br />
Administrador General, o (ii) al pago de los Servicios de<br />
interés de los Valores de Deuda Fiduciarios ante cualquier<br />
insuficiencia de fondos originados por cualquier evento. El<br />
Fondo de Garantía estará destinado exclusivamente a<br />
garantizar el pago de los Servicios de interés de los Valores<br />
de Deuda Fiduciarios. En caso que el Saldo de Capital de<br />
los VDF sea igual o inferior al saldo del Fondo de Garantía,<br />
este último será liberado totalmente para el pago de los<br />
VDF. Los fondos que se vayan liberando del Fondo de<br />
Garantía serán acreditados en la Cuenta de Cobranzas.<br />
Cuenta de Gastos: El Fiduciario abrirá una cuenta en Pesos a nombre del<br />
Fideicomiso y a la orden del Fiduciario en la que se<br />
depositarán las sumas que el Fiduciario afecte al pago de los<br />
Gastos del Fideicomiso y los Impuestos.<br />
El Fiduciante no depositará inicialmente suma alguna en la<br />
Cuenta de Gastos.<br />
El Fiduciario asignará e imputará fondos por la suma de $<br />
50.000 (Pesos cincuenta mil), o el monto que estime el<br />
Fiduciario, de la Cuenta de Cobranzas a la Cuenta de<br />
Gastos, a fin de hacer frente a todos aquellos gastos e<br />
impuestos que tuvieren que abonarse durante la vida del<br />
Fideicomiso, de conformidad con lo previsto en el Artículo<br />
5.1 del Contrato de Fideicomiso. En caso de utilizar todos o<br />
parte de los fondos de la Cuenta de Gastos, el Fiduciario<br />
repondrá dichos fondos con fondos derivados de la Cuenta<br />
de Cobranzas, de conformidad con lo previsto en el Artículo<br />
5.1 del Contrato de Fideicomiso.<br />
Garantía: En ningún caso los bienes del Fiduciario responderán por<br />
las obligaciones contraídas en la ejecución del Fideicomiso,<br />
las que serán satisfechas con el Patrimonio Fideicomitido<br />
conforme lo dispone el Artículo 16 de la Ley 24.441. El<br />
Patrimonio Fideicomitido constituye un patrimonio<br />
- 30 -